EL NUEVO MARCO INSTITUCIONAL

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Transcripción de la presentación:

EL NUEVO MARCO INSTITUCIONAL PARA LA ORDENACIÓN AMBIENTAL DEL TERRITORIO

LEY ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE Nº 18.308 UN NUEVO MARCO INSTITUCIONAL LEY ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE Nº 18.308 (En vigencia desde junio de 2008) LEY DE DESCENTRALIZACIÓN POLÍTICA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Nº 18.567 (En vigencia desde noviembre de 2009) LEY DE POLITICA NACIONAL DE AGUAS Nº 18.610. Reglamenta Art. 47 de la Constitución (En vigencia desde setiembre de 2009) 2

UN NUEVO MARCO INSTITUCIONAL CONTEXTOS QUE ACUMULAN SOBRE IMPORTANTES PREEXISTENCIAS, NORMATIVAS E INSTITUCIONALES. GENERANDO NUEVOS ESCENARIOS QUE DESAFÍAN A LA CONSTRUCCIÓN DE NUEVOS Y CREATIVOS ESTILOS DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL TERRITORIO 3

ELEMENTOS SUSTANTIVOS DEL NUEVO CONTEXTO UN NUEVO MARCO INSTITUCIONAL ELEMENTOS SUSTANTIVOS DEL NUEVO CONTEXTO Promueven una resignificación y revalorización, política y social, de: El rol Estado en la conducción del proceso de desarrollo como intérprete del interés general 2. La Planificación como instrumento sustantivo para la promoción y gestión de los procesos de desarrollo 3. La participación ciudadana como garantía de trasparencia y democratización de los procesos de toma de decisiones. 4

CONCEPTOS SUSTANTIVOS LEY Nº 18.308 (publicada el 30 de junio de 2008) ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE Artículo 1º. (Objeto).- La presente ley establece el marco regulador general para el ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, sin perjuicio de las demás normas aplicables y de las regulaciones, que por remisión de ésta, establezcan el Poder Ejecutivo y los Gobiernos Departamentales. A tal fin: a) Define las competencias e instrumentos de planificación, participación y actuación en la materia. b) Orienta el proceso de ordenamiento del territorio hacia la consecución de objetivos de interés nacional y general. c) Diseña los instrumentos de ejecución de los planes y de actuación territorial 5

Artículo 3º (Concepto y finalidad) CONCEPTOS SUSTANTIVOS ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE Artículo 3º (Concepto y finalidad) es el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen por finalidad: mantener y mejorar la calidad de vida de la población, la integración social en el territorio y el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales es una función pública que se ejerce a través de un sistema integrado de directrices, programas, planes y actuaciones de las instituciones del Estado con competencia a fin de organizar el uso del territorio genera instrumentos de promoción y regulación de las actuaciones y procesos de ocupación, transformación y uso del territorio 6

CONCEPTOS SUSTANTIVOS Artículo  2º. (Declaración de interés general, naturaleza y alcance).- Declárase de interés general el ordenamiento del territorio y de las zonas sobre las que la República ejerce su soberanía y jurisdicción. Los instrumentos de ordenamiento territorial son de orden público y obligatorios en los términos establecidos en la presente ley. Sus determinaciones serán vinculantes para los planes, proyectos y actuaciones de las instituciones públicas, entes y servicios del Estado y de los particulares. El ordenamiento territorial es cometido esencial del Estado y sus disposiciones son de orden público. 7

LAS MATERIAS (¿qué?) a) La definición de estrategias de desarrollo sostenible, uso y manejo del territorio en función de objetivos sociales, económicos, urbanísticos y ecológicos, a través de la planificación. b) El establecimiento de criterios para la localización de las actividades económicas y sociales. c) La identificación y definición de áreas bajo régimen de Administración especial de protección, por su interés ecológico, patrimonial, paisajístico, cultural y de conservación del medio ambiente y los recursos naturales. d) La identificación de zonas de riesgo por la existencia de fenómenos naturales o de instalaciones peligrosas para asentamientos humanos.

LAS MATERIAS (¿qué?) e) La definición de equipamiento e infraestructuras y de estrategias de consolidación del sistema de asentamientos humanos. f) La previsión de territorio a los fines y usos previstos en los planes. g) El diseño y adopción de instrumentos y procedimientos de gestión que promuevan la planificación del territorio. h) La elaboración e instrumentación de programas, proyectos y actuaciones con incidencia territorial. i) La promoción de estudios para la identificación y análisis de los procesos políticos, sociales y económicos de los que derivan las modalidades de ocupación y ordenamiento del territorio

ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN SUS DIFERENTES ESCALAS INSTRUMENTOS DE OT (¿cómo?) ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN SUS DIFERENTES ESCALAS NACIONAL - DIRECTRICES Y PROGRAMAS NACIONALES (Art. 9- 11) - ESTRATEGIAS REGIONALES (Artículo: 12) - PLANES INTERDEPARTAMENTALES (Artículo: 18) REGIONAL - DIRECTRICES DEPARTAMENTALES (Artículo: 16) - ORDENANZAS DEPARTAMENTALES (Artículo: 15) PLANES LOCALES (Artículo: 17) - INSTRUMENTOS ESPECIALES: (Artículos: 19 a 22)) - planes parcial - planes sectoriales - programas de actuación integrada, - inventarios y catálogos patrimoniales ------------------------------------------------------------------------------------------------- - CATEGORIZACIÓN DEL SUELO (Artículos: 30 a 34) DEPARTA- MENTAL

ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN SUS DIFERENTES ESCALAS LAS COMPETENCIAS (¿quiénes?) ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN SUS DIFERENTES ESCALAS NACIONAL DIRECTRICES NACIONALES: ELABORA EL PODER EJECUTIVO Y APRUEBA EL PODER LEGISLATIVO (Artículo: 10) Programas Nacionales: Elabora y aprueba el Poder Ejecutivo (Artículo: 11) REGIONAL Estrategias Regionales: elaboran y aprueban Poder Ejecutivo y Gobiernos Departamentales involucrados (Artículo: 13) Planes Interdepartamentales: elaboran y aprueban Gobiernos Departamentales involucrados (Artículo: 17) DEPARTA- MENTAL Gobiernos Departamentales; a través de procedimientos que se establecen en la propia Ley y que garantizan la participación social e institucional (Artículos: 14, 23 a 25)

Directrices Nacionales de Ordenamiento Territorial

Las Directrices Nacionales de Ordenamiento Territorial “constituyen el instrumento general de la política pública en la materia”

“las bases y principales Establecen “las bases y principales objetivos estratégicos nacionales en la materia” “la definición básica de la estructura territorial y la identificación de las actuaciones territoriales estratégicas” “la formulación de criterios, lineamientos y orientaciones generales para los demás instrumentos… políticas sectoriales… y proyectos de inversión… con impacto en el territorio”

Las Directrices Nacionales refieren aun territorio que ya está ordenado necesitan un conocimiento preciso de dicha herencia cómo es cómo se ha generado qué inercias y qué novedades presenta

cómo es cómo se ha generado qué inercias y qué novedades presenta

geología topografía hidrología ecología

Producción agropecuaria

Producción industrial

Escalas de OT

cómo es cómo se ha generado qué inercias y qué novedades presenta

- Diligencias (1860) - Trenes (1884/89) - Vialidad (1905)

cómo es cómo se ha generado qué inercias y qué novedades presenta

entre 231 países Uruguay se encuentra en el lugar 192 (la densidad del norte del Río Negro lo ubicaría en el lugar 214)

-sistema de ciudades y vacío (ocupación) -sistema de comunicaciones (funcionamiento) - organización político-administrativa (gestión) - calidad de vida (riqueza) caracterizados estructuralmente por la crítica relación centro - periferia

- sobre y subutilización del recurso suelo - concentración creciente de la propiedad de la tierra - expansión irracional de las áreas urbanas - fragmentación social del territorio - institucionalidad indiferente al territorio real

Orientaciones básicas

las grandes orientaciones de un proyecto territorial de largo aliento El desafío planteado por las Directrices Nacionales de Ordenamiento Territorial consiste en establecer las grandes orientaciones de un proyecto territorial de largo aliento basado en la transformación crítica del modelo territorial presente

Concretar dicho desafío implica desarrollar una reflexión transversal que compete al conjunto del poder ejecutivo

Partiendo de la siguiente conceptualización objeto territorial (ámbitos rural y urbano) su funcionamiento básico (infraestructuras) la calidad de vida (equipamiento) la gestión del conjunto (institucionalidad) se proponen las siguientes orientaciones básicas para la Directrices Nacionales

ámbitos rurales (sustentabilidad, racionalidad, integración, equilibrio, pertinencia) - manejo integral y sostenible de los recursos naturales (patrimonio social esencial) - uso del suelo según sus características y capacidades -obligación de mantenerlo y/o mejorarlo (erosión, contaminación, biodiversidad) - planificación del uso del agua (cuencas) - protección y desarrollo de los entornos rurales de las ciudades

ámbitos urbanos (sustentabilidad, racionalidad, integración, equilibrio, pertinencia) - poner fin a la expansión irracional de las áreas urbanas - fomentar el uso de las capacidades instaladas (áreas centrales, áreas ociosas, espacios públicos, etc) - regular el uso del suelo urbano (áreas industriales, logísticas, etc)

Infraestructuras (sustentabilidad, racionalidad, integración, equilibrio, pertinencia) - impulsar estrategias que mitiguen el centralismo - fomentar la integración social y geográfica (urbana y rural) - integrar el territorio nacional (relaciones este/oeste y norte/sur) - pensar el desarrollo de las energías sostenibles en el territorio

Equipamientos (sustentabilidad, racionalidad, integración, equilibrio, pertinencia) - superar asimetrías territoriales en la dotación de equipos, rompiendo las lógicas centro/periferia y urbano/rural - desarrollar estrategias que permitan conformar un hábitat pertinente en todo el territorio (vivienda con servicios básicos y equipamientos colectivos adecuados y accesibles)

Institucionalidad (sustentabilidad, racionalidad, integración, equilibrio, pertinencia) - fomentar la educación y la participación ciudadana en el ordenamiento del territorio - debatir la estructura político-administrativa heredada y sus alternativas de transformación - construir una institucionalidad acorde a los objetivos de la ley

EL PROCESO DEL PODER EJECUTIVO COMITÉ NACIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (junio 2010) COMISIÓN DE COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO (marzo 2011)

UNA CONCEPTUALIZACIÓN: Se trata de una primera aproximación, dentro de un proceso continuo de elaboración concertada de Estrategias Regionales de O.T. Por tanto, la presente elaboración inicial, sólo incluyó aquellos aspectos o materias del OT sobre las cuales se logró madurar los acuerdos necesarios entre las instituciones participantes. En sucesivas elaboraciones se irán incorporando nuevos lineamientos y materias de OT o nuevos desarrollos de los ya incorporados, en función de los aprendizajes logrados a través de su implementación.

a) Bases y principales objetivos estratégicos nacionales en la materia Promover y consolidar el desarrollo de las actividades de todos los sectores de la economía orientando y regulando, su localización ordenada, su articulación consistente y sustentable, de manera tal que contribuyan a la integración y cohesión social en el territorio. Fortalecer la integración interinstitucional de los planes de inversión pública definiendo su anclaje territorial, orientando la localización complementaria de la inversión privada asociada. Promover y regular el desarrollo de la producción primaria, agropecuaria, minera, y pesquera y sus cadenas de valor a través del uso y manejo sustentable y democrático de los recursos naturales atendiendo a su aptitud como criterio de ordenación y localización.

Promover la diversificación de la matriz energética orientando y regulando la localización ordenada de los usos e infraestructuras derivadas, universalizando el acceso y atendiendo a la compatibilidad con actividades productivas, culturales Promover la conservación de la biodiversidad, la protección de servicios ecosistémicos y el uso sustentable de los recursos naturales y culturales orientando, la identificación, delimitación e integración en red, de áreas bajo régimen espacial de gestión.

Definición básica de la estructura territorial y la identificación de las actuaciones territoriales estratégicas Se impulsarán estrategias que fomenten la integración social y geográfica, tanto norte / sur como este / oeste, procurando una más eficiente inserción en el contexto regional. Desde esta perspectiva las orientaciones al sistema urbano nacional, a la estructura vial, a los grandes equipamientos y los usos del suelo se orientarán a: Delimitar, tanto en el ámbito urbano como rural, áreas de uso preferente con criterios de compatibilidad, de manera de ordenar las distintas actividades en el territorio y orientar las actuaciones territoriales estratégicas en el aprovechamiento ambientalmente sustentable y democrático de los recursos naturales y culturales.

La formulación de criterios, lineamientos y orientaciones generales para los demás instrumentos de ordenamiento territorial, para las políticas sectoriales con incidencia territorial y para los proyectos de inversión pública con impacto en el territorio nacional Los instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, definidos en la ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008 y demás planes, programas y actuaciones, públicas y privadas deberán considerar y desarrollar, sin perjuicios de otras disposiciones, los siguientes lineamientos de política pública nacional: Promover los proyectos de inversión consistentes con los lineamientos estratégicos del gobierno nacional, privilegiando aquellos proyectos de inversión más rentables desde el punto de vista socio-económico, que garanticen la sustentabilidad ambiental. Promover la vinculación de los distintos planes y proyectos de inversión pública a nivel departamental, fomentado aquellos con mayores niveles de articulación y complementación supra-departamental, regional y nacional.

ÁMBITO RURAL Criterios, lineamientos y orientaciones generales Los instrumentos de ordenamiento territorial y desarrollo sostenible, definidos en la ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008 y demás planes, proyectos, programas y actuaciones, públicas y privadas, en el ámbito rural deberán promover un manejo integrado y sostenible de los recursos naturales regulando y ordenando el uso en función de su aptitud y capacidad y de su importancia estratégica para el desarrollo local y nacional. Sin perjuicio de otras disposiciones, los organismos nacionales de acuerdo a sus alcances y cometidos, definirán políticas y promoverán la planificación integral del desarrollo rural y desarrollo agropecuario definiendo la localización ordenada de actividades en áreas de uso preferente. Se conciliarán el desarrollo económico, la sustentabilidad ambiental y la equidad social tomando en cuenta los siguientes lineamientos

Estímulo al uso productivo agropecuario del suelo rural: El estímulo y la protección a la producción familiar en sus diferentes realidades socio-productivas. La implementación de una zonificación a escala adecuada para la coexistencia regulada de los cultivos transgénicos, convencionales y orgánicos La promoción del uso eficiente y acceso al agua con fines de riego con énfasis en soluciones multiprediales.

6 UNA REFLEXIÓN FINAL El Ordenamiento Territorial, nueva política pública transversal e intersectorial, es un deber ineludible de toda sociedad democrática, que reconoce al Estado un rol específico y proactivo en la orientación del cambio territorial. Esta política aporta transparencia, previsibilidad y seguridad jurídica a la gestión territorial. En ese sentido, partiendo de una imagen prospectiva del país que queremos y del territorio que necesitamos a mediano y largo plazo, debemos desarrollar una política nacional de ordenamiento ambiental del territorio que contribuya, tanto a la articulación de la promoción productiva con la gestión eficaz y sostenible del territorio, como a la inclusión social con integración espacial. Por otra parte, la democratización de la pertenencia del territorio, hace imprescindible generar acciones que reviertan el proceso continuo de extranjerización de la tierra.

6 UNA REFLEXIÓN FINAL Para ello, es estratégico, entre otros aspectos, avanzar en: a) la profundización desde el Poder Ejecutivo de una política que sea capaz de realizar la necesaria coordinación interinstitucional de las diversas visiones sectoriales, así como, integrar la estrategia territorial nacional, con los insumos provenientes de los enfoques local, departamental y regional, b) el fortalecimiento institucional de las capacidades de los gobiernos departamentales y locales, donde la asignación de recursos técnicos y materiales esté directamente relacionada a sus esfuerzos de planificación territorial y de la puesta en funcionamiento de los instrumentos previstos en la Ley de Ordenamiento Territorial. La introducción de los sistemas de información y de las nuevas tecnologías aportara eficacia a la gestión territorial, c) junto al fortalecimiento, el apoyo a las autonomías locales necesarias para el desarrollo autogestionario, y la promoción de servicios y vínculos socio-productivos a escala local,

6 UNA REFLEXIÓN FINAL d) la construcción de ámbitos de dialogo publico-privado, orientados a compartir y poner en común visiones y estrategias para alcanzar una gestión eficaz del territorio; e) la implementación de espacios de participación social en la toma de decisiones y en la gestión territorial, con el necesario apoyo técnico que le aporte información y conocimiento a la ciudadanía. f) La elaboración y desarrollo de las Directrices Nacionales de Ordenamiento Territorial, que definan los lineamientos generales de utilización del territorio en cuanto a infraestructuras, estructuras, grandes instalaciones industriales y zonificaciones productivas, junta a la puesta en valor de las singularidades e identidades locales, y la protección de los recursos naturales, ambientales y culturales, g) la definición de acciones que reviertan la actual fragmentación socio espacial para la cual será imprescindible entre otras acciones la derogación de la legislación de “urbanizaciones de propiedad horizontal” como forma de propender a la integración social en el territorio;

6 UNA REFLEXIÓN FINAL h) el desarrollo de ámbitos de gestión territorial a nivel internacional, en relación a la administración de cuencas, acuíferos e infraestructuras compartidas, desde una perspectiva de integración y defensa de la soberanía asociada con los nuevos procesos transfronterizos; la definición de una nueva institucionalidad para la ordenación y gestión ambiental del territorio que supere la actual ubicación sectorial facilitando su tratamiento transversal e intersectorial y directamente relacionado a políticas de desarrollo; j) un exhaustivo estudio de nuestro actual mapa político administrativo que ignora especificidades territoriales que traban su gestión integral;

6 UNA REFLEXIÓN FINAL Por último, la transformación de la sociedad requiere de acciones de política orientada a fomentar la participación de la ciudadanía en los distintos niveles. Esta participación en los procesos de transformación, irá construyendo los consensos imprescindibles sobre la necesidad de un nuevo pacto nacional que diseñe los mismos y remueva los obstáculos que hoy traban el desarrollo. Este nuevo pacto nacional deberá expresarse en una nueva Constitución de la República, para lo cual se deberá convocar una Convención Nacional Constituyente en el primer año de gobierno.

6 UNA REFLEXIÓN FINAL ººº Páginas: 139 a 141