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El acceso a la información pública como derecho fundamental

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Presentación del tema: "El acceso a la información pública como derecho fundamental"— Transcripción de la presentación:

1 El acceso a la información pública como derecho fundamental
Ana Paulina Sabbagh A. Coordinadora -Transparencia en la gestión pública

2 Contenido La información El derecho de acceso a la información
La nueva ley -Cambio de paradigma y desafíos.

3 La información

4 ¿Qué es la información y porqué es importante?
Un grupo de datos puros o procesados, hechos, noticias, DOCUMENTOS Recurso que otorga significado y sentido a la realidad INFORMACIÓN PÚBLICA Toda información ( informes, copias, reproducciones, datos electrónicos, imágenes etc.) que, independientemente del sujeto que la genere, obtenga, adquiera, transforme o controle, sea considerada de interés público. La información es fuente real o potencial de poder - Para quienes la producen - Para quienes tienen o han tenido acceso a ella - Para quienes por acción u omisión pueden negársela a otros La información reduce la incertidumbre en las relaciones sociales

5 Más y mejor información que significa…
Mejores decisiones para la vida Mayor capacidad de tomar decisiones acertadas y de incidir en la gestión de lo público Robustecimiento del debate democrático. Mejor calidad de vida Mejor gobierno Desarrollo y Democracia Mayor confianza, transparencia, responsabilidad, rendición de cuentas Menos corrupción y excesos de discrecionalidad Mejores instrumentos para formulación de proyectos, programas y políticas públicas Autodeterminación colectiva

6 El derecho de acceso a la información

7 ¿Qué es un derecho fundamental?
Es un ámbito de libertad que se le reconoce a las personas frente al Estado Se reconoce por un “Derecho” para que el Estado y/o sus autoridades públicas no impidan hacer uso de esa libertad Se reconoce en el mas alto nivel y tiene mecanismos jurídicos de protección Todas las leyes y demás disposiciones jurídicas se subordinan

8 El acceso a la información
No siempre poder accede a la información fue posible. En la inquisición- No se podían difundir pensamientos e ideas libremente. “La libre comunicación de los pensamientos y las opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre: todo ciudadano puede entonces hablar, escribir e imprimir libremente, salvo su obligación de responder al abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley” Sólo hasta la Declaración Universal De Los Derechos Del Hombre Y Del Ciudadano.  Derecho a la libertad de expresión

9 El acceso a la información como derecho fundamental
Es el Derecho que tiene toda persona de acceder y conocer, de manera anónima y sin necesidad de justificación, sobre la existencia de información pública en posesión o bajo control de los sujetos obligados. Aplica a todas las personas independiente de su lugar de nacimiento, nivel de ingreso o características físicas Permite proteger los intereses mas importantes de las personas, ya que salvaguarda los bienes básicos para la construcción de los planes de vida Es un bien jurídico y público Dimensión individual y colectiva

10 Articulo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos, ratificado por Colombia el 29 de octubre de 2969. Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; Artículo 10 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. Constitución Política, Art. 74: Todas las personas tiene derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley. El derecho de acceso a la información es un derecho humano fundamental protegido por los artículos 13 de la Convención Americana y 19 de la Declaración Universal de Derecho Humanos

11 No es un tema nuevo en la región
Principios sobre el derecho de acceso a la información elaborados por el Comité Jurídico Interamericano en la resolución CJI/RES.147 (LXXIII-o/08) en Río de Janeiro, Brasil, el 7 de agosto de 2008; Resolución de la Asamblea General de la OEA AG/RES 1932 (XXXIII-O-03) sobre Acceso a la Información Pública: Fortalecimiento de la Democracia; principios del derecho a saber que elaboró la organización Artículo XIX y que fueran refrendados por Abid Hussain, Relator Especial de Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión de la OEA (Informe de 1999, volumen III del Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) OAS; Declaración de Chapultepec; Principios de Johannesburgo sobre la Seguridad Nacional, la Libertad de Expresión y el Acceso a la Información aprobados el 1 de octubre de 1995; Principios de Lima de 16 de noviembre de 2000; Declaración de Nuevo León Cumbre Extraordinaria de las Américas, Monterrey, 2004 Corte I.D.H., Caso Claude Reyes y otros. Sentencia de 19 de septiembre de Serie C No. 151, párrs. 76 y 78. Ver también: Corte I.D.H., Caso López Álvarez Vs. Honduras. Sentencia de 1 de febrero de Serie C No. 141, párr. 77; y Corte I.D.H., Caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica. Sentencia de 2 de julio de Serie C No. 107, párr. 108. No es un tema nuevo en la región

12 ¿Para qué sirve el derecho de acceso a la información?
Fortalecer la democracia representativa y participativa Promueve el buen gobierno Facilitar el ejercicio de una ciudadanía activa: herramienta control social Garantizar un debate vigoroso sobre lo público Contribuir a la gestión gubernamental transparente Promueve la transparencia y libre circulación de ideas Facilitar el mercado de información libre y simétrico

13 Acceso a la Información
Transparencia Rendición de Cuentas Participación Ciudadana Control Social Adecuar y fortalecer el marco regulatorio relacionado con el acceso a la información, impacta directamente en la promoción de prácticas favorables a la eficiencia administrativa y robustecimiento de la cultura democrática a través de más transparencia, participación ciudadana, rendición de cuentas y control social ciudadano Limitar el acceso a la información pública, va en detrimento de todo esto

14 Derechos Económicos y Sociales
Como derecho y como instrumento y garante de otros derechos: soporte Estado Social de Derecho Derechos políticos Derechos Económicos y Sociales Financiación, voto informado, y conflicto de intereses Seguimiento a planes, programas y políticas Conocimiento sobre las formas de gobierno, sus desarrollos y alcances Control social y político, fiscalización de autoridades Educación Salud Acceso a la justicia

15 Divulgación proactiva Responsabilidad en el uso
Principios del Derecho de acceso a la información pública Máxima publicidad Buena fé Facilitación No discriminación Gratuidad Celeridad Eficacia Calidad Divulgación proactiva Responsabilidad en el uso

16 ¿Cuál es el rol del Estado para garantizar este derecho?
“deber del Estado de no obstaculizar o impedir el acceso al goce de los bienes que constituyen el objeto del derecho” 1. RESPETAR. ”impedir que terceros obstaculicen o impidan el acceso a esos bienes”. 2. PROTEGER “Suponen asegurar que el titular del derecho acceda al bien cuando no puede hacerlo por sí mismo”. 3. GARANTIZAR “deber de desarrollar condiciones para que los titulares del derecho accedan al bien. 4. PROMOVER ¿Cuál es el rol del Estado para garantizar este derecho?

17 Obligación de transparencia activa
¿Cuáles son las obligaciones del Estado para garantizar este derecho? 1 2 3 Obligación de responder de manera oportuna, completa y accesible a las solicitudes Obligación de contar con un recurso que permita la satisfacción del derecho Obligación de contar con un recurso judicial idóneo y efectivo para la revisión de las negativas de entrega 4 Obligación de transparencia activa

18 ¿Cuáles son las obligaciones del Estado para garantizar este derecho?
5 6 7 Obligación de producir o capturar información Obligación de generar una cultura de transparencia Obligación de implementación adecuada 8 Obligación de adecuar el ordenamiento jurídico

19 Información accesible y comprensible
Transparencia Activa Estado pone información a disposición de los ciudadanos Información accesible y comprensible Transparencia Pasiva Las personas realizan solicitudes de información y el Estado esta obligado a responder Explicación de la negativa y existencia de procedimientos rápidos y efectivos

20 Como derecho también tiene restricciones
1. Deben estar establecidas por la ley (No decretos o resoluciones) 2. Deben tener un objetivo legítimo 3. Deben ser necesarias en una sociedad democrática Estrictamente necesarias No existe otro medio para obtener el objetivo. Conducentes Coherente para la obtención del objetivo Proporcionales El beneficio de restringir el derecho debe ser mayor que el beneficio que se obtiene de no restringirlo. Prueba de daño e interés público

21 La nueva ley -Cambio de paradigma y desafíos.

22 Problemas de Acceso la información pública en Colombia- Antecedentes
Prácticas Amplia discrecionalidad en el manejo de la información: destrucción de documentos o retiro de los mismos de los archivos de las entidades. Negar habitualmente la información que se solicita: a los ciudadanos y a los otros funcionarios. La información como recurso estratégico que no puede ser compartido. Norma Dispersión normativa a nivel legislativo. Normas pre-constituyentes. Retraso frente a estándares internacionales. Inexistencia de ley estatutaria Ausencia de política proactiva e integral de transparencia. Jurisprudencia constitucional abundante desconocida e inaplicada.

23 PROPÓSITO: Regular derecho fundamental de acceso a información pública
Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública nacional Con esta ley, Colombia se alinea a la tendencia regional de legislación sobre el derecho de acceso a la información que lideran México, Chile y más recientemente Brasil. Derecho de acceso Procedimientos para el ejercicio y su garantía Las excepciones PROPÓSITO: Regular derecho fundamental de acceso a información pública

24 Información que genere, obtenga, adquiera, o controle
Principales logros de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública La ley contiene los principios básicos para garantizar el derecho de acceso a la información pública. Se logra el reconocimiento independiente y autónomo del derecho de acceso a la información pública Funciona reserva de información para evitar la discrecionalidad que hoy nos rige. - El proyecto de ley contiene los principios básicos para garantizar el derecho de acceso a la información: concepto del derecho, ámbito de aplicación, contenido de la información, excepciones y garantía y promoción del derecho. En relación con el marco conceptual, se logra el reconocimiento independiente y autónomo del derecho de acceso a la información pública, así como la consagración del principio de máxima publicidad para titular universal como criterio central del cual se desprenden otros principios como el de buena fe y otras reglas propias y separadas de las del derecho de petición. Otro aspecto positivo del proyecto es cómo funciona la reserva de información para evitar la discrecionalidad que hoy nos rige. Hoy existe dispersión normativa con secreto fácil y sin exigencia de motivación o pruebas sobre los temas más disímiles incluidos los datos de petroleras y las actas del consejo de ministros. Con una interpretación integral de la nueva norma (artículos 18, 19 y 29), la carga de la prueba para negar el acceso la tendría quién quiere aplicar una reserva y además deberá cumplir tres requisitos: (1) la información reservada o confidencial sólo puede referirse a objetivos legítimos previamente definidos por esta norma estatutaria, (2) tiene que estar consagrada en dicha calidad en una ley distinta de la norma estatutaria o en la Constitución y (3) el rechazo deberá basarse en razones y pruebas que fundamenten y contribuyan a una ponderación de la cual se derive que la revelación causaría un daño presente, probable y específico que exceda el interés público que representa el acceso a la información pública. Información que genere, obtenga, adquiera, o controle

25 Cambio de paradigmas Acceso a la información como procedimiento administrativo Acceso a la información como garantía para otros derechos Acceso a la información como una carga adicional a las entidades Acceso a la información como uno de los pilares del buen gobierno Transparencia Control Social Rendición de cuentas Participación ciudadana Derechos Políticos Derechos Sociales Derechos Económicos

26 Tenemos algunas herramientas para hacer frente al elementos del Derecho
Programa de Gestión documental Plan Anticorrupción Servicio al Ciudadano Estrategia Anti trámites Gestión de Calidad Estrategia de Gobierno en línea Sistema electrónico de Contratación Pública Iniciativa de Datos Abiertos Sistema de Gestión del Empleo Público Ley de Archivos Modelo Integrado de Planeación y Gestión Políticas de lenguaje claro Si las entidades tienen implementado el sistema de gestión documental, han hecho un gran avance

27 Desafíos para los entes territoriales
Traducir todo esto en procesos, procedimientos e institucionalidad real Existen limitaciones institucionales y culturales para que los sujetos obligados dispongan y divulguen información pública. El conflicto armado y la violación de DDHH agudizan la desconfianza entre los actores y por ende el acceso a la información. Las capacidades institucionales son bastante asimétricas en el nivel territorial y en las dependencias de las entidades. Cambio en la cultura política de los servidores públicos y los ciudadanos Respeto Personas que beneficiando a terceros, pueden negar el acceso a la información. Definir herramientas y canales para el acopio, custodia y divulgación de información pública. Monitoreo y control del cumplimiento por parte de la administración Proteger

28 Desafíos para los entes territoriales
Sopesar el interés general sobre las particularidades Tampoco se establece un órgano autónomo para la promoción, control y sanción a la garantía del derecho. Garantía del derecho queda en primera instancia en los administradores locales Garantizar Rediseños institucionales para formar (sensibilizar, capacitar y asesorar) a los ciudadanos y servidores públicos. Transparencia activa Promover

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