SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA

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SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA MARCO LEGAL, FUNCIONES Y ESQUEMA DE SUPERVISIÓN Ene Enero de 2012 “Por unas entidades solidarias confiables”
Transcripción de la presentación:

SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA “Por unas entidades solidarias confiables” MARCO LEGAL, FUNCIONES Y ESQUEMA DE SUPERVISIÓN Enero de 2012

Marco constitucional y legal del sector solidario

MARCO CONSTITUCIONAL Constitución Política de Colombia Artículo 1°. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

MARCO CONSTITUCIONAL ARTICULO 58° “... El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.” ARTICULO 189° “Corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa: “...24. Ejercer, de acuerdo con la ley, la inspección, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividad financiera, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. Así mismo, sobre las entidades cooperativas y las sociedades comerciales.” ARTICULO 333° “El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial”.

Estructura del Sistema de la Economía Solidaria

EL SISTEMA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA (Ley 454/98) Está integrado por: I – Las Organizaciones de la Economía Solidaria - Cooperativas - Fondos de Empleados - Asociaciones Mutuales II - Organismos de apoyo: - Consejo Nacional de Economía Solidaria - CONES - Fondo Nacional de Economía Solidaria - FONES III- Entidades estatales - Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias - Promoción y fomento - Superintendencia de la Economía Solidaria - Supervisión - Fondo de Garantías para Entidades Cooperativas – Seguro de depósitos

ESQUEMA DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN Marco regulatorio de la Economía Solidaria en Colombia. Ley 79 de 1988 Actualiza la legislación cooperativa Ley 454 de 1998 Marco conceptual de la Economía Solidaria Crea Dansocial, Supersolidaria y Fogacoop Otras Leyes y Decretos - Decreto 1333/89 Precooperativas - Decreto 1480/89 Asociaciones mutuales - Decreto 1481/89 Fondos de empleados - Decreto 1482/89 Administraciones públicas cooperativas - Decreto 4588/06, Ley 1233/08, Ley 1429/10 Coop. de trabajo asociado

ESQUEMA DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN Ministerios (Regulación) Hacienda Defensa Salud DNP Transporte Superintendencias (Supervisión) a) Financiera b) Economía Solidaria Vigilancia y Seguridad Servicios Públicos Puertos y Transporte Empresas solidarias (Sector vigilado) a) Cooperativas financieras -b)Cooperativas de ahorro y crédito. Otras cooperativas, fondos de empleados y asociaciones mutuales Cooperativas de vigilancia Cooperativas de salud Cooperativas de servicios públicos Cooperativas de transporte Fogacoop – Fondo de garantía para entidades cooperativas financieras y de ahorro y crédito.

ESQUEMA DE SUPERVISIÓN Superintendencias Supervisión Integral 10

La Superintendencia de la Economía Solidaria

NATURALEZA – Decreto 186 de 2004 La Superintendencia de la Economía Solidaria es un organismo descentralizado, técnico, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonial que tiene por objeto la supervisión sobre la actividad financiera del cooperativismo y sobre los servicios de ahorro y crédito de los fondos de empleados y asociaciones mutualistas y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados de los asociados por parte de las organizaciones de la economía solidaria.

NATURALEZA – Decreto 186 de 2004 La Superintendencia de la Economía Solidaria supervisa las organizaciones de la economía solidaria que determine el Presidente de la República mediante acto general, que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado con los objetivos y finalidades señalados en el artículo 35 de la Ley 454 de 1998.

ENTIDADES SUPERVISADAS La Supervisión (inspección, vigilancia y control) es ejercida por la Superintendencia de la Economía Solidaria a través de: DELEGATURA PARA LA SUPERVISIÓN DE LA ACTIVIDAD FINANCIERA DELEGATURA PARA LA SUPERVISIÓN DEL AHORRO Y LA FORMA ASOCIATIVA Cooperativas de ahorro y crédito. Cooperativas sector real Fondos de empleados Asociaciones mutuales

OBJETIVOS Y FINALIDADES DE LA SUPERVISIÓN Art. 35 – Ley 454 de 1998 1. Ejercer vigilancia, inspección y control 2. Proteger intereses de asociados 3. Preservar la naturaleza jurídica 4. Vigilar uso de recursos y ventajas normativas 5. Vigilar propósito socioeconómico no lucrativo

FUNCIONES GENERALES Establecer regímenes de reportes. Fijar reglas de contabilidad. Definir niveles de supervisión. Realizar actos de registro. Impartir autorizaciones especiales (actividad financiera, fusión, conversión, escisión…) Verificar el cumplimiento de las normas. Instruir a las organizaciones supervisadas. Asesorar al gobierno. Imponer sanciones. Decretar la disolución de organizaciones. Ordenar intervenciones para administrar o liquidar organizaciones. Entre otras 16

FUNCIONES DE RESULTADO (La consecuencia...) Imponer sanciones ... Ordenar la remoción de directivos... Decretar disoluciones... Ordenar cancelaciones... Ordenar modificaciones a reformas ... Convocar de oficio asambleas...

FUNCIONES DE OPERACIÓN (El qué y el cómo) Verificar observación de las normas... Establecer regímenes de reportes... Fijar reglas de contabilidad... Realizar visitas de inspección... Interrogar... Disponer acciones para obtener pago... Definir niveles de supervisión... Dar autorizaciones especiales…

FUNCIONES DE ADMINISTRACIÓN DEL SECTOR Realizar actos de registro... Dar trámite a las reclamaciones... Absolver consultas... Divulgar las normas... Asesorar al gobierno... Fijar monto de contribuciones... Instruir a las instituciones vigiladas...

COMPONENTES DE LA SUPERVISIÓN Asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias. 20

Vigilancia: Acciones orientadas a observar la conducta de los administradores de los entes solidarios, sin significar ello ningún tipo de interferencia en las mismas. Comprende el análisis extra situ de los estados financieros, controles de legalidad, autorizaciones previas, trámite de quejas y peticiones, entre otros. Inspección: Medidas de supervisión que representan una carga para el administrado en función de las facultades de Supersolidaria para representar el interés general que prevalece sobre el particular. Comprende las visitas de inspección in situ, recepción de interrogatorios, despachos comisorios, autos de archivos, traslados, autos de investigaciones administrativas, etc. Control: Actuaciones de más alto nivel, al comprender los aspectos en los que la Superintendencia interfiere directamente sobre la autonomía de las entidades vigiladas. En este tópico se incluyen las investigaciones administrativas, la expedición de sanciones, remoción de directivos, las intervenciones económicas, etc.

...son la parte visible de la vigilancia, MECANISMOS DE SUPERVISION ...son la parte visible de la vigilancia, la inspección y el control... Previos Posteriores Permanentes (con respecto a la oportunidad...) PREVIOS PERMANENTES POSTERIORES

Mecanismos PREVIOS de Supervisión Autorizaciones (fusión, escisión, transformación, conversión) Ejercicio de la actividad financiera Posesión miembros de entidades financieras Prórroga de precooperativas Registro e inscripción de entidades Exoneración de revisor fiscal en organizaciones del sector real

Mecanismos POSTERIORES de Supervisión Control legal de constitución de organizaciones solidarias del sector real Reformas estatutarias generales Disolución y liquidación voluntaria Nombramientos directivos sector real Constitución pólizas de manejo

Mecanismos PERMANENTES de Supervisión Régimen de reportes Jurídicos, administrativos y contable-financieros Reglas de Contabilidad Circular Básica Contable y Financiera Plan Único de Cuentas - PUC Visitas de inspección Expedición de normas y conceptos Intervención para administrar o liquidar

MÉTODOS DE SUPERVISIÓN Extra-situ: Es la vigilancia del funcionamiento de las organizaciones supervisadas con base en el análisis de reportes, indicadores financieros y control de administración de riesgos. In-situ: Inspección que se realiza en la sede de las organizaciones solidarias para verificar los hallazgos o resultados que arroja el análisis extra-situ. 26

NIVELES DE SUPERVISION Las entidades de Economía Solidaria que se encuentran bajo la supervisión de Supersolidaria se clasifican en TRES NIVELES de supervisión, de acuerdo con su nivel de activos y el desarrollo o no de actividad financiera.

Primer nivel: NIVELES DE SUPERVISION Se considera como el más alto y exigente de supervisión. Se aplica para todas las cooperativas que ejercen actividad financiera y aquellas organizaciones que, por su complejidad, sean elevadas a este nivel por acto administrativo particular. La periodicidad de los reportes que deben enviar al ente de control es trimestral, sin perjuicio que Supersolidaria establezca periodos inferiores.

Segundo nivel: NIVELES DE SUPERVISION Se aplica a aquellas cooperativas que no Adelantan actividad financiera, fondos de empleados y asociaciones mutuales cuyos activos sean iguales o superiores a $3.116.939.012 a corte 31 de diciembre de 2011. La periodicidad de los reportes que deben enviar al ente de control es semestral, sin perjuicio que Supersolidaria establezca periodos inferiores. 29

Tercer nivel: NIVELES DE SUPERVISION Se aplica a aquellas cooperativas que no ejercen actividad financiera, fondos de empleados y asociaciones mutuales cuyos activos sean inferiores a $3.116.939.012 a corte 31 de diciembre de 2011. Su supervisión se realiza selectivamente y la remisión de los reportes es anual.

Saneamiento del sector. Depuración y recuperación de entidades. RESULTADOS DE LA SUPERVISIÓN Saneamiento del sector. Depuración y recuperación de entidades. Enfoque empresarial del sector. Disciplina financiera y operacional. Incremento de aportes, ahorros y cartera. 31

Superintendencia de la Economía Solidaria Carrera 7 No. 31-10 Piso 11 PBX: 57 (1) 4895009 Bogotá D.C. – Colombia www.supersolidaria.gov.co cau@supersolidaria.gov.co