Leonora González García

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Transcripción de la presentación:

Leonora González García GOBIERNO ESCOLAR Leonora González García Secretaria de publicidad, prensa y propaganda SUTEQ 2013

MARCO JURÍDICO Constitución Política: Artículos 27, 55 Ley 115 / 94: Artículo 142 Decreto 1860 / 94: Capitulo IV, Artículos del 18 al 25 Gobierno Escolar

“La educación pública ha de contribuir a la formación de los escolares como futuros productores. Debe impartir a todos unos saberes que ni la empresa, ni la familia van a suministrar: la visión científica, democrática del mundo; la comprensión objetiva de los fenómenos sociales, la formación ético-cívica y la maduración de las facultades estéticas … financiada por el Estado”

AUTONOMÍA ESCOLAR: El riesgo de la privatización encubierta Autonomía significa en principio capacidad autonormativa. Ser autónomo es darse a sí mismo normas de conducta (auto-nomos) . Por tanto, autonomía es casi sinónimo de libertad, y de ahí la seducción y buena prensa del vocablo autonomía. Autonomía, si, pero ¿quién es el sujeto que la detenta, que la puede ejercitar? Autonomía, si, pero ¿para qué? Autonomía escolar vs. Autonomía financiera Gobierno Escolar

AUTONOMÍA SÍ * Para las decisiones pedagógicas . * Para la libertad de cátedra. * Para organizarnos con unos recursos. * Para crear una carrera docente que aprecie la dedicación de cada cual para hacer funcionar bien todo el sistema. AUTONOMÍA NO Si la enseñanza ha de servir al libre mercado; a la competición de las I.E entre sí; hacía la gestión gerencial porque nos llevará a la privatización encubierta.

GOBIERNO ESCOLAR Capitulo 4 Art. 19 Decreto 1860/ 94 OBLIGATORIEDAD: “Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa” según lo dispone el articulo 142 de la Ley 115 de 1994. El gobierno escolar en las instituciones estatales se regirá por las normas establecidas en la ley y en este decreto. Gobierno Escolar

LOS ÓRGANOS, FUNCIONES Y FORMA DE INTEGRACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR Capitulo 2 Art. 142 Ley 115/94 COMUNIDAD EDUCATIVA: * Estudiantes matriculados. * Padres, madres, acudientes, responsables . * Docentes vinculados. * Directivos docentes y administradores escolares. * Egresados. LOS ÓRGANOS, FUNCIONES Y FORMA DE INTEGRACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR Gobierno Escolar

ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR CONSEJO DIRECTIVO CONSEJO ACADEMICO CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA CONSEJO DE ESTUDIANTES RECTORIA Gobierno Escolar

ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR CONSEJO DIRECTIVO : Como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica del establecimiento. CONSEJO ACADÉMICO: Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. CONSEJO DE ESTUDIANTES: Órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. EL RECTOR: Como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar. Gobierno Escolar

INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO EL RECTOR, quien preside y convoca ordinariamente una vez por mes, extraordinariamente cuando se requiera. DOCENTES (2), elegidos por mayoría o consenso en una asamblea de docentes. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES (1), elegido por el consejo de estudiantes. REPRESENTANTE DE LOS EX-ALUMNOS (1), elegido por el consejo directivo, de ternas presentadas. REPRESENTANTE SECTOR PRODUCTIVO (1), escogido por el Consejo Directivo de candidatos propuestos. Gobierno Escolar

FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Tomar decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución. Instancia para resolver conflictos. Adoptar el Manual de Convivencia y el Reglamento de la Institución. Planeación y evaluación del PEI. Aprobar plan de actualización académica de docentes. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución. Establecer estímulos y sanciones. Reglamentar los procesos electorales. Aprobar presupuesto de ingresos y gastos. Darse su propio reglamento. Gobierno Escolar

INTEGRACIÓN DEL CONSEJO ACADÉMICO EL RECTOR quien lo preside. LOS DIRECTIVOS DOCENTES UN DOCENTE por cada área definida en el Plan de Estudios. FUNCIONES : * Servir de órgano consultor del CD. * Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento. * Organizar plan de estudio. * Participar en la evaluación institucional. * Integrar los consejos de docentes. * Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes. Gobierno Escolar

INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES VOCERO (1) por cada uno los de grados ofrecidos en la I.E . VOCERO (1) de los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados de primaria. FUNCIONES : * Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. * Deliberaciones sobre iniciativas en el desarrollo de la vida estudiantil. * Las contempladas en el Manual de Convivencia. * Darse su propio reglamento. Gobierno Escolar

FUNCIONES DEL RECTOR Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del gobierno escolar. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y aprovisionamiento de los recursos. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas y establecer canales de comunicación… y demás consagradas en el decreto 1860 / 94 Ley 715/2001 Cap. 3 Art. 17 Gobierno Escolar

GENERALIDADES Elegir y ser elegido Estudio, consulta, investigación Programarse para las reuniones Estar atento a propuestas y decisiones Alianzas, correlación de fuerzas Reuniones periódicas Constancias, denuncias Sabatino: un representante en gobierno escolar Gobierno Escolar

¡GRACIAS POR LA ATENCIÓN! Gobierno Escolar