SOCIEDAD ANONIMA LABORAL Son aquellas sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, en las que la mayoría del capital pertenece a los socios trabajadores.

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Transcripción de la presentación:

SOCIEDAD ANONIMA LABORAL Son aquellas sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, en las que la mayoría del capital pertenece a los socios trabajadores que presten en ella servicios retribuidos en forma personal y directa, siendo propietarios al menos del 51% del capital social.

REQUISITOS El capital social mínimo será de ,21 €, desembolsado al menos en un 25% en el momento de la constitución. Estará dividido en acciones nominativas. Número mínimo de socios: tres. No existe número máximo. El número de horas-año trabajadas por los trabajadores contratados por tiempo indefinido que no sean socios, no podrá ser superior al 15 por 100 del total de horas-año trabajadas por los socios trabajadores. Si la sociedad tuviera menos de veinticinco socios trabajadores, el referido porcentaje no podrá ser superior al 25 % del total de horas-año trabajadas por los socios trabajadores

Si fueran superados los límites previstos en el párrafo anterior, la sociedad en el plazo máximo de tres años habrá de alcanzarlos, reduciendo, como mínimo, cada año una tercera parte del porcentaje en que inicialmente se exceda o supere el máximo legal. La superación de límites deberá ser comunicada al Registro de Sociedades Laborales, para su autorización. Además de las reservas legales o estatutarias que procedan, las Sociedades Laborales están obligadas a constituir un Fondo Especial de Reserva, que se dotará con el 10 % del beneficio líquido de cada ejercicio. Este fondo sólo podrá destinarse a la compensación de pérdidas en caso de que no existan otras reservas disponibles suficientes para este fin.

VENTAJAS E INCONVENIENTES - Ventajas: La responsabilidad se limita al capital aportado. Gozan de beneficios fiscales y de seguridad social cuando cumplen una serie de requisitos. El control de la sociedad lo ejercen los socios trabajadores. - Inconvenientes: La existencia de socios capitalistas y la conveniencia de acuerdo entre los mismos y los socios trabajadores pueden ralentizar la toma de decisiones. El número de trabajadores no socios contratados por tiempo indefinido está limitado. Los socios no pueden transmitir libremente sus acciones.