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RESPONSABILIDADES LEGALES DEL FACILITY MANAGER Responsabilidades legales PENALES Responsabilidades legales CIVILES. Seguro de Responsabilidad Civil (R.C.)

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Presentación del tema: "RESPONSABILIDADES LEGALES DEL FACILITY MANAGER Responsabilidades legales PENALES Responsabilidades legales CIVILES. Seguro de Responsabilidad Civil (R.C.)"— Transcripción de la presentación:

1 RESPONSABILIDADES LEGALES DEL FACILITY MANAGER Responsabilidades legales PENALES Responsabilidades legales CIVILES. Seguro de Responsabilidad Civil (R.C.) R. legales ADMINISTRATIVAS

2 Consecuencias del delito delito Responsabilidad penal Responsabilidad civil ex delito

3 Dolo: se manifiesta una conciencia y voluntad del resultado Dolo eventual: no se busca el resultado pero se consiente Imprudencia grave: omisión de la diligencia debida Imprudencia leve: omisión de un deber de atención mínima. Formas de comisión del delito

4 Tradicionalmente mayoría de los comportamientos penados eran dolosos. Tendencia actual a castigar también conductas imprudentes

5 Responsabilidades penales Delitos contra los derechos de los trabajadores Delitos contra los derechos de los trabajadores Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente

6 Delitos contra los derechos de los trabajadores

7 condiciones laborales o de Seguridad Social discriminación en el empleo libertad sindical o el derecho de huelga infracción de las normas de prevención de riesgos laborales medidas de seguridad e higiene adecuadas

8 De los delitos contra los derechos de los trabajadores. Cuando se traten de personas jurídicas, se impondrá la pena a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello. Infringir las normas de prevención de riesgos laborales. No facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas (de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física). Se comete por imprudencia grave.

9 Prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses pena

10 Se sanciona conductas omisivas que ponen en peligro la vida o integridad física del trabajador. La acción es omisiva, y consiste en no exigir o facilitar los medios a los trabajadores para que desempeñen su actividad con la requerida seguridad. Los sujetos activos son todos aquellos que están legalmente obligados a facilitar dichos medios.

11 Estas obligaciones competen a todas aquellas personas que desempeñen funciones de dirección o de mando en una empresa y tanto sean superiores, intermedias o de mera ejecución y tanto las ejerzan reglamentariamente como de hecho, las cuales tiene la obligación de exigir a los trabajadores coactiva e imperativamente el cumplimiento cabal y exacto de las cautelas y prevenciones dispuestas en las normas de seguridad e higiene.

12 El sujeto activo del delito tiene que ser la persona legalmente obligada a facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las adecuadas medidas de seguridad e higiene. Estas personas, cuando los hechos se atribuyan a una persona jurídica, son los administradores y encargados del servicio. Sin que sea preciso que el peligro se concrete en una lesión efectiva, puesto que el delito en cuestión es un delito de riesgo. Los empresarios deben cumplir e instruir a los trabajadores de los riesgos inherentes a cada tarea.

13 En estos delitos de peligro, se requiere que se trate de una infracción de las normas reglamentarias de prevención de riesgos laborales.

14 INFRACCIONES GRAVES EN MATERIA DE RIESGOS LABORALES No evaluaciones de riesgo No reconocimientos médicos No pruebas de vigilancia periódicas del estado de salud de los trabajadores Destinar a trabajadores a puestos con condiciones incompatibles con características personales Incumplimiento obligaciones en materia de formación e información suficiente sobre riesgos Materia de primeros auxilios Incumplimiento de los derechos de información de riesgos laborales.

15 De modo reiterado se ha declarado que cuantos dirigen y se hallan al cuidado de una obra deben impartir diligentemente las instrucciones oportunas, de acuerdo con las ordenanzas, a fin de que el trabajo se realice con las adecuadas medidas de seguridad de cuantos trabajadores participen en la ejecución de los diversos trabajos sujetos a riesgos que son precisos evitar, ofreciendo las previsiones y experiencias técnicas que sean necesarias a tal fin, sin que puedan bastar advertencias generales, sino atendiendo a cada situación con el debido cuidado.

16 El trabajador debe ser protegido “hasta de su propia imprudencia profesional”

17 Si el trabajador se niega a observar las medidas de seguridad, porque p.e. son incómodas, innecesarias,... el responsable está obligado a exigirle el uso de las medidas de prevención.

18 Si el trabajador persiste en su actitud rebelde, el empresario será responsable si el trabajador sufre un accidente.

19 Para eludir responsabilidades debe ejercitarse el poder disciplinario reconocido en el Estatuto de los Trabajadores (imponiendo p. e. una sanción o incluso un despido por indisciplina o desobediencia en el trabajo).

20 Delitos medioambientales

21 De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) emisiones vertidos radiaciones extracciones o excavaciones aterramientos ruidos vibraciones inyecciones o depósitos Provocar o realizar directa o indirectamente:

22 en la atmósfera el suelo el subsuelo o las aguas terrestres marítimas o subterráneas captaciones de aguas que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales en la atmósfera el suelo el subsuelo o las aguas terrestres marítimas o subterráneas captaciones de aguas que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) (continuación) Si riesgo grave para la salud de las personas, la pena se agrava

23 Libere emita introduzca aire tierra o aguas marítimas continentales superficiales o subterráneas De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) (continuación) Quien dolosamente radiaciones ionizantes u otras sustancias en el

24 en cantidad que produzca en alguna persona De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (I) (continuación) la muerte o enfermedad que, además de una primera asistencia facultativa, requiera tratamiento médico o quirúrgico o produzca secuelas irreversibles, o enfermedad que, además de una primera asistencia facultativa, requiera tratamiento médico o quirúrgico o produzca secuelas irreversibles,

25 prisión de seis meses a cuatro años, multa de ocho a 24 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años PENA

26 IMPRUDENCIA GRAVE Se condena por imprudencia temeraria al empresario que ordena a un tercero desconocido, que se deshaga de diez bidones que contenían sustancia tóxica cuya peligrosidad estaba indicada en los propios bidones y que fueron abandonados en diversas calles y parajes con evidente riesgo público. El condenado desconocía la legislación sobre vertidos.

27 La lesión del bien jurídico no se produce de manera instantánea por la mera emisión en un solo día o semana de los humos con exceso de contaminantes, sino por la persistente y continuada decisión de quién teniendo el deber de control de las fuentes de riesgo, que estaban bajo su responsabilidad y dominio directo, se debió situar en una situación de garante para que el peligro no hubiera llegado a producirse. Es un delito de peligro concreto, que ha de ser grave. Grave es aquello que produce o puede producir importantes consecuencias nocivas. No se requiere que se genere un peligro real. Lo determinante es que se contravengan las leyes o reglamentos protectores del medio ambiente, es decir se produzca un peligro potencial grave para las condiciones de vida sin requerir el precepto la relación causal entre le vertido y la muerte concreta de las especies. Si no existe daño ni riesgo de daño, no hay delito.

28 Autores-autoría Gerente de la sociedad, dedicada a la retirada de vehículos abandonados con misión exclusiva dirigía y administraba los asuntos sociales, entre ellos los servicios técnicos y administrativos, con lo que era el máximo responsable del funcionamiento de la empresa. Asumía las funciones directivas en cuanto a la destrucción de los vehículos correspondiéndole vigilar no solo el vertido de residuos a la zona acuífera cercana, sino la adopción de las medidas correctoras que el Ayuntamiento le propuso.

29 Vertidos No es hecho típico los vertidos de materias inocuas por sí, como polvo de mármol siendo de destacar que dichos vertidos venían siendo efectuados sin protesta alguna desde hacía años y que no existía previa declaración administrativa de espacio especialmente protegido. La retirada del producto vertido sirve para atenuar los efectos. Establecer el depósito al aire libre de los restos de fundición derivados del proceso productivo de la empresa, cuando esos restos contienen elementos contaminantes, de manera que la lluvia los ha de arrastrar hasta el arroyo o el caudal de agua correspondiente, no se trata de un acto de realización directa, pero sí constituye una provocación o realización indirecta de vertidos, de las previstas como infracción penal.

30 De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente : agravantes a) Que la industria o actividad funcione clandestinamente, sin haber obtenido la preceptiva autorización o aprobación administrativa de sus instalaciones. b) Que se hayan desobedecido las órdenes expresas de la autoridad administrativa de corrección o suspensión de las actividades tipificadas en el anterior. c) Que se haya falseado u ocultado información sobre los aspectos ambientales de la misma. d) Que se haya obstaculizado la actividad inspectora de la Administración. e) Que se haya producido un riesgo de deterioro irreversible o catastrófico. f) Que se produzca una extracción ilegal de aguas en período de restricciones.

31 clandestinidad es el funcionamiento de la industria sin haber obtenido o pedido la debida autorización aprobación o licencia que se prevé en las distintas normas ambientales que regulan la materia. Hay clandestinidad aunque se haya solicitado la autorización sin ser concedida.

32 desobediencia  No observancia de las ordenes expresas de la administración relativa a la suspensión de actividades o a la corrección de las mismas por razones de contaminación;  La aportación de información falsa sobre aspectos industriales;  Por obstruccionismo a la actividad inspectora de la administración.

33 Deterioro irreversible o catastrófico Existe cuando los efectos degradantes del medio ambiente afectan sensiblemente a los bienes protegidos ocasionado la muerte por necrosis, en un ámbito extenso por su costosa o imposible reparación.

34 De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (II) Serán castigados con la pena de... quienes estableciesen depósitos o vertederos de desechos o residuos sólidos o líquidos que sean tóxicos o peligrosos y puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o la salud de las personas.

35 Pena prisión de cinco a siete meses y multa de 10 a 14 meses

36 De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (III) Quien, en un espacio natural protegido, dañare gravemente alguno de los elementos que hayan servido para calificarlo, incurrirá en la pena de...

37 PENA prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.


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