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EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA)

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Presentación del tema: "EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA)"— Transcripción de la presentación:

1 EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA)
Acceso abierto y repositorios de documentos EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA)

2 CONTENIDOS Introducción al acceso abierto (Open Access) Cómo alcanzar el acceso abierto Copyright y auto-archivo: hábitos de los autores Creative Commons El Repositorio Institucional de Asturias (RIA) El Proveedor de Servicios buscaRIA Políticas de acceso abierto del Principado de Asturias Recomendaciones finales sobre Open Access y repositorios de auto-archivo

3 INTRODUCCIÓN AL ACCESO ABIERTO
(OPEN ACCESS)

4 I. INTRODUCCIÓN AL ACCESO ABIERTO (OPEN ACCESS)
Algunas definiciones Acceso abierto. Sin restricciones, Inmediato, Permanente, Texto completo, A través de Internet. E-print. Se considera e-print a la versión electrónica de un trabajo científico o cualquier documento de un repositorio. Archivo abierto. Los archivos abiertos de eprints son repositorios electrónicos donde los autores depositan (autoarchivan) las versiones completas de sus artículos ya revisados o las versiones preliminares que están pendientes de la revisión por pares (Bailey, 2005). Repositorio Institucional. “Archivos digitales de productos intelectuales accesibles a los usuarios con pocas o ninguna barrera e interoperables” Características: Recogen la producción de una institución. Algunas instituciones obligan a los autores a hacer el autoarchivo. Existen algunos consorciados de carácter Suprainstitucional.

5 I. INTRODUCCIÓN AL ACCESO ABIERTO (OPEN ACCESS)
¿Qué es open access? “Open access o acceso abierto es aquel que permite el libre acceso a los recursos digitales derivados de la producción científica o académica sin barreras económicas o restricciones derivadas de los derechos de copyright sobre los mismos. Esta producción engloba no sólo artículos publicados en revistas, sino también  otro tipo de documentos como objetos de aprendizaje, imágenes, datos, documentos audiovisuales, etc. El acceso es online a través de Internet, y salvo limitaciones  tecnológicas y de conexión a la red, el usuario no debería estar restringido por otro tipo de imposiciones (Peter Suber, 2006)”.

6 I. INTRODUCCIÓN AL ACCESO ABIERTO (OPEN ACCESS)
¿Por qué surge el movimiento open access? (Melero, 2005) Desproporcionada subida de precios de las revistas científicas, iniciada en la década de los 80, conocida como la crisis de las publicaciones seriadas (serials crisis). Control de los derechos de copyright ejercido por las editoriales sobre los trabajos  publicados. Imposiciones de las editoriales  en políticas de acceso y distribución (big deals). El avance de las nuevas tecnologías e Internet. La respuesta  de la comunidad científica y de la sociedad ante estos abusos editoriales. La libertad intrínseca de internet  para el tráfico y para compartir información.

7 I. INTRODUCCIÓN AL ACCESO ABIERTO (OPEN ACCESS)
Declaraciones de ámbito internacional. Sostienen y perfilan la definición de open access, las tres más importantes son: Declaración de Budapest (Budapest Open access Initiative, BOAI) de Define open access como el libre acceso a través de internet a la literatura científica. Declaración de Bethesda (2003). Se menciona el archivo inmediato de los trabajos para facilitar este acceso en abierto. Declaración de Berlín también del año Esta declaración es especialmente relevante porque la adhesión a la misma significa un apoyo al paradigma open access y compromete  a las instituciones a favorecer las “vías open access”. Otras declaraciones. A partir de éstas declaraciones, grupos de trabajo, sociedades profesionales o instituciones internacionales han realizado declaraciones de apoyo y reconocimiento  del valor intrínseco del open access, Entre estas instituciones se encuentra la UNESCO, la IFLA, la OCDE o la Comisión Europea.

8 II. CÓMO ALCANZAR EL ACCESO ABIERTO

9 II. CÓMO ALCANZAR EL ACCESO ABIERTO
Repositorios institucionales open access Compromiso de una institución de hacer visible la producción de sus profesionales (investigadores, técnicos, profesores…) mediante herramientas que lo permitan, estableciendo políticas para su uso y depósito y con la implicación de distintos estamentos para su desarrollo, desde el personal de apoyo (bibliotecarios, servicios de información, técnicos informáticos) a los investigadores y gestores de la institución. La preservación en el tiempo de los contenidos albergados en los repositorios. Este es un tema relevante cuando se pone en marcha un repositorio de este tipo, ya que no tiene sentido crear un archivo, cuyos contenidos, los objetos digitales, no fueran accesibles con el paso del tiempo. Un repositorio institucional es algo vivo, que hay que cuidar, alimentar y conservar para que su funcionalidad y crecimiento sea el adecuado (Peter Suber).

10 III. COPYRIGHT Y AUTO-ARCHIVO:
HÁBITOS DE LOS AUTORES

11 III. COPYRIGHT Y AUTOARCHIVO: HÁBITOS DE LOS AUTORES
Los autores y el copyright Cesión exclusiva del copyright (derechos de explotación) a la editorial. Esto significa que el autor, salvo en algunos casos, como para uso personal o con fines didácticos, pierde el control sobre la explotación y uso de su obra. Esta cesión limita el poder archivar los ficheros en repositorios institucionales o temáticos, incluso es sus páginas web. Para poder depositar en un repositorio institucional o temático los ficheros correspondientes, es necesario que así se reconozca en el acuerdo que se firma con la editorial. El copyright no es un tema que despierte mucho interés entre los investigadores a la hora de publicar, y además el desconocimiento sobre el mismo es bastante generalizado. La preocupación es publicar en aquellas revistas de mayor impacto sin que el copyright, el precio o la difusión de las mismas jueguen un papel relevante en la elección de la revista, sin embargo como lector desearía que el acceso online a los trabajos estuviera exento de barreras. Paradoja de Dr. Jekyll y Mr. Hyde.

12 III. COPYRIGHT Y AUTOARCHIVO: HÁBITOS DE LOS AUTORES
Los autores y el copyright Siguen adoptando el modelo clásico de la publicación en revistas de impacto, motivados por el sistema de evaluación y promoción basado en la publicación y no en el acceso a la misma. Desconocimiento sobre las políticas open access de la propia institución. Todavía queda camino por recorrer en el cambio de hábitos de los autores en cuanto al auto-archivo de sus publicaciones, no sólo por obligación, sino porque el auto-archivo forme parte de las actividades habituales de su trabajo.

13 III. COPYRIGHT Y AUTOARCHIVO: HÁBITOS DE LOS AUTORES
Actitudes de los investigadores respecto al open access y al auto-archivo en repositorios El proceso de evaluación peer review es muy importante en el mantenimiento de la calidad de las publicaciones. Las descargas de archivos pueden ser un buen indicador del impacto de un trabajo. Ignorancia de cuestiones relacionadas con el copyright: derechos propios del autor, política editorial sobre auto-archivo, etc. 49% de los encuestados al menos han depositado un artículo durante los últimos 3 años, y la mayoría tienen página web personal. Desconocimiento sobre el movimiento open access en general. Miedo a la pérdida de control sobre artículos depositados en repositorios (plagio, conflictos de interés, dudas sobre la calidad del medio). Falta de motivación: “No encuentro el momento...” ¿cómo?. Resistencia al cambio en el sistema “inercia”. Simple objeción a compartir.

14 IV. CREATIVE COMMONS

15 IV. CREATIVE COMMONS ¿Qué es Creative Commons?
Creative Commons es una organización no gubernamental sin ánimo de lucro que desarrolla planes para ayudar a reducir las barreras legales de la creatividad, por medio de nueva legislación y nuevas tecnologías. Fue fundada por Lawrence Lessig, profesor de derecho en la Universidad de Stanford y especialista en ciberderecho. Creative Commons (en español: bienes comunes creativos) es también el nombre dado a las licencias desarrolladas por esta organización. Estas licencias pretenden adaptar la legislación en materia de Propiedad Intelectual al entorno electrónico. El autor decide en qué condiciones pone su obra a disposición en internet. Existe una licencia elaborada y una versión redactada de forma comprensible mediante iconos. En Noviembre del 2008 se publicó la versión 3.0 de estas licencias.

16 IV. CREATIVE COMMONS Condiciones Creative Commons
Con estas cuatro condiciones se pueden generar seis licencias a escoger: Reconocimiento (Attribution): El material creado por un autor puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceras personas si se muestra en los créditos. No Comercial (Non commercial): El material original y los trabajos derivados pueden ser distribuidos, copiados y exhibidos mientras su uso no sea comercial. Sin Obra Derivada (No Derivate Works): El material creado por un autor puede ser distribuido, copiado y exhibido pero no se puede utilizar para crear un trabajo derivado del original. Compartir Igual (Share alike): El material creado por un autor puede ser modificado y distribuido pero bajo la misma licencia que el material original.

17 IV. CREATIVE COMMONS Licencias Creative Commons
Reconocimiento (by). Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción. Reconocimiento – NoComercial (by-nc). Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales. Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa). No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original. Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by – nc – nd). No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.

18 IV. CREATIVE COMMONS Licencias Creative Commons
Reconocimiento – CompartirIgual (by-sa). Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original. Reconocimiento – SinObraDerivada (by- nd). Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.

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22 V. EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA)

23 V. EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA)
La Plataforma RIA Iniciativa de la Dirección General de Modernización, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Gobierno del Principado de Asturias, impulsada por el Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos y Documentación, para la creación de un repositorio digital institucional. Su finalidad es recoger los contenidos digitales generados por la actividad investigadora de sus miembros y facilitar la gestión y difusión de dichos contenidos, incluyendo su preservación, organización, acceso y distribución. Se pretende contribuir al desarrollo del movimiento por el acceso abierto a través del autoarchivo o "ruta verde", y de esta forma situar a nuestra comunidad autónoma en el mapa de los recursos de acceso abierto a la literatura científica y académica. El RIA es el componente principal de la plataforma de acceso abierto. Este repositorio se ha creado para organizar, gestionar, preservar y ofrecer acceso libre a la producción científica, académica o de cualquier otra naturaleza cultural, en soporte digital. Permite la coordinación del trabajo de los distintos colectivos que hacen uso del mismo (entorno universitario, personal de la administración, colectivos ciudadanos, etc.), para ello dispone de un conjunto de mecanismos de agrupación de contenidos en comunidades y colecciones.

24 V. EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA)
Objetivos Incrementar la visibilidad, difusión e impacto de la literatura científica, garantizando su preservación, organización y libre acceso. Promover el retorno de la inversión efectuada por la Comunidad Autónoma en estudios y publicaciones, facilitando la reutilización de la información y el conocimiento generados por el sector público. Promocionar y apoyar el movimiento mundial por el libre acceso a la información. Dar visibilidad a los contenidos del RIA mediante la recolección de los mismos en directorios como: Directorio y recolector de recursos digitales ROAI del Ministerio de Cultura, la futura Biblioteca digital europea… Crear un espacio que facilite la gestión y difusión de los contenidos digitales generados por la actividad de esta Comunidad Autónoma. Proporcionar soporte a las iniciativas de comunicación científica en acceso abierto para el personal investigador de la Comunidad Autónoma.

25 V. EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA)
Participantes En el proyecto han participado algunos de los principales organismos de investigación del Principado de Asturias: Universidad de Oviedo. Oficina de Investigación Biosanitaria de la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (OIB-FICYT). Consejería de Educación y Ciencia del Gobierno del Principado de Asturias. Servicio Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (SERIDA). Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos y Documentación del Gobierno del Principado de Asturias.

26 Recolección basada en el Protocolo OAI-PMH
V. EL REPOSITORIO INSTITUCIONAL DE ASTURIAS (RIA) Componentes de la Plataforma RIA DOGMA Herramienta de gestión documental de SIDRA Proveedor de datos OAI-PMH Repositorio Institucional de Asturias Otros repositorios Recolección basada en el Protocolo OAI-PMH Proveedor de servicios buscaRIA

27 VI. EL PROVEEDOR DE SERVICIOS buscaRIA

28 VI. EL PROVEEDOR DE SERVICIOS buscaRIA
Una vez definido el repositorio institucional se decidió dar un paso más y crear un proveedor de servicios que potenciase las funcionalidades del RIA. BuscaRIA es capaz de indexar y recopilar los metadatos de cualquier repositorio que los ofrezca a través del protocolo OAI-PMH. Algunas de sus características más importantes son: Es el Proveedor de servicios de la Plataforma, recolecta los metadatos de los Proveedores de datos y ofrece opciones de búsqueda más complejas. Desarrollado en Java. Indexado/búsqueda de documentos de múltiples repositorios que ofrezcan sus datos a través del protocolo OAI-PMH. Integrado con el Sistema de Información Documental en Red de Asturias (SIDRA). Integrado en el portal corporativo

29 VI. EL PROVEEDOR DE SERVICIOS buscaRIA
Cómo trabaja buscaRIA Para la recuperación de la información buscaRIA utiliza el API de código abierto Lucene de Apache. Este API de recuperación de información de código abierto sirve para cualquier aplicación que requiera indexado y búsqueda a texto completo. La flexibilidad de esta herramienta le permite ser independiente del formato del fichero, textos que se encuentran en formato PDF, páginas HTML, documentos Word, así como muchos otros, pueden ser indexados mientras que se pueda extraer información de ellos. Mediante esta herramienta se indexan periódicamente los metadatos de los repositorios, metadatos que gracias al protocolo OAI-PMH se envían con un formato XML determinado, así, cuando el usuario hace sus búsquedas, las realizará sobre esos índices. Una vez conectados a las URL de los proveedores de datos de los repositorios, obtenemos documentos XML con todos los metadatos. Estos metadatos pasan a Lucene para su indexación, guardándose los índices generados en las carpetas del sistema de ficheros.

30 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO

31 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
El éxito del auto-archivo en repositorios institucionales se basa en que éstos realmente cumplan su objetivo, ser una imagen de la producción científica de una institución. Eso se consigue con la colaboración de los propios autores y del personal vinculado a los repositorios. Las políticas de requerimiento o recomendación ( “stick or carrot” en el argot inglés) pueden ejercer una influencia relevante para que el auto-archivo sea efectivo. Existen políticas o recomendaciones elaboradas desde un entorno local académico hasta las hechas a nivel gubernamental.

32 Arthur Sale, Universidad de Tasmania
VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO Tipos de políticas de fomento del acceso abierto Políticas de recomendación. Se recomienda a los autores depositar una copia del artículo revisado en el repositorio de la institución que ha patrocinado o financiado esa investigación. Políticas de requerimiento o mandato. Es obligatorio depositar una copia del artículo revisado en el repositorio de la institución que ha patrocinado o financiado esa investigación. El Gobierno del Principado de Asturias ha optado por este tipo de políticas como veremos a continuación. “Evidentemente las políticas de autoarchivo voluntario no funcionan, a pesar de los esfuerzos dedicados a ello. Cualquier institución que no hace obligatorio el depósito… malgasta su dinero cuando establece un repositorio. Un porcentaje de éxito del 20% es el máximo que se puede esperar y aún esta cifra es optimista”. Arthur Sale, Universidad de Tasmania

33 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
¿Qué debemos tener en cuenta antes de depositar archivos en nuestro Repositorio Institucional? Stevan Harnard, uno de los líderes del movimiento acceso abierto, ha propuesto una estrategia para hacer más efectivas las políticas de auto-archivo.  La ha denominado Depósito inmediato/Acceso Opcional y consiste en exigir el depósito del texto completo del artículo arbitrado y los datos bibliográficos (metadatos) en un repositorio institucional inmediatamente después de su aceptación para publicarse. En este caso, sólo el depósito sería obligatorio, mientras que establecer los privilegios de acceso quedaría en manos del autor (que depende de sus acuerdos de derecho de autor con la editorial), aunque se recomienda encarecidamente el acceso abierto. De esta manera, la política de autoarchivo de la institución sería completamente independiente de las de los editores.

34 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
Organismos de Investigación a nivel internacional. Algunos ejemplos de políticas de requerimiento para el acceso abierto National Institutes of Health (NIH). A finales del año 2007 se aprobó una nueva disposición legal en E.U.A en lo referente a la publicación de los resultados de la investigación financiada por los Institutos Nacionales de Salud. Esta nueva disposición convierte en obligatoria la anterior recomendación a los autores para que envíen dentro de los 12 meses posteriores a su publicación para que sean depositados en el archivo abierto PubMedCentral. La norma se justifica como forma de que los contribuyentes tengan acceso a la investigación que financian con sus impuestos. Fundación Wellcome Trust del Reino Unido. Ha cambiado la política relacionada con las investigaciones que patrocina, obligando a que los artículos originados en las mismas sean publicados obligatoriamente en un repositorio o en una revista de libre acceso, como por ejemplo PubMed Central o BioMed Central.

35 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
Organismos de Investigación a nivel internacional. Algunos ejemplos de políticas de requerimiento para el acceso abierto Consejo Europeo de Investigación. El depósito en el repositorio ha de hacerse en el mismo momento de la publicación, sin esperar a que pase el tiempo de embargo, lo que asegura (aunque no esté todavía accesible) que el artículo estará depositado para cuando se supere dicho periodo. Se debe depositar la versión publicada del artículo, no la versión revisada del autor. Y, finalmente, de forma clara y tajante extiende su política de open access también a los data, no sólo a los artículos.

36 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
Organismos de Investigación a nivel nacional. Algunos ejemplos de políticas de requerimiento para el acceso abierto CSIC. “De conformidad con la política de fomento del acceso abierto a los resultados de la investigación científica impulsada por la Comunidad de Madrid, que se alinea con las políticas y recomendaciones realizadas al respecto por la Unión Europea, plasmada en el apoyo a los repositorios institucionales de archivos abiertos de universidades y organismos públicos de investigación de la Comunidad de Madrid y en el desarrollo del portal buscador de ciencia ubicado en madrimasd.org; el grupo de investigación deberá facilitar la publicación en abierto de sus resultados de investigación en el repositorio institucional: Digital.CSIC, ( del CSIC, donde podrá realizar el depósito de los documentos de trabajo del proyecto según las condiciones establecidas para su gestión.” El proyecto piloto de libre acceso de la Comisión Europea, válido hasta el final del 7º PM, tiene por objeto velar por que los resultados de la investigación financiada por la UE se pongan progresivamente a disposición de todos. Se requerirá que los beneficiarios de subvenciones pongan en un archivo en línea sus artículos de investigación revisados por colegas o sus manuscritos finales resultado de sus proyectos del 7º PM. También tendrán que hacer todo lo posible para facilitar el libre acceso a esos artículos en el plazo de seis o doce meses desde su publicación, dependiendo del campo de investigación. Este período de retención permitirá a los editores científicos obtener un rendimiento por el capital invertido.

37 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
Organismos de Investigación a nivel nacional. Algunos ejemplos de políticas de requerimiento para el acceso abierto Orden 679/2009 de 19 de Febrero de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M 4 de Marzo) por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a programas de actividades de I + D entre grupos de investigación de la Comunidad de Madrid y convocatoria en tecnologías cofinanciada con Fondo Social Europeo. Artículo 7.- Procedimiento de gestión de las ayudas De conformidad con la política de fomento del acceso abierto a los resultados de la investigación científica impulsada por la Comunidad de Madrid, que se alinea con las políticas y recomendaciones realizadas al respecto por la Unión Europea, los investigadores beneficiarios del programa deberán facilitar el acceso abierto a los resultados de su investigación en el repositorio institucional disponible a tal efecto en su universidad, organismo público de investigación y/o en el repositorio independiente de la Comunidad de Madrid, en el que deberán depositar una copia del artículo publicado o la versión final del mismo, aceptada para su publicación, junto con los documentos de trabajo, los resultados de los experimentos, etcétera, en un plazo no superior a seis meses para las áreas de tecnologías y biociencias y de doce meses para las áreas de ciencias sociales y humanidades desde el momento de publicación del artículo.

38 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
La nueva Ley de Ciencia y Tecnología A lo largo de esta legislatura el Gobierno ha previsto renovar el marco normativo de fomento y coordinación de la ciencia y la tecnología. A este respecto se han celebrado unas Jornadas de debate sobre la nueva Ley de Ciencia y Tecnología 9 y 10 de octubre de 2008 ( El borrador de anteproyecto legislativo habla del acceso abierto, lo cual es un paso importante; sin embargo, la redacción es demasiado vaga respecto a los argumentos sobre su importancia. En este borrador no se concretan los medios necesarios para alcanzarlo, lo que puede hacer que se quede en una mera declaración de intenciones.

39 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
La nueva Ley de Ciencia y Tecnología Artículo 33. Publicación en acceso abierto. Los agentes del Sistema Español de Ciencia y Tecnología impulsarán el desarrollo de repositorios, propios o compartidos, de acceso abierto a las publicaciones de su personal de investigación.  Los investigadores cuya actividad investigadora esté financiada con fondos de los Presupuestos Generales del Estado harán pública una versión digital de la versión final de los contenidos que les hayan sido aceptados para publicación en publicaciones de investigación seriadas o periódicas, tan pronto como resulte posible, pero no más tarde de seis meses después de la fecha oficial de publicación. La versión electrónica se hará pública en repositorios de acceso abierto reconocidos en el campo de conocimiento en la que se ha desarrollado la investigación o en repositorios de acceso abierto institucionales. La versión electrónica pública podrá ser empleada por las Administraciones Públicas, en sus procesos de evaluación.

40 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
Resolución de creación del RIA Resolución de 2 de febrero de 2009, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se crea el Repositorio Institucional del Principado de Asturias. (BOPA Nº 27, del martes 3 de febrero de 2009) Primero.—Crear el Repositorio Institucional del Principado de Asturias, plataforma digital de acceso abierto a la literatura científica y técnica producida en el ámbito del Principado de Asturias con la finalidad de recoger los contenidos digitales generados por la actividad investigadora del Principado de Asturias y facilitar la gestión y difusión de dichos contenidos, incluyendo su preservación, organización, acceso y distribución. Segundo.—Aprobar las políticas de acceso al Repositorio Institucional del Principado de Asturias que se incorporan como anexo de la presente Resolución. Tercero.—El Repositorio cumplirá, en todo caso, las medidas de seguridad establecidas por Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

41 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
Políticas de acceso abierto del Gobierno del Principado de Asturias Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que adoptan medidas para favorecer el fomento del acceso abierto a la investigación fomentada por el Principado de Asturias Primero.- En las bases de ayudas y subvenciones financiadas con fondos públicos, otorgadas o gestionadas por la Administración del Principado de Asturias y cuyo objeto sea fomentar la investigación, se incluirá una cláusula por la cual la persona beneficiaria se compromete a depositar mediante su autoarchivo los resultados de la investigación en el Repositorio Institucional del Principado de Asturias (RIA), con el fin de permitir la difusión de la obra entre la comunidad científica con fines de estudio e investigación. En el caso de que los trabajos sean objeto de publicación, el Gobierno del Principado de Asturias respetará, siempre que sea necesario, un período de embargo no superior a los 6 meses antes de proceder a su divulgación a través del Repositorio Institucional del Principado de Asturias (RIA).

42 VII. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO
Políticas de acceso abierto del Gobierno del Principado de Asturias Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que adoptan medidas para favorecer el fomento del acceso abierto a la investigación fomentada por el Principado de Asturias Segundo.- En los pliegos de contratación o en su caso en los contratos que formalice el Principado de Asturias que tengan por objeto la realización de trabajos de investigación se incluirá una cláusula por la cual el contratista se compromete a ceder a la Administración del Principado de Asturias gratuitamente con carácter de exclusiva, sin limite de tiempo y para todo el ámbito territorial universal los derechos de explotación de la propiedad intelectual e industrial de los trabajos realizados para la prestación del objeto contractual, en cualquier forma, y en especial en todas sus modalidades de explotación, incluida la explotación en red de internet, del derecho de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación. El importe de la adjudicación incluye la participación que pudiera corresponder al autor en los ingresos de explotación. La Administración del Principado procederá al depósito de los trabajos en el Repositorio Institucional del Principado de Asturias, siempre que se ajusten a la política de contenidos del mismo.

43 VIII. RECOMENDACIONES FINALES SOBRE OPEN ACCESS Y REPOSITORIOS DE AUTO-ARCHIVO

44 VIII. RECOMENDACIONES FINALES SOBRE OPEN ACCESS Y REPOSITORIOS DE AUTO-ARCHIVO
El acceso en abierto a las publicaciones: Favorece la visibilidad y la difusión de la investigación y su impacto. Favorece la educación y el desarrollo. Rompe las barreras entre países pobres y ricos. Permite recuperar parte de la inversión dedicada a la investigación científica. Las recomendaciones sobre cómo favorecer el acceso abierto, dirigidas  a los autores serían: Intentar, si se puede, publicar en una revista OA. Si no es así, publicar preferiblemente sin cesión exclusiva de los derechos de copyright sobre los trabajos. Auto-archivar sus trabajos.

45 VIII. RECOMENDACIONES FINALES SOBRE OPEN ACCESS Y REPOSITORIOS DE AUTO-ARCHIVO
En cuanto a las instituciones públicas, lo más recomendable es: El establecimiento de unas políticas claras respecto al acceso y preservación de la producción científica  de sus investigadores. Favorecer que esta producción sea lo mas visible y recuperable,  sin barreras que impidan su acceso. El establecimiento de los mecanismos de difusión y aprendizaje del significado de open access. Familiarizar a la comunidad científica (científicos, profesores, técnicos y estudiantes)  de las vías para  poder disponer de su producción en abierto a través de internet. Establecimiento de nuevos sistemas de evaluación científica donde se contemple el acceso y la visibilidad de la producción científica como un mérito. Generación de nuevos indicadores de impacto y evaluación de los recursos digitales.

46 ¡GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN!
Servicio de Publicaciones, Archivos Administrativos y Documentación


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