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“Regímen General de Exportación. ”

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Presentación del tema: "“Regímen General de Exportación. ”"— Transcripción de la presentación:

1 “Regímen General de Exportación. ”
Mgter Gustavo Fadda @cascotef Container de ideas 1

2 Constitución de una operación de Comercio Exterior
MEDIOS DE PAGO $ $ 2 2 2 2

3 Circuito general de Exportación
Definitivas Suspensivas Destinaciones Depósito Provisorio de Exportación. - Zona Primaria - Planta del Exportador. Medios de transporte Carga Salida del Medio Transportador Marítimo/Fluvial Aéreo Terrestre 3

4 SISTEMA INFORMATICO MARIA
4 4

5 Conceptos técnicos. Exportación – art. 9 C.Ad.
Es la extracción de cualquier mercadería de un territorio aduanero. 5

6 Destinaciones. Definitiva.
Es aquella por la cuál, la mercadería egresa del territorio aduanero y permanece fuera del mismo por tiempo indeterminado. Existe 1 sola y es la Exportación para consumo. 6

7 Destinaciones. Suspensivas.
Es aquella por la cuál, la mercadería egresa del territorio aduanero por un tiempo determinado, para cumplir una finalidad determinada, y con una obligación, que al vencimiento del plazo otorgado, sea reimportada para consumo. Existen 3: exportación temporal, tránsito y removido. 7

8 Destinaciones. Suspensivas Exportacion temporal
Transito de exportacion Removido Definitivas Exportacion para consumo Generan obligaciones tributarias, cambiarias y dan derechos a cobrar estímulos. Pagan tributos, ingresan divisas y cobran reintegros. 8

9 Exportación para Consumo.
Declaración de Exportación. Permiso de Embarque. Plazo de Validez. Vía Acuática / Aérea: 31 días corridos. Vía Terrestre: 31 o 45 días corridos si va acompañada con un Tránsito de exportación. Se puede Rehabilitar por única vez y por igual plazo, siempre antes del vencimiento. 9

10 Declaraciones Detalladas
Las declaraciones detalladas son aquellas que requieren la descripción de cada elemento de la mercadería como la Posición SIM, los sufijos de valor, el estado, el origen, la procedencia, la unidad de comercialización y el valor unitario. AÑO ADUANA DE REGISTRO SUBREGIMEN NUMERO SECUENCIAL DIGITO DE CONTROL IDENTIFICADOR FORMULARIO UNICO OM-1993 SIM 14 017 EC07 000287 R 10 10

11 Requisitos y formas de solicitar las destinaciones
Declaración escrita - DUA OM SIM: Tipo, posición, calidad, cantidad, precio, origen, procedencia, peso, especie, etc. Documentación complementaria. Exportador inscripto y habilitado. Cuit. Certif. domicilio ( personas físicas). Contrato social – acta designación autoridades (personas jurídicas). Solvencia Económica $ de facturación bruta. 11

12 Documentación Complementaria.
Al momento de Oficialización de la Exportación Definitiva se presenta: Declaración o Detalle de Contenido – Lista de Empaque o Packing List. Factura E + E (Exportación y Electrónica), si ya estuviere emitida. 12

13 FACTURA ELECTRONICA Obligatoria Excepto Exportación por cuenta y orden
de terceros Factura anterior al embarque Factura posterior al embarque 13 13 13

14 DOCUMENTACION NECESARIA
FACTURA COMERCIAL – FACTURA E + E. CONOCIMIENTO DE EMBARQUE NOTA DE EMPAQUE (Detalle de Contenido) CERTIFICADO DE ORIGEN (MERCOSUR – ALADI) INTERVENCION DE OTROS ORGANISMOS (INAL) CERTIFICADO S.G.P. AUTORIZACIONES ESPECIALES (RENAR) 14

15 15

16 Definitiva para consumo
“Es aquella en virtud de la cual la mercadería exportada puede permanecer por tiempo indeterminado fuera del territorio aduanero.” OFICIALIZACION PRESENTACION ENTREGA ANTE DGA MERCADERIA Verificación: CANAL VERDE CANAL NARANJA CANAL ROJO CANAL ROJO VALOR 16

17 SELECTIVIDAD VERDE Guarda Control de Bultos Pesar, Medir, Contar,
Precintado del Transpte. NARANJA UTV Control Documental Pase al Guarda ROJO UTV Control Documental Verificación Física Valoración (Ex-Post) Pase al Guarda 17

18 Cuestiones Cambiarias, Aduaneras e Impositivas.
Exportaciones Cuestiones Cambiarias, Aduaneras e Impositivas. Mgter Gustavo Fadda

19 Control de Cambios Consiste en la intervención del Mercado de Cambios por parte del Estado, restringiendo la oferta y la demanda de divisas y por medio de medidas que inciden sobre las transacciones que dan origen a la oferta y la demanda de las mismas. Puede tener diversas modalidades, afectando a la cotización de las divisas, o a las transacciones que dan origen a operaciones en divisas. En la Argentina es más esto último. 19 19 19 19

20 Mercado Unico y Libre de Cambios Negociacion Obligatoria de Divisas
20

21 Exportaciones: Obligaciones Cambiarias.
Obligaciones Cambiarias: Negociación Obligatoria de Divisas. Mercado Unico y Libre de Cambios – MULC. Dentro de los Plazos determinados. Liquidarlo por el Contravalor en pesos.

22 Exportaciones: Obligaciones Cambiarias.
Plazos Mínimos desde el Cumplido del Embarque. Empresas Vinculadas: 30 días corridos. Según Posición Arancelaria: 60 – 90 – 360 días corridos. 15 Días hábiles para liquidar por el Contravalor en pesos.

23 Sanciones por incumplimiento
Régimen penal cambiario - Decreto 1265/82. Multas: hasta 10 veces el valor de la operación. 23

24 Sanciones por incumplimiento
Régimen penal cambiario - Decreto 1265/82. Multas: Máxima - 10 veces el valor de la operación. Prisión de 4 a 8 años Suspensión de hasta 10 años como Imp/ Exportadores y corredores de cambio. 24

25 Obligatoriedad del ingreso de divisas
Plazo según el tipo de mercadería Requisito para el cobro de estímulos y devolución del IVA. Sanción por la Ley Penal Cambiaria 25 25

26 Obligaciones Tributarias. Hecho, Momento, Sujetos Imponibles.
Valor Imponible. Liquidación de Derechos. Garantías Impuesto a las Ganancias en una Exportac. 26

27 Hecho imponible. “Es el acto que genera el nacimiento de
la obligación tributaria” Exportación para consumo. 27

28 Momento imponible. Hecho imponible”
“ Es la fecha en la que se produce el Hecho imponible” Oficialización del Permiso de Embarque. 28

29 Sujeto imponible “ Son los obligados tributariamente a
tributar y recaudar” 2 Sujetos: Pasivo y Activo. 29

30 Exportación para Consumo.
Obligaciones Tributarias. Hecho Imponible: Exportación para Consumo. Momento Imponible: Oficialización del P.E. Sujeto Imponible: Exportadores – AFIP - DGA 30

31 Base Imponible = FOB = Valor en Aduana
Para el cálculo de los Derechos e Impuestos: VALOR FOB Base Imponible = FOB = Valor en Aduana 31

32 Cálculo de los Derechos
FOB - ( Insumos Importados Temporalmente) x Coeficiente (1/1+Alícuota) Valor imponible x Derechos ( %) Total Derechos a Pagar 32

33 Resolución General AFIP. N° 3.577
¿ Que establece? ¿Cuándo aplica? Régimen de percepción en el impuesto a las ganancias. Cuando se verifique que los países de destino físico de la mercadería difieren de los países o jurisdicciones donde se encuentran domiciliados los sujetos del exterior. 33

34 Resolución General AFIP. N° 3.577
¿ Quíen percibe? Dirección General de Aduanas. ¿Qué importe aplica? 0,5 % sobre el valor imponible para la liquidación de los tributos aduaneros. 34

35 ¿Qué importe aplica? 1,50% (adicional al anterior), cuando las facturas de exportación se emitan a nombre de sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, dominios, jurisdicciones, territorios y estados asociados considerados como no “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”. 35

36 Resolución General AFIP. N° 3.577
¿ Quienes son cooperadores a los fines de la transparencia fiscal? En la página de AFIP se podrá encontrar el listado de países los cuales son denominados cooperadores. 36

37 Resolución General AFIP. N° 3.577
¿ Cuándo se practica? Al momento de la liquidación de los tributos aduaneros. ¿Cuándo se ingresa? Dentro de los 15 días del libramiento de la mercadería o cumplido de embarque. 37

38 Cálculo de la Percepción
FOB - ( Insumos Importados Temporalmente) x Coeficiente (1/1+Alícuota) Valor imponible x Percepcion Gcias (0, %) Total Impuesto a las Gcias a Pagar 38

39 Estímulos Fiscales a la Exportación..
Estímulos Aduaneros e Impositivos. Reintegros. Draw Back. Reembolso. Reembolsos Especiales. Recupero de IVA.

40 Estímulos Fiscales a la Exportación.
Aduaneros: a) Regimen de Reintegros b) Regimen de Draw Back c) Regimen de Reembolsos Impositivos: a) Regimen de Recupero de IVA.

41 Regimen de Reintegros. Definición.
Elementos del Valor para la percepción de reintegros Requisitos del exportador para solicitar los reintegros. Solicitud, control y procedimientos de pagos de reintegros. Consulta a disposición de los exportadores.

42 Regimen de Reintegros - Definición.
Es el régimen que permite que los exportadores reciban la restitución total o parcial de los importes que pagaron en concepto de tributos interiores por las mercaderías de orígen argentino, nuevas y sin uso, y que se exporten a consumo a título oneroso.

43 ------------------------- --Base Imponible
FOB FOB Base para Reintegro - Insumos Importados Temporales - Insumos Imp Cons. - Comisión – Corretaje Base Imponible

44 Regimen de Reintegros. Devolución de impuestos interiores.
Máximo 6% del valor FOB. Debe presentarse factura y conocimiento. Debe estar al día impositivamente. Debe haber pagado derechos. Cumplir plazos de ingreso divisas y acreditación de fondos.

45 PRESENTACION DE DOCUMENTACION
REINTEGRO I_____________________I________________ I OFICIALIZACION EMBARQUE CUMPLIDO I_____________________I_________________ _ PAGO DE DERECHOS INGRESO DE DIVISAS PRESENTACION DE DOCUMENTACION

46 Utilización de los estímulos para cancelar obligaciones fiscales.
Se puede afectar el importe de los estímulos, en forma total o parcial, a la cancelación de obligaciones fiscales en el sig. orden: Recursos de la Seguridad Social. Deudas Impositivas. Deudas Aduaneras.

47 Regimen de Drawback. Definición. Condiciones del régimen.
Beneficios del regímen. Compatibilidades.

48 Regimen de Drawback. Definición y Condiciones.
Régimen aduanero en virtud del cual, se restituyen, total o parcialmente, los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos que gravaron la importación para consumo, siempre que la mercadería fuera exportada para consumo:

49 Regimen de Drawback. Luego de haber sido sometida en el TA a un proceso de transformación, elaboración, combinación, mezcla, etc. La mercadería fuere utilizada para acondicionar o envasar otra mercadería que se exporta. Los insumos que se exportan, deben ser import. directamente por el exportador. Entre nacionalización y export., 1 año.

50 Regimen de Drawback. Devolución de Impuestos a la Importación.
Deben tipificarse los productos. Está vigente pero su uso no es habitual.

51 Regimen de Reembolsos. Definición. Incompatibilidades. Vigencia.

52 Regimen de Reembolsos. Por este régimen se restituyen total o parcialmente, los importes que fueron pagados en concepto de tributos interiores, así cómo los que se pagaron en concepto de derechos de importación por la previa importación para consumo de toda o parte de la mercadería que se exporta para consumo o bien, aquellos importes pagados por los servicios que se hubieren prestado con relación a la mercadería.

53 Regimen de Recupero de IVA.
Definición. Condiciones y Beneficios del régimen. Secuencia del trámite.

54 Recupero de IVA - Definición.
Es el régimen que permite que los exportadores reciban la restitución total o parcial de los importes que pagaron en concepto de IVA por las mercaderías de orígen argentino, nuevas y sin uso, y que se exporten a consumo a título oneroso.

55 Regimen de Recupero de IVA.
Condiciones y Beneficios del régimen. Estar al día con las obligaciones fiscales y cambiarias. No estar querellado ni denunciado penalmente.

56 DEVOLUCION DEL IVA Exportación (exenta de IVA) Producto Exportado
Compras internas Proceso Productivo Importaciones 56

57 DEVOLUCION DEL IVA Ventas en Mercado Interno Exportación
(exenta de IVA) Ventas en Mercado Interno Producto Exportado Compras Internas Crédito Fiscal IVA Proceso Productivo Importaciones de insumos 57

58 Regimen de Recupero de IVA.
Plazos y Modificaciones. Destinos del Crédito Fiscal a recuperar.

59 Regimen de Recupero de IVA.
Plazos y Modificaciones. Se interpondrá una sola solicitud por mes de exportación, a partir del 21 del mes siguiente al de su perfeccionamiento, siempre que se haya presentado la DDJJJ de IVA del período fiscal de dicho perfeccionamiento. El Juez Administrativo tiene 6 días para requerir subsanar omisiones o deficiencias. Caso contrario queda admitida

60 Regimen de Recupero de IVA.
Destinos del Crédito Fiscal a recuperar. Acreditación. Transferencia Devolución Deberá ser detraído de la DDJJ del IVA del mes en que se efectúe la presentación.


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