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Informe de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

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Presentación del tema: "Informe de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables"— Transcripción de la presentación:

1 Informe de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables
“A 2 años de la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”

2 SEAN TODOS BIENVENIDOS

3 Orden del día BIENVENIDA RENDICIÓN DE INFORME
PARTICIPACIÓN DE ASISTENTES CLAUSURA.

4 INFORME DE LA COMISIÓN DE ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES

5 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

6 a).- Antecedentes: 1980’s.- Italia propone la elaboración de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad El Presidente Fox logra que la ONU constituya un grupo redactor de la Convención. Diciembre El Pleno de la ONU aprueba el texto de la Convención. Marzo El Presidente Calderón firma la Convención Septiembre El Senado de la República ratifica la Convención. Mayo Entra en vigor la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

7 b).- Compromisos Legislativos:
México se compromete a armonizar su legislación con el espíritu y contenido de la Convención. Para lograr lo anterior se hace necesario reformar: a).- Ley General de las Personas con discapacidad A partir de esta Ley las entidades federativas deberán proceder a armonizar sus propias leyes incluyendo una Ley Estatal. b).- El marco jurídico en su conjunto

8 c).- Declaración Interpretativa:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación destaca en el Recurso de Apelación No. 1/2004 – PS, que una “Reserva” es una figura jurídica reconocida por la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados, para cuando una norma internacional contenida en un tratado en el que sea parte un Estado afecte de manera manifiesta normas fundamentales de su derecho interno, mientras que la “Declaración Interpretativa” tiene únicamente como finalidad determinar la forma en que deberán ser aplicadas las normas jurídicas contenidas en el mismo y aclarar sus ambigüedades, por lo que no hay ninguna razón que indique que ésta vino a contravenir el alcance de la Convención.

9 “DECLARACIÓN INTERPRETATIVA A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”
Los Estados Unidos Mexicanos formulan la siguiente declaración interpretativa, al ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1°, establece que: “(…) Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.” Al ratificar esta Convención los Estados Unidos Mexicanos refrendan su compromiso a favor de la promoción y protección de los derechos de los mexicanos que sufran alguna discapacidad, tanto aquellos que se encuentren en territorio nacional como en el extranjero. El Estado Mexicano reitera su firme compromiso de generar condiciones que permitan a toda persona, a desarrollarse de modo integral, así como ejercer sus derechos y libertades plenamente y sin discriminación. Consecuentemente, con la absoluta determinación de proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, los Estados Unidos Mexicanos interpretan el párrafo 2 del artículo 12 de la Convención, en el sentido de que en caso de conflicto entre dicho párrafo y la legislación nacional habrá de aplicarse - en estricto apego al principio pro homine - la norma que confiera mayor protección legal, salvaguarde la dignidad y asegure la integridad física, psicológica, emocional y patrimonial de las personas.”

10 Conclusión: La Declaración Interpretativa no restringe en absoluto los derechos de las personas con discapacidad; al contrario, les ofrece una protección adicional a la que podrán recurrir si así lo desean de acuerdo al principio “pro-homine”.

11 Proceso Legislativo INICIATIVA: Cámara de Origen
Presentación ante el Pleno Aprobada en Comisión(es) Aprobada en el Pleno. MINUTA: Cámara Revisora Turno a Comisión(es) Aprobada en Pleno Envío al Poder Ejecutivo Publicación Entrada en Vigor.

12 Iniciativas en materia de Discapacidad
Turnados a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables (CAGV)

13 Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, PAN. 5 de diciembre de 2006 Comisiones Unidas de Gobernación, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera. Estatus: Aprobada en Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, pendiente en Codictaminadoras. Objetivo: Propone establecer que la información que deben dar los sujetos obligados por la norma, sea entregada a los interesados en formatos accesibles cuando se trate de personas ciegas o débiles visuales, con el propósito de facilitarles el conocimiento de tal información, lo anterior en aras de brindar accesibilidad y contribuir a una mayor autonomía en beneficio de tales personas.

14 Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad Sen. Guillermo Tamborrel Suárez y Sen. Ernesto Saro Boardman, PAN. 26 de abril de 2007 Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y Estudios Legislativos, Primera. Estatus: Dictaminada 13 de diciembre de 2007 Aprobada y publicada en el D.O.F. el 1 de agosto de 2008. Objetivo: Armonizar los principios previstos en la Ley General de las Personas con Discapacidad a los establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, además de establecer el derecho a recibir información acerca de las ayudas técnicas a la movilidad, así como sobre dispositivos y nuevas tecnologías.

15 Iniciativa con Proyecto de Decreto de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación Sen. Ludivina Menchaca Castellanos, PVEM. 11 de septiembre de 2007 Comisiones Unidas Derechos Humanos, de Atención a Grupos Vulnerables y Estudios Legislativos, Segunda. Estatus: Aprobada con Modificaciones en la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, pendiente en Codictaminadoras. Objetivo: Plantea el establecimiento de medidas afirmativas a favor de las personas con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas, además del perfeccionamiento de términos relativos a la discriminación y los motivos que la generan.

16 Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma que reforma disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad Sen. Ludivina Menchaca Castellanos, PVEM. 6 de noviembre de 2007 Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y Estudios Legislativos. Estatus: Propuesta integrada al dictamen aprobado en noviembre 2009 por la CAGV. Objetivo: Establecer y perfeccionar medidas en contra de la discriminación de las personas con discapacidad, previendo conceptos relativos a la discriminación por motivos de discapacidad, además de medidas afirmativas a favor de ese sector poblacional.

17 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Sen. Guillermo Tamborrel Suárez y Sen. Héctor Pérez Plazola, PAN. 22 de noviembre de 2007 Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos. Estatus: Aprobada con Modificaciones en la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, pendiente en Codictaminadoras. Objetivo: Establecer que la educación que imparte el Estado sea inclusiva, accesible e integral en favor de las personas con discapacidad, tomado lo anterior de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en relación al establecimiento de una educación inclusiva e integradora.

18 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, Héctor Pérez Plazola y Andrés Galván Rivas, PAN. 22 de noviembre de 2007 Comisiones Unidas de Educación, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Segunda. Estatus: Aprobada con Modificaciones en la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, pendiente en Codictaminadoras. Objetivo: Establece una serie de medidas encaminadas a brindar condiciones materiales a favor del derecho a la educación de personas con discapacidad, así como la capacitación precisa en la materia para maestros o docentes y los propios estudiantes.

19 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de las Personas con Discapacidad Sen. Manuel Velasco Coello, PVEM. 11 de marzo de Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera. Estatus: Propuesta integrada al dictamen aprobado en noviembre 2009 por la CAGV. Objetivo: Tiene como objeto armonizar los conceptos y principios previstos en la Ley General de las Personas con Discapacidad a los establecidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y con ello plantear el establecimiento de nuevos principios, definiciones, así como medidas afirmativas en su favor.

20 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la Fracción IV al Artículo 22 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía Sen. Adolfo Toledo Infanzón, PRI. 27 de mayo de 2009 Comisiones Unidas Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: Que en la elaboración de información estadística en materia de discapacidad sea obligatorio para el órgano encargado del diseño de este sistema: cumplir con la captación, producción, actualización, organización, procesamiento, integración, compilación, publicación, divulgación y conservación de la Información de Interés Nacional.

21 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona una Fracción XI al Artículo 13 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación Sen. Adolfo Toledo Infanzón y Sen. María del Socorro García Quiroz. 15 de septiembre de Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera. Estatus: En estudio Comisiones. Objetivo: Propone que todos los órganos públicos y autoridades federales atiendan diversas medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, entre ellas que un mínimo de 2 por ciento de su planta laboral sea destinada única y exclusivamente a personas con algún tipo de discapacidad.

22 Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad Sen. Manuel Velasco Coello, PVEM. 15 de diciembre de Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Segunda. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: Propone que las autoridades competentes establezcan acciones concretas y obligatorias para que todas las personas con discapacidad gocen de una atención preferente, ágil, pronta y expedita cuando se encuentran realizando algún trámite, solicitando algún servicio o participando en procedimientos ante cualquier autoridad federal, estatal, municipal o del Distrito Federal, así como que sean atendidos con prontitud y diligencia por los particulares que brinden algún servicio público, de tal manera que tengan acceso rápido a los mismos, particularmente en los establecimientos mercantiles.

23 Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona el Artículo 13 bis
Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona el Artículo 13 bis. a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Sen. Manuel Velasco Coello. 18 de febrero de Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Segunda. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: Propone la implementación de acciones a favor de las personas con discapacidad intelectual profunda a fin de garantizarles una igualdad. De esta forma la Iniciativa establece que los órganos públicos y las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo diversas medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad intelectual profunda. Las acciones que contempla la iniciativa serán entre otras; instrumentar programas de atención médica especializados e integrales y otorgar apoyo e información a los familiares que tengan a su cargo personas con algún tipo de discapacidad intelectual profunda.

24 Minutas en materia de Discapacidad
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables (CAGV)

25 Minuta que contiene Proyecto de Decreto que adiciona diversas disposiciones al Código Federal de Procedimientos Civiles 4 de diciembre de 2007 Comisiones Unidas de Justicia, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos. Estatus: Aprobada con modificaciones y devuelta a la Cámara de Diputados (Cámara de origen). Objetivo: Propone el establecimiento de diversas medidas encaminadas a proporcionar ajustes razonables para que, dentro de los procedimientos contemplados en el Código Federal de Procedimientos Civiles, las personas con discapacidad puedan actuar en igualdad de circunstancias frente a los demás, en razón de su autonomía y plena determinación.

26 Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma la Fracción XVI del Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo. 14 de febrero de 2008 Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera. Estatus: Aprobada por las Comisiones de Trabajo y Atención a Grupos Vulnerables, pendiente en Estudios Legislativos, Primera. Objetivo: Propone establecer en la Ley Federal de Trabajo la obligación para realizar en lugares de trabajo, las adecuaciones, ajustes y mejoras necesarias que aseguren el libre acceso y desplazamiento de las personas y trabajadores con discapacidad en condiciones de igualdad. Para estos efectos, deberán modificar, en su caso, las instalaciones en los términos que señalen las propias autoridades y la normatividad vigente.

27 Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 29 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 6 de marzo de Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos. Estatus: Aprobada con modificaciones y devuelta a la Cámara de Diputados (Cámara de origen). Objetivo: Armonizar el concepto de niña, niño o adolescente con discapacidad conforme la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

28 Estatus: En estudio en Comisiones.
Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Asistencia Social, de Desarrollo Rural Sustentable, de Fomento para la Lectura y el Libro, del Impuesto Sobre la Renta, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, Federal de Derechos, General de Asentamientos Humanos, General de Cultura Física y Deporte y General de Salud. 21 de abril de 2008 Comisiones Unidas de Desarrollo Social, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: La presente propuesta plantea modificaciones en cuanto al término de persona con discapacidad con el propósito de armonizarlos a la Convención internacional de la materia, erradicando términos como “invalidez”, “minusvalía” o “capacidades diferentes”, previendo de esa forma una compatibilidad con el espíritu de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

29 Estatus: En estudio en Comisiones.
Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación especial y derechos de personas con discapacidad. 7 de mayo de 2008 Comisiones Unidas de Educación, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivos: Propone establecer medidas que brinden mayor accesibilidad en todos los aspectos, dentro de recintos y planteles educativos, proporcionando con ello un entorno físico favorable para que las personas con discapacidad puedan desplazarse en ellos de forma autónoma.

30 Estatus: En estudio en Comisiones.
Minuta con Proyecto de Decreto por que se reforma el inciso K) del Artículo 28 y adiciona un párrafo al Artículo 29 de la Ley de Asistencia Social. 17 de marzo de 2009. Comisiones Unidas de Desarrollo Social, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: La propuesta encomienda al organismo coordinador del sistema de asistencia social la elaboración y actualización del directorio nacional de las instituciones públicas y privadas de asistencia social, así como el registro nacional de las personas con discapacidad.

31 Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforma el Artículo 12, fracciones I y XII, de la Ley de Asistencia Social. 1 de abril de 2009. Comisiones Unidas de Salud, de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos. Estatus: Aprobada con modificaciones y devuelta a la Cámara de Diputados (Cámara de origen). Objetivo: Propone sustituir el término de “invalidez” por el de “discapacidad” o “persona con discapacidad” dentro de la Ley de Asistencia Social; lo anterior, a efecto de que exista compatibilidad en relación con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

32 Iniciativas en materia de Discapacidad
Turno distinto a CAGV

33 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión. Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, Sen. María Teresa Ortuño Gurza, Sen. María Serrano Serrano, Sen. Martha Leticia Sosa Govea, Sen. Juan Bueno Torio, Sen. Rafael Moreno Valle Rosas, Sen. Alfredo Rodríguez y Pacheco y Sen. Jaime Rafael Díaz Ochoa. (PAN) 11 de octubre de Comisiones Unidas de Radio, Televisión y Cinematografía, de Comunicaciones y Transportes, de Cultura y de Estudios Legislativos. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: Establecer mecanismos tendientes a fomentar el acceso a la radio y televisión, en igualdad de condiciones, a personas con discapacidad que por su estado físico carezcan de sensibilidad visual o auditiva, cumpliendo con el objetivo adquirido por el Estado Mexicano de armonizar el marco jurídico nacional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Lo anterior significa que el Estado desarrollará políticas y estrategias encaminadas a la adecuación e implementación de adelantos y tecnologías que permitan el acceso a estos medios en medida de lo posible, a las personas con discapacidad visual o auditiva.

34 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, PAN. 1 de febrero de 2008 Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos. Estatus: Aprobada en el Senado, en estudio en Comisiones de Cámara de Diputados. Objetivo: Homologación de términos y conceptos, además de adoptar las obligaciones establecidas en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el marco jurídico nacional con el propósito de garantizar la igualdad de condiciones en cuanto a los derechos de este sector poblacional. De igual manera promueve la habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad, aunado a su prevención. Asimismo, en el tema del “Derecho a la Salud” garantizado por el Estado Mexicano dentro del Artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se promueve el acceso integral de las personas con discapacidad. Lo anterior, debido a que según el XII Censo General de Población y Vivienda 2000, solo tienen acceso el 44.9 por ciento de los aproximadamente 10 millones de personas con discapacidad que viven en el país.

35 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros Sen. María Teresa Ortuño Gurza, Jaime Rafael Díaz Ochoa y Guillermo Tamborrel Suárez, (PAN). 13 de marzo de 2008 Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: Plantea establecer una prohibición expresa en la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la Ley General de Instituciones y Sociedades Mercantiles, la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y en la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, para promover el acceso de las personas con discapacidad a los servicios financieros a través de la planeación y diseño de programas especiales, con el objetivo de que en las operaciones que realicen las instituciones de crédito no se supediten o nieguen por cuestiones de discapacidad en los solicitantes.

36 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales. Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, Sen. Eva Contreras Sandoval, Sen. Martha Leticia Sosa Govea, Sen. Ricardo Torres Origel, Sen. Juan Bueno Torio y Sen. José Julián Sacramento Garza. (PAN) 25 de noviembre de 2008 Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: En México no se cuenta con un proceso penal justo y acorde a la condición especial de los mexicanos, particularmente quienes padecen una enfermedad mental o presentan una discapacidad intelectual, teniendo como lamentable consecuencia que muchos de ellos han sido sometidos a proceso y se encuentran injustamente recluidos. Basta mencionar, como ejemplo de la escasa adecuación de la legislación penal, la notoria denominación discriminatoria que se les da en el Código Penal Federal y el Código Federal de Procedimientos Penales a las personas con discapacidad intelectual. En virtud de ello, es imperante modificar sustancialmente los ordenamientos citados, permitiéndoles a estas personas, a través de los órganos competentes, materializar su derecho a un proceso penal justo y equitativo. Por lo anterior, esta Iniciativa pretende brindar mejores condiciones de defensa jurídica a quienes presenten indicios de una discapacidad intelectual o de una enfermedad mental; obligando, por ejemplo, a que se realicen los dictámenes periciales para determinar la condición intelectual o mental del individuo desde la averiguación previa y no como en la actualidad, hasta la fase del procedimiento ante el Juez.

37 Iniciativa con Proyecto de Decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Derecho de Autor Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, PAN. 27 de enero de 2010 Comisiones Unidas de Cultura y de Estudios Legislativos. Estatus: En estudio en Comisiones. Objetivo: La presente Iniciativa plantea establecer que se considerará como publicación toda reproducción de una obra en forma tangible y puesta a disposición del público mediante su almacenamiento permanente o provisional por medios electrónicos y/o tecnologías de acceso a la información que permitan al público leerla o conocerla visualmente cuando sea a través de medios aumentativos y/o alternativos de comunicación, táctilmente a través del Sistema Braille o auditivamente a través de programas de cómputo, lectores de pantalla o audiolibros diseñados para personas con discapacidad. Asimismo, menciona que no será necesaria la autorización de una obra, ni se pagará regalía alguna, tratándose de reproducciones que se hagan en formatos y lenguas accesibles para personas con discapacidad, siempre y cuando éstas no tengan ninguna finalidad lucrativa por parte de quiénes las elaboren, además de que siempre deberán ser destinadas para el uso de personas con discapacidad. Por último, establece la posibilidad de que pueda reproducirse y/o adaptarse en formatos accesibles las obras literarias y artísticas, siempre y cuando sea realizado en beneficio de personas con discapacidad y sin fines de lucro, en medios magnéticos para su acceso vía lector de pantalla, impresiones en “Sistema Braille”, “Lengua de Señas Mexicana” o en audiolibros, entre otros formatos.

38 Ley General de las Personas con Discapacidad
Reforma Integral

39 Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, PAN, Sen. Claudia Sofía Corichi García, PRD, Sen. María de los Ángeles Moreno U. PRI, Sen. Lázara Nelly González Aguilar, PAN, Sen. Lázaro Mazón Alonso, PRD, Sen. Alfredo Rodríguez y Pacheco, y Andrés Galván Rivas, PAN. 4 de diciembre de Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Segunda. Estatus: Dictamen aprobado por la Comisión, pendiente de aprobación en la Codictaminadora, retoma iniciativas de Manuel Velasco Coello (11 de marzo de 2008) y de la Sen. Ludivina Menchaca Castellanos (6 de noviembre de 2007) Objetivo: Establece una serie de adecuaciones para armonizar la Ley General de las Personas con Discapacidad a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

40 ASPECTOS PROPUESTOS DENTRO LA INICIATIVA
Dentro del Título Primero relativo a las disposiciones generales: Reformar el objeto de la Ley para darle mayor amplitud. Adicionar la designación de partidas presupuestales suficientes para garantizar el cumplimiento de la Ley. Homologar términos definidos para efectos de la Ley y adicionar otros ausentes en ella y previstos en la Convención internacional de la materia. Definir a las autoridades competentes encargadas de velar por el cumplimiento de sus derechos. Establecer la obligación de guardar consideraciones especiales para niñas, niños y mujeres con discapacidad en base a acciones afirmativas. Homologar los principios de la Ley a los previstos en la Convención. Prever una serie de responsabilidades al ejecutivo federal que impliquen mayor obligatoriedad al texto legal; estableciendo, entre otros, el reconocimiento, promoción y otorgamiento de estímulos fiscales a través de nuevas instituciones como son los “Convenios de Adhesión”.

41 Dentro del Título Segundo relativo a los Derechos y Garantías de las Personas con Discapacidad:
Respecto del derecho a la Salud: Propone mayor obligatoriedad a las autoridades en materia de Salud. Integra a la investigación como parte de las acciones del derecho a la salud, además de adicionar el derecho a la salud sexual y reproductiva. Prevé los “convenios de colaboración” con el sector privado que faciliten o coadyuven a la habilitación o rehabilitación de las personas con discapacidad. Establece el derecho a la información sobre su respectiva discapacidad. Propone medidas para sensibilizar, orientar, atender, incluso a través de tratamientos psicológicos a las personas con discapacidad o sus familiares. Impedir se nieguen discriminatoriamente servicios de salud. Dar mayores facultades al Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad respecto de la Clasificación Nacional de las Discapacidades. Relativo al aspecto laboral: Modifica la denominación actual del Capítulo “del Trabajo y la Capacitación” para dejarlo solo “Del Trabajo”. Establece el derecho al trabajo de las personas con discapacidad en circunstancias de igualdad. Aporta un aspecto más imperativo sobre las obligaciones de las autoridades competentes en materia de políticas y su diseño, ejecución y respectiva evaluación. Al igual que en materia de salud, prevé los Convenios de Adhesión en materia laboral. Establece la constante vigilancia y revisión de las Normas Oficiales Mexicanas en materia laboral.

42 En cuanto a la Educación:
Propone recomponer los objetivos del sistema educativo, dando pie de acuerdo con la Convención a la “educación inclusiva” en vez de llamarla “educación especial”. Promueve la obligación del diseño y ejecución de criterios obligatorios para la inclusión de las Personas con Discapacidad en las escuelas ordinarias de los sectores público y privado. Prevé igualmente la obligación para establecer programas de sensibilización que propicien una mayor aceptación de los estudiantes con discapacidad. Propicia el establecimiento de ayudas técnicas en materia educativa, principalmente en cuanto a materiales que componen el Sistema Educativo Nacional. Relativo a la accesibilidad y libre tránsito: Prevé mayor obligatoriedad en cuanto a la emisión e implementación de políticas públicas para brindar mayor accesibilidad. Establece los convenios de adhesión con particulares en el rubro de la accesibilidad. Inclusión en los programas de vivienda de proyectos arquitectónicos que prevean las necesidades de ese sector poblacional.

43 En cuanto el transporte público y las comunicaciones:
Establecer condiciones de accesibilidad en beneficio de las personas con discapacidad. Prever que las empresas de transporte de pasajeros capaciten a los operadores sobre el trato debido a favor de dicho sector de población. Proponer el otorgamiento de estímulos fiscales a aquellas empresas que realicen acciones que permitan el uso integral de sus servicios. Introducir diversas medidas en dicho rubro en materia de movilidad y accesibilidad a favor de tales personas. En materia de Desarrollo y Asistencia Social: Incorporación prioritaria de las mujeres, niños y adultos mayores con discapacidad a programas de protección social y de salud de conformidad con el principio de progresividad. Aportar lineamientos sobre los cuales se deberá recopilar en el Censo Nacional de Población. Establecer dentro del sistema de información actualmente previsto en la Ley, la ubicación de donde poder obtener ayudas en materia de accesibilidad y movilidad.

44 En cuanto al deporte y la cultura:
Promover de parte de las autoridades competentes el reconocimiento y los meritos a sus habilidades culturales y aportaciones sociales. Utilizar imágenes de las personas con discapacidad compatibles con el espíritu de la Ley. Establecer la adecuación de formatos accesibles con ayuda de las tecnologías en el rubro del teatro y la cinematografía, y las respectivas adecuaciones físicas. Relativo al acceso a la justicia: Establecer el derecho y la implementación de medidas para que las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones puedan ejercer una serie de derechos reales en su favor siempre en base al principio pro-homine.

45 Proyecto de Dictamen (Comisión de Atención a Grupos Vulnerables)
La iniciativa, propuesta por la sociedad civil, también se presentó en Cámara de Diputados el 20 de noviembre de 2007 (LX Legislatura). Se trabajó en conferencia y con la presencia de algunas ONG´S en aproximadamente 15 reuniones, en las cuales se contó con la participación de integrantes de las Comisiones de Atención a Grupos Vulnerables de ambas Cámaras durante la LX Legislatura, así como de entidades y dependencias de la administración pública federal, obteniendo como resultado un Proyecto de Dictamen. Enero de 2009, se acordó que el Proyecto de Dictamen sería aprobado en Cámara de Diputados. Abril de 2009, el Proyecto de Dictamen se “atora” en Cámara de Diputados donde no se logró su aprobación.

46 Cambio de estrategia: El Dictamen se aprueba por unanimidad en la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables el 26 de Noviembre del (Lo firman PAN, PRD y PRI) Falta aprobación en la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda. Abril 2010, Senadores PAN (2) y PRI (1) de la la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, firman el Dictamen. Inmediatamente, senadores del PRI de ambas Comisiones retiran (tachan) su firma, por lo que no se alcanzan las firmas necesarias para presentar el Dictamen a votación ante el Pleno.

47

48 Febrero 2010, la Diputada Claudia Edith Anaya Mota (PRD) presenta Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se deroga la Ley General de las Personas con Discapacidad y se crea la Ley General para la Integración Social de las Personas con Discapacidad. Abril 2010, la Diputada Yolanda de la Torre Valdez (PRI) presenta Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad. Mayo 2010, se presenta el Dictamen como una nueva iniciativa en la Comisión Permanente por Legisladores del PAN, misma que se turna a Cámara de Diputados. Mayo 2010, a partir del día 6, la Cámara de Diputados tiene en su facultad la posibilidad de dictaminar las diversas iniciativas.

49 Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de las Personas con Discapacidad Sen. Guillermo Tamborrel Suárez, Dip. María Joann Novoa Mossberger, Dip. Yolanda Del Carmen Montalvo López, Dip. Velia Idalia Aguilar Armendáriz, Dip. Ana Elia Paredes Arciga, Dip. Laura Margarita Suárez González, Dip. María Sandra Ugalde Basaldúa, Dip. Guadalupe Valenzuela Cabrales, Sen. Emma Lucía Larios Gaxiola y Sen. Alfredo Rodríguez Y Pacheco. (PAN) 6 de mayo de 2010 Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados Estatus: En estudio en Comisión. Objetivo: La presentación de esta Iniciativa surge como una estrategia de los Legisladores del Partido Acción Nacional para dar a conocer al Congreso de la Unión el resultado de la Armonización de la Ley General de las Personas con Discapacidad a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, realizada en las mencionadas 15 reuniones, para que con ello todos los legisladores hagan suyas las propuestas, las conozcan, estudien y se sensibilicen, a fin de logar el consenso que de paso a la aprobación de las reformas propuestas a la Ley en la materia y mejor aún, a favor de las personas con discapacidad.

50 PARTICIPACIÓN DE LOS ASISTENTES

51 Invitación al foro: La Reforma Laboral y los Grupos Vulnerables
¿Qué propone la Iniciativa de la llamada “Reforma Laboral” en favor de los grupos vulnerables, entre ellos a las personas con discapacidad, en qué y cómo los beneficia? Jueves, 17 de junio de 2010, 10 horas, Auditorio Sebastián Lerdo de Tejada, ubicado en Donceles 14, Planta Baja.


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