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OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN LA CONTRATACIÓN

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Presentación del tema: "OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN LA CONTRATACIÓN"— Transcripción de la presentación:

1 OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO EN LA CONTRATACIÓN

2 QUIÉN DEBE INSCRIBIRSE CUÁNDO
OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO CON LA SEGURIDAD SOCIAL INSCRIPCIÓN DE LAS EMPRESAS QUIÉN DEBE INSCRIBIRSE Toda persona física o jurídica, pública o privada que contrate trabajadores, en la TGSS. Se le asignará el Código de Cuenta de Cotización para su identificación CUÁNDO Requisito indispensable que sea antes del inicio de la actividad DOCUMENTOS NECESARIOS Impreso de inscripción (modelo TA.6) DNI, pasaporte, escritura de constitución de la sociedad y el NIF, para persona jurídica Póliza de accidentes de trabajo Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO Se comunicará a la Delegación territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de 30 días siguientes a la apertura. Se comunicarán los datos identificativos de la empresa, la actividad y la plantilla AFILIACIÓN Y ALTA DE LOS TRABAJADORES Obligatoria y única para toda la vida La realizará la empresa, el trabajador o la Inspección de Trabajo

3 DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES RELATIVOS A LA SEGURIDAD SOCIAL RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS
¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A AFILIARSE? Los empresarios individuales y las comunidades de bienes, y opcional para trabajadores de cooperativas ¿CUÁNDO HAY QUE AFILIARSE? La afiliación y el alta se llevará a cabo dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad ¿DÓNDE? En las oficinas de la Seguridad Social, mediante impresos oficiales (TA.521) DOCUMENTOS QUE APORTAR Fotocopia del IAE Fotocopia del NIF Certificado del Registro General de Cooperativas Certificado del colegio oficial

4 DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES RELATIVOS A LA SEGURIDAD SOCIAL
COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO Debe hacerla el empresario Se comunicará a la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo Plazo: 30 días siguientes a la apertura Se comunicarán los datos identificativos de la empresa, la actividad que desarrolla y datos de la plantilla

5 DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES RELATIVOS A LA SEGURIDAD SOCIAL
AFILIACIÓN Y ALTA DE LOS TRABAJADORES Es obligatoria y única para toda la vida El alta se presentará antes de iniciar la actividad laboral La realizará la empresa o, en su defecto, el trabajador o la Inspección de Trabajo, se formalizará en el impreso oficial (TA.1 para la afiliación y el modelo TA.2/S para la solicitud de alta) La Seguridad Social asignará a cada trabajador un número de afiliación

6 DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES RELATIVOS A LA SEGURIDAD SOCIAL
VARIACIÓN DE DATOS Y CESE EN LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA Cada vez que un trabajador finalice una relación laboral deberá ser dado de baja Tanto las bajas de los trabajadores como las variaciones que se produzcan en sus datos, deben comunicarse a la Seguridad Social dentro del plazo de los 6 días naturales siguientes a la baja, en modelo oficial. Modelo TA.2/S Cuando se cambie la entidad con la que se tienen cubiertas las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se notificará con 10 días de antelación a la fecha en que surta efecto

7 DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES RELATIVOS A LA SEGURIDAD SOCIAL
LIBRO DE VISITAS Cada centro de trabajo, ocupe o no a trabajadores por cuenta ajena, está obligado a llevar un libro de visitas, con el fin de que los inspectores de trabajo efectúen las diligencias necesarias en sus visitas. El jefe de la Inspección de Trabajo sellará todas sus hojas. Deben conservarse durante un plazo mínimo de 5 años a partir de la fecha de la última diligencia, una vez agotado el mismo

8 DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES RELATIVOS A LA SEGURIDAD SOCIAL
CONSERVACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN: Las empresas deben conservar durante 4 años los documentos de inscripción de la asociación para la protección de accidentes y enfermedades profesionales, los documentos de afiliación de los trabajadores y los partes de altas, bajas y comunicaciones de variación de datos


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