USO DE DECLARACIONES PREVIAS

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Transcripción de la presentación:

USO DE DECLARACIONES PREVIAS

Uso de declaraciones previas Regla General Declaraciones Previas Declaración de testigos y peritos en juicio no pueden ser sustituidas por lectura de registros u otros en donde constaran versiones anteriores Principios en Juego: - Contradicción - Inmediación - Obtención de información de calidad

Función de los datos de prueba o antecedentes de investigación Como elemento de convicción en las audiencias previas Como elemento para control de información en juicio

¿Cuándo se puede dar lectura a las declaraciones previas? Cuando el testigo no recuerda una poción de información Cuando el testigo se contradice con una declaración previas Cuando el testigo incorpora nueva información No es una sustitución de la declaración en juicio, sino que elementos para contribuir o pesar credibilidad del testimonio.

¿Cuándo se puede dar lectura a las declaraciones previas? ARTÍCULO 376 CNPP Durante el interrogatorio y contrainterrogatorio del acusado, del testigo o del perito, podrán leer parte de sus entrevistas, manifestaciones anteriores, documentos por ellos elaborados o cualquier otro registro de actos en los que hubiera participado, realizando cualquier tipo de manifestación, cuando fuera necesario para apoyar la memoria del respectivo declarante, superar o evidenciar contradicciones, o solicitar las aclaraciones pertinentes.

Superar contradicción Interrogatorio Apoyo de memoria Superar contradicción Aclaración pertinente Contrainterrogatorio Evidenciar contradicción Evidenciar contradicción por omisión El testigo no se acuerda El testigo se contradice El testigo incorpora información nueva

Costo del uso de declaraciones previas El uso puede generar costos para el litigante (credibilidad del testigo o credibilidad del propio litigante) Como toda actividad en juicio su ejercicio debe ser consecuencia de una evaluación de costo-beneficio.

USO DE DECLARACIONES PREVIAS EN EL INTERROGATORIO ¡RECUERDA USAR PREGUNTAS ABIERTAS!

Apoyar memoria 1. Acreditar que existe una declaración anterior 2. Tenderle el puente de plata - Le ayudaría a recordar mejor… - Recordaría mejor… 3. Solicitar permiso al juez para realizar un ejercicio de apoyo de memoria 4. Correr traslado a la contraparte 5. Preguntar si el testigo la reconoce 6. Pedir que lea declaración en voz baja 7. Preguntar de nuevo la misma pregunta

Superar contradicción 1. Confirmar la contradicción 2. Acreditar que existe una declaración anterior 3. Solicitar permiso al juez para realizar un ejercicio de superar contradicción 4. Correr traslado a la contraparte 5. Preguntar si el testigo la reconoce 6. Pedir que lea declaración en voz ALTA 7. Preguntar: ¿POR QUÉ CAMBIO SU DECLARACIÓN?

Aclaración pertinente 1. Confirmar la contradicción 2. Acreditar que existe una declaración anterior * Preguntar si en esa declaración lo mencionó 3. Solicitar permiso al juez para realizar un ejercicio de aclaración pertinente 4. Correr traslado a la contraparte 5. Preguntar si el testigo la reconoce 6. Pedir que lea parte o toda la declaración para sí 7. Preguntar ¿En dónde consta? 8. Preguntar ¿POR QUÉ NO LO DIJO ANTES?

USO DE DECLARACIONES PREVIAS EN EL CONTRAINTERROGATORIO ¡RECUERDA USAR PREGUNTAS SUGESTIVAS!

Refrescar memoria 1. Acreditar que existe una declaración anterior 2. Solicitar permiso al juez para realizar un ejercicio de refresco o apoyo de memoria 4. Correr traslado a la contraparte 5. Hacer que el testigo la reconozca 6. Pedir que lea declaración en VOZ ALTA

Evidenciar contradicción 1. Confirmar la contradicción 2. Acreditar que existe una declaración anterior 3. Solicitar permiso al juez para realizar un ejercicio de evidenciar contradicción 4. Correr traslado a la contraparte 5. Hacer que el testigo la reconozca 6. Pedir que lea declaración en VOZ ALTA

Aclaración pertinente o evidenciar contradicción por omisión 1. Confirmar la contradicción 2. Acreditar que existe una declaración anterior * ¿Usted nunca mencionó…? 3. Solicitar permiso al juez para realizar un ejercicio de evidenciar contradicción por omisióm 4. Correr traslado a la contraparte 5. Hacer que el testigo la reconozca 6. Pedir que lea parte o toda la declaración para sí. 7. Preguntar ¿En dónde consta?

¡RECUERDA! Solo puedes utilizar las declaraciones del mismo testigo Antes de realizar el ejercicio tienes que ponderar su conveniencia. Nunca pidas explicaciones o te pelees con el testigo en el contrainterrogatorio

Más allá de esas excepciones, ninguna pregunta / respuesta debería hacer referencia a la declaración anterior “En su informe, usted dijo que…” “Usted le dijo al policía que…” “¿No es cierto que usted comentó que…?”

¿QUÉ DEBEMOS ENTENDER POR DECLARACIÓN PREVIA? ¿DECLARACIONES DENTRO DE LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN? ¿DECLARACIONES HECHAS DENTRO DEL MISMO PROCEDIMIENTO PENAL? ¿DECLARACIONES HECHAS DENTRO DE CUALQUIER PROCEDIMIENTO PENAL? ¿CUALQUIER DECLARACIÓN HECHA FUERA DEL PROCESO?

ARTÍCULO 376 CNPP Durante el interrogatorio y contrainterrogatorio del acusado, del testigo o del perito, podrán leer parte de sus entrevistas, manifestaciones anteriores, documentos por ellos elaborados o cualquier otro registro de actos en los que hubiera participado, realizando cualquier tipo de manifestación, cuando fuera necesario para apoyar la memoria del respectivo declarante, superar o evidenciar contradicciones, o solicitar las aclaraciones pertinentes.