ABOG. JOSE ANTONIO CERRON VALDIVIA

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Transcripción de la presentación:

ABOG. JOSE ANTONIO CERRON VALDIVIA

LEY Nº LEY DE CREACION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO LEY Nº LEY DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO DECRETO SUPREMO Nº VIVIENDA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

LEY Nº Artículo 30.- Denominación y funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento regula y ejecuta las políticas en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento.

LEY Nº y el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES aprobado por DECRETO SUPREMO Nº VIVIENDA FINALIDAD Normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales. Facilitar el acceso de la población a una vivienda digna y servicios de saneamiento de calidad.. Promover el desarrollo del mercado inmobiliario. COMPETENCIAS VIVIENDA CONSTRUCCION SANEAMIENTO URBANISMO Y DESARROLLO URBANO BIENES ESTATALES PROPIEDAD URBANA

Proponer, difundir y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materias de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano, y de integración y ordenamiento de centros poblados urbanos y rurales.

Proponer o aprobar y difundir las normas técnicas y legales de alcance nacional en materias de vivienda, urbanismo y ordenamiento e integración de los centros poblados. Conducir y supervisar la formulación de los valores arancelarios y la valorización oficial de terrenos urbanos y rústicos en el país. Conducir y supervisar el Registro del Agente Inmobiliario Proponer o aprobar, planes nacionales y sectoriales, en materias de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano, y de ordenamiento de centros poblados urbanos y rurales. Proponer normas sobre la promoción de la inversión privada y el desarrollo del mercado inmobiliario Proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones. Proponer y ejecutar el Plan Anual de Desarrollo de Capacidades y Asistencia Técnica para los gobiernos locales y regionales. FUNCIONES DE LA DGPRVU

Elabora la política nacional y sectorial en habilitaciones urbanas, vivienda y edificaciones, de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado de los tres niveles de gobierno.

Elaborar y proponer el plan nacional en materia de vivienda. Elaborar y difundir normas técnicas y legales en materia de vivienda y edificaciones. Opinar sobre iniciativas de normas técnicas y legales en las materias de su competencia. Promover la participación de la inversión privada para la ejecución de los programas de vivienda. La capacitación y asistencia técnica a los gobiernos regionales y locales en la implementación, y seguimiento de normas en materia de vivienda. Participar en la formulación y ejecución del Plan de Desarrollo de Capacidades y Asistencia Técnica. Organizar, fomentar, desarrollar y sistematizar la información sobre vivienda. FUNCIONES DE LA DV

Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE CPARNE Reglamento Nacional de Edificaciones – RNE Decreto Supremo Nº VIVIENDA Analizar y formular las propuestas para su actualización Un representante del Ministro de Vivienda, Construcción y SaneamientoUn representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo Un representante del Viceministerio de Construcción y SaneamientoUn representante de la Cámara Peruana de la Construcción Un representante del Colegio de Arquitectos del PerúUn representante del Colegio de Ingenieros del Perú Un representante del Colegio de Abogados de LimaUn representante de la Universidad Nacional de Ingeniería Un representante de la Municipalidad Metropolitana de LimaUn representante de la Asociación de Municipalidades del Perú La Dirección de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace las veces de Secretaría Técnica. Artículo 46 de la NORMA G.030 – DERECHOS Y RESPONSABILIDADES: Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento interpreta las normas técnicas contenidas en el presente Reglamento

GRACIAS ABOG. JOSE ANTONIO CERRON VALDIVIA