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La Evolución de los Estándares Universales de Protección de las y los Afrodescendientes Roberto Rojas Dávila Departamento de Derecho Internacional Secretaría.

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La Evolución de los Estándares Universales de Protección de las y los Afrodescendientes Roberto Rojas Dávila Departamento de Derecho Internacional Secretaría.

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Presentación del tema: "La Evolución de los Estándares Universales de Protección de las y los Afrodescendientes Roberto Rojas Dávila Departamento de Derecho Internacional Secretaría."— Transcripción de la presentación:

1 La Evolución de los Estándares Universales de Protección de las y los Afrodescendientes Roberto Rojas Dávila Departamento de Derecho Internacional Secretaría de Asuntos Jurídicos de la OEA

2 Reconocemos que, en muchas partes del mundo, los africanos y los afrodescendientes tienen que hacer frente a obstáculos como resultado de prejuicios y discriminaciones sociales que prevalecen en las instituciones públicas y privadas y nos comprometemos a trabajar para erradicar todas las formas de racismo, discriminación racial, xenofobia e intolerancia conexa con que se enfrentan los africanos y los afrodescendientes. Declaración y Plan de Acción de la III Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia.

3 Antecedentes Históricos A. La Trata Negrera

4 .

5 B. La Abolición de la Esclavitud y Discriminación Racial

6 La Organización de las Naciones Unidas y la lucha contra la discriminación racial. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)

7 Principales Instrumentos Internacionales de Combate al Racismo y la Discriminación Racial. Declaración Universal de Derechos Humanos. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Politicos. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio. Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. Convención Internacional para la Represión y Castigo del Crimen de Apartheid. Convención Relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza. Convenio sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

8 Convención sobre los Derechos del Niño. Convenio sobre Poblaciones Indígenas y Tribales. (Convenio Nro. 107 OIT) Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. (Convenio Nro. 169 OIT) Convenio sobre la Discriminación en el Empleo y Ocupación. (Convenio Nro. 111 OIT) Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus familias. Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales. Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a las Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas. Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural. Declaración y Programa de Acción de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos. (Declaración y Programa de Acción de Viena)

9 Declaración y Programa de Acción de la III Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia. (Declaración y Programa de Acción de Durban) Principios sobre Tolerancia de la UNESCO. Declaración del Milenio.

10 Iniciativas contra el Racismo y la Discriminación Racial. Día Mundial de la Eliminación de la Discriminación Racial (1966) Primer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial (1973 a 1983) Primera Conferencia Mundial para Combatir el Racismo y la Discriminación Racial (1978) Segundo Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial (1983 – 1992) Segunda Conferencia Mundial para Combatir el Racismo y la Discriminación Racial (1983) Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial (1993-2003) Tercera Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y Formas Conexas de Intolerancia. (2001)

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12 Mecanismos de Protección contra la Discriminación Racial. Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. Relatoría Especial sobre Formas Contemporáneas de Racismo, Discriminación Racial, Xenofobia y Formas Conexas de Intolerancia.

13 Entramos negros y salimos Afrodescendientes: Los y las Afrodescendientes como Sujetos de Derecho Internacional Conferencia Regional de las Américas (Conferencia de Santiago) – 2000 III Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y sus Formas Conexas de Intolerancia. (Conferencia de Durban) - 2001

14 Definición Jurídica de Afrodescendiente La Declaración de Santiago y la de Durban define como afrodescendiente aquella persona de origen africano que vive en las Américas y en todas zonas de la diáspora africana por consecuencia de la esclavitud, habiéndoseles denegado históricamente el ejercicio de sus derechos fundamentales.

15 Antes de establecerse una definición jurídica de afrodescendiente, las y los mismos estaban solamente protegidos bajo el marco jurídico internacional de combate al racismo y la discriminación racial. Al darse una definición jurídica se ha logrado elevar los estándares de protección de este grupo vulnerable. Es por ese motivo, que se establece el Plan de Acción de Durban, siendo otro aporte de la Conferencia de Santiago, planteando propuestas que los Estados y organismos internacionales se comprometieron a cumplir para la protección de las y los afrodescendientes

16 Es precisamente que en cumplimiento a la Declaración y Plan de Acción de Durban, las Naciones Unidas crea el Grupo de Trabajo de Expertos sobre las Personas de Ascendencia Africana, el cual fue instituido por Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2002/68, de 25 de abril de 2002.

17 Si bien, las Declaraciones y Planes de Acción de Santiago y Durban son instrumentos internacionales de soft law, éstos contienen un componente político importante que implica el reconocimiento de derechos específicos para las y los afrodescendientes, así como la existencia de deberes de los Estados y organismos internacionales para con las y los afrodescendientes.

18 Tener a millones de personas excluidas es antidemocrático, genera inestabilidad política y acarrea responsabilidades internacionales para los Estados, por lo tanto, es fundamental que el Derecho Internacional se preocupe por la temática y plantee soluciones para la misma.

19 La educación es el arma más poderosa para cambiar el mundo. Nelson Mandela

20 Muchas gracias E-mail: rrojas@oas.orgrrojas@oas.org


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