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RELACIÓN CDC-CO ENDESA ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS ä CONSECUENCIAS PARA ENDESA ä EJEMPLOS CONFLICTIVOS ä CRITERIOS DEL CO ENDESA.

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1 RELACIÓN CDC-CO ENDESA ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS ä CONSECUENCIAS PARA ENDESA ä EJEMPLOS CONFLICTIVOS ä CRITERIOS DEL CO ENDESA

2 RELACIÓN CDC-CO ENDESA ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS Reglamento de la ley General de Servicios Eléctricos Decreto Supremo N°327 Artículo 165. ä La operación de las instalaciones eléctricas de los concesionarios que operen interconectados entre si, deberá coordinarse con el fin de: a)Preservar la seguridad del servicio eléctrico; b)Garantizar la operación más económica para el conjunto de las instalaciones del sistema eléctrico. c)Garantizar el derecho de servidumbre sobre los sistemas de transmisión establecidos mediante concesión. ä Esta coordinación deberá efectuarse de acuerdo con las normas técnicas y reglamentos que proponga la Comisión.

3 ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS Artículo 183. Cada CDEC deberá contar con un Centro de Despacho y Control, para la coordinación de la operación en tiempo real del sistema en su conjunto y de cada una de las unidades generadoras y líneas de transporte. Este Centro estará a cargo de un Jefe de Despacho y Control y contará con una dotación suficiente de profesionales y técnicos, cuyo número fijará el Directorio del respectivo CDEC. El Jefe de Despacho y Control y el personal del Centro, deberán reunir condiciones de idoneidad e independencia que garanticen a todos los integrantes del CDEC su adecuado desempeño. Dichos profesionales serán contratados por el CDEC, con cargo a su presupuesto, para el exclusivo objeto de sus funciones en el Centro y se desempeñarán bajo subordinación y dependencia de ese organismo. El Centro de Despacho y Control dependerá de la Dirección de Operaciones y estará sujeto a las instrucciones que ésta le imparta. RELACIÓN CDC-CO ENDESA

4 ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS Artículo 184. Corresponderá especialmente al Centro de Despacho y Control, supervisar y coordinar en todo momento, el cumplimiento de los programas emanados de la Dirección de Operación, a fin de preservar la seguridad instantánea de suministro y los rangos de variación de frecuencia y de voltaje en los términos que establece este reglamento. No obstante lo anterior, cada empresa efectuará, bajo su propia responsabilidad, la operación efectiva de las instalaciones de su propiedad o de aquellas que explote bajo cualquier título. Para el cumplimiento de su cometido, el Centro deberá impartir a todos los sujetos obligados a la coordinación ejercida por el respectivo CDEC, las instrucciones necesarias para el cumplimiento de los programas definidos para la operación. Asimismo, le corresponderá requerir de los mismos sujetos, la información necesaria para la supervisión y coordinación que le corresponde efectuar. El costo asociado a la entrega de información al Centro de Despacho y Control deberá ser soportado por quien haya debido entregarla. RELACIÓN CDC-CO ENDESA

5 ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS Reglamento Interno del CDEC - SIC TITULO VIII LA OPERACIÓN DEL SISTEMA INTERCONECTADO CENTRAL (SIC) Artículo 83. La coordinación de la operación en tiempo real del sistema en su conjunton y de cada una de las unidades generadoras y líneas de transporte, será realizada por el Centro de Despacho y control del CDEC - SIC, en adelante e indistintamente CDC. RELACIÓN CDC-CO ENDESA

6 ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS Artículo 84. El CDC será el encargado de coordinar la operación en tiempo real del SIC. Para realizar esta coordinación será responsable de las siguientes funciones: a) Supervisar y coordinar en todo momento el cumplimiento de los programas emanados de laDirección de Operación, a fin de preservar la seguridad instantánea de suministro y los rangos de variación de frecuencia y de voltaje en los términos que establece el Decreto Reglamentario; b) Coordinar en tiempo real el despacho a mínimo costo de las unidades generadoras y líneas de transporte, según los programas semanal y diario c) En condiciones de contingencia comunicar las acciones que se deben seguir de acuerdo a los procedimientos establecidos. d) Coordinar la Regulación de Frecuencia. e) Coordinar la Regulación de Tensión. f) Llevar el control de eventos e informaciones relevantes. RELACIÓN CDC-CO ENDESA

7 ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS Artículo 85 Para realizar las funciones de coordinación, el CDC deberá contar con al menos la siguiente información: a) Programa de Generación Semanal elaborado y comunicado por la Dirección de Operación del CDEC-SIC. b) Programa de Generación Diario elaborado y comunicado por la Dirección de Operación del CDEC-SIC. c) Las características técnicas de las unidades generadoras, equipos, y líneas de transporte del SIC. d) Disponibilidad de los equipos, unidades generadoras y líneas de transporte del SIC. e) Cualquier cambio que se produzca en tiempo real de lo indicado en la letra d) anterior. RELACIÓN CDC-CO ENDESA

8 ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS Artículo 86. Las instrucciones de coordinación que emanen del CDC, en ejercicio de sus funciones, hacia las empresas sujetas a coordinación, serán de carácter obligatorios y deberán ser acatadas en forma inmediata. Todo ello sin perjuicio de los reclamos posteriores y formales que pueden presentar al Directorio del CDEC-SIC. Estos reclamos serán realizados a más tardar tres días hábiles posteriores a la fecha ocurrida la situación que se reclama. El reclamo será realizado por el Director de la empresa respectiva y dirigidos al Director de Operación. El Director de Operación dispondrá de tres días hábiles para responder a dicho reclamo. Si la empresa no está conforme con lo respondido por el Director de Operación podrá solicitar una sesión extraordinaria para tratar el tema en el Directorio. RELACIÓN CDC-CO ENDESA

9 ä ASPECTOS REGLAMENTARIOS Artículo 87. Las instrucciones emanadas del CDC, se deberán ceñir a las políticas de operación contenidas en el programa semanal, a lo previsto en el programa diario, a las disposiciones del Decreto Reglamentario, al presente Reglamento y lo contemplado en los manuales de procedimientos u otras normas aprobadas por el Directorio del CDEC-SIC. Artículo 88. Las normas y procedimientos específicos de despacho estarán contenidos en el Manual de Procedimiento del Centro de Despacho y Control del CDEC-SIC y Centros Operacionales. Artículo 9 DEL MANUAL CDC. Para todos los efectos, los CO de las empresas integrantes estarán sometidos a las instrucciones que imparta el CDC. Sin perjuicio de lo anterior, los CO podrán sugerir otros cursos de acción pero deberán acatar las instrucciones del CDC. RELACIÓN CDC-CO ENDESA

10 JERARQUÍA CDEC DIRECTORIO DIR DE OPERACIÓN DESPACHO CDC OTROS CO CO ENDESA RELACIÓN CDC-CO ENDESA CO Filiales ENDESA

11 CONSECUENCIAS PARA ENDESA : PÉRDIDA DE CONTROL EN EL DESPACHO DE UNIDADES RIGIDECES EN LA APROBACIÓN DE INTERVENCIÓN DE UNIDADES ENTORPECE COORDINACIÓN CON OPERADORES DE FILIALES SE ENCARECE LA OPERACIÓN SEGURA DEL SISTEMA SE DESOPTIMIZA LA OPERACIÓN ECONÓMICA RELACIÓN CDC-CO ENDESA

12 EJEMPLOS CONFLICTIVOS : ä POLÍTICAS DE OPERACIÓN CENTRALES DEL MISMO COSTO ENERGÍA DISPONIBLE VERSUS PRIORIDAD PARTICIPACIÓN EN LA TOMA DE DESVIACIONES MIDIFICACIÓN ANTE CONDICIONES ESPECIALES DE OPERACIÓN ä RESERVA EN GIRO NÚMERO DE UNIDADES EN GIRO MÍNIMOS TÉCNICOS UBICACIÓN GEOGRÁFICA ä SOLICITUD DE REACTIVOS POR REGULACIÓN DE VOLTAGE UNIDADES COMO SÍNCRONOS CONEXIÓN DE BANCOS DE CONDENSADORES DESCONEXIÓN DE LÍNEAS DESCONEXIÓN DE REACTORES RELACIÓN CDC-CO ENDESA

13 EJEMPLOS CONFLICTIVOS ä LÍMITES DE TRANSMISIÓN CRITERIO N-1 CRITERIO N-1 RELAJADO ALTERNATIVAS DE OPERACIÓN NO CONSIDERADAS EN POLÍTICA ä SOLICITUD DE UNIDADES TÉRMICAS POR CORTO TIEMPO TÉRMICA NO PROGRAMADA CON COSTO DE PARTIDA TÉRMICA CON PERÍODO DE ESTABILIZACIÓN POR DESACOPLE (TALTAL O TURBINAS ?) RELACIÓN CDC-CO ENDESA

14 CRITERIOS DEL CO ENDESA ANTE SOLICITUDES DEL CDC 1.- RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD 2.- RÁPIDO ANÁLISIS DE LA SOLICITUD 3.- ES CRITERIOSA ? SI : ACATAR LA SOLICITUD NO : SEÑALAR Y SUGERIR ALTERNATIVA ACEPTA EL CDC LA SUGERENCIA ? SI : OK NO : ACATAR SOLICITUD SI SE DA ESTA ÚLTIMA OPCIÓN SE SIGUE DE LA SIGUIENTE MANERA : 4.- SOLICITAR AL CDC CRITERIO USADO PARA NO USAR SUGERENCIA 5.- REGISTRAR RESPUESTA DEL CDC (O LA NO RESPUESTA) 6.- COMUNICAR A LA JEFATURA (JEFE DE DESPACHO DE GENERACIÓN ENDESA) ENDESA) 7.- SOLICITAR EL ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN PARA RECLAMAR A LA DO RELACIÓN CDC-CO ENDESA

15 ä Programa Diario de Generación y Aprobación de Solicitudes RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando 10:00 Termino Recepción de Solicitudes para el día siguiente. 18:30 Emisión del Programas Diario Aprobación de Solicitudes del día siguiente. 00:0024:00

16 ä DESCONEXIÓN PROGRAMADA Es el retiro temporal de servicio de un equipo o instalación, de generación o transmisión, con la finalidad de intervenir en él por razones de mantenimiento, reparaciones, modificaciones, pruebas u operaciones especiales. Las Desconexiones Programadas tienen las siguientes características: ä Se pueden programar con anticipación, para una fecha y hora predeterminada. ä Se pueden postergar por necesidades del servicio. ä Permiten dar avisos con anticipación, a las personas, organismos o clientes afectados con la desconexión. Toda Desconexión Programada, se deberá efectuar mediante la formalidad de una Solicitud de Desconexión RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando

17 ä DESCONEXIÓN DE CURSO FORZOSO Es aquella que se debe realizar para resolver una situación imprevista o de emergencia, cuya postergación o rechazo implicaría daños o riesgos graves para el Personal, equipo o instalación. Las Desconexiones de Curso Forzoso tiene la característica de ser inevitables ya que no se pueden postergar para otra oportunidad. RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando

18 ä INTERVENCIÓN PROGRAMADA Las Intervenciones Programadas tienen las siguientes características: ä Se pueden programar con anticipación, para una fecha y hora predeterminada. ä Se pueden postergar por necesidades del servicio. ä Permiten dar avisos con anticipación, a las personas, organismos o clientes afectados con la Intervención. Toda Intervención Programada, se deberá efectuar mediane la formalidad de una Solicitud de Intervención RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando

19 ä INTERVENCIÓN DE CURSO FORZOSO Es aquella que se debe realizar para resolver una situación imprevista o de emergencia, cuya postergación o rechazo implicaría daños o riesgos graves para el Personal, equipo o instalación. Las Intervenciones de Curso Forzoso tiene la característica de ser inevitables ya que no se pueden postergar para otra oportunidad. RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando

20 ä SOLICITUD DE DESCONEXIÓN Corresponde emitir una Solicitud de Desconexión cada vez que sea necesario intervenir o retirar temporalmente de servicio un equipo o instalación, que condicione, limite o modifique la generación de la Central.  SOLICITUD DE INTERVENCIÓN Corresponde emitir una Solicitud de Intervención cada vez que sea necesaria la intervención de un equipo o instalación entregado a la Explotación y que no lo indispone o condiciona, pero considerando las características del trabajo, es importante que el Despacho de Carga de ENDESA esté informado, por el riesgo que puede significar para el servicio RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando

21 ä AVISO DE INTERVENCIÓN INTEREMPRESAS ( DESCONEXIÓN O INTERVENCIÓN) Documento que establece los procedimientos para avisar formalmente al Despacho de Carga de ENDESA la Desconexión o Intervención de equipos o instalaciones de propiedad de terceros y que están relacionadas con la operación de los equipos o instalaciones de propiedad de ENDESA RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando

22 ä SOLICITUDES ä HITOS RELEVANTES ä EJEMPLOS CASOS ESPECIALES ä OTROS ASPECTOS RELEVANTES RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando

23 ä EJEMPLOS: CASOS ESPECIALES ä Caso Clientes CAP ä Caso Tramo de línea Abengoa ä Caso línea Los Pelambres ä Caso línea Puerto Chungo RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando

24 ä El operador de Turno de Sala de Mando debe informar al Despacho cualquier intervención programada antes de su realización ä El Operador de Turno de Sala de Mando, debe siempre estar disponible para ejecutar cualquier solicitud emanada del Despacho de Generación ä Otros aspectos relevantes. ä El ingreso de datos en el Ingddc remoto debe realizarse en los primeros 15 minutos después de cumplida la hora. ä La ausencia programada más allá de 2 minutos del lugar de trabajo, debe informarse previamente al Despachador. RELACIÓN DESPACHO ENDESA Operador de Turno Sala de Comando


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