IMPUESTO A TIERRAS RURALES

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Transcripción de la presentación:

IMPUESTO A TIERRAS RURALES IMPACTO DE LOS IMPUESTOS EN LA SOCIEDAD ECUATORIANA IMPUESTO A TIERRAS RURALES GRUPO 4 INTEGRANTES: WALTER MURILLO JORGE ALVAREZ

  INTRODUCCION Este impuesto se cobra a los propietarios de tierras rurales y que tengan una extensión mayor a 25 hectáreas en la costa, sierra y galápagos. En la Amazonía se cobra a tierras mayores a 70 hectáreas, que entra en vigencia a partir del año 2010 con la finalidad de que los propietarios pongan a producir sus tierras o vendérselas a quienes si lo deseen.

ANTECEDENTES Antes del año 2010 cuando entra en vigencia este impuesto, los propietarios de estos predios no cancelaban valor alguno por su posesión, por lo cual había descuido de estas tierras y no se le sacaba provecho alguno. Al entrar en vigencia éste impuesto los propietarios se vieron obligados a vender o sacar provecho a estas tierras.

MARCO LEGAL LEYES REGLAMENTOS RESOLUCIONES Fue creado según Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador, publicado en Registro Oficial 242 del 29 de diciembre de 2007, sin embargo, según Mandato No. 16, de la Asamblea Constituyente del 23 de Julio del 2008 exoneró el cobro del impuesto para los años 2008 y 2009, en tal virtud, este impuesto entra en vigencia a partir del año 2010.  REGLAMENTOS El Reglamento de Aplicación fue expedido en el Decreto Ejecutivo No. 1092 del 18 de mayo de 2008. RESOLUCIONES Cada tierra o fracción que supere las 25 hectáreas (en caso de ser costa, sierra y Galápagos) ó 70 (en caso de la Amazonía) se multiplicara por 9,21 (que es el 0,001 de la fracción básica del Impuesto a la Renta para el año 2011).

IMPACTO SECTORIAL Inicios económicos del Sector Económico Evolución Los inicios económicos para los dueños de estos predios fueron la ganadería, la agricultura, emprendieron la gestión de parques naturales, el ecoturismo, etc. Evolución A medida que fue pasando el tiempo varios propietarios de las tierras fueron creciendo en su negocio otros se vieron en la obligación de venderlas por no poseer los recursos suficientes para mantenerlas. Estudio Al hacer un estudio del tema podemos deducir que claramente ha aumentado la actividad agropecuaria en nuestro país, la mayoría de los propietarios de esos predios tomaron conciencia del caso y empezaron a sacarle el mayor provecho a sus tierras para poder pagar dicho impuesto.

DESARROLLO DEL PAGO DEL IMPUESTO EJEMPLO El Sr. Fausto Ramírez, es propietario de 2 terrenos en el sector rural de la Amazonia, entre los dos suman una superficie de 180 hectáreas, de las cuales 30 hectáreas son consideradas por el Ministerio de Ambiente como humedales y bosques protectores ANALISIS Numero de hectáreas                                                                                    180 (-) Hectáreas exoneradas por se humedales y bosques protectores     30 (-) Hectáreas libre de impuesto a las tierras                                               70 = hectáreas que si pagan impuestos a las tierras                                     80 Impuesto por hectáreas o fracción (2011)                                                  9,21 CALCULO Calculo (# hectáreas x 9,21)                                                                   80 x 9,21 DECLARACION Total impuesto a las tierras rurales                                                          736.80

¿Cómo declaro y pago este impuesto? Se podrá declarar mediante Internet a través de la clave asignada o mediante las ventanillas de atención al contribuyente. El pago se lo efectuará a través del comprobante electrónico de pago en las Instituciones Financieras autorizadas.

¿En qué formulario debo declarar? Tiene que ser declarado en el formulario 111 cada año, por todos los contribuyentes que posean tierras en el sector rural. Este formulario fue modificado para la declaración del año fiscal 2012 según Resolución NAC-DGERCGC12-00140 (R.O. 674 de 2-Abril-2012)

¿Existe crédito tributario? De acuerdo a la última reforma a la Ley del Impuesto a las Tierras Rurales, a partir del año fiscal 2012, los sujetos pasivos podrán utilizar como crédito tributario el monto aprobado por el Ministerio del Ambiente por programas de forestación y reforestación.

¿Existe alguna exoneración para este impuesto? Están exonerados de este impuesto los propietarios o poseedores de inmuebles en los siguientes casos: a) Los inmuebles ubicados en ecosistemas páramos, debidamente definidos por el Ministerio de Ambiente. b) Los inmuebles ubicados en áreas de protección o reserva ecológica públicas o privadas, registradas en el organismo público correspondiente. c) Los inmuebles de las comunas, pueblos indígenas, cooperativas, uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas y demás asociaciones de campesinos y pequeños agricultores, legalmente reconocidas. d) Humedales y bosques naturales debidamente calificados por la autoridad ambiental. e) Los inmuebles de propiedad del Estado y demás entidades que conforman el sector público.

f) Los inmuebles de propiedad de Universidades o Centros de Educación superior reconocidos por el CONESUP, excepto las particulares autofinanciadas, en la parte que destinen para investigación o educación agropecuaria. g) Inmuebles que cumplan una función ecológica, en cuyos predios se encuentren áreas de conservación voluntaria de bosques y ecosistemas prioritarios, debidamente calificados por el Ministerio de Ambiente h) Territorios que se encuentren en la categoría de Patrimonio de Áreas Naturales del Ecuador -PANE- Áreas Protegidas de régimen provincial o cantonal, bosques privados y tierras comunitarias. i) Los predios rurales sobre los cuales haya acontecido casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificados y certificados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, que afecten gravemente el rendimiento y productividad de los mismos.

CUALES SON LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACION? De acuerdo a la última reforma del Reglamento de Aplicación, la fecha máxima de presentación es hasta el 31 de diciembre de cada año fiscal. Cabe indicar que únicamente para el período fiscal 2012, la declaración y pago del impuesto se lo podrá efectuar a partir del 1 de julio de 2012 hasta la fecha indicada.

IMPACTO EN LA SOCIEDAD ANTES DE APLICAR LA LEY Antes del año 2010 cuando entra en vigencia este impuesto, los propietarios de estos predios no cancelaban valor alguno por su posesión, por lo cual había descuido de estas tierras y no se le sacaba provecho alguno QUE CAMBIOS SE SUCEDIERON PERIODICAMENTE Al entrar en vigencia éste impuesto los propietarios se vieron obligados a vender o producir algún beneficio mediante la ganadería, la agricultura, reforestando, deforestando, etc. ACTUALIDAD: QUE SE ESPERA A FUTURO Se espera que la gente tome conciencia del valor que tienen las tierras y tener unas tierras productivas las cuales sean generadoras de ingresos para los dueños de las mismas.

BENEFICIOS DE LAS MEDIDAS PARA EL GOBIERNO QUE OCURRE CON EL GASTO SOCIAL El gasto social en el Ecuador fue de $9.416 millones en el 2012, gracias a la generación de ingresos tributarios y la renegociación de los contratos petroleros., esta inversión está fundamentada en el aumento de los ingresos tributarios y arancelarios en 2.4 veces entre el 2006 y 2012. EVOLUCION DE LAS INVERSIONES En cuanto a la inversión extranjera a partir de que se estableció este impuesto, se ha cuadruplicado (según datos de CEPAL), En el año 2007 teníamos una inversión extranjera de $193 millones ya para el 2010 la inversión fue de $973 millones, en cuanto a la inversión nacional muchos empresarios comenzaron a invertir en la parte agropecuaria dado al crecimiento que la misma fue tomando.

SERVICIOS QUE MEJORARON O QUE DESMEJORARON. Claramente esta que el sector agropecuario mejoro en un alto porcentaje, los productos tomaron una mejor calidad, se incrementaron las exportaciones de dichos productos, se puede decir que lo único que desmejoro para la sociedad es que quizás haya habido un aumento de precio en estos productos debido al mismo impuesto.

ESTADISTICAS Y RESULTADOS

ESTADISTICAS Y RESULTADOS

Entrevistas http://www.youtube.com/watch?v=7vC6zu0sE-U

Análisis de los Resultados Analizando los resultados del año 2012 como muestran las estadísticas no se logro alcanzar la meta proporcional enero-diciembre 2012 la cual era de $9,000,459 y solo se recaudo $6,188,498., El cumplimiento de la meta fue de 68,8 % y hubo un crecimiento nominal de -30,6% en el periodo 2012/2011 ya que en el 2011 la recaudación fue de $8,913,344.

Conclusiones En conclusión este es un impuesto que es muy noble ya que el impuesto a tierras rurales tiene 2 objetivo fundamentales: La regulación de tenencia de tierras: alguien que no quiere cultivar puede vender sus tierras a alguien que si lo desee. Incentiva el lado económico y ambiental : Económico: porque aplica como crédito tributario, es decir la cantidad que se pague de impuestos a las tierras rurales es deducible del impuesto a la renta. Ambiental: porque los propietarios de los predios rurales pueden dedicar buena parte de sus predios a forestar o reforestar, siempre bajo la supervisión de los ministerios del ramo ¨MAGAP y el MINISTERIO DE AMBIENTE¨ y puede justificar el pago de impuestos a tierras rurales con las facturas que hizo las actividades de forestación y reforestación, ya no pagaría en dólares sino en arboles que será de su propio beneficio.