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Publicada porFrancisca Delaguila Modificado hace 9 años
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Carrera: Derecho y Ciencias Sociales Asignatura: Criminología Semestre: Segundo Profesores: 1) Dr. Rafael Fernández 2) Dra. Carolina Bernal 3) Dr. Luis Villasanti
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La Reacción Frente al Delito
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Noción: Aplica el Estado como parte de su Política Criminal y utiliza: Derecho Penal Políticas Penitenciarias Reinserción social Conocimientos sobre el delito el delincuente la víctima, la familia etc.
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El fin de las penas como sabemos va desde el castigo o retribución hasta la protección de la sociedad Clasificación de las penas según aplicación: Intimidatorias: a sujetos NO CORROMPIDOS Correctivas: individuos maleados PERO SUCEPTIBLES DE CORRECCIÓN O REFORMABLES Eliminatorias: INADAPTADOS O PELIGROSOS
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Clasificación histórica de las penas por el bien jurídico afectado o naturaleza: Contra la vida: pena capital o de muerte Corporales: azotes, marcas, mutilaciones Contra la libertad: prisión, confinamiento o destierro Pecuniarias: multa o comiso Otros derechos: inhabilitación para ciertos cargos o pérdida de patria potestad
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Represión: Es un sistema utilizado por el Estado para proteger a la sociedad Sistema también usado de lucha contra la delincuencia Utiliza política criminal y la legislación positiva El Código Penal tiene por fin defender a la sociedad del crimen Si falla el Código Penal todo el sistema falla
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Prevención: Aplica conocimientos antropológicos y sociales Estudia la conducta social y delictiva Orienta medidas eficaces para disminuir o eliminar las causas de los delitos Se aplican en países que admiten las llamadas “personas en situación de peligro”, como locos vagabundos, mendigos ebrios, prostitutas etc. Prevenir es mejor que curar
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Función de la Pena en la Escuela Clásica: La imputabilidad y la responsabilidad se basan en el libre albedrío y culpabilidad moral: el dolo y la culpa Para algunos el fundamento de la pena es la retribución o sufrimiento Otros sostienen que es un medio de defensa Carrara dio a la penal el objeto de TUTELA JURIDICA
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Función de la Pena en la Escuela Positiva: La pena debe ser vista como una medida de seguridad por tiempo indeterminado La condena depende de las características del imputado no del hecho cometido No se trata de retribuir sino de readaptar a los socializables y excluir a los irrecuperables El derecho de imponer sanciones pertenece al Estado a título de defensa social
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Concepto(Romagnossi): Fue el primer autor que hablo de la peligrosidad de las personas Causas delito: Subsistencia, Falta de educación, vigilancia y justicia Sostuvo la utilidad de la pena como DEFENSA SOCIAL Crítica: Hablo de la pena como contra estímulo para cometer hechos punibles
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El delito es condicionado por un proceso del agente y el mundo exterior El concepto de culpabilidad es reemplazada por el de la peligrosidad La pena resulta superflua y es reemplazada por las medidas La aplicación depende del estado personal Refuerza la idea de la prevención especial
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La pena se impone a una persona que cometió un hecho punible: es decir su conducta es típica, antijurídica y reprochable No habrá pena sin reprochabilidad Para la aplicación de una medida basta que la conducta sea típica y antijurídica La pena busca la readaptación de los individuos a una vida sin delinquir Las medidas tienden más a la protección de la sociedad
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SISTEMA DE LA DOBLE VIA : Penas y Medidas PENAS Se aplican a las personas que haya cometido un hecho típico, antijurídico y reprochable MEDIDAS No se ordenará una medida sin que el autor haya cometido por lo menos un hecho antijurídico
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Clases de Penas: Principales, Complementarias y Adicionales (Art. 37) PENAS PRINCIPALES: Pena Privativa de Libertad Pena de Multa PENAS COMPLEMENTARIAS Pena patrimonial Prohibición de conducir PENAS ADICIONALES Composición Publicación de la Sentencia
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PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD: (Art. 38/51) (antes llamada pena de penitenciaría) Duración Mínima 6 meses y Máxima de 30 años, en años y meses completos Tiene por objeto la readaptación del condenado a una vida sin delinquir Para solicitar la libertad condicional se debe cumplir las 2/3 partes de la misma Si la pena es hasta 2 años se suspenderá la ejecución de la misma por reglas de conducta
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PENA DE MULTA (Art. 52/56) Consiste en el PAGO AL ESTADO de una suma de dinero determinada Es calculada en días - multa Su límite es 5 días - multa como mínimo 360 días - multa como máximo El día - multa será fijado por el Tribunal para cada caso y persona en base a sus condiciones económicas y personales Si no existe base se tomará el 20% de UN JORNAL MINIMO DIARIO como mínimo y el 500 JORNALES COMO MAXIMO
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PENA PATRIMONIAL (Art. 57) Consiste en el pago de una suma de dinero al ESTADO cuyo monto será fijado teniendo en cuenta el patrimonio del autor Debe estar expresamente previsto en la ley Es decir el tipo penal debe la aplicación de esta pena (remisión) Ejemplos: 164 (Hurto Especialmente Grave) y 165 (Hurto Agravado en Banda) Castiga el enriquecimiento indebido del autor Debe ser aplicada junto con una pena privativa de libertad mayor de años
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PROHIBICIÓN DE CONDUCIR (Art. 58) La vida moderna trae aparejado ciertos riesgos Son riesgos permitidos: ej. la conducción En caso de condena a un hecho relacionado con la conducción de un vehículo automotor Violación del deber de cuidado El Tribunal podrá prohibir la conducción de todas o determinadas clases de vehículo automotor Prohibición es en la vía pública Duración mínima 6 meses, máxima 1 año Requiere sentencia firme y corre desde el deposito administrativo del registro de conducir
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COMPOSICIÓN (Art. 59) Consiste en la adjudicación o el pago de una suma de dinero A LA VICTIMA cuyo monto será fijado teniendo en cuenta el daño ocasionado y las condiciones del autor Debe estar expresamente previsto en la ley Es decir el tipo penal debe prever la aplicación de esta pena (remisión) Ejemplos: Arts. 150 (Calumnia), 151 (Difamación), 152 (Injuria) etc. Busca restablecer la paz social Puede ser aplicada junto con una pena principal o incluso en vez de ella
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PUBLICACIÓN DE LA SENTENCIA (Art. 60) Consiste en HACER CONOCER LA SENTENCIA, por algún medio idóneo Al igual que las anteriores también de estar expresamente prevista en la ley o sea el tipo penal debe prever la aplicación de esta pena (remisión) Ejemplos: Arts. 150 (Calumnia), 151 (Difamación), 152 (Injuria) cuando el hecho haya sido cometido a través de publicaciones Generalmente se utilizan diarios o medios de gran circulación Puede ser aplicada junto con una pena principal o incluso en vez de ella
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Nuestro Código sigue la tendencia europea de finales del Siglo XX Prevé la aplicación de medidas en ciertas circunstancias Se toma en cuenta la situación anterior y posterior del autor del hecho punible Las medidas previstas en el Código Penal varía en forma extrínseca a los europeos, es decir a la forma de aplicación Pueden ser privativas y no privativas de libertad
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Clases de Medidas: Vigilancia, Mejoramiento y Seguridad (Art. 72) MEDIDAS DE VIGILANCIA: Fijación de Domicilio Prohibición de concurrir a determinados lugares Obligación de presentarse ante órganos de vigilancia MEDIDAS DE MEJORAMIENTO: Internación en un hospital siquiátrico Internación en establecimiento de desintoxicación MEDIDAS DE SEGURIDAD: Reclusión en un establecimiento de seguridad Prohibición de ejercer determinada profesión Cancelación de licencia de conducir
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FIJACIÓN DE DOMICILIO PROHIBICIÓN DE CONCURRIR A DETERMINADOS LUGARES OBLIGACIÓN DE PRESENTARSE ANTE ÓRGANOS DE VIGILANCIA Constituyen obligaciones de HACER y DE NO HACER para la persona No restringen en sentido estricto la libertad de la persona Son consideradas reglas de conducta Deben ser impuestas por el Juez o Tribunal competente
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INTERNACIÓN EN UN HOSPITAL SIQUIÁTRICO: Será internado en un Hospital Siquiátrico La persona que comete un hecho antijurídico y sufre trastorno, retardo o desarrollo mental incompleto o grave perturbación conciencia Exista riesgo fundado (personalidad) que vuelva a cometer otros hechos antijurídicos graves Necesite tratamiento o cura médica La ejecución estará sujeta a exigencias médicas Suspender a prueba la internación
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INTERNACIÓN EN ESTABLECIMIENTO DE DESINTOXICACIÓN: Será internado en un Establecimiento de Desintoxicación La persona que haya cometido un hecho antijurídico Debido al hábito de ingerir en exceso bebidas alcohólicas u otros estupefacientes Exista peligro que vuelva a cometer otros hechos antijurídicos graves por la misma causa También cuando exista grave perturbación de la conciencia El mínimo de la ejecución será UN AÑO y el máximo DOS
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RECLUSION EN UN ESTABLECIMIENTO DE SEGURIDAD (Art. 75) : Nuestro país aún no cuenta con un Establecimiento Adecuado Conjuntamente con una pena privativa de libertad de 2 años se ordenará cuando: Haya sido condenado anteriormente 2 veces por un hecho doloso Haya cumplido 2 años de esas condenas Manifieste tendencia a cometer hechos punibles Existan graves daños psíquicos o económicos para la víctima
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RECLUSION EN UN ESTABLECIMIENTO DE SEGURIDAD (Art. 75) : Junto con una condena por un crimen que conlleve peligro para la vida cuando es de suponer que cometerá hechos similares No podrá exceder los DIEZ AÑOS. Algunos autores consideran doble s sanción La primera vez que se aplicó fue a Carmen Villalba por el secuestro de Ma. Edith Bordón En el caso del secuestro de AMIN Riquelme se aplicó por primera vez 10 años Luego se volvió moda en los casos de secuestro
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PROHIBICIÓN DE EJERCER DETERMINADA PROFESIÓN (Art. 81) : El que haya realizado un hecho antijurídico grave Abusando de su profesión u oficio Violando el deber profesional Exista posibilidad de que el autor vuelva a cometer hechos similares Duración mínima 1 años máximo 5 años. Excepcionalmente y por la peligrosidad podría llegar a diez años.
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CANCELACIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR (Art. 81) : El que haya realizado un hecho antijurídico Conexo con la conducción de un vehículo automotor Violando deberes del conductor Cuando el hecho y la personalidad del autor carecen de capacidad para conducir un vehículo La licencia perderá vigencia desde la fecha de la sentencia. El documento será decomisado.
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