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Actualización de Políticas que rige el Ministerio de Finanzas y Precios.

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1 Actualización de Políticas que rige el Ministerio de Finanzas y Precios

2 ACUERDOS PREFERENCIALES DE CUBA CON AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

3 Acuerdos comerciales firmados Cuba tenía firmados 11 Acuerdos Comerciales de alcance parcial de Complementación Económica en el marco de la ALADI: Brasil, Argentina, Uruguay, Paraguay, México, Colombia, Venezuela, Bolivia, Perú, Ecuador y Chile. – Los 4 Acuerdos firmados con los países fundadores del MERCOSUR fueron sustituidos (multilateralizados) por el ACE No 62 del tipo 4+1 firmado con este bloque. – Hay 4 Acuerdos de Alcance Parcial (AAP) suscritos con Guatemala, El Salvador y Panamá, y Nicaragua. – Acuerdo de Cooperación y Comercio con el CARICOM.

4 Acuerdos Regionales o plurilaterales ACUERDO MARCO (AR No.8) PARA LA PROMOCION DEL COMERCIO MEDIANTE LA SUPERACION DE LOS OBSTACULOS TECNICOS AL COMERCIO. - Suscrito el 8 de diciembre de 1997 - Cuba se adhirió el 3 de diciembre de 2001 - Fin de evitar que los reglamentos técnicos se constituyan en OTC en base a los compromisos en el marco de la OMC - Promueve la armonización de los reglamentos técnicos y la evaluación de la conformidad. ACUERDO REGIONAL (AR No.4) RELATIVO A LA PREFERENCIA ARANCELARIA REGIONAL (PAR) (ALADI). Suscrito el 27 de abril de 1984 Cuba suscribe Tercer Protocolo el 26 de julio de 1999 Vigencia el 31 de enero de 2000 Cuba tiene una Lista de Excepciones de 960 productos sensibles que no participan de este mecanismo Cuba recibe 12% de preferencia de los PMDER; 20% de los PDI y 28% de Argentina, Brasil y México. Cuba otorga 12% a la Argentina, Brasil y México; 20% a los PDI; 28% al Ecuador y 34% a Bolivia y Paraguay por mediterraneidad

5 Acuerdos Regionales o plurilaterales NOMINAS DE APERTURA DE MERCADO con Bolivia (AR No.1), Ecuador (AR No.2), y Paraguay (AR No. 3). (ALADI) NAM con Bolivia suscrita 26 de julio de 1999, vigente el 31 de enero de 2000. Cuba otorga 100% a 8 productos solicitados por Bolivia. NAM con Ecuador suscrita 26 julio de 1999, vigente 31 enero de 2000. Cuba otorga 100% a 50 productos solicitados por Ecuador NAM con Paraguay suscrita 26 julio de 1999, vigente 31 enero de 2000. Cuba otorga 100% a 68 productos solicitados por Paraguay. ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL (AG No.2) PARA LA LIBERACIÓN Y EXPANSIÓN DEL COMERCIO INTRARREGIONAL DE SEMILLAS. (ALADI) Suscrito el 22 de noviembre de 1991 Adhesión Cuba el 17 de octubre de 1994 No participa México. Es Agropecuario por el Articulo 12 del TM-80 Los países se otorgan 100% de preferencia a una lista de 130 tipos de semillas

6 A pesar de que el MINCEX con el apoyo de la Cámara de Comercio, Aduana General de la República y Ministerio de Finanzas y Precios, trabaja en función de la divulgación y asesoramiento de las entidades en estos temas, la utilización de estos acuerdos por parte del empresariado cubano es deficiente.

7 Numerosas empresas en el país presentan desconocimiento de las posibilidades y beneficios de los acuerdos de comercio y no utilizan las preferencias existentes tanto para la importación como para la exportación. Se privan de reducir o eliminar los aranceles de importación, que da la posibilidad de reducir los costos de productos importados, contribuyendo a la eficiencia y competitividad de estas entidades. Las exportaciones pierden competitividad en otros mercados. Aprovechamiento de acuerdos preferenciales

8 POLÍTICA DE PRECIOS

9 PRECIOS MAYORISTAS ACTUALIZACIÓN DEL MODELO ECONÓMICO CUBANO Necesidad de revisar integralmente el sistema de precios. ESCENARIO DE LA ECONOMÍA: Dualidad monetaria y cambiaria Economía dependiente de importaciones Tendencia alcista de precios externos. Alta centralización de la economía por las restricciones de recursos. Insuficiencias del sistema empresarial En respuesta a los Lineamientos 66,67,68, 190 y otros vinculados. Se aprueba la Política de Precios Mayorista.

10 PRECIOS MAYORISTAS PRECIOS MAYORISTAS : SE RECONOCEN DOS MÉTODOS CLÁSICOS PARA LA FORMACIÓN DE PRECIOS: CORRELACIÓN, EN PRIMER ORDEN Y CUANDO NO SEA POSIBLE, SE FORMAN POR MÉTODOS DE GASTOS. LOS PRECIOS MAYORISTAS, COMO NORMA, DEBEN CUBRIR COSTOS Y GASTOS NECESARIOS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ESTIMULAR LA EFICIENCIA SE APLICA GRADUALMENTE EN EL ESCENARIO ACTUAL Y EN EL DE UNIFICACIÓN MONETARIA.

11 PRECIOS MAYORISTAS ¿QUÉ ES LA CORRELACIÓN DE PRECIOS? SIGNIFICA FORMAR PRECIOS, TOMANDO COMO REFERENCIA LOS DE SIMILARES DEL MERCADO EXTERNO O INTERNO (importados o de producción nacional) CON CALIDADES EQUIVALENTES. SE ELABORA PROCEDIMIENTO PARA DEFINIR SUS BASES O PARÁMETROS A CONSIDERAR, SEGÚN PROCEDA. (Las generalidades para aplicar este método se definen en la Metodología General que regirá en el nuevo escenario de la economía) ¿A QUÉ SE DENOMINA FORMAR PRECIOS POR MÉTODOS DE GASTOS ? A LA DETERMINACIÓN DE PRECIOS, ADICIONANDO ELEMENTOS QUE COMO NORMA LO COMPONEN, previo análisis de las reservas de eficiencia: Costos y Gastos Utilidad, por normativa, según se apruebe. Tributos que correspondan

12 PRECIOS MAYORISTAS ¿Cómo se forman los precios mayoristas en las relaciones entre las entidades estatales cubanas, con las empresas mixtas, asociaciones económicas internacionales, representaciones o entidades extranjeras, y organizaciones o asociaciones no gubernamentales, así como con personas naturales y otras formas de gestión no estatal ? No hay diferencias. Se forman en primer orden por correlación y de no ser posible, por métodos de gastos, excepto para aquellos bienes y servicios que se fijen centralmente por la autoridad competente, o se autorice un método de formación diferente por el MFP.

13 PRECIOS MAYORISTAS LOS PRODUCTORES NACIONALES TENDRÁN EN CUENTA LAS CONDICIONES DE CALIDAD, FORMATO Y VIDA ÚTIL, ENTRE OTROS ATRIBUTOS. NO PODRÁN ESTAR AJENOS A LAS SEÑALES DEL MERCADO, NI DEL ANÁLISIS PERMANENTE DE LOS COSTOS Y GASTOS.

14 PRECIOS MAYORISTAS En las actividades de servicios, dada su diversidad de modalidades, características y complejidades, las tarifas se forman por oferta y demanda, teniendo en cuenta las referencias de similares, el comportamiento de bandas de precios o tarifas y considerando sus prestaciones en cada caso. Cuando con el precio correlacionado de las producciones y servicios no se cubran los costos y gastos, se utiliza el método de gastos. Puntualmente se podrán aplicar precios por correlación, aún cuando no se cubran todos los costos y gastos, en cuyo caso se asumirán las afectaciones por la entidad o por el Presupuesto del Estado, de ser previamente autorizado por este Ministerio.

15 LAS COMERCIALIZADORAS, incluyendo a las importadoras: Su Margen Comercial se determina a partir de las Tasas de Margen Comercial (TMC), que mantienen su carácter de máximas y funcionales. SE RATIFICA que, cuando se obtengan utilidades en operación comercial por encima del 50 % de las establecidas en la propia Tasa (oscilan entre un 5 y 8 %): SE DEBEN DISMINUIR LAS TMC Para evitar encarecimientos de los costos de la economía interna.

16 APROBACIONES DE PRECIOS MAYORISTAS Efectuado proceso de descentralización de facultades. En continuo perfeccionamiento, de manera que en lo posible, mayoritariamente se aprueben por las propias empresas. Actualmente, sólo se centraliza en el MFP una nomenclatura reducida, por su alto impacto en la economía nacional (combustible, energía transportación de carga, cemento, barras de acero, entre otros). LINEAMIENTO 68: CENTRALIZAR SÓLO, LO QUE INTERESE REGULAR ECONÓMICA O SOCIALMENTE.

17 PATRIMONIO DEL ESTADO

18 Decreto Ley No. 227- Del Patrimonio del Estado Faculta al Ministerio de Finanzas y Precios al control financiero del destino de los bienes y derechos del patrimonio estatal, realización de inventarios, avalúos, y la supervisión en cuanto a su registro contable. Emitiéndose, las resoluciones nos. 446/2002; 216/2003; 99/2010 y 83/2012 del MFP.  Resolución No. 446/2002 Tratamiento financiero para el movimiento de los activos fijos tangibles.  Resolución No. 99/2010 Metodología del Control Interno del Patrimonio Estatal, disponiendo las Guías para realizar los controles correspondiente.  Resolución No. 216/2003, Procedimiento para el pago al fisco del valor de los derechos de propiedad, usufructo, superficie u otros derechos reales, transmitidos por el CECM, sobre bienes de propiedad estatal a sociedades mercantiles u otras entidades.  Resolución No. 83/2012. Norma la actividad de valuación de activos.

19 ¿Qué debemos tomar en cuenta ante una solicitud de excepción de la compraventa de un bien mueble o inmueble? La solicitud debe ser realizada por los jefes máximos de los órganos u organismos de la Administración Central del Estado y OSDE, debiendo cumplir con lo siguiente: 1.Fundamentación económica. 2.Documento del MEP, que autoriza traspaso de actividad, o cambio de uso si se trata de un bien inmueble. 3.Acuerdo del Consejo de la Administración Provincial o Resolución, de los jefes máximos de los órganos u organismos de la Administración Central del Estado, Director General del OSDE y de las organizaciones y asociaciones, que autoriza el traspaso de los bienes. 4.Comunicación del Jefe máximo de la entidad que tiene asignado el bien inmueble objeto de traspaso, donde certifique que el mismo se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad, a favor del Estado cubano. 5.Descripción de los bienes objeto de movimientos, el valor de adquisición registrado en libros y el valor no depreciado, o el que se acuerde entre las partes. 6.Nombre completo de la persona jurídica que cede el bien y la que lo recibe.

20 1.Los expedientes de los inmuebles estén custodiados por un miembro del Consejo de Dirección. 2.De los inmuebles exista el certifico del valor contable. 3.Resolución del Registro de Patrimonio que certifica que el inmueble pertenece a la entidad. 4.Todos los AFT estén registrados en la contabilidad. ¿ Qué aspectos fundamentales deben contemplarse durante la supervisión de bienes del Patrimonio Estatal

21 1.Se formalizarán dentro del término de los ciento veinte (120) días siguientes a la fecha de la disposición por la cual se transmite el derecho real. 2.Contendrá, como mínimo el nombre, la denominación o razón social, el número de identificación tributaria y el domicilio fiscal de la entidad, la descripción del bien sobre el cual recae el derecho real, el valor del derecho real transmitido, los plazos, las cantidades y los términos en que estas se abonarán. 3.El pago se efectuará en las oficinas bancarias correspondientes al domicilio fiscal de la entidad, en la moneda en que esta realice sus operaciones. Las entidades que realicen operaciones en moneda nacional (mn) y en moneda libremente convertible (mlc), el pago lo efectuarán en moneda nacional, salvo otra disposición que adopte el Consejo de Ministros o su Comité Ejecutivo. ¿ Qué aspectos fundamentales para suscribir el Convenio de Pago

22 ORGANISMO RECTOR MINISTERIO DE FINANZAS Y PRECIOS ENTIDADES VALUADORAS Agencia Internacional de Inspección, Ajuste de Averías y Otros Servicios Conexos Consultores Asociados S.A. Banco de Crédito y Comercio Agencia de Supervisión y Servicios Aduanales

23 POLÍTICA CONTABLE

24 “En el primer viaje de Colón a América, además de aventureros y sacerdotes, venía un contador que informaría a los Reyes Católicos de las posibles ganancias de la expedición”.

25 Política Contable Activación total del Sistema de Contabilidad Gubernamental como sistema integrado de información financiera del Estado. – Sistema Presupuestario – Sistema de Tesorería – Sistema de Crédito Público – Sistema de Recursos Financieros – Sistema de Contabilidad Gubernamental

26 Política Contable Concluir la armonización y emisión de las Normas Cubanas de Información Financiera – Perfeccionamiento de las proformas de estados financieros. – Captación de los estados financieros por la Oficina Nacional de estadística e Información. – Incorporación de la determinación y cálculo del Valor Agregado bruto a partir de los estados financieros.

27 MUCHAS GRACIAS


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