Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porEncarnación Belles Modificado hace 9 años
1
“Estado de Avance Sistema Ventanilla Única Fase III - Varios.”
Ministerio del Medio Ambiente Marcos Serrano Ulloa Jefe Departamento de Estadística e Información Ambiental Septiembre de 2013
2
Emisiones Atmosféricas por Región
3
Calidad de los Datos
4
Emisiones RILES por Región
5
Sistema de Fiscalización de Norma de Emisión Residuos Industriales Líquidos
6
Composición Residuos Peligrosos
7
Modificaciones SIDREP
8
Sistema Ventanilla Única del RETC
9
¿Qué es la Ventanilla Única del RETC?
La Ventanilla Única (VÚ) del RETC, es un portal web de entrada a los distintos sistemas sectoriales de declaración vigentes, que permitirá la captura y estandarización de información relevante a nivel ambiental WS Captura en Ventanilla Única: Producción. Consumo de Energía. Uso de Combustibles. Gasto en Protección Ambiental. Una sola Clave por usuario para acceder a los sistemas sectoriales de declaración. WS WS Usuarios Claves Directorios Nomenclaturas Códigos WS WS WS WS WS
10
Tipos de Usuarios del Sistema Ventanilla Única del RETC
Municipio Municipio Municipio
11
Solicitud Usuario Establecimiento
12
Usuario Establecimiento
“ El ingreso a la ventanilla única del RETC se realizará mediante un identificador de establecimiento o fuente, según corresponda, y su respectiva contraseña. Tanto el identificador como la contraseña serán entregados por medio de un correo electrónico. Para ello, previamente se debe haber completado un formulario en donde se ingresan los datos del establecimiento y cualquier otro que se estime necesario. La información incluida en este formulario se mantendrá en la base de datos del RETC”. (Artículo 17)
13
Entrar en www.retc.cl y hacer click en Ventanilla Única
14
Solicitud de Usuario Establecimiento
15
Solicitud de Usuario Establecimiento
16
Formulario Solicitud Usuario Establecimiento
17
Envío Formulario Solicitud Usuario Establecimiento
18
Obligaciones Usuario Establecimiento
Declaración de Información de Producción. (artículo 8 letra f) Declaración Gasto Protección Ambiental. (artículo 8 letra g) Declaración Jurada Electrónica de las Emisiones, Residuos y/ Transferencias (artículo 16)
19
Infracciones Superintendencia del Medio Ambiente
“Artículo 35, letra m) El incumplimiento de la obligación de informar de los responsables de fuentes emisoras, para la elaboración del registro al cual hace mención la letra p) del artículo 70 de la ley Nº ”.
20
Declaraciones a través de Ventanilla Única
Cuerpo Normativo Fecha D.S 609/1998 MOP A partir del 2 de mayo del 2014 D.S 90/2000 MINSEGPRES D.S 46/2002 MINSEGPRES D.S 148/2004 MINSAL D.S 138/2005 MINSAL Hasta el 30 de abril 2015 D.S 4/2009 MINSEGPRES D.S 1/2013 MMA art. 26, 27 y 28 Hasta el 30 de marzo del 2015
Presentaciones similares
© 2024 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.