Jornadas Nacionales de Gestión Ambiental Regulación y verificación del cumplimiento en el Estado de México MBA, Ing.Amb. Miguel Ángel de la Rosa Delgado.

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Transcripción de la presentación:

Jornadas Nacionales de Gestión Ambiental Regulación y verificación del cumplimiento en el Estado de México MBA, Ing.Amb. Miguel Ángel de la Rosa Delgado Mayo 2016

La GESTIÓN AMBIENTAL es aquella parte de la gestión de las empresas encaminada a lograr armonía entre los procesos productivos y el marco legal aplicable relativo a la conservación, defensa, protección y mejora del medio ambiente. INTRODUCCIÓN

DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS Federal Estatal Municipal Por Nivel de Gobierno LPADSEM Emisiones al aire y ruido Consumo de agua y generación de aguas residuales Generación y manejo de residuos de manejo especial Impacto y riesgo ambiental

Corresponde a los Estados, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley en la materia, las siguientes facultades (artículo 7 de la LGEEPA): II.- La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia, así como la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realice en bienes y zonas de jurisdicción estatal, en las materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación. III.- La prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que función en como establecimientos industriales, así como por fuentes móviles, que conforme a lo establecido en esta Ley no sean de competencia Federal; IV.- La regulación de actividades que no sean consideradas altamente riesgosas para el ambiente. VI.- La regulación de los sistemas de recolección, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos. VII.- La prevención y el control de la contaminación generada por la emisión de ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores perjudiciales al equilibrio ecológico o al ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales. VIII.- La regulación del aprovechamiento sustentable y la prevención y control de la contaminación de las aguas de jurisdicción estatal; así como de las aguas nacionales que tengan asignadas.

LEYES ESTATALES El Estado de México cuenta con ordenamientos vigentes que compilan sistemáticamente disposiciones legales rectoras de ramas especificas del derecho, tales como: 1.Código administrativo del Estado de México. 2.Código para la Biodiversidad del Estado de México. 3.Ley de Apicultura. 4.Ley de Cambio Climático. 5.Ley de prevención de tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo del Tabaco. 6.Ley del Agua para el Estado de México y Municipios. 7.Ley Para la Protección del Maguey. 8.Ley de Movilidad.

REGLAMENTOS ESTATALES 1.Reglamento Ley Agrícola Forestal. 2.Ley de Fomento Ganadero. 3.Reglamento del libro sexto del Código administrativo del Edo. México. 4.Reglamento de la Ley de Agua. 5.Reglamento de Servicios de Salud del Instituto de Seguridad Social. 6.Reglamento del Fomento y Desarrollo Agropecuario, Acuícola y Forestal. 7.Reglamento de condiciones generales de trabajo de los servidores públicos. 8.Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México. (Relativo a la conservación ecológica y protección al ambiente para el desarrollo sustentable).

REGLAMENTOS ESTATALES 9.Reglamento del Libro Cuarto del Código para la Biodiversidad del Estado de México. (En Materia de Prevención y Gestión Integral de Residuos 10.Reglamento del Libro Quinto del Código para la Biodiversidad del Estado de México. (preservación, conservación, remediación, restauración, recuperación, rehabilitación, protección, fomento para el aprovechamiento sostenible de la vida silvestre y su hábitat.

NORMAS ESTATALES NTEA-010-SMA-RS-2008, que establece los requisitos y especificaciones para la instalación, operación y mantenimiento de infraestructura para el acopio, transferencia, separación y tratamiento de residuos sólidos urbanos y de manejo especial para el Estado de México. NTEA-011-SMA-RS-2008, que establece los Requisitos para el manejo de los residuos de la construcción para el Estado de México. NTEA-004-SMA-DS-2014, que establece las especificaciones de protección ambiental para las etapas de selección del sitio, construcción y remodelación de Estaciones de Servicio (gasolineras), en territorio del Estado de México. ***

NORMAS ESTATALES NTEA-002-SMA-DS-2009, que regula la exploración, explotación y transporte de minerales no concesionables en el Estado de México. NTEA-012-SMA-DS-2009, que establece las especificaciones de protección ambiental para la selección, preparación del sitio, construcción y operación del Proyecto de Vivienda en el Territorio del Estado de México. Norma Técnica para la sustitución, expedición, renovación y duplicado de licencias para conducir vehículos automotores afectos al servicio de pasajeros en su modalidad de colectivo, masivo, individual, especializado, mixto, de carga y de servicios a la comunidad.

REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES EMPRESARIALES

MARCO JURÍDICO ð CÓDIGO PARA LA BIODIVERSIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO: Se estructuró el Código mediante una sistematización de materias Estado de México consta de ocho Libros: 1.Primero: Parte general 2.Segundo: Del Equilibrio Ecológico, la Protección al Ambiente y Fomento al Desarrollo Sostenible. 3.Tercero: Del Agua. 4.Cuarto: Del Fomento para el Desarrollo Forestal Sostenible. 5.Quinto: De la Prevención y Gestión Integral de Residuos. 6.Sexto: De la Preservación y Fomento para el Aprovechamiento Sostenible de la Vida Silvestre. 7.Séptimo: De la Protección a los Animales. 8.Octavo: De la Responsabilidad Civil por el Daño y Deterioro de la Biodiversidad y la Regulación de los Intereses Difusos.

IMPACTO AMBIENTAL EVALUACIÓN DEL IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL. Ó DICTAMEN DE OBRAS Y ACTIVIDADES QUE NO REQUIEREN DE IMPACTO AMBIENTAL. o Autorizar, condicionar o negar en materia de impacto y riesgo ambiental la procedencia de proyectos específicos con el fin de evitar o reducir los impactos ambientales negativos y las situaciones de riesgo que pudieran originarse con su realización FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México. Vigencia: la que la autoridad en su caso designe.

EMISIONES AL AMBIENTE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO (REGISTRO DE EMISIONES A LA ATMÓSFERA).  Regular a toda empresa, industrial, comercial y servicios (fuente fija), que cuenten con emisiones al ambiente provenientes de las actividades propias para la obtención de un producto, bien o servicio, con el fin de controlar las emisiones a la atmósfera. FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México. Vigencia: un año

PERMISO PARA REALIZACIÓN DE UNA COMBUSTIÓN A CIELO ABIERTO. o Autorizar el control de las emisiones a la atmósfera a través de su regulación en zonas críticas ó cuando exista contingencia ambiental en zonas urbanas ó suburbanas o áreas naturales protegidas. o FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México. Presentar con una anticipación mínima de 15 días hábiles a la realización de la primera combustión. EMISIONES AL AMBIENTE

REGISTRO DE BITÁCORAS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS GENERADORES O DE CONTROL DE EMISIONES CONTAMINANTES A LA ATMÓSFERA TIPO CALDERA o Demostrar técnicamente que cada equipo amparado en su autorización de licencia de funcionamiento cumple con una supervisión permanente en su operación y que cuenta con mantenimientos preventivos y correctivos necesarios para su óptima eficiencia. FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México. Presentar al Prorrogar anualmente su licencia de funcionamiento

CÉDULA DE OPERACIÓN INTEGRAL. o Una vez obtenida la Licencia de Funcionamiento, la empresa está obligada a realizar la licencia. FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México. Vigencia: se entrega anualmente en el mes de febrero. EMISIONES AL AMBIENTE

AGUA CÉDULA DE OPERACIÓN INTEGRAL. o Una vez obtenida la Licencia de Funcionamiento, la empresa está obligada a realizar la licencia y aplica cuando la empresa consuma agua o descargue agua a fuentes que no sean reguladas por la Federación. FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México.  Ley del Agua del Estado De México Vigencia: se entrega anualmente en el mes de febrero.

RESIDUOS SOLICITUD DEL REGISTRO GENERADOR DE RESIDUOS DE MANEJO ESPECIAL. o Regular a toda empresa, industrial, comercial y servicios (fuente fija), que genere residuos de manejo especial provenientes de las actividades propias para la obtención de un producto, bien o servicio, con el fin de controlar la generación y su disposición final de los mismos. FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México. Vigencia: un año

CÉDULA DE OPERACIÓN INTEGRAL. o Una vez obtenida la Licencia de Funcionamiento, la empresa está obligada a realizar la licencia y aplica cuando la empresa consuma agua o descargue agua a fuentes que no sean reguladas por la Federación. FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México. Vigencia: se entrega anualmente en el mes de febrero. RESIDUOS

REGISTRO DE PRESTADOR DE SERVICIOS EN MATERIA DE RECOLECCIÓN, TRASLADO, APROVECHAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS EMPRESARIALES DE MANEJO ESPECIAL o Consiste en la autorización del registro que se otorga a las empresas prestadoras de servicio dedicadas a la recolección, traslado, aprovechamiento y disposición final de residuos de manejo especial. o FUNDAMENTO LEGAL:  Código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro segundo del código para la biodiversidad del Estado de México.  Reglamento del libro cuarto del código para la biodiversidad del Estado de México Vigencia: un año RESIDUOS

RIESGO AMBIENTAL Y EMERGENCIAS X AUTORIZACIÓN DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA REALIZAR PRUEBAS DE HERMETICIDAD A ESTACIONES DE SERVICIO Y AUTOCONSUMO NUEVAS. X AUTORIZACIÓN DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA REALIZAR PRUEBAS DE HERMETICIDAD A ESTACIONES DE SERVICIO Y AUTOCONSUMO REMODELADAS. X AUTORIZACIÓN DE INICIO DE OPERACIONES PARA ESTACIONES DE SERVICIO Y AUTOCONSUMO NUEVAS Y REMODELADAS. NOM-EM-001-ASEA-2015, Diseño, construcción, mantenimiento y operación de estaciones de servicio de fin específico y de estaciones asociadas a la actividad de Expendio en su modalidad de Estación de Servicio para Autoconsumo, para diésel y gasolina.

MUNICIPIOS CON «CONVENIO DE ASUMPCIÓN DE FUNCIONES» Atizapán de Zaragoza Cuautitlán Cuautitlán Izcalli Ecatepec Naucalpan de Juárez Toluca Tlalnepantla

OTROS DATOS DE GESTION: Asegurarse que en materia de aprovechamiento de agua y descarga de aguas residuales, la regulación puede ser Municipal cuando se use su red. Los municipios también tienen licencia ambiental Municipal, por lo que deberá estar seguro de su giro y tamaño de empresa para saber su jurisdicción correspondiente. Los requisitos por actividades altamente riesgosas y el estudio de impacto ambiental, son de aplicación cuando cumpla con los requisitos que la gaceta Estatal.

GRACIAS! Ing. Miguel Angel de la Rosa Delgado. Vicepresidente Rama 48 Sector Verde-CANACINTRA Director General GRUPO EMPRESARIAL ENERGIA Y MEDIO AMBIENTE S.A. DE C.V. UVAAPROFEPA-002 (55) / (442)