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EL SEGURO DE TRANSPORTE

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Presentación del tema: "EL SEGURO DE TRANSPORTE"— Transcripción de la presentación:

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2 EL SEGURO DE TRANSPORTE
CURSO EL SEGURO DE TRANSPORTE Esta información está protegida por las leyes ecuatorianas de Propiedad Intelectual. Está prohibida su reproducción sin consentimiento por escrito del autor. Derechos reservados © Ecuaprimas 2012

3 CONCEPTOS GENERALES DEL SEGURO

4 LLOYD´S HISTORIA DEL SEGURO DE TRANSPORTE Babilonia? Grecia? Italia?
Francia? Inglaterra? LLOYD´S

5 CONCEPTOS BÁSICOS El seguro de transporte de carga o de mercancía, ampara la movilización de un producto de un punto a otro, dependiendo de ello puede ser una exportación, una importación o una movilización doméstica. El proceso de transporte debe ser entendido como el conjunto de actividades necesarias para llevar una mercancía de un lugar a otro, incluyendo los procesos de cargue y descargue, embalaje y almacenamiento temporal, entre otros, enfrenta diversos riesgos tanto endógenos como exógenos, lo que puede dificultar o impedir su optimo funcionamiento.

6 FORMAS DE TRANSPORTE Transportes por agua
Los riesgos a los que está expuesta una mercancía cuando la transportación se la efectúa a través de vías por agua, como marítima, fluvial, cabotaje o lacustre. Transportes por aire La mercancía que es transportada por vía aérea, en aviones comerciales, los mismos que pueden ser de carga exclusivamente, mixtos carga y pasajeros o fletados, arrendados.   

7 FORMAS DE TRANSPORTE Transportes por tierra
Los riesgos y transportación de mercancías por tierra, en camiones, mulas, camas bajas, camionetas, vehículos particulares, y propios. Transportes mixtos o combinados La transportación de mercancías por varias vías, desde el embarque al desembarque puede utilizarse varias vías y se conoce como un trayecto o transporte combinado o mixto, puede iniciar el viaje en un tren pasar por un buque, avión y camión.

8 FORMAS DE COBERTURA LIBRE DE AVERIA PARTICULAR
Este amparo es uno de los más usados para mercancías y maquinarias de gran peso, cubre las averías producidas por: Terremoto, erupción volcánica, marejada, inundación, avalancha, deslizamiento de tierra, alud, huracán, naufragio, encalladura, buque haciendo agua y en necesidad de buscar un puerto de refugio, colisión de medio transportador con una sustancia sólida, volcadura, descarrilamiento, caída de puentes, caída de aeronaves o partes de ella, explosión e incendio. Además de la pérdida total de bulto completo (mercadería y empaque) que ocurra durante la carga, descarga o transbordo por caída al agua del mismo, estos son accidentes específicos, sujeto a las exclusiones generales que veremos más adelante.

9 FORMAS DE COBERTURA CON AVERIA PARTICULAR
Cubre las averías producidas por los accidentes específicos de L.A.P., además las averías que no sean producidas por: Mojadura por agua dulce o exudación del buque. Derrame. Herrumbre y otras formas de oxidación. Rotura. Pérdidas o daños causados por ratas. Robo, ratería y falta de entrega. Por bichos provenientes de una fuente externa Contaminación por olores extraños Sin embargo, estas estarán cubiertas si la pérdida o daño son causados por cualquiera de los accidentes específicos de Libre de Avería Particular. Sujeto a las exclusiones generales que veremos más adelante.

10 FORMAS DE COBERTURA TODO RIESGO
Cubre todas las pérdidas o daños que ocurran a las mercancías en el viaje marítimo. Sujeta a las exclusiones que mencionamos a continuación y que son comunes a las tres formas de cobertura. Estas exclusiones son idénticas para la cobertura Libre de avería particular, así como para la cobertura Con avería particular y para la cobertura Todo riesgo.

11 FORMAS DE COBERTURA Inclusiones comunes a toda forma de cobertura
También están aseguradas por toda forma de cobertura: a) Contribuciones de Avería Gruesa imputables a la mercadería asegurada de acuerdo con la ley o con las reglas de York-Amberes si así lo establece el Contrato de Fletamento. b) El costo de la intervención del agente liquidador así como los gastos incurridos con el objeto de impedir o disminuir la pérdida o daño.

12 EXCLUSIONES COMUNES Las mercancías perdidas o dañadas no están cubiertas cuando sea consecuencia de: Apresamiento o confiscación por una autoridad. Demora por cualquier causa durante el tránsito o entrega. Cualquier falta imputable al Asegurado. Infringimiento de regulaciones de importación, exportación o tránsito. Infringimiento de regulación del transportador. Falsa declaración. Humedad del aire. Influencia de la temperatura. Vicio propio, recalentamiento, combustión espontánea, encogimiento y desgastes, goteo ordinario, evaporación y pérdida de peso..

13 EXCLUSIONES COMUNES Bichos provenientes de la misma mercancía.
Condición inadecuada de la mercancía para el viaje, empaque inadecuado, desgastes normales, daños de empaque. Pérdida de interés, tipo de cambio de mercado, utilidad. Retención de fletes o adicionales de cualquier naturaleza. Compensación de molestias tomadas con relación a la pérdida. Responsabilidad civil de la mercadería. Daños nucleares. Cambio en el medio de transporte o viaje acordado. Guerra o similar, desordenes políticos internos y sociales. Minas, torpedos, bombas u otros artefactos de guerra

14 LOS INCOTERMS Historia
Historia La Cámara de Comercio Internacional (CCI) realizó su primer congreso en Londres en 1921, autorizando la preparación de un compendio global internacional de los términos de comercio, la Comisión para Términos de Comercio inició su preparación, consultando a los representantes de los exportadores, importadores, expedidores, agentes, navieras, aseguradoras y banqueros de varios países, con la finalidad de llegar a definiciones apropiadas de los términos de comercio internacional. Luego de varios meses de discusiones, se definió la utilización de varios términos uniformes que servirían para todas las naciones que quisieran adherirse. Una primera edición se publicó en 1923 y contenía seis términos utilizados desde su inicio por trece países. La segunda edición fue publicada en 1929, año en el que se incrementaron cuatro términos, y adicionalmente cinco países se adhirieron a su utilización. A estos diez términos se les conoció como términos de comercio y fueron practicados por un total de diez y ocho países.

15 LOS INCOTERMS CONDICIONES DE ENTREGA - LOS INCOTERMS
Desde 1936, año en que la Cámara de Comercio Internacional (CCI) publicó los primeros INCOTERMS, se han venido actualizando para responder a la evolución del comercio mundial, en particular al transporte. El objetivo de los INCOTERMS es establecer una serie de reglas internacionales de carácter facultativo, para la interpretación de los principales términos utilizados en los contratos de compraventa internacional. Posteriormente se hicieron modificaciones y adiciones en 1953, 1967, 1976, 1980,1990 y las últimas en el con el fin de facilitar la interpretación de los términos comerciales.

16 LOS INCOTERMS Dificultades que encontraron los importadores y exportadores 1. La incertidumbre de las leyes nacionales que se aplican. 2. Las dificultades provenientes de la falta de información. 3. La diversidad de interpretaciones. En julio de 1990, varias revisiones se efectuaron a los conceptos de los Incoterms, tomando decisiones que puedan estar acordes al comercio internacional, se modificó los términos de 1980 vigentes hasta esa fecha, nuevas modificaciones y adiciones fueron introducidas en el año 2.000, esperando que estas nuevas modificaciones se mantengan por un largo periodo.

17 LOS INCOTERMS Se dividió a los INCOTERMS del en cuatro grupos y dos formas de transporte, a.- Cualquier medio de transporte y, b.- Transporte marítimo y vías navegables interiores: El grupo de las E, Ex – En El grupo de las F, Free – Libre El grupo de las C, Cost/Carriage – Costo/Transportista. El grupo de las D, Delivered - Entregado

18 LOS INCOTERMS

19 TIPOS DE MERCADERÍAS ASEGURABLES
Por la gran diversidad de mercancías existentes en este capitulo podemos agruparlas por su peso: Mercancía pesada: Montacargas, Tractores, Retroexcavadoras, Generadores eléctricos, Transformadores, Pailoders, Cemento, y Chatarra.

20 TIPOS DE MERCADERÍAS ASEGURABLES
Mercancía semipesada: Automóviles completamente armados, Automóviles semiarmados, Automóviles completamente desmontados, (CKD), Maquinaria, Repuestos automotrices, Papel en bobinas, Papel en resmas, Artículos de ferretería, Equipos de medicina, Equipos de computación, Equipos de oficina, y Menaje de casa. Mercancía liviana: Vidrios, Telas, Ropa, Vestido, Calzado, Instrumentos musicales, Artículos de papelería, Electrodomésticos, Radios, y Televisiones. Materia prima: Polietileno, Polipropileno, Pvc, y Algodón.

21 TIPOS DE MERCADERÍAS ASEGURABLES Mercancía Perecible
Mercancía Perecible Son mercancías perecederas con un pequeño tiempo de maduración. Productos agrícolas comestibles; Frutas y verduras como el banano, piña, manzanas, uvas, naranja, mangos, aguacates, alcachofas y brócoli. Productos del mar; Camarón, langostinos, salmón, pescado fresco y sus variedades. Productos agrícolas no comestibles como las flores, los esquejes y las plantas. Productos médicos y veterinarios; medicamentos químicos, vacunas de todo tipo. Carne congelada de algunas variedades.

22 MERCADERÍAS ASEGURABLES
TIPOS DE MERCADERÍAS ASEGURABLES Mercancía al granel Son mercancías que se compran y venden en un gran volumen y la transportan en un solo embarque, es decir mercancías transportadas en gran volumen por un solo medio de transporte marítimo y que por lo general, estás mercancías no son provistas como seguridad, de embalaje alguno, para su transportación se utiliza todo el espacio disponible del buque, si es un petrolero se utilizara todos los tanques del buque o una gran parte de estos tanques, cuando estamos transportando carga seca utilizan todas las bodegas del buque. Los buques transportadores de esta clase de mercancía son buques con una construcción muy especial, diseñados exclusivamente para transportar una clase de mercancía entre los variados buques tenemos para la transportación de ganado, buques graneleros, buques mineraleros, buques petroleros, buques fruteros, buques frigoríficos y buques para el transporte de gases licuados.

23 MERCADERÍAS ASEGURABLES
TIPOS DE MERCADERÍAS ASEGURABLES Mercancías al granel líquidas: El petróleo y sus derivados, combustible, van, metanol, diesel; Alimentos, aceite de consumo humano, aceite vegetal, aceite de palma, aceite de oliva; aceites animales y aceites industriales. Productos químicos, insecticidas, pesticidas. Mercancías al granel sólidas: Alimentos para el consumo humano, azúcar, arroz, trigo en grano, cebada, maíz; Minerales, cobre, acero y carbón mineral o coque, palanquilla, hierro, cemento; productos químicos. Mercancías al granel en estado gaseoso: Gases comerciales y domésticos, gases licuados.

24 MERCADERIAS SEMOVIENTES
Se denominan semovientes a toda clase de animales que deban ser transportados sea unitariamente, en pequeños volúmenes o de gran volumen. Los animales pueden ser machos y/o hembras. Los animales hembras pueden estar preñadas o no. Ganado en pie o vivos, caballos pura sangre, alpacas, sementales, pollos, cerdos, y cualesquiera otra clase de animales.

25 MERCADERIAS PELIGROSA
 Son los productos de alta peligrosidad azarosos, y de acuerdo a su naturaleza se dividen en varias categorías: Explosivos. Calificados de 1 al 5. Gases Inflamables, Gases No Inflamable y Gases Tóxicos. Líquidos inflamables. Sólidos inflamables, Sustancias de combustión espontánea, Sustancias reactivas al agua. Materiales oxidantes. Materiales venenosos, Sustancias Venenosas, Toxicas, Infecciosas. Materiales radioactivos. Blanco I, Amarillo II, Amarillo III. Materiales corrosivos. Materiales peligrosos misceláneos.

26 MERCADERIAS PELIGROSA
Esta clasificación de materiales peligrosos se ha efectuado de acuerdo a las normas de etiquetado para el transporte de carga peligrosa por mar de la IMCO, y la ICAO organismo especializado perteneciente a las Naciones Unidas.

27 MERCADERIAS VALIOSA La mercancía considerada como valiosa esta conformada una gama extensa de los siguientes productos: Metales preciosos: Oro y plata en bruto, Oro y plata en barras, Platería, Piedras preciosas cortadas, Diamantes, y Joyas. Obras de arte: Pinturas, Oleos, Esculturas de todo tipo, Tapices valiosos, Antigüedades, y Reliquias. Dinero y valores: Billetes, Monedas, Billetes de lotería, Boletas de rifas, Tarjetas de celulares, Bonos, Cedulas hipotecarias, Letras de cambio, y Pagares.

28 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES  CLASIFICACION DE BUQUES Existen tres formas de inscripción de buques, Es la que refleja a los buques en la Listas Oficiales de Buques de los distritos marítimos, de cada uno de los países, con detalle de cada uno de sus buques, por matriculación o abanderamiento. La de los registros en los que se da fe de las circunstancias de propiedad, posesión, cargas o hipotecas de los buques. Y Las de las sociedades clasificadoras, que otorgan la cota del buque, con validez casi absoluta para constructores, armadores y aseguradores. Las sociedades clasificadoras otorgan las cotas a los buques que reúnan las condiciones previstas en sus respectivos reglamentos, luego de pasar la inspección, y vigilancia de la construcción del buque en los astilleros.

29 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES CLASIFICACION DE BUQUES Cuando un buque es echado a la mar luego de las inspecciones de rigor, La Sociedad Clasificadora emite los correspondientes certificados de navegabilidad, durante la vida de un buque, están en la obligación de concurrir a inspecciones periódicas y excepcionales que le permiten verificar la situación actual de los buques, para proceder a extender un nuevo certificado si la inspección es satisfactoria o en caso contrario suspender la cota, de forma tal que los aseguradores conocen el estado en que se encuentra un buque, al momento de aceptar un seguro de mercancías y aplicar la prima correspondiente de acuerdo al riesgo. Es valiosa la información que otorgan estas sociedades clasificadoras, para conocer el estado de los buques que están transportando la mercancía asegurada, a pesar de la técnica y profesionalismo del personal de las sociedades clasificadoras, son susceptibles de cometer errores u omisiones, por lo cual en sus certificados suelen exonerar de responsabilidad salvo en los casos de dolo o culpa grave.

30 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES CLAUSULA DE CLASIFICACION DE BUQUES Las tasas de transporte marítimo que constan en la presente póliza son aplicables solamente a cargas y/o intereses transportados por buques con propulsión mecánica propia, construidos de acero, clasificados como se menciona más abajo, por una de las sociedades de clasificación siguiente: Lloyd´s Register A1 or B.S. American Bureau of Shipping + A1 Bureau VERITAS 1 3/3 E + China Classification Society * CSA Germanischer Lloyd A5 Korean Register of Shipping + KRS 1 Maritime Register of Shipping KM * Nippon Kaiji Kyodai NS * Norske VERITAS A1 Registro Italiano * 100-A-1.1.

31 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES A condición de que tales buques: (i) No sean buques de carga a granel y/o de carga combinada mayores de 10 años de antigüedad (ii) No sean tanqueros de petróleo mineral que excedan de toneladas de registro bruto y estén sobre los 10 años de antigüedad. (i) No tengan más de 15 años de antigüedad o (ii) Tengan más de 15 años pero no más de 25 años de antigüedad y hayan establecido y mantenido un servicio regular de comercio con itinerario avisado para carga y descarga en puertos específicos. Naves bajo contrato de arrendamiento y también naves con menos de GRT, mecánicamente autopropulsadas, construidas de acero, deben estar clasificadas como detallado anteriormente, sin exceder las edades límites estipuladas arriba.

32 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES Los requerimientos de esta cláusula de clasificación no son aplicables a cualquier embarcación, barcaza, barcaza usada para cargar o descargar del barco, mientras se encuentre dentro del área del puerto. Cargas y/o intereses transportados por naves mecánicamente autopropulsadas que no entran dentro del esquema mencionado, podrán ser cubiertas sujetas a primas y condiciones a convenir.

33 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES AVERIA GRUESA A través de la historia y de los tiempos, Avería gruesa, ha sido una parte de la aventura marítima, no depende del seguro marítimo, es parte de ley marítima y debe ser considerada independiente del seguro marítimo. Sin embargo, como aseguradores de mercancías transportadas por mar, es necesario conocer los principios básicos de una declaración de avería gruesa, por la obligación que une al transporte marítimo con el seguro marítimo, en cuanto las mercancías que pueden estar involucradas en un acto de avería gruesa.

34 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES AVERIA GRUESA Para que exista una declaración de avería general los siguientes elementos deben cumplirse: Debe existir un peligro común a todos los intereses de la aventura, es decir, el barco, la carga y el flete. Debe existir un sacrificio intencional o voluntario de una parte de la aventura marítima para salvar el resto o un gasto razonable extraordinario incurrido voluntariamente para seguridad del resto. Debe existir un resultado exitoso, si no existe un resultado satisfactorio no / avería gruesa. Los intereses reclamando contribución de los otros deben estar sin culpa de lo ocurrido.

35 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES AVERIA GRUESA El capitán del barco es el protagonista principal en una situación de la avería gruesa, es el quien tiene la responsabilidad de determinar si existe o no un peligro común que amenaza la seguridad de todos los intereses envueltos en la aventura marítima. El capitán de la nave es el responsable de todos los pasos a seguirse y de los sacrificios y gastos que deberán efectuarse, su autorización es la única valedera para que sea considerada dentro de la avería gruesa. El capitán de la nave y solamente el es quien tiene la autorización para declarar una avería general para el bien común así como para firmar un acuerdo de salvamento. El capitán de la nave al llegar al primer puerto luego del acto de avería gruesa, debe levantar una protesta ante la capitanía del puerto, protesta que es una declaración juramentada de los hechos y circunstancias que provocaron el acto de avería gruesa.

36 CONDICIONES ESPECIALES
CLAUSULAS Y CONDICIONES ESPECIALES AVERIA GRUESA Como respaldo de esta declaración conocida como protesta de avería gruesa, se puede solicitar la bitácora, el diario de navegación o declaraciones de la tripulación o de la autoridad competente en caso de intervención. El dueño de la nave o armador es el único que designa al ajustador de avería general, quien prepara la declaración de avería en beneficio de todos los intereses. Una liquidación de avería general es efectuada en base a las leyes del país de destino final de la nave. Sin embargo, existen leyes o convenios internacionales que regulan estas liquidaciones. El contrato de fletamento generalmente incluye bajo qué leyes debe ser manejada una avería general. Las contribuciones son pagaderas por todos los intereses de la aventura marítima en forma proporcional al valor de sus bienes. La avería gruesa esta legislada por las Regla de York Y Amberes, a continuación transcribiremos esta reglas.


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