LECCIÓN 2 PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN FORZOSA

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LECCIÓN 2 PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN FORZOSA Esta plantilla se puede usar como archivo de inicio para presentar materiales educativos en un entorno de grupo. Secciones Para agregar secciones, haga clic con el botón secundario del mouse en una diapositiva. Las secciones pueden ayudarle a organizar las diapositivas o a facilitar la colaboración entre varios autores. Notas Use la sección Notas para las notas de entrega o para proporcionar detalles adicionales al público. Vea las notas en la vista Presentación durante la presentación. Tenga en cuenta el tamaño de la fuente (es importante para la accesibilidad, visibilidad, grabación en vídeo y producción en línea) Colores coordinados Preste especial atención a los gráficos, diagramas y cuadros de texto. Tenga en cuenta que los asistentes imprimirán en blanco y negro o escala de grises. Ejecute una prueba de impresión para asegurarse de que los colores son los correctos cuando se imprime en blanco y negro puros y escala de grises. Gráficos y tablas En breve: si es posible, use colores y estilos uniformes y que no distraigan. Etiquete todos los gráficos y tablas.

Principio dispositivo: petición de parte. No de oficio. Cabe renuncia. Inicio: demanda ejecutiva Título judiciales: Dimensión temporal Plazo de espera: 20 días desde notificación resolución de condena firme o aprobación convenio (art. 548) Plazo de caducidad: 5 años (art. 518 LEC). Demanda ejecutiva. Contenido genérico: Identificación partes Hechos y fundamentos de derecho Petición. Ofrezca una breve descripción general de la presentación. Describa el enfoque principal de la presentación y por qué es importante. Introduzca cada uno de los principales temas. Si desea proporcionar al público una guía, puede repetir esta diapositiva de información general a lo largo de toda la presentación, resaltando el tema particular que va a discutir a continuación.

CONTENIDO ESPECÍFICO DEMANDA EJECUTIVA Identificación y acompañamiento del título. Tutela judicial que se solicita No petición genérica. Guarde relación título. Designación bienes suficientes. Carga ejecutante. Solicitud de medidas de localización e investigación. Con independencia Secretario Judicial ordene la manifestación de bienes. Determinación del ejecutado

Demanda título judiciales. Contenido: Petición genérica, indicación bienes y solicitud medidas de localización e investigación. DOCUMENTOS: 1.Subsanación/ 2.Denegación despacho Acompañamiento título. Poder procurador Documento precios y cotizaciones salvo precios oficiales o de público conocimiento. Laudo arbitral, convenio arbitral y documento justificativo de la comunicación laudo. Demás exija ley. Documentos convenientes. Pérdida de posibilidades

El tribunal examinará: DESPACHO DE EJECUCIÓN El tribunal examinará: Jurisdicción y competencia. No concurrencia: abstención de despachar ejecución Indicación del tribunal competente. No momento posterior. Cabe declinatoria. Concurrencia de presupuestos y requisitos procesales (capacidad, legitimación, postulación, caducidad acción y transcurso plazo 20 días). Regularidad formal del título: título del 517 LEC y requisitos). Buena apariencia jurídica del título. Tutela ejecutiva solicitada acorde con el título.

AUTO DESPACHANDO EJECUCIÓN. CONTENIDO Habiendo cumplido los requisitos anteriores. Personas a favor y contra las que se despacha. Cantidad por la que se despacha ejecución. Precisiones contenido y sujetos a quienes se extiende la ejecución. No recurso. Sí oposición. Secretario judicial. Decreto: Medidas de localización de bienes : desconocen/insuf. Actos ejecutivos concretos. Requerimiento de pago. Recurso directo de revisión.

DENEGACIÓN DEL DESPACHO DE EJECUCIÓN: No concurren presupuesto procesales, irregularidad del título, no adecuación petición-título. Recurrible en reposición. Apelable directamente. Títulos extrajudiciales: el acreedor puede instar el proceso declarativo posterior. No cosa juzgada. OPOSICIÓN. Clases. Ejecución en su conjunto (procesal o material) Actos ejecutivos concretos. Tercería de dominio.

OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN EN SU CONJUNTO MOTIVOS PROCESALES (tit jud. y extrajud.) Falta de carácter o de representación del ejecutado. Falta de capacidad o de representación del ejecutante o no acreditar el carácter o representación con que se demanda. No cabe alegar falta de jurisdicción y compt. Nulidad radical del despacho de ejecución Por no ser la sentencia o el laudo arbitral de condena. No título de 517 LEC, no cumpl. Requisitos. Laudo no protocolizado notarialmente. Tít. extrajud. Cuantía no superior a 300, no líquida.

Resoluciones judiciales o asimiladas No susp. OPOSICIÓN DE FONDO Resoluciones judiciales o asimiladas No susp. Pago o cumplimiento que habrá de ser justificado documentalmente. Pactos y transacciones de las partes con el objeto de evitar la ejecución consten en documento público. Caducidad de la acción ejecutiva (5 años) Autos de cuantía máxima. Suspende Oposición de fondo tit. Extrajud. Fuerza mayor, culpa exclusiva víctima y concurrencia de culpas.

Títulos extrajudiciales. Suspende Pago acreditado documentalmente. Compensación de créditos doc. fuerza ejecutiva. Pluspetición o exceso de computación en metálico deudas en especie. No suspende, salvo deudor ponga disposición trib. cantidad debida. Prescripción o caducidad de la deuda. Quita, espera, pacto o promesa de no pedir. Transacción conste en documento público. Proceso declarativo posterior: análisis relación jurídica subyacente.

Admisión: auto despacho ejecución Presentación demanda Admisión: auto despacho ejecución Traslado al ejecutado. Oposición (material o procesal. Plazo 10 días. Oposición Procesal. Traslado ejecutante .5 días alegaciones. Resolución juez auto Estimación: subsanación plazo de 10 días. No subsana o insubsanable. Auto deja sin efecto la ejecución. Costas ejecutante. Desestimación: manda segur la ejecución. Costas ejecutado.

Oposición material: Sólo posición material o desestimac procesal Plazo 5 días ejecutante: alegaciones y presentación documentos. Vista (normas j. verbal): si partes solicitan y el tribunal entiende que la oposición no puede resolverse sobre la base de los documentos aportados. Resolución: Estimación oposición: sobreseimiento, alzamiento embargos y medidas garantía, costas ejecutante, recurso de apelación. E. parcial(pluspetic): continua ctía debida, no costas. Desestimación: continua ejecución, costas ejecutado, apelación.

OPOSICIÓN ACTOS CONCRETOS Modificación o anulación acto ejecutivo. Oposición material: actos contrarios al tít jud. Sólo ejecución tít. judiciales. Exceso ejecución no amparada título. Recurso de reposición. Si se desestima, apelación. Oposición procesal: infrac.normas procesales rigen actos ejecutivos Reposición resoluciones del tribunal o secretario jud. Apelación casos expresamente previstos. Escrito al tribunal: no exista una resolución expresa que recurrir. Nulidad actuaciones (225 y ss. )

Embargo de un bien que no es del ejecutado. TERCERÍA DE DOMINIO Embargo de un bien que no es del ejecutado. No se exige acreditación fehaciente bien pertenece al ejecutado. Apariencia jurídica. Objeto: levantamiento traba y recuperación libre los bienes. Competencia: Interposición: secretario judicial responsable ejec Resolución: tribunal despacho ejecución.

PARTES: Tercerista: Titular del bien embargado. Tercero ajeno a la ejecución. Adquirió bien antes de la traba. Titulares de derechos que por disposición legal puedan oponerse al embargo o realización forzosa. Titular derecho usufructo. Forma: demanda. Principio de prueba. Apariencia/verosimilitud. No prueba plena. Evitación tercerías fraudulentas.

Ejecutante: Ejecutado PLAZO La dda se ha de dirigir frente al ejecutante. Interés en el mantenimiento del bien. Ejecutado Sólo parte si ha designado el bien objeto de embargo. Resto supuestos: intervención de terceros. PLAZO Momento inicial: embargo del bien. Momento final: transmisión al acreedor o un tercero.

La demanda de tercería: suspende el curso de la ejecución del bien concreto. La ejecución prosigue para el resto. El tribunal puede supeditar la admisión de la tercería: Tercerista preste caución por los daños y perjuicios que pueda ocasionar ejecutante. Tercería carecen fundamento. Resolución: auto pertenencia bien a efectos ejecución. No acción reivindicatoria. No cosa juzgada