Ley 850 de 2003 “Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas”

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EMPLEADOS Y PENSIONADOS DE INRAVISIÓN "CAJA ACOTV"
Advertisements

Teléfono Seminario Presupuesto Participativo con Perspectiva de Género en Municipios.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Propósito, funciones y estructura
Auditoría General del Poder Ejecutivo Presidencia de la República
Establece el régimen de Responsabilidad por la Función Pública.
Dirección General de Centros Información y orientación Establecer una relación directa entre la formación y el empleo Acreditación de las competencias.
CONAPRED Teoría del Derecho.
CONTRATACIONES PÚBLICAS Comité Especial, funcionarios responsables y procesos de selección Oscar Herrera Giurfa.
COMITÉ DE SEGUIMIENTO A LA INVERSIÓN EN REGALIAS PETROLÍFERAS CSIR
ESE HOSPITAL SAN RAFAEL EBÉJICO – ANTIOQUIA 1908 – 2010
CONTRALORÍA GENERAL DE ANTIOQUIA
Sistema Integral de Contraloría Social
El asociacionismo empresarial y de los trabajadores autónomos
1-EL CARGO DEBE SER EJERCIDO PERSONALMENTE 2-LA RELACION DE FUNCIÓN O EMPLEO PÚBLICO TIENE LUGAR EN LA VIDA DEL FUNCIONARIO. 3-LA RELACION DE FUNCIÓN O.
1 SEGUNDO FORO REGIONAL HERMOSILLO, SON Sistema Nacional de Transparencia Fiscalización y Rendición de Cuentas:
MARCO JURÍDICO ESPECIFICO
Antecedentes Desde 1824 Facultad de glosar y examinar los gastos, ingresos y créditos públicos a 2000 Contaduría Mayor de Hacienda Reforma.
NORMATIVA, ROL E IMPORTANCIA DE LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE PLANEACIÓN (CTP) EN LOS PROCESOS DE DESARROLLO.
Instituto Colombiano del Deporte “COLDEPORTES“ Ministerio de Cultura
INSTITUTOCOLOMBIANO DE GEOLOGIA Y MINERIA. OBGETIVOS  Tiene como objetivo realizar la exploración básica para el conocimiento del potencial de recursos.
Instituto Colombiano del Deporte “COLDEPORTES“ Ministerio de Cultura
AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN FISCALIZACIÓN SUPERIOR
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
Tres Elementos a Reflexionar en Democracia
Marzo de 2006 Secretaría de la Contraloría General Contraloría Social en Programas Sociales Federales.
Adriana Martínez Villegas
Procedimiento para realizar auditorías y evaluaciones
Alcance de la Ley 850 de 2003 Manizales, Abril 27 de 2012
DECRETO 1860 DE 1994 Diario Oficial No , del 5 de agosto de 1994.
PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL
1 PRINCIPALES LINEAMIENTOS DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LA BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA CARTAGENA DE INDIAS 8 DE NOVIEMBRE DE 2005.
Mercado bancario: BCRA – Bancos oficiales – Bancos privados
UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA
“GESTIÓN Y CONTROL GUBERNAMENTAL”
DECRETO NACIONAL 1286 Abril 27 de 2005
PROYECTO DEL ANILLO VIAL MAPIRIPAN. VIABILIDAD DEL ACUERDO PUBLICO PRIVADO PARA ADELANTAR EL PROYECTO  El Articulo 96 de la Ley 489 de establece.
Registro Entidades Sin Ánimo de Lucro
CEPLAN Julio Cavero Jara Director Ejecutivo Trujillo, 15 de abril 2010
MARCO JURIDICO DE UNA AUDITORIA SOCIAL
DEFINICIONES Y CONCEPTOS BASICOS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
14/04/2017 PERSONERIA MUNICIPAL DE PASTO AEBL.
"Enseñamos tus deberes, para defender tus derechos"
PRESENTADO POR: Carolina Flor R.
Veedurias y Control social a la gestión pública Contexto.
HUMANIZANDO A JENESANO CON RESPONSABILIDAD SOCIAL
A partir del 28 de octubre de 2001 la primera instancia de reclamación por el estrato asignado es la Alcaldía y, la segunda, el Comité Permanente de Estratificación.
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
CONSEJO ACADÉMICO ASAMBLEA DE BENEFACTORES CONSEJO SUPERIOR DIRECCION GENERAL RECTORIA SECRETARIA GENERAL VICERRECTORIA ACADÉMICA VICERRECTORIA ACADÉMICA.
Ley 850 de Veedurías Ciudadanas
ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
LOS ORGANISMOS DE CONTROL
DERECHOS FUNDAMENTALES
Revisoría Fiscal CARACTERÍSTICAS DE LA REVISORÍA FISCAL. 3. FUNCIÓN PREVENTIVA: La vigilancia que ejerce el revisor fiscal debe ser de carácter preventivo,
formas de participación
CONTROL FISCAL La Constitución de 1991, expresamente reconoce la función de control fiscal dotándola de un carácter público, como una actividad independiente.
PRINCIPALES DISPOSICIONES PROGRAMA DE FORMACIÓN DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO ESTATUTO DE CIUDADANÍA JUVENIL.
PRESUPUESTOS.
LA DENUNCIA Y SU TRATAMIENTO:
TEMARIO DEL DÍA LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES Lic. Betsy Rojas
Catalina Gutiérrez Catherine Taborda Luis Carlos Ayala
CONTROL FISCAL Sheryl Nayibe Saiz Elvia Sandino Cristian Hernandez
Seminario Presupuesto Participativo con Perspectiva de Género en Municipios 1 Seminario Presupuesto Participativo con Perspectiva de Género en Municipios.
LINEAMIENTOS CONTRATACION EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO
1 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA PROGRAMA DE GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA Proceso del Presupuesto Participativo 2011.
SUSTENTACIÓN DE PROYECCIÓN PRESUPUESTAL Y POAI VIGENCIA FISCAL 2016 DIRECCIÓN DE CONTROL INTERNO Y GESTIÓN DE CALIDAD DR. JAIME LÓPEZ BONILLA Jefe de.
Corporaciones Municipales DIVISIÓN DE MUNICIPALIDADES.
INHABILIDADES PARA ACCEDER A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR EN EL NIVEL TERRITORIAL Función Pública – Abril 2015.
PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL LOCAL ESCUELAS DE LIDERAZGO Y/O GOBIERNO NIVEL 3- MÓDULO 4.
Evaluación y Control. ORGANIGRAMA DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN Y CONTROL.
Ley 850 de 2003 “Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas” CGR Versión: Julio de 2014 Dfalvarez/Vcaro.
Transcripción de la presentación:

Ley 850 de 2003 “Por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas”

¿Que es la Veeduría Ciudadana? Artículo 1° ¿Que es la Veeduría Ciudadana? Mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública...

Lo público ¿A quien y que vigila? Artículo 1° ¿A quien y que vigila? Lo público Autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control Particulares encargados de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público

¿Cuál es el objeto de vigilancia? Artículo 4° ¿Cuál es el objeto de vigilancia? Cumplimiento del cometido Aplicación de recursos Asignación Cobertura de beneficiarios Calidad Efectividad Contratación Pública Oportunidad La diligencia

¿Cuál es el objeto de vigilancia? Artículo 4° ¿Cuál es el objeto de vigilancia? La correcta aplicación de los recursos públicos La forma como estos se asignen conforme a las disposiciones legales y a los planes, programas, y proyectos debidamente aprobados. El cumplimiento del cometido – los fines La cobertura efectiva a los beneficiarios que deben ser atendidos.

¿Cuál es el objeto de vigilancia? Artículo 4° ¿Cuál es el objeto de vigilancia? La calidad La oportunidad La efectividad de las intervenciones públicas La contratación pública La diligencia de las diversas autoridades en garantizar los objetivos del Estado

¿En donde se ejerce la veeduría Artículo 5° ¿En donde se ejerce la veeduría En empresas mixtas vigilan los recursos de origen público Ámbito Nacional Departamental Municipal

¿En qué momento se ejerce la veeduría? Durante el ciclo de la gestión pública Evaluación del plan, proyecto o servicio: cumplimiento de lo ejecutado frente a lo planeado. Metas y objetivos. Ejecución del plan, proyecto o servicio: cumplimiento de cronograma, ejecución de presupuesto, calidad de los avances, impacto del proyecto, etc. Contratación: convocatoria, selección de la propuesta, contratación. Planeación : diseño y formulación del plan, proyecto: Viabilidad y pertinencia

¿Objetivos de la veeduría? Artículo 6° ¿Objetivos de la veeduría? Fortalecer los mecanismos de control contra la corrupción en la gestión pública y la contratación estatal Fortalecer los procesos de participación ciudadana y comunitaria en la toma de decisiones, en la gestión de los asuntos que les atañen y en el seguimiento y control de los proyectos de inversión

¿Objetivos de la veeduría? Artículo 6° ¿Objetivos de la veeduría? Apoyar las labores de las personerías municipales en la promoción y fortalecimiento de los procesos de participación ciudadana y comunitaria Velar por los intereses de las comunidades como beneficiarios de la acción pública

¿Objetivos de la veeduría? Artículo 6° ¿Objetivos de la veeduría? Propender por el cumplimiento de los principios constitucionales que rigen la función pública Entablar una relación constante entre los particulares y la administración por ser este un elemento esencial para evitar los abusos de poder y la parcialización excluyente de los gobernantes

¿Objetivos de la veeduría? Artículo 6° ¿Objetivos de la veeduría? Democratizar la administración pública Promocionar el liderazgo y la participación ciudadana

¿Quienes conforman la veeduría? Artículo 2° ¿Quienes conforman la veeduría? Los ciudadanos en forma plural. A través de organizaciones civiles como: organizaciones comunitarias, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad común, no gubernamentales, sin ánimo de lucro y constituidas con arreglo a la ley.

¿Cuál es el procedimiento de conformación de la veeduría? Artículo 3° ¿Cuál es el procedimiento de conformación de la veeduría? Obtención del registro (ver art 166 Decreto 019 de 2012) Inscripción en personería, cámara de comercio o autoridad Indígena Acta de constitución Elección democrática de veedores

¿Bajo que principios se rige? Artículos 7° - 14° ¿Bajo que principios se rige? TRANSPARENCIA DEMOCRATIZACIÓN AUTONOMÍA IGUALDAD RESPONSABILIDAD LEGALIDAD EFICACIA OBJETIVIDAD

Art. 7 al 15. Capítulo IV. Principios rectores que rigen el ejercicio de las veedurías ciudadanas Art. 7 Democratización. Art. 8 Autonomía Art. 9 Transparencia Art. 10 Igualdad Art. 11 Responsabilidad Art. 12 Eficacia Art. 13 Objetividad Art. 14 Legalidad

¿Qué se entiende por principios rectores de las veedurías ciudadanas? Según la jurisprudencia constitucional son normas básicas, las cuales se derivan directamente del preámbulo de la Constitución y consagran las prescripciones jurídicas y políticas generales esenciales, que delimitan y orientan el ámbito de interpretación de las normas que regulan. En el ordenamiento constitucional colombiano, se incorporan en el Título I, Los principios (filosóficos – políticos y sociológicos – jurídicos) que orientan y delimitan la acción de las instituciones y de los asociados. Estos son establecidos en el preámbulo y en el título denominado: De los Principios Fundamentales de la Constitución Política de 1991. Los principios que rigen el ejercicio de las veedurías ciudadanas deben ser entendidos de manera concordante con los principios consagrados en la Constitución Política en materia de participación, deberes y derechos ciudadanos.

Artículo 7° DEMOCRATIZACIÓN Las veedurías deben obrar en su organización y funcionamiento en forma democrática y participativa definiendo claramente que sus integrantes tienen iguales derechos y obligaciones y que las decisiones se tomarán preferentemente por consenso o en su defecto por mayoría absoluta de votos.

Artículo 8° AUTONOMÍA Las veedurías se constituyen y actúan por la libre iniciativa de los ciudadanos, gozan de plena autonomía frente a todas las entidades públicas y frente a los organismos institucionales de control, por consiguiente los veedores ciudadanos no dependen de ellas ni son pagados por ellas.

Artículo 9° TRANSPARENCIA A fin de garantizar el ejercicio de los derechos, deberes, instrumentos y procedimientos consagrados en esta ley, la gestión del Estado y de las veedurías deberán asegurar el libre acceso de todas las personas a la información y documentación relativa a las actividades de interés colectivo de conformidad con lo dispuesto en esta ley y en las normas vigentes sobre la materia.

Artículo 10° IGUALDAD El acceso de las veedurías a los espacios de participación en el control de la gestión pública, así como la utilización por ellas de los instrumentos y procedimientos previstos en esta ley y las demás normas vigentes, se hará siempre en condiciones de igualdad y de respeto a la diversidad.

Artículo 11° RESPONSABILIDAD La participación de las veedurías en la gestión pública se fundamenta en la colaboración de los particulares, sus organizaciones y las autoridades públicas en el cumplimiento de los fines del Estado. Por ello, el ejercicio de los derechos y deberes que a cada uno le son propios conlleva la obligación de responder en cada caso frente a sus miembros, la sociedad y el Estado.

Artículo 12° EFICACIA Los derechos, deberes, instrumentos y procedimientos establecidos en esta Ley deberán contribuir a la adecuación de las acciones públicas, a la satisfacción de las necesidades colectivas y al logro de los fines del Estado social de derecho.

Artículo 13° OBJETIVIDAD La actividad de las veedurías deben guiarse por criterios objetivos que impriman certeza a sus conclusiones y recomendaciones y las alejen de toda posible actitud parcializada o discriminatoria.

Artículo 14° LEGALIDAD Ya sea en acciones emprendidas en forma directa o acciones adelantadas con el concurso de órganos públicos de control, las acciones de las veedurías ciudadanas se deben realizar de conformidad con los medios, recursos y procedimientos que ofrecen las leyes y los estatutos de la entidad, en el caso de las organizaciones de la sociedad civil

¿Qué funciones tiene la veeduría? Artículo 15° ¿Qué funciones tiene la veeduría? Vigilar los procesos de planeación, para que conforme a la Constitución y la ley se dé participación a la comunidad Vigilar que en la asignación de los presupuestos se prevean prioritariamente la solución de necesidades básicas insatisfechas según criterios de celeridad, equidad, y eficacia Vigilar porque el proceso de contratación se realice de acuerdo con los criterios legales

¿Qué funciones tiene la veeduría? Artículo 15° ¿Qué funciones tiene la veeduría? Solicitar a interventores, supervisores, contratistas, ejecutores, autoridades contratantes y demás autoridades concernientes, los informes, presupuestos, fichas técnicas y demás documentos que permitan conocer el cumplimiento de los respectivos programas, contratos o proyectos Vigilar y fiscalizar la ejecución y calidad técnica de las obras, programas e inversiones en el correspondiente nivel territorial

¿Qué funciones tiene la veeduría? Artículo 15° ¿Qué funciones tiene la veeduría? Comunicar a la ciudadanía, mediante asambleas generales o en reuniones, los avances de los procesos de control o vigilancia que estén desarrollando Recibir los informes, observaciones y sugerencias que presenten los ciudadanos y organizaciones en relación con las obras o programas que son objeto de veeduría

¿Qué funciones tiene la veeduría? Artículo 15° ¿Qué funciones tiene la veeduría? Remitir a las autoridades correspondientes los informes que se desprendan de la función de control y vigilancia en relación con los asuntos que son objeto de veeduría Denunciar ante las autoridades competentes los hechos o actuaciones irregulares de los funcionarios públicos

¿Con que instrumentos se cuenta? Artículo 16° ¿Con que instrumentos se cuenta? Queja Derecho de petición Denuncias Acciones de protección de derechos Audiencias públicas Control excepcional

Instrumentos Derecho de petición – queja. Artículo 16° Instrumentos Derecho de petición – queja. Ejercer ante los jueces de la República las acciones que siendo pertinentes consagran la Constitución y la ley - mecanismos de protección de derechos. Intervenir en audiencias públicas en los casos y términos contemplados en la ley.

Artículo 16° Instrumentos Denunciar las actuaciones, hechos y omisiones que constituyan delitos, contravenciones, irregularidades o faltas. Solicitar a la Contraloría General de la República el control excepcional. Los demás recursos, procedimientos e instrumentos que las leyes consagren para tal efecto.

¿Cuáles son los derechos de las veedurías? Artículo 17° ¿Cuáles son los derechos de las veedurías? Solicitar correctivos o sancionatorios Conocer las políticas, proyectos, programas, contratos, recursos… Inexequibilidad numeral 57 C- 292/03 Obtener información que sustenta las decisiones

Derechos de las veedurías Artículo 17° Derechos de las veedurías Conocer las políticas, proyectos, programas, contratos, recursos presupuestales asignados, metas físicas y financieras, procedimientos técnicos y administrativos y los cronogramas de ejecución previstos para los mismos desde el momento de su iniciación

Derechos de las veedurías Artículo 17° Derechos de las veedurías Solicitar al funcionario de la entidad pública o privada responsable del programa, contrato o proyecto la adopción de los mecanismos correctivos y sancionatorios del caso, cuando en su ejecución no cumpla con las especificaciones correspondientes o se causen graves perjuicios a la comunidad

Derechos de las veedurías Artículo 17° Derechos de las veedurías Obtener de los supervisores, interventores, contratistas y de las entidades contratantes, la información que permita conocer los criterios que sustentan la toma de decisiones relativas a la gestión fiscal y administrativa

Derechos de las veedurías Proyecto de ley estatutaria número 022 de 2001 Senado -149 de 2001 Cámara, “por medio de la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas” Artículo 18. Derechos de las Veedurías: b) Obtener asesoría y asistencia técnica de las entidades de control del Estado, cuando la veeduría lo estime necesario para el ejercicio de sus funciones; (inexequible)

¿Cuáles son los deberes de la veeduría? Artículo 18° ¿Cuáles son los deberes de la veeduría? Comunicar a la ciudadanía Recibir informes, observaciones y sugerencias Definir su reglamento Acatar prohibiciones e impedimentos Inscribirse en el registro Audiencias públicas para rendir informes Informar sobre financiación

Artículo 18° Deberes de la veeduría Recibir informes, observaciones, y sugerencias que presenten los particulares, las comunidades organizadas, las organizaciones civiles y las autoridades, en relación con las obras, programas y actividades objeto de veeduría

Artículo 18° Deberes de la veeduría Comunicar a la ciudadanía, a través de informes presentados en asambleas generales o reuniones similares de los habitantes y de las organizaciones de la comunidad, los avances en los procesos de control y vigilancia que estén realizando

Artículo 18° Deberes de la veeduría Definir su propio reglamento de funcionamiento y los mecanismos de regulación del comportamiento de sus miembros Acatar el régimen de prohibiciones e impedimentos señalados por esta ley

Artículo 18° Deberes de la veeduría Realizar audiencias públicas para rendir informes de control preventivo y posterior ejercido por la veeduría y solicitar información de las entidades oficiales o privadas que ejecuten recursos del Estado o prestan un servicio público

Artículo 18° Deberes de la veeduría Inscribirse en el registro de las personerías municipales y distritales o Cámaras de Comercio. Ver artículo 166 del Decreto 19 de 2012. Registro único empresarial y social. Informar a las autoridades sobre los mecanismos de financiación y el origen de los recursos con que cuenta para realizar dicha vigilancia

Impedimentos para ser veedor Artículo 19° Impedimentos para ser veedor Laborado dentro del año anterior en la obra Interés patrimonial directo o indirecto Vínculos de matrimonio o parentesco Trabajadores o funcionarios públicos

Impedimentos para ser veedor Artículo 19° Impedimentos para ser veedor Tener vínculos contractuales, o extracontractuales Ediles, concejales, diputados, y congresistas Le hayan cancelado o suspendida su inscripción en el registro público Condenado penal o disciplinariamente o sancionado con destitución

Artículo Impedimentos Cuando quienes aspiren a ser veedores sean contratistas, interventores, proveedores o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa objeto de veeduría o tengan algún interés patrimonial directo o indirecto en la ejecución de las mismas.

Artículo Impedimentos Tampoco podrán ser veedores quienes hayan laborado dentro del año anterior en la obra, contrato o programa objeto de veeduría

Artículo 19° Impedimentos Quienes estén vinculados por matrimonio, unión permanente o parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil con el contratista, interventor, proveedor o trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa así como a los servidores públicos que tengan la participación directa o indirecta en la ejecución de los mismos

Artículo 19° Impedimentos Cuando sean trabajadores o funcionarios públicos, municipales, departamentales o nacionales, cuyas funciones estén relacionadas con la obra, contrato o programa sobre el cual se ejercen veeduría

Artículo 19° Impedimentos En ningún caso podrán ser veedores los ediles, concejales, diputados, y congresistas

Artículo 19° Impedimentos Quienes tengan vínculos contractuales, o extracontractuales o participen en organismos de gestión de la ONG, gremio o asociación comprometidos en el proceso objeto de la veeduría

Artículo 19° Impedimentos En el caso de organizaciones, haber sido cancelada o suspendida su inscripción en el registro público, haber sido condenado penal o disciplinariamente, salvo por los delitos políticos o culposos o sancionado con destitución, en el caso de los servidores públicos.

Prohibiciones de las veedurías ciudadanas Artículo 20° Prohibiciones de las veedurías ciudadanas A las veedurías ciudadanas en el ejercicio de sus funciones les está prohibido, sin el concurso de autoridad competente, retrasar, impedir o suspender los programas, proyectos o contratos objeto de la vigilancia.

Redes de veedurías Mecanismos Artículo 21° Mecanismos de coordinación Mecanismos de comunicación Mecanismos de colaboración Mecanismos de información

Redes de veedurías Acuerdos Artículo 21° Recibir informes, observaciones y sugerencias Acatar prohibiciones e impedimentos Audiencias públicas para rendir informes

Red Institucional de apoyo a las veedurías Artículo 22° Red Institucional de apoyo a las veedurías Contraloría General de la República Procuraduría General de la Nación Defensoría del Pueblo La Escuela Superior de Administración Pública El Departamento Administrativo de la Función Pública Ministerio del Interior El Fondo para la Participación y el fortalecimiento democrático Los organismos de planeación

Gracias…