¿Qué son derechos humanos y sistemas de protección?

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Transcripción de la presentación:

¿Qué son derechos humanos y sistemas de protección?

Definición de Derechos Humanos Derecho = conjunto de normas que sirven para organizar la vida entre las personas. Derecho ≠ principios morales Derechos Humanos = Dignidad Los Derechos Humanos no son principios morales o filosóficos sino derecho. En caso de violación de una norma de derecho, la sociedad inflinge una sanción prevista. No se pueden violar los Derechos Humanos sin correr el riesgo de una sanción (que puede inflingirse en los ámbitos nacional o internacional). Sin embargo, enunciar Derechos Humanos no basta para erradicar cualquier violación de éstos (todas las legislaciones castigan el asesinato y sin embargo hay asesinatos en todas las sociedades). Además, es impensable tener que recurrir sistemáticamente a un Ejército internacional (Cascos Azules de la ONU) para obligar a los Estados a respetar los Derechos Humanos. Los Tratados Internacionales sólo son instrumentos para luchar contra las violaciones de los Derechos Humanos, pero son instrumentos indispensables. También se puede decir que los derechos humanos son garantías jurídicas que protegen a las personas y grupos de personas contra los actos de los gobiernos, que afectan a las libertades fundamentales y a la dignidad humana.

Los Derechos Humanos son derecho internacional Derecho interno: Leyes y reglamentos, juicios de los tribunales (jurisprudencia) Se aplica en el interior de un Estado. Las leyes nacionales protegen, garantizan los DDHH Derecho internacional: Tratados y Acuerdos Internacionales (Convenciones, Pactos). Hablamos de derecho interno = derecho nacional, derecho propio de cada país, por oposición a Derecho Internacional = Derecho Interestatal. Por lo tanto, el Derecho Internacional se dirige a los Estados. Es un contrato concluido entre los Estados. Lo vemos por la redacción de los Tratados que suele ser: «Los Estados Partes se comprometen a …». Incluso los Tratados en relación con los Derechos Humanos se dirigen primero a los Estados. En casi todos los países, el Derecho Internacional tiene un valor más importante que el Derecho Interno. Para mayor claridad consideremos la “Pirámide de Kelsen”, en la cual se estratifica el orden de importancia de las leyes, a saber: 1. Constitución, 2. Tratados Internacionales, 3. Leyes Primarias, 4. Leyes Secundarias (reglamentos), 5. Ordenanzas Municipales, 6. Derecho Consuetudinario ( la costumbre como derecho). Entonces, si una ley nacional viola un Tratado Internacional en el que el país se comprometió, esta ley ya no debería aplicarse.

Características Los Derechos Humanos buscan reconocer la dignidad de la persona humana. Los DH se aplican a todo ser humano cualquiera que sea su nacionalidad, origen étnico o social, religión, género, etc. No se puede renunciar a su beneficio, ni a ser privado de él. El respeto de la dignidad de la persona humana es el objetivo a alcanzar. El valor de un ser humano no es evaluado con relación a su utilidad, sino que tiene valor porque es humano y por ende inestimable (Ver «Derechos Humanos e invalidez» Quinn y Degener, pág. 11) Todos los seres humanos tienen derechos fundamentales por el simple hecho de que son humanos. Aunque en algunos territorios, los Derechos Humanos no son respetados, las personas que ahí viven tienen derechos fundamentales. (Una queja ante el Consejo de Derechos Humanos siempre es posible) «Los Derechos Humanos son universales porque todos los seres humanos tienen derechos fundamentales que uno no puede negar so pena de negar la humanidad misma. Dondequiera, se debe respetar la integridad de la persona humana; dondequiera, los seres humanos tienen derecho a no ser torturados, matados, mutilados, a no ser reducidos a la esclavitud, a recibir atención médica, a tener acceso a la educación, a la cultura; dondequiera, los seres humanos deben poder pensar y expresarse libremente …» Robert Badinter, entrevista, 1998. La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CIDPCD) debe ser una interpretación idéntica para abordar la temática de discapacidad en el mundo entero. Cuando ésta esté vigente, todos los Estados tendrán una referencia común para definir la discapacidad, las personas con discapacidad y sus derechos fundamentales. La Convención Internacional permitirá una discusión de igual a igual entre todos los seres humanos cualquiera que sea su nacionalidad o cultura. Los DH son un «lenguaje común en la Humanidad».

Clasificación Se dividen en tres grupos para facilitar su comprensión, pero todos tienen igual importancia: Derechos Civiles y Políticos (o de primera generación). Derechos Económicos, Sociales y Culturales (o de segunda generación) y Derechos de los Pueblos (o de tercera generación) (Foto de Eleanor Roosevelt, desplegando un ejemplar de la Declaración Universal, 1948) Eleanor Roosevelt fue Primera Dama de Estados Unidas (esposa del Presidente Franklin Delano Roosevelt) desarrolló un activo papel en el impulso de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Derechos Civiles y Políticos Derechos Económicos, Sociales y Culturales Derechos de los Pueblos ..de primera generación.. ..de segunda generación.. ..de tercera generación Libertad Igualdad (para obtener algo) Fraternidad, solidaridad Esta división en tres generaciones se le debe a Karel Vasek (1969). Cada grupo se asocia a uno de los grandes valores proclamados en la Revolución Francesa: Libertad: Civiles y Políticos. Igualdad: Económicos, Sociales y Culturales. Fraternidad (solidaridad): De los Pueblos.

Ejemplos de derechos Civiles: Libertad de expresión, libertad de movimiento, respeto a privacidad. Políticos: Derecho a elegir (votar) o ser elegido en puesto de elección popular. Económicos: Trabajo, crear una empresa. Sociales: Salud y educación. Culturales: Respeto a identidad cultural. De los Pueblos: Soberanía, la paz y el desarrollo. Derechos Civiles y Políticos Están destinados a la protección del ser humano, considerado individualmente, contra cualquier agresión o abuso de algún órgano público. Los derechos civiles y políticos son de aplicación inmediata; por lo tanto pueden ser reclamados en todo momento y en cualquier lugar, salvo en aquellas circunstancias de emergencia que permiten el establecimiento de ciertas limitaciones de sólo algunas garantías. Por ejemplo: Cuando hay una situación de grave emergencia en un país y se suspendan, provisionalmente, algunos derechos; sin embargo, la idea es que tal situación se mantenga en el menor plazo posible. Entre los derechos civiles y políticos, se pueden citar: -los derechos relativos a la vida, integridad, libertad y seguridad de la persona humana, -los derechos respecto de la administración de justicia, -el derecho a la vida privada, -la capacidad jurídica de las personas, -los derechos de libertad de religión o creencias y de libertad de opinión y expresión, -la libertad de circulación, -el derecho a una nacionalidad, -el derecho de reunión y asociación, -el derecho a la justicia y -el derecho a la ciudadanía y a la participación política (el derecho a elegir a través del sufragio a los gobernantes o a ser electos para cargos públicos). Derechos Económicos, Sociales y Culturales Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, a la educación y a la cultura; de tal forma que se asegure el desarrollo pleno de los seres humanos. Son derechos sociales o colectivos porque estos derechos benefician a grupos de seres humanos, no a uno en particular. Se dice que estos derechos son de aplicación progresiva porque pueden exigirse al Estado su cumplimiento, en la medida de los recursos que efectivamente tenga o disponga, pero esto no significa, en modo alguno, que el Estado puede utilizar como excusa para el incumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos o que no realice los esfuerzos necesarios para generarlos. Los derechos económicos, sociales y culturales, por su parte, incluyen: -el derecho al trabajo; -el derecho a crear una empresa, -las libertades sindicales; -el derecho a un nivel de vida adecuado, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados; -el derecho a la salud y la asistencia médica; -el derecho a la educación, -el derecho a una vivienda digna, -el derecho a la recreación y el ocio y -el derecho a participar en la vida cultural. Derechos de los pueblos Este tipo de derechos fueron promovidos a partir de los años setenta del siglo anterior, en función de incentivar el progreso social y elevar el nivel de vida de todos los pueblos. Dentro de ellos, se destacan: -La soberanía de los países. -La autodeterminación. -El uso de los avances de las ciencias y la tecnología. -La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos. -El medio ambiente. -El patrimonio común de la humanidad. -El derecho al desarrollo. -La paz y la seguridad de los países.

Obligaciones de los Estados Respetar los derechos humanos significa no interferir en su disfrute. Ejemplo: Los Estados no deben encarcelar a nadie, arbitrariamente (privación de libertad). Proteger los derechos humanos significa adoptar medidas para garantizar que un tercero no interfiera con su disfrute. Ejemplo: Los Estados deben de proteger el acceso a la educación, asegurando que los padres no impidan que los niños vayan a la escuela. ¿Qué tipo de obligaciones establecen los derechos humanos? Cuando se habla de derechos humanos se hace referencia a tres verbos: respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos. Veamos cada un de estos tres ámbitos: Respetar los derechos humanos significa no interferir en su disfrute. Dos ejemplos: -Los Estados deben de abstenerse encarcelar a alguien, arbitrariamente, privándole del disfrute de la libertad. –Los Estados no deben restringir, de manera arbitraria, el derecho a votar o la libertad de asociarse y manifestarse. Proteger los derechos humanos significa adoptar medidas para garantizar que un tercero no interfiera con su disfrute. Por ejemplo: Los Estados deben de proteger el acceso a la educación, asegurando que los padres y los empleadores, no impidan que las niñas acudan a la escuela. Hacer efectivos los derechos humanos significa adoptar medidas progresivas que permitan el disfrute efectivo del derecho de que se trate. Esta obligación se puede subdividir en las obligaciones del Estado de: facilitar y poner los medios necesarios para la realización del derecho. Al hablar de facilitar nos referimos a la obligación del Estado de impulsar actividades que fortalezcan la capacidad de las personas para satisfacer sus necesidades. Por ejemplo, en lo referente al derecho a la salud, esto podría manifestarse a través de la creación de condiciones para que el mercado pueda suministrar, servicios de atención sanitaria que demanda la población. Por otra parte, la obligación de poner los medios necesarios va un paso más allá, pues significa la prestación directa de servicios, por parte del Estado, debido a que de otra manera, no se garantiza la realización del derecho. En el ejemplo del derecho a la salud, tal intervención directa del Estado, lo que buscaría es compensar las limitaciones del mercado o ayudar a grupos que no son capaces de atender sus propias necesidades. La legislación de derechos humanos reconoce que la falta de recursos puede impedir la realización de determinados derechos. Por consiguiente, algunas obligaciones de derechos humanos tienen carácter progresivo mientras que otras son inmediatas. En relación con los derechos económicos, sociales y culturales, aún cuando tengan ese carácter progresivo, los Estados tienen la obligación fundamental de satisfacer el nivel mínimo de cada derecho. Hacer efectivos los derechos humanos significa impulsar medidas que permitan el disfrute efectivo del derecho de que se trate. Ejemplo: Construir hospitales y clínicas públicas para la atención de la salud de la población.

SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Sistemas de DDHH Son los sistemas que utilizan las organizaciones de los países para promover y proteger los derechos humanos. Dos ejemplos: Sistema de las Naciones Unidas o Sistema Universal. Sistema de la Organización de Estados Americanos (OEA) o Interamericano. Es el conjunto de órganos, documentos (normas) y mecanismos o procedimientos, mediante los cuales, la Organización de Naciones Unidas (ONU) o la Organización de Estados Americanos (OEA), busca proteger y promover los derechos humanos de las personas.

Sistema universal Es el conjunto de órganos, documentos normativos (vinculantes y no vinculantes) y mecanismos, mediante los cuales, la ONU busca proteger y promover los derechos humanos de las personas de todo el mundo. La internacionalización de los derechos humanos surge después de la II Guerra Mundial y todo el horror que padeció la humanidad.

Bases del sistema universal Declaración Universal de Derechos Humanos (10 de diciembre, 1948). La Carta Internacional de Derechos Humanos compuesta por -La Declaración Universal, -El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y -El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (más dos protocolos opcionales) (16 de diciembre, 1966).

ONU: Tratados temáticos Convención contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer Convención sobre Derechos del Niño Convención Internacional sobre la protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, y … Otra opción es referir a los tratados: Carta Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Convención sobre las Desapariciones Forzadas

Todos los documentos internacionales no tienen el mismo peso Vinculantes Son de acatamiento obligatorio por parte del Estado. Convención internacional No vinculantes Son guías que orientan a los Estados ( respeto ) Su cumplimiento no es obligatorio Normas uniformes Esto agregué yo, como insumo- a ver si su lugar es aquí, o hacemos una que explica la ley domestica e internacional, antes de hablar de los sistemas??

Órganos de vigilancia Son órganos constituidos por personas expertas que tienen una serie de tareas orientadas a que los Estados cumplan los tratados de Naciones Unidas. Examina la situación de derechos Humanos en los Estados por medio de los informes que éstos presentan. Estos comités pueden recibir denuncias de violaciones de derechos humanos, que cometen los Estados.