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TEMA :Los Conceptos Jurídicos Fundamentales

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Presentación del tema: "TEMA :Los Conceptos Jurídicos Fundamentales"— Transcripción de la presentación:

1 TEMA :Los Conceptos Jurídicos Fundamentales
Continuación

2 Contenido 1-La persona y su Protección Jurídica
2-Vistazo Histórico Sobre el Problema Antropológico 3-San Agustín( )del problema antropológico 4-Santo Tomas de Aquino ( ) 5-Código Civil de la República de Nicaragua Libro I ,De las Personas y De la Familia 6-Personas Naturales 7-Personas Jurídicas

3 Contenido 8-Personas Nicaragüenses y Extranjeras
9-De las personas jurídicas( Capítulo XIII DEL CODIGO CIVIL ) 10-Sentido original de la palabra persona 11- De la existencia de las personas antes del nacimiento 12-Definición de Persona 13-DIVISION DE LAS PERSONAS JURIDICAS 14- Principales Acepciones del Vocablo Persona 15-Tesis de Francisco Ferrara 16-La personalidad

4 Contenido 17-Personalidad Jurídica
18-Diferencia entre personalidad jurídica y capacidad de obrar 19-Manifestaciones de la personalidad jurídica 20-Personas sin capacidad de obrar 21-Incapacidad Absoluta 23-El factor edad

5 La persona y su Protección Jurídica
Importancia del Hombre : El conocimiento del hombre ,es uno de los grandes fines de la cultura y particularmente de la filosofía. El hombre es el centro de la vida social y jurídica ;sin él no puede existir No puede existir la sociedad y el Derecho Capitulo primero ,tercera parte ,pág. 70 ss. de Introducción al Derecho de Jorge Iván Hubner Gallo.

6 Vistazo Histórico Sobre el Problema Antropológico
El Hombre se ha formulado la inquietud sobre su propio ser El pueblo de Israel tuvo el privilegio de recibir, en el deposito de la divina Revelación ,el relato de origen y la naturaleza del hombre creado por Dios. En la filosofía griega Presocrática por ejemplo, en los pitagóricos aparece el concepto de que el hombre esta formado de alma y cuerpo. Platón( ),que afirma con múltiples pruebas la inmortalidad del alma y su destino supremo.

7 Según Aristóteles( a de J),En su doctrina hilemórfica (2) a la compresión de la persona humana. El hombre es el compuesto sustancial formado por la conjunción del cuerpo(materia)y del alma(forma).esta ultima es la “entelequia", el principio vital animador de toda actividad Corpórea.

8 SAN AGUSTÍN(334-340)DEL PROBLEMA ANTROPOLÓGICO
Nos dice que : El hombre que procura captar en su intima interioridad es un ser racional que ocupa lugar intermedio entre la bestia y el ángel. Boecio ( )define a la persona ,con elegante concisión ,como “rationalis naturae individuo substantia”: sustancia individual de naturaleza racional.

9 Santo Tomas de Aquino (1225-1274)
Apegado a la doctrina de Aristóteles afirma que “todos los seres materiales están formados por la concurrencia de un doble principio a saber , la Materia (especie de substancia prima ,indeterminada ,que encierra en si una mera posibilidad de ser o potencia )y la Forma (principio indirecto organizado ,actualización del ser esencia que hace que una cosa sea lo que es y no algo distinto ,acto)

10 Código Civil de la República de Nicaragua Libro I -De las Personas y De la Familia.
Es persona :Todo ser capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones. Las personas son naturales y jurídicas.(Arto. 1. C.C )

11 Personas Naturales Son personas naturales : Todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición(Arto. 2.C.C)

12 Personas Jurídicas Llámense personas jurídicas:
Las asociaciones o corporaciones temporales o perpetuas, fundadas con algún fin o por algún motivo de utilidad pública, y particular conjuntamente que en sus relaciones civiles representen una individualidad jurídica. (Arto. 3. C.C)

13 PERSONAS NICARAGÜENSES Y EXTRANJERAS
También se dividen las personas en nicaragüenses y extranjeras, conforme a la Constitución del Estado y Ley de Extranjería.(Arto 4 C.C) Artos Cn.(1987)

14 De las personas jurídicas Capítulo XIII del código civil
Ninguna asociación o corporación tiene entidad judicial si no ha sido creada o autorizada por la ley.- Las asociaciones o corporaciones que gozan de entidad judicial pueden ejercer todos los derechos civiles relativos a los intereses legítimos de su instituto. Las asociaciones que no tienen existencia legal como personas jurídicas, serán consideradas como simples asociaciones civiles o comerciales, según el fin de su instituto. (ver arto 76 ss ,del C.C)

15 Sentido original de la palabra persona
La voz “persona", aplicable a toda espiritualidad humana ,procede de una palabra griega que significa “mascara". En un principio dominó solo la careta con que se cubrían el rostro los actores en el teatro antiguo ,usándola como megáfono ;después se empleo para designar a los personajes mismos; más tarde se se hizo extensiva a todos los ciudadanos que podían parecer en juicio ,en oposición a los esclavos y por ultimo ,bajo la influencia del cristianismo ,adquirió su actual significado ,que referido al hombre ,abarca a todo individuo de la especie humana.

16 De la existencia de las personas antes del nacimiento.
Los incapaces pueden adquirir derechos y contraer obligaciones por medio de sus representantes. Son personas por nacer las que están concebidas en el vientre materno. (Ver arto cód. C.C)

17 Desde la concepción en el seno materno, comienza la existencia natural de las personas, y antes de su nacimiento deben ser protegidas en cuanto a los derechos que por su existencia legal puedan obtener. Estos derechos quedan irrevocablemente adquiridos, si los concebidos en el seno materno nacieren con vida. .( ver Artos C.; B.J. 5915) Si murieren antes de estar completamente separados del seno materno, se reputarán no haber existido jamás. En caso de duda de si hubieran nacido o no con vida, se presume que nacieron vivos, ver art 20 y 21 c.c )

18 Definición de Persona Se da el nombre de sujeto o persona ,a todo ente capaz de tener facultades y deberes. Introducción al estudio del derecho –Eduardo García Máynez Pág.271 Cap. xx

19 Como la noción de persona es uno de los conceptos jurídicos fundamentales ,su definición incumbe a la filosofía jurídica .El problema a que aludimos queda ,pues resumido en interrogación siguiente : ¿Que son los sujetos de derecho ?

20 Sujetos de derechos Uno de ellos tomara el nombre de SUJETO CREDITOR, pues es en el que recaen todos los derechos de la relación; mientras que el otro se llamara SUJETO DEBITOR, pues en el recaerán las obligaciones con respecto a la relación. Leer más:  derecho/conceptos-derecho.shtml#ixzz3DbnrwytQ

21 DIVISION DE LAS PERSONAS JURIDICAS
Las persona jurídicas se dividen en dos grupos : Físicas y Morales : Las primeras corresponden al sujeto jurídico individual ,es decir al hombre en cuanto tiene obligaciones y derecho., se otorga al segundo a las asociaciones dotadas de personalidad jurídica (un sindicato o una sociedad mercantil por ejemplo ).

22 De lo anterior como ambas designaciones son ambiguas ,nos referimos a personas jurídicas individuales y personas jurídicas colectivas.

23 Principales Acepciones del Vocablo Persona
Los autores se han preocupado por abordar la personalidad jurídica su aceptación mas o menos general según determinado orden jurídico. Referido al hombre el vocablo posee una significación moral y otra jurídica . Personas Morales :Son seres creados artificialmente capaces de tener un patrimonio.(Savigny) . Las persona moral: poseen derechos subjetivos y tienen obligaciones aun cuando no pueda por si misma ,ejercitar los primeros ni dar cumplimiento a los segundos. Personas jurídicas pueden definirse como “asociaciones o instituciones formadas para la consecución de un fin y reconocidas por la ordenación jurídica como sujetos de derechos”

24 Tesis de Francisco Ferrara
La palabras persona posee ,según el maestro italiano ,tres acepciones principales ,a saber : 1- biológica –Quiere decir lo mismo que "hombre". 2-Filosofica:persona como ser racional capaz de proponerse fines y realizarlos. 3- Jurídica: Sujeto de obligaciones y derechos.

25 La personalidad En esta tercera acepción – dice Ferrera-la personalidad ,es un producto del orden jurídico ,que surge gracias al reconocimiento del derecho objetivo. El reconocimiento valdría para la seguridad del comercio en interés de los terceros, que verían en el acto político un testimonio de nacimiento de nuevo ente. Al reconocer el Estado las corporaciones y fundaciones –dice Cierke-no hace otra cosa que declarar su existencia ,asignándoseles el puesto que les estaba reservado en el orden jurídico.

26 Personalidad Jurídica
Es siempre creación del derecho . La personalidad jurídica individual :comienza con el nacimiento físico, o aun antes, y termina con su muerte.

27 Diferencia entre personalidad jurídica y capacidad de obrar
la tienen todas las personas. Es la aptitud para ser titular de derechos y obligaciones. Capacidad de obrar: Es la aptitud para: Ejercitar esos derechos y obligaciones: administrar bienes y derechos, etc. Realizar actos o negocios jurídicos (contratos, testamentos, donaciones, adopciones, etc.) mediante los cuales se transmiten esos derechos y obligaciones o se adquieren nuevos derechos y obligaciones.

28 Manifestaciones de la personalidad jurídica
A)-La capacidad jurídica(Capacidad Pasiva) Consiste en una atribución genérica que el ordenamiento jurídico hace a las personas físicas o naturales y jurídicas de la condición de sujeto de derecho, ya que atribuye la titularidad de derechos y obligaciones.

29 Manifestaciones de la personalidad jurídica
B)-la capacidad de obrar(capacidad jurídica activa) Supone la atribución por el ordenamiento a las personas físicas o naturales y jurídicas de la capacidad de actuar jurídicamente, es decir son las acciones jurídicas que los sujetos pueden realizar.

30 Personas sin capacidad de obrar
Los menores de edad no emancipados. Los incapacitados por sentencia judicial (por enfermedad física o psíquica persistente). En estos casos interviene un representante legal que actuará en nombre del menor o del incapacitado mediante la patria potestad, la tutela, un defensor judicial, etc.

31 Incapacidad Absoluta 1. Las personas por nacer. 2. Los impúberes.
.- Tienen incapacidad absoluta: 1. Las personas por nacer. 2. Los impúberes. 3. Los dementes. Arto. 331C. 4. Los sordomudos que no saben darse a entender por escrito. Arto 7 .Artos C.; B.J Al incapacitado de los derechos civiles en virtud de sentencia pronunciada en causa criminal ordinaria, se le nombrará un guardador.

32 El Factor Edad Mayor de edad. 18 años cumplidos. Tiene capacidad de obrar. Menor de edad (no emancipado). Tiene personalidad jurídica, pero no capacidad de obrar, lo cual se suple con la patria potestad. Si no tiene padres, su representación legal y la administración de sus bienes la ejerce el tutor que se nombre o el defensor judicial

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