La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana

Presentaciones similares


Presentación del tema: "PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana"— Transcripción de la presentación:

1 PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana
Velázquez Sansores Ruth M. INGENIERÍA EN ADMINISTRACIÓN 4to. Semestre.

2 Introducción En esta respectiva presentación se vera lo referente al pagare, como es su concepto, las partes que lo conforman, los requisitos formales, el régimen fiscal del mismo y las diferencias del pagare y la letra de cambio.

3 ¿Qué es un Pagaré? Es un documento mercantil aceptado como medio de pago, mediante el cual una persona (denominada “firmante”/”librado”) se compromete a pagar, a quien sea tenedor legítimo de dicho documento (denominado “beneficiario”), una determinada cantidad de dinero en una fecha concreta.

4 Partes de un Pagaré El “firmante” o “librado”:
Persona que emite el pagaré y se obliga a pagar la cantidad consignada en el mismo. El (beneficiario) (también llamado «tomador» o «tenedor» del pagaré): Es aquél que tiene en su poder el pagaré y, por tanto, la persona a la que se le deberá pagar la deuda.

5 Requisitos formales de un Pagaré
La denominación de «Pagaré» inscrita en el propio documento. La promesa pura y simple de pagar una suma determinada en moneda nacional o moneda admitida a cotización. La indicación del vencimiento: en caso de que el pagaré no indique el vencimiento, se considerará pagadero a la vista. El lugar de pago. No obstante, el pagaré no necesariamente tiene que pagarse a través de una entidad financiera. El nombre de la persona a quien se ha de hacer el pago o a cuya orden se ha de efectuar: no caben los pagarés en blanco, esto es, sin indicación del beneficiario. La fecha y el lugar en que se firme el pagaré. La firma del que emite el pagaré (firmante).

6 En la práctica, los pagarés emitidos suelen tener un formato general similar al siguiente:

7 Régimen Fiscal del Pagaré
Los pagarés, salvo que contengan la cláusula “no a la orden”, que requiere para su validez ser firmada expresamente (en cuyo caso dejan de ser endosables), son documentos de giro que tributan en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, concretamente en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados. El sujeto pasivo en el caso del pagaré es la persona que lo emite. Por su parte, la base imponible será la cantidad consignada en el pagaré, la cual tributará, mediante los denominados “timbres móviles”, según la escala prevista en la ley para la letra de cambio. El momento de devengo del tributo es el de formalización del acto sujeto a gravamen. Lo relevante no es si el pagaré es objeto de descuento bancario o se tramita en gestión de cobro, sino el tipo de documento mercantil emitido (documento de giro).

8 DIFERENCIAS: “PAGARÉ Y LETRA DE CAMBIO”
1-. Es emitida por el deudor. (Normalmente) 2-. Contiene tasa de interés. 3-. Solicitan ayuda financiera. (Deuda). 4-. Se conforma de dos partes: el suscriptor y el beneficiario o tomador. 5-. Debe existir la promesa incondicional de pagar el mismo promitente una suma determinada de dinero. 6-. En la actualidad es de gran importancia en la practica comercial, ya que es la mas usada por los Bancos. LETRA DE CAMBIO 1-. Es emitida por el acreedor. 2-. No contiene interés. 3-. Solo es intercambio de dinero, mayormente utilizado en los actos de comercio. 4-. Se conforma de tres partes: girador, girado y el beneficiario. 5-. Debe de contener la orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero 6-. En la actualidad a quedado en desuso.

9 Conclusión. Entendimos que el pagare es un medio de pago en el cual una persona se compromete a pagar, sus partes son: un “firmante” o “librado” y del (beneficiario) (también llamado ``tomado´´ o ``tenedor´´ y se compone de requisitos formales para que tenga validez, y nos pudimos dar cuenta que no es lo mismo la letra de cambio al pagare.

10 BIBLIOGRAFÍA EDUCACIÓN FINANCIERA DE LA RED. (En Línea).
Consultado 15-Abril (5:39 p.m.) sk=view&id=1114&Itemid=241 BLIGO. Derecho Mercantil. (En línea). Consultado 15-Abril (6.29 p.m.) letra-de-cambio-cheque-y-pagare#.VS9TXfmG-b8


Descargar ppt "PAGARÉ Alumnas: Alegría Narváez Sandra Odimaris Cauich Puc Adriana"

Presentaciones similares


Anuncios Google