Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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Transcripción de la presentación:

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH REPÚBLICA DE COLOMBIA

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO CONCEPTOS BÁSICOS

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Derecho Internacional Humanitario DEFINICIÓN

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Derecho Internacional Humanitario Conjunto de normas internacionales, de origen convencional o consuetudinario, específicamente a ser aplicado en los conflictos armados internacionales o no internacionales y que limita, por razones humanitarias, el derecho de las partes en conflicto a elegir libremente los métodos y medios utilizados en la guerra y que protege a determinadas personas y a los bienes afectados o que pueden ser afectados por el conflicto y tiene por finalidad limitar los sufrimientos provocados por los conflictos armados, garantizando tanto como sea posible, la protección y asistencia a las víctimas.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Derecho Internacional Humanitario (Para qué sirve?) FINALIDAD, del DIH : Proteger a las víctimas de los conflictos armados Salvaguardar a las personas protegidas por el DIH.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Derecho Internacional Humanitario (Para qué sirve?) Las Normas del DIH LIMITAN el derecho de las partes en el conflicto armado a escoger métodos y medios de guerra y combate

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Derecho Internacional Humanitario (Para qué sirve?) Las Normas del DIH PROTEGEN a las personas que no participan directamente en las hostilidades

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Derecho Internacional Humanitario (Para qué sirve?) Las Normas del DIH PROTEGEN a las personas que quedan fuera de combate

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Derecho Internacional Humanitario (Para qué sirve?) Las normas del DIH PROTEGEN al personal, a los vehículos e instalaciones de sanidad dedicadas a labores humanitarias

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Derecho Internacional Humanitario (Para qué sirve?) Las Normas del DIH OBLIGAN a las partes en los conflictos armados y a las personas que participan directamente en las hostilidades a proteger y a respetar a las víctimas de la guerra

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH LAS NORMAS DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO. Limitan el derecho de las partes en el conflicto armado a escoger métodos y medios de guerra y de combate. Limitan el derecho de las partes en el conflicto armado a escoger métodos y medios de guerra y de combate. Protegen a las personas que no participan directa- mente en las hostilidades y a las personas que quedan fuera de combate. Protegen a las personas que no participan directa- mente en las hostilidades y a las personas que quedan fuera de combate. Protegen al personal, a los vehículos e instalaciones de sanidad dedicadas a labores humanitarias. Protegen al personal, a los vehículos e instalaciones de sanidad dedicadas a labores humanitarias. Obligan y a las partes en los conflictos armados y a las personas que participan directamente en las hostilidades a proteger y a respetar a las víctimas de la guerra. Obligan y a las partes en los conflictos armados y a las personas que participan directamente en las hostilidades a proteger y a respetar a las víctimas de la guerra.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH ORIGEN Convencional Consuetudinario Como norma positiva resulta de del consenso de los Estados. Codifica las leyes y costumbres tradicionales de la guerra. NORMAS QUE PROCEDEN DEL PLANO INTERNACIONAL

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH COMPONENTES y OBJETIVO Derecho de Nueva York Reglamento a otras armas Conferencia de las Naciones Unidas Derecho de La Haya Reglamento y limite al uso de la fuerza Convenios de la Haya 1899 Derecho de Ginebra Protección y respeto del ser 4 Convenios 2 Protocolos

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH DERECHO DE GINEBRA I Convenio heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña II Convenio Heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas armadas en el mar. III Convenio Trato a prisioneros de guerra IV Convenio Trato a personas civiles en tiempo de guerra

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH II Protocolo Adicional Conflictos Armados No Internacionales I Protocolo Adicional Conflictos Armados Internacionales III Protocolo Adicional Creación del Emblema del Cristal Rojo

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH DERECHO DE GINEBRA  Se aplica durante y después del combate.  Protege y asiste a las víctimas de los conflictos armados.  Para el hombre DESARMADO. DERECHO DE LA HAYA  Se aplica durante el combate.  Establece los derechos y las obligaciones para la conducción de las hostilidades.  Para el hombre ARMADO.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH El DIH obliga a todas las partes en todo tipo de conflicto armado. El DIH obliga a todas las partes en todo tipo de conflicto armado. En especial obliga a los Estados que tienen la responsabilidad de respetarlo y de hacerlo respetar. En especial obliga a los Estados que tienen la responsabilidad de respetarlo y de hacerlo respetar. ¿A quiénes obliga el DIH?

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH  A los Estados  A las partes en los conflictos armados  A los combatientes y personas que participan directamente en las hostilidades. ¿A quiénes obliga el DIH?

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Obligaciones de los Estados y partes en los conflictos armados Respetar Respetar Hacer respetar Hacer respetar Las normas de DIH en todas las circunstancias Las normas de DIH en todas las circunstancias Artículo 1° – común – de los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 Artículo 1° – común – de los cuatro Convenios de Ginebra de 1949

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Obligaciones de los combatientes Personas que participan directamente en las hostilidades Respetar y proteger a las personas protegidas por el DIH y a las víctimas de la guerra:  No atacar a la población civil ni a sus bienes.  Tratar con humanidad a quienes se rinden o quedan fuera de combate, con respeto de su vida y de su integridad física y moral.  Facilitar, después de los combates, la búsqueda, recogida y la asistencia de los heridos.  Respetar y permitir la labor humanitaria de la misión médica y del personal de la Cruz Roja.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Obligaciones de los combatientes Personas que participan directamente en las hostilidades Respetar y proteger a las personas protegidas por el DIH y a las víctimas de la guerra: Abstenerse de todo acto contrario al DIH

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Obligaciones de los jefes:  Impedir que se cometan violaciones de las normas del DIH  Tomar medidas para que sus subalternos conozcan las obligaciones y responsabilidades que se derivan del DIH.  Sancionar a los responsables de cometer actos contrarios al DIH o informar a las autoridades competentes para investigar y castigar las infracciones.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Bienes protegidos : “Los bienes civiles no serán objeto de ataque ni de represalias. Son bienes civiles todos los que no son objetivos militares... “Los bienes civiles no serán objeto de ataque ni de represalias. Son bienes civiles todos los que no son objetivos militares... Artículo 52 del PA I/77 Artículo 52 del PA I/77

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Bienes civiles bajo protección especial:  Servicios sanitarios civiles y de las FF.AA.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Bienes civiles bajo protección especial: Bienes culturales y lugares de culto. Bienes culturales y lugares de culto.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Bienes civiles bajo protección especial: Obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas: presas y diques, centrales nucleares de energía. Obras e instalaciones que contienen fuerzas peligrosas: presas y diques, centrales nucleares de energía.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Bienes civiles bajo protección especial: Bienes indispensables para la supervivencia de la población civil. Bienes indispensables para la supervivencia de la población civil.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Símbolos de protección : Bienes culturales Bienes culturales Instalaciones peligrosas Instalaciones peligrosas

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH DIH personas protegidas JMILITARESfuera de combate JMILITARES fuera de combate 4 Enfermos, 4 heridos, 4 náufragos o tripulantes de aeronaves derribadas, 4 prisioneros de guerra, 4 Personas que se rinden. : personal sanitario de las FF.AA; ? personal religioso de las FF.AA.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH DIH personas protegidas CIVILES no combatientes CIVILES no combatientes  En territorio enemigo: protegidos según el IV Convenio de Ginebra de 1949  Toda la población civil: protegida según el Protocolo Adicional I de 1977.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Personas Protegidas Heridos, enfermos, náufragos Prisioneros de guerra Personas civiles Personal Militar Personal Sanitario

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra Artículo 10. Protección de la Misión Médica Protección a médicos y paramédicos civiles, no comprendidos en Art. 9 Protección plena: - No se castigará ejercicio médico, en cualquier circunstancia o beneficiario - No se obligará a actos contrarios a la deontología ni a abstenerse de actos exigidos por deontología

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra Artículo 10 (continuación) Protección no plena (“a reserva de lo dispuesto en la legislación nacional”: - se respetarán obligaciones médicas respecto a información de los heridos y enfermos; - no sanción, en modo alguno, por negar información sobre heridos o enfermos asistidos.

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra Artículo 11 Unidades Sanitarias: Respeto, protección y no ataque a unidades y medios de transporte sanitario. Cese de protección por su empleo para realizar actos hostiles

Vicepresidencia de la República Programa Presidencial de DDHH y DIH GRACIAS