Becas post-doctorales Reglas de operación del PROMEP 2013

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Transcripción de la presentación:

Becas post-doctorales Reglas de operación del PROMEP

El apoyo consiste en: a) Una cuota mensual de $16, (dieciséis mil pesos 00/100 M.N.) por un año, la cual podrá renovarse por un año más, dependiendo de la justificación de la extensión, de los resultados del proyecto en el primer año y de la disponibilidad presupuestaria, y b) Una cuota única de instalación de $20, (veinte mil pesos 00/100 M.N.) por becario.

Elegibilidad a) El PROMEP otorgará apoyo a los CAC y CAEC de las IES participantes con el objeto de que incorporen a becarios post-doctorales que se hayan graduado en otras instituciones. b) La participación de becarios propicia LGAC de frontera, así como la formación de nuevos profesores de carrera. Dicha participación deberá conducir a alcanzar los siguientes objetivos: i.Reforzar las LGAC que cultivan y realizan los miembros del CA solicitante a través de las habilidades y conocimientos de frontera del becario post-doctoral. ii.La habilitación del becario post-doctoral en la generación y aplicación del conocimiento. iii.Reforzar los programas educativos en los que participa el CA receptor mediante seminarios, conferencias y asesorías a alumnos de licenciatura y posgrado impartidos por el becario post-doctoral. iv.Capacitar al becario post-doctoral en materia de docencia, tutoría de estudiantes y gestión académica-vinculación.

c) El CA receptor deberá nombrar a uno de sus miembros como responsable de supervisar el proceso de selección del becario post-doctoral y el desempeño de éste. d) Los criterios principales que serán aplicados para la evaluación de las candidaturas presentadas por los CA son: i.El CA solicitante deberá estar consolidado o en consolidación y debidamente reconocido por el PROMEP. ii.La calidad y pertinencia del proyecto de generación y/o aplicación innovadora del conocimiento en que vaya a participar el becario post-doctoral. iii.La relevancia del proyecto respecto a las líneas cultivadas por el CA solicitante y que le permita mantener su grado de consolidación. iv.La existencia en la DES o UA de la infraestructura necesaria para el desarrollo del proyecto. v.La factibilidad y rigor de los mecanismos propuestos por el CA solicitante para identificar y seleccionar al becario post-doctoral.

e) El CA interesado deberá postular al (los) candidato(s) ante la Coordinación mediante un proyecto de investigación y docencia, en el que señale con claridad la participación del post-doctorante y la fecha de incorporación de éste al CA, la que no será menor de tres meses a la fecha de postulación. El proyecto deberá estar firmado por el post-doctorante y su supervisor posdoctoral. f) Los candidatos a beca post-doctoral deberán cumplir con los siguientes requisitos: i.Ser menor de 40 años en la fecha en la que se postule en el PROMEP (Presentar CURP o acta de nacimiento si son extranjeros). ii.Haber obtenido el grado de doctor dentro de los dos años anteriores a la fecha de su postulación, en una institución diferente a la IES donde realizará el post- doctorado. iii.Haber obtenido el doctorado en una disciplina y especialidad congruentes con el proyecto a desarrollar en el CA receptor. iv.Haber publicado o tener al menos aceptado para su publicación un trabajo de generación y aplicación del conocimiento, en una revista indizada.

Para las becas Post-Doctorales presentadas por los CA los criterios que serán aplicados para la evaluación de las candidaturas son: a) Que el CA solicitante esté reconocido por el PROGRAMA con el grado de desarrollo Consolidado o en Consolidación. b) Que el becario posdoctoral cumpla con todo lo establecido en el apartado "Elegibilidad" de las presentes Reglas de Operación. c) La calidad y pertinencia del proyecto de generación o aplicación del conocimiento del becario Post-Doctoral. d) La relevancia del proyecto respecto a las líneas cultivadas por el CA solicitante que le permita mantener su grado de consolidación. e) La existencia en la DES o unidad académica de la infraestructura necesaria para el desarrollo del proyecto. f) La factibilidad y rigor de los mecanismos propuestos por el CA solicitante para identificar y seleccionar al becario Post-Doctoral.

Los CA que son apoyados se comprometen a: En el caso de los CAC cuyos candidatos a beca Post-Doctoral son autorizados por la Coordinación. a) Entregar, a La Coordinación y al director de la unidad académica o DES correspondiente, un informe semestral sobre el avance del proyecto y el desempeño del becario Post-Doctoral. Este informe debe entregarse dentro del mes posterior al término de cada semestre. b) En caso de que el CA juzgue conveniente extender la beca Post-Doctoral por un segundo año, puede solicitar dicha extensión durante el doceavo mes y entregar la solicitud acompañada del segundo informe semestral donde se especifiquen los avances alcanzados.

En el caso de los becarios Post-Doctorales beneficiados éstos se comprometen a: Cumplir con el programa de actividades contempladas en el proyecto, conducentes a alcanzar los objetivos establecidos del mismo. b) Presentar a La Coordinación, a través del RIP de la IES a la que esté adscrito el CA, al director de la unidad académica o DES correspondiente y al responsable del proyecto en el CA, un informe personal anual sobre el estado del proyecto y su experiencia como becario Post-Doctoral. Este informe debe entregarse dentro del mes posterior al término de la beca. c) En las publicaciones que se realicen durante la vigencia de la beca, hacer mención explícita de ser becario Post-Doctoral PROMEP.

Para apoyo y asesoría en la gestión, dirigirse con la: Representación Institucional ante el PROMEP Tel ext