Programa Crédito Tributario para la Inversión Privada en I+D

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Transcripción de la presentación:

Programa Crédito Tributario para la Inversión Privada en I+D LEY 20.241: INCENTIVO TRIBUTARIO A LA INVERSIÓN PRIVADA EN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (I+D) Programa Crédito Tributario para la Inversión Privada en I+D Abril 2008

ANTECEDENTES Chile un país integrado a la economía globalizada, la que actualmente se caracteriza por su fuerte tendencia a basarse en el conocimiento La capacidad de innovar de un país depende de los niveles de inversión en I&D, la productividad de la inversión en I&D y, de la base de capital humano valioso existente en la economía Pero, el esfuerzo en Chile es bajo en comparación a otras economías similares. Sólo se invierte un 0.7% del PIB en I+D mientras que en países como Finlandia la proporción llega a un 3.5%. Nuestra meta es llegar a un 2,5% del PIB en I+D para el año 2020

ANTECEDENTES La participación del sector privado en la inversión en I+D asegura que el esfuerzo esté orientado a mejorar la competitividad de las empresas. El sector privado chileno invierte menos que el sector público, con un 30% del total de la inversión en I+D, mientras que en Finlandia esta proporción llega casi a un 70%. Según datos de la Encuesta de Innovación, en Chile, alrededor de 2000 empresas realizan actividades de investigación y desarrollo.

INSTRUMENTOS DISPONIBLES subsidios públicos con apalancamiento privado: focalizados con mayor costo de administración incentivos tributarios: menos focalizados, con menor costo de administración son un instrumento efectivo para expandir el gasto I+D, especialmente, para generar el impulso inicial en países que se encuentran en una situación con bajos niveles de inversión privada en esta materia La experiencia internacional muestra que combinación de ambos mejora impacto de I+D en crecimiento. En Chile existen subsidios públicos con apalancamiento privado (INNOVA CHILE, CONICYT, FIA, entre otras instituciones) por lo que esta Ley apunta a complementar este esfuerzo.

Ley N°20.241 Ley del Ministerio de Hacienda Establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo. Promulgada el 11 de enero de 2008 Publicada en diario oficial el 19 de Enero del 2008

OBJETIVO El objetivo de la Ley es aumentar la inversión privada en I+D y fortalecer el vínculo entre las Universidades/Centros de Investigación y las empresas.

DESCRIPCIÓN DEL INCENTIVO TRIBUTARIO La Ley establece un Crédito contra el impuesto de 1ª categoría que deban pagar los contribuyentes que declaren su renta efectiva según contabilidad completa. El crédito equivale a un 35% de sus pagos efectuados conforme a Contratos de Investigación y Desarrollo certificados por CORFO y celebrados con Centros de Investigación inscritos en el Registro de Centros de Investigación administrado por dicha entidad. El monto total anual del crédito deberá ser inferior a un 15% del ingreso bruto anual de cada contribuyente. Definición Centro de Investigación Definición Investigación Definición Desarrollo No se considerará I+D

DESCRIPCIÓN DEL INCENTIVO TRIBUTARIO El monto que no constituya crédito (65%) podrá rebajarse por la empresa como gasto necesario para producir la renta, independiente del giro de ésta. Es decir, de cada 100 pesos invertidos en I+D, 46 pesos serán financiados por el Estado. Para acceder al beneficio no debe existir relación entre el contribuyente y el Centro de Investigación - en términos de propiedad o administración - con el cual contraten. Se podrá sub-contratar hasta un 50% del valor de los contratos a entidades no registradas tanto dentro como fuera de Chile. Vigencia de incentivo: Hasta el 31 de diciembre de 2017.

Escenario con beneficio tributario Escenario sin beneficio tributario EJEMPLO: Costo I+D $ 20 Escenario con beneficio tributario Escenario sin beneficio tributario Ventas: $ 1000 Compras: $ 480 Salarios: $ 400 Costo I+D deducible (100%) $ 20 Utilidad antes de impto.: $ 100 Tasa Impto. 17% Impuesto afecto: $17 Impuesto a pagar: $17 Ventas: $ 1000 Compras: $ 480 Salarios: $ 400 Costo I+D deducible (65%) $ 13 Utilidad antes de impto.: $ 107 Tasa Impto. 17% Impuesto afecto: $18,2 Crédito tributario (35%) $7 Impuesto a pagar: $11.2

CENTROS DE INVESTIGACION OPORTUNIDAD CENTROS DE INVESTIGACION EMPRESAS Los Centros de Investigación que ingresen al registro de CORFO, podrán aumentar sus servicios a las empresas, fortaleciendo así sus vínculos en el corto y mediano plazo con el sector privado. Ello responde a que, por ley, sólo pueden acceder al crédito tributario los contratos de I+D realizados con Centros de Investigación inscritos en el Registro de CORFO. • Rebaja de pago de impuestos por sus actividades de I+D gastadas Realización de actividades de I+D con centros que dispongan de capacidades de investigación y desarrollo, verificadas por CORFO

FUNCIONES INNOVA CHILE EN LA IMPLEMENTACION DE LA LEY Nuestra institución esta a cargo de: REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACION CERTIFICACION DE CONTRATOS DE I+D FISCALIZACION DE CONTRATOS DE I+D CORFO (INNOVA Chile) Administrar las solicitudes de ingreso al Registro de Centros de Investigación Certificar los contratos de I+D Fiscalizar los centros de investigación Fiscalizar los contratos de I+D

2008: Puesta en Marcha del Programa de Crédito Tributario (PCT) 2009 Ene Feb Mar Abr Ago Sep Oct Ene Promulgación de la Ley Constitución del PCT en CORFO Aprobación Reglamento-Registro Centros Sistema de Postulación On-line: Registro Centros 1° Centro Registrado Sistema de Postulación On-line: Certificación Contratos Manual de Operaciones – Registro Centros Normas Procedimiento- Certificación Contratos Sistema Informático – Gestión de Operaciones 17 Centros inscritos 3 Contratos Certificados Apoyo para Centros Proceso Certificación de Contratos   N° de eventos Mes N° Asistentes DIFUSIÓN 6 Agosto - Diciembre  605 CENTROS REGISTRADOS 16 A Diciembre 08' - CONTRATOS CERTIFICADOS 2

DISTRIBUCIÓN REGIONAL CENTROS INSCRITOS DISTRIBUCIÓN DE CENTROS POR SECTOR Y REGIÓN DISTRIBUCIÓN REGIONAL CENTROS INSCRITOS DISTRIBUCIÓN SECTORIAL CENTROS INSCRITOS (*) Centros con tres sedes regionales o más

17 CENTROS DE INVESTIGACIÓN INSCRITOS CÓDIGO NOMBRE CENTRO PATROCINADOR SR-001 ADL DIAGNOSTIC CHILE LTDA. N/a SR-002 INSTITUTO DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD ARTURO PRAT SR-003 FUNDACIÓN CHILE N/A SR-004 CENTRO INVESTIGACION Y DESARROLLO DE RECURSOS Y AMBIENTES COSTEROS I-MAR UNIVERSIDAD DE LOS LAGOS SR-005 CENTRO INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA ACUICULTURA SR-007 INSTITUTO DE INVESTIGACIONES AGROPECUARIAS (INIA) SR-008 DICTUC SR-009 FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO FRUTÍCOLA SR-010 DEPARTAMENTO CIENCIAS DE LA INGENIERÍA UNIVERSIDAD ANDRES BELLO SR-011 CENTRO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS (CECS) SR-012 IDICTEC UNIVERSIDAD DE ATACAMA SR-013 UNIVERSIDAD MAYOR SR-014 FACULTAD DE CIENCIAS FÍSICAS Y MATEMÁTICAS UNIVERSIDAD DE CHILE SR-016 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO EN ALIMENTOS, AGROINDUSTRIA Y BIOTECNOLOGÍA SR-018 CORPORACIÓN DE DESARROLLO TECNOLÓGICO (CDT) SR-020 FACULTAD DE AGRONOMIA UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN SR-025 CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE POLIMEROS AVANZADOS – CIPA

Programa Crédito Tributario para la Inversión Privada en I+D Fin Programa Crédito Tributario para la Inversión Privada en I+D

Definición Centro de Investigación “Las entidades que dependan de una universidad, o las que formen parte de personas jurídicas constituidas en Chile, o las personas jurídicas constituidas en Chile; cuya actividad principal consista en la realización de labores de I+D. El Reglamento de Registro de Centros de Investigación establecerá los criterios para determinar cuando las labores de I+D constituyen la actividad principal de un Centro de Investigación.”

Definición Investigación “La búsqueda metódica que tenga por objeto generar nuevos conocimientos en el ámbito científico o tecnológico con la expectativa que contribuyan a desarrollar, fortalecer o mejorar la capacidad competitiva de las personas que la encargan.”

Definición Desarrollo “La aplicación de los resultados de la Investigación o la adaptación de cualquier conocimiento científico o tecnológico, cuando se relacionen con oportunidades comerciales o productivas con la expectativa que contribuyan a desarrollar, fortalecer o mejorar la capacidad competitiva de quien lo encarga, para: la fabricación de nuevos materiales, productos o el diseño de nuevos servicios, procesos o sistemas de producción, o la mejora sustancial de materiales, productos, servicios, procesos o sistemas de producción ya existentes. El desarrollo para estos efectos alcanza hasta la materialización de los resultados de la Investigación en un plano, esquema o diseño, así como la creación de prototipos no comercializables y los proyectos de demostración inicial o proyectos piloto.”

No se considerarán I+D, entre otras: Pruebas y evaluaciones una vez que un prototipo se transforma en un material, producto o proceso comercializable, que tengan como fin inmediato su inserción en el mercado; Las mejoras, adaptaciones y análisis de carácter rutinario, repetitivo o menor aplicadas en materiales, productos, servicios o procesos, aunque en ellos se utilice tecnología; Modificaciones estéticas o menores de aplicaciones ya existentes para diferenciarlas de otras; Los cambios periódicos o de temporada de materiales, productos o procesos; La promoción de aquello que sea resultado de Investigación o Desarrollo; La adquisición de propiedad intelectual o industrial cuando ésta se incluya en el objeto principal de las labores de Investigación o Desarrollo; y La constitución de propiedad intelectual o industrial que pudiere resultar de labores de Investigación o Desarrollo.