La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Facultad de Derecho Seminario de Títulos Valores

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Facultad de Derecho Seminario de Títulos Valores"— Transcripción de la presentación:

1 Facultad de Derecho Seminario de Títulos Valores
La Letra de Cambio Revisión y análisis

2 Letra de Cambio La letra de cambio (cambiale; lettre de change; gezogener Wechsel; draft o bill exclíange), es un título privado de crédito a la orden, formal, completo y abstracto, que contiene la incondicionada promesa de su emitente (librador o girador), y garantizada por él y por cuantos firmen sucesivamente en la letra, de que el tercero designado para ello (librado o girado) pagará en el lugar y tiempo determinados la cantidad indicada a la persona nominalmente designada (tomador o primer beneficiario) o a quien ésta designe mediante endoso.

3 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
Primer beneficiario NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: Girado Girador

4 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
Pueden ser tres personas distintas: Primer beneficiario NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: A C B Girado Girador

5 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
Relaciones jurídicas: Relación cartular 1 NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: A A A Relación cartular 3 Relación causal 1 B C B Acepta C: Relación cartular 2 C Relación causal 2

6 ¿de dónde viene el uso de las palabras librador – librado?
La letra de cambio (cambiale; lettre de change; gezogener Wechsel; draft o bill exclíange), es un título privado de crédito a la orden, formal, completo y abstracto, que contiene la incondicionada promesa de su emitente (librador), y garantizada por él y por cuantos firmen sucesivamente en la letra, de que el tercero designado para ello (librado o girado) pagará en el lugar y tiempo determinados la cantidad indicada a la persona nominalmente designada (tomador) o a quien ésta designe mediante endoso. La libranza era un documento privado por el que una persona (librador o librancista) manda a otra (librado) que pague al portador, a un tercero determinado o a su orden una suma de dinero en un lugar determinado. Fue un documento que históricamente cumplía un papel importante, ya que permitía ciertas formas de giro, imposibles de cobijarse en el contrato del cambio trayecticio que constituía la relación subyacente de la letra de cambio. Pero cuando la distancia loci desaparece como requisito de la letra de cambio y las legislaciones admiten los giros para la misma plaza del domicilio del librador, la libranza se convirtió en un documento inútil, aun cuando algunos códigos, como el español, continuaron regulándola. Locus lugar Loci pl.de locus

7 ¿cuándo surge la Letra de Cambio? Hay distintas teorías
Surge hacia el s. XII de la práctica de los documentos notariales de deuda (cautiones). Éstos contenían la confesión de haber recibido una cantidad de dinero (confessio) y la promesa de devolverla (promissio). La intervención notarial dotaba al documento de la misma eficacia ejecutiva que poseía el documento judicial. En tales documentos se recogían varios tipos contractuales, generalmente de mutuo o depósito, pero la letra propiamente dicha surge cuando el documento se hace instrumento de un contrato de cambio.

8 Contrato de cambio La doctrina distinguía entre:
Cambio seco (de dinero presente por dinero ausente en el tiempo), Cambio manual (de monedas de un tipo por monedas de otro), Cambio trayectivo (de dinero presente por dinero en otro lugar distinto). La función de este contrato consistía en evitar el riesgo del transporte manual de numerario (derivado de la inseguridad de las comunicaciones) y del riesgo del cambio (debido a la diversidad de monedas). Plaza Mayor de Medina del Campo. En primer plano los pilares donde se firmó la primera letra de cambio del Mundo.

9 Contrato de cambio Lo esencial del contrato de cambio lo constituía la distantia loci que evitaba la sospecha de que fuera un préstamo con interés, y justificaba la remuneración del banquero, campsor, en el servicio que prestaba al cliente. La distantia temporis -en el caso de cambio de pecunia presens por pecunia absens- era un dato secundario que sólo adquiere autonomía e importancia con el progresivo desarrollo del crédito.

10 Contrato de cambio La distancia loci exigía que en el contrato y su ejecución intervinieran cuatro personas: 1) Remitente: quien daba en un lugar dinero en moneda de este lugar 2) Promitente: quien lo recibía y se comprometía a devolverlo en otro lugar en moneda distinta 3) Presentante: la persona que presenta la letra 4) Librado: la que lo ha de pagar . Remitente = Beneficiario “final”. Acreedor. Puede que no aparezca cobrando su crédito. Promitente equivalente a Girador (el que promete). Envia una orden a su corresponsal (Librado). Presentante = Tomador (mandatario del Remitente) Librado = Quien lo paga (en otro lugar) La letra de cambio era la carta privada que dirigía el promitente a su corresponsal en el lugar de pago, rogándole que pague al presentante. Este documento privado termina por eliminar al documento notarial cuando incorpora la cláusula de valor

11 Al final como señala Garrigues “la forma de este documento es la de un simple pagaré con doble cláusula a la orden” El banquero se obliga a pagar él mismo en la plaza extranjera. O a pagar por medio de su compañero de negocios Cláusula a la orden pasiva Además se obliga a pagar: (alternativamente) -A la propia persona de quien recibe el dinero (Remitente) -Al mandatario del Remitente. Cláusula a la orden activa Asi se hace posible que el Remitente disponga del dinero a favor de la persona con la que contrate en la plaza extranjera.

12 La Letra de Cambio dejó de ser un instrumento del contrato de cambio
La evolución posterior de la letra de cambio se centró: Por un lado, en independizar la posición jurídica del presentante de la del remitente, así como en dotar de independencia a la posición jurídica del aceptante, abstrayéndola de la relación de provisión; y, Por otro lado, en facilitar la circulación mediante la multiplicación de los endosos y la atribución al endosatario de una posición independiente de la de su cedente. ¿Presentante ya no sea un simple cobrador?...si Si Librado acepta...es suficiente....olvidarnos entonces de la relación de provisión (de fondos)

13 La Letra de Cambio dejó de ser un instrumento del contrato de cambio
La letra de cambio como documento se independiza del contrato de cambio y pasa a ser instrumento de ejecución aplazada para el pago del precio de la compraventa (fase francesa) terminando, finalmente, por independizarse formal y materialmente de un contrato subyacente determinado y convertirse así en instrumento de crédito (una fase germánica en 1848).

14 Principales características
La Letra de Cambio Principales características

15 La Letra de Cambio - características
Un título de crédito abstracto (sin desconocer el negocio causal) ¿qué es crédito? ¿promesa de pago u orden de pago?¿las dos cosas? ¿y el tradicional modelo de la Letra de Cambio donde debía constar la cláusula “valor recibido” o la posibilidad de los Bancos de emitir “valor saldo deudor de cuenta corriente”? Abstracto: ¿y si se hace referencia a la causa en el título valor? No hay excepción ex causa si ya circuló. Es abstracto digamos por la literalidad del documento, en Perú no había obligación legal de hacer referencia a la causa (valor recibido). Sin embargo por el Art. 19 de la LTV, en tanto no circuló el TV, puede afluir el negocio causal. El librador tiene la obligación (extracamb¡aria) de hacer oportunamente provisión de fondos al librado. La provisión constituye el crédito y el compromiso que tiene el librador y que fundan la expectativa de que la letra se pagará.

16 Modelo antiguo con cláusula de “Valor Recibido”
y modelo utilizado por los Bancos “Valor saldo deudor de cuenta corriente” En algunos ordenamientos, como el español, figuran aspectos de las relaciones extracambiarias: la cláusula de valor.

17 La Letra de Cambio - características
Provisión de fondos y relación de valuta. El librador o girador tiene la obligación (extracambiaria) de hacer oportunamente provisión de fondos al librado o girado. La provisión constituye el crédito y el compromiso que tiene el librador y que fundan la expectativa de que la letra se pagará. La letra se entrega al tomador, quien, a cambio del valor de la letra, entrega el contravalor de la misma al librador (valor recibido) o promete que lo entregará (valor en cuenta; valor entendido). Ésta es la relación de valuta, cuya función actual consistiría en servir de identificación de la letra. El librador tiene la obligación (extracamb¡aria) de hacer oportunamente provisión de fondos al librado. La provisión constituye el crédito y el compromiso que tiene el librador y que fundan la expectativa de que la letra se pagará.

18 La Letra de Cambio - características
Relación de valuta. Históricamente: El documento contenía una cláusula de recibí (valuta), la cual permitía al remitente repetir contra el banquero si no obtuvo pago de la persona designada. Se trataba de una promesa o reconocimiento de deuda con mención de la causa, que contiene dos cláusulas fundamentales: la clausula de valor (recibí) y la promesa de pago. Solo en la relación Girador y Beneficiario

19 La Letra de Cambio - características
Relación de valuta. ¿siempre quedó como promesa de pago? En 1248 aparece un nuevo documento, que se entrega para la ejecución del antigüo documento(“Pagaré”). Es un mandato de pago dirigido en términos de ruego al corresponsal o agente del banquero, que ha de realizar el pago. Promesa de pago....es para el crédito...frente al acrredor..... Ya no contiene promesa de pago en tanto ya no está dirigido al acreedor sino al obligado. Aquí nace la Letra de Cambio, cuando se apropia de la Cláusula de valor o recibí.

20 La Letra de Cambio - características
Relación de valuta. Efectos de la absorción de la cláusula de valor: Sirve de fundamento a la responsabilidad del girador si el girado no paga. Pues ya reconoció que recibió el dinero. Hace innecesaria la presentación del documento que contenía la obligación de pagar (antiguo Pagaré) porque la promesa de pago se sobreentiende en la cláusula de valor. -Con los banqueros italianos la letra se extiende por toda Europa. Las Cruzadas promovieron el florecimiento de las relaciones comerciales. -Los campsores seguían a los inversores donde fueran para facilitarles en envío del dinero por medio de sus sucursales o negocios que el banquero tenía. -Los banqueros adquirieron un monopolio de hecho sobre el tráfico cambiario. Eran los mediadores necesarios. -Los campsores desarrollaban su actividad en los grandes centros de tráfico de la Edad Media, o sea en las ferias, a las que los visitantes transportaban dinero por medio de las letras y lo restituían más tarde al lugar de origen por el mismo procedimiento. -Famosas son las ferias fr. de Champagne (S XII y SIV) y las de Lyon ( S XV y SVI). -Hubo tal tráfico de letras que se crearon ferias para el tráfico no de mercancías sino de letras. Incluso son severidad comercial: créditos nacidos en ferias son privilegiados, ejecución sumarísima, hasta prisión por deudas... “Poco a poco el pagaré va quedando fuera de uso como cosa superflua y costosa, siendo sustituido por el mandato de pago, que es el antecedente directo de la moderna letra” (Garrigues)

21 La Letra de Cambio - características
Causa de la obligación cambiaria. Causa de cada obligación cambiaria Reside en la contraprestación de la otra parte en el contrato de dación de la letra. Causa para la obligación del aceptante: El hecho de haber recibido provisión de fondos del librador. Sea porque el librador remitió realmente los fondos o sea por tener un crédito el librador contra el aceptante igual o mayor que el importe de la letra. Causa para el girador y para el endosante: La prestación del valor de la letra, sea por haber recibido su importe, sea por habérselo abonado en cuenta el tomador.

22 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
Relaciones jurídicas: Relación cartular 1 NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: A A A Relación cartular 3 Relación causal 1 B C B Acepta C: Relación cartular 2 C Relación causal 2

23 La Letra de Cambio - características
Un título a la orden nato ¿qué es esto? Por naturaleza sólo pueden emitirse a nombre de persona determinada Transferible por endoso Es necesario consignar el nombre del primer tomador o beneficiario

24 NOMBRE DEL TOMADOR

25 La Letra de Cambio - características
Un título esencialmente formal Sin embargo hay requisitos esenciales y no esenciales Artículo 119 LTV -Denominación de LETRA DE CAMBIO -Lugar y fecha de giro -Orden incondicional de pagar una suma determinada o determinable de dinero -Nombre y # DOI del girado. -Nombre de quien o a la orden de quien se hará el pago. -Nombre, # DOI y firma del girador. -Indicación del vencimiento. -Lugar de pago o forma en caso de Art.53LTV Constarán en el orden, lugar, forma, modo y recuadros especiales que libremente determine el girador o, en su caso, los obligados que intervengan.

26 La Letra de Cambio - características
Un título de utilidad diversa. Artículo 124 LTV La Letra de Cambio con cláusula documentaria Cláusulas: “documento contra aceptación”, “documentos contra pago” u otra equivalente. La inserción de la cláusula, cuando se acompañan documentos a la Letra de Cambio, obliga al tenedor a no entregar los documentos sino cuando se produzca la aceptación o el pago de la Letra de Cambio, según el caso.

27

28

29 La Letra de Cambio ORDEN o mandato DE PAGO (en su origen) QUE DA UN SUJETO DENOMINADO GIRADOR, A OTRO, DENOMINADO GIRADO, PARA QUE ESTE PAGUE A UN TERCERO, A QUIEN SE DENOMINA TOMADOR, UNA CANTIDAD DE DINERO EN FECHA DETERMINADA. Orden de pago en tanto no va dirigida al acreedor. CONFUSIÓN DE SUJETOS GIRADOR – TOMADOR. Puede ser también a la orden del mismo girador (a la orden de “mi mismo” o “nosotros mismos”)

30 FORMAS DE GIRO DE LA LETRA DE CAMBIO
a) A LA ORDEN DEL PROPIO GIRADOR; b) A LA ORDEN DE UN TERCERO; c) A CARGO DE TERCERA PERSONA A CARGO DEL PROPIO GIRADOR ¿Girador y Girado a la vez?; Y e) POR CUENTA DE UN TERCERO.

31 MODELO DE EMISION DE LETRA DE CAMBIO EFECTUADA POR PERSONA NATURAL emitida a la orden del propio girador.

32 “nosotros mismos” ó “mi mismo” o el nombre del girador
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: “nosotros mismos” ó “mi mismo” o el nombre del girador

33 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: -Caso de casa matriz – sucursal -¿convierte a la Letra de Cambio en un Pagaré?... -No, porque el girador sigue estando obligado en vía de regreso mientras que en el Pagaré, el suscriptor siempre será obligado directo. Girado y Girador son iguales: ¿en qué caso procede?

34 ...por cuenta de un tercero...
“...quien la firma lo hace no como responsable por su pago y aceptación, sino por encargo o representación de tercero señalado en el documento, quien debe asumir las responsabilidades de girador. Es obvio que en este caso, quien gira la cambial debe contar con autorización o representación del tecero por cuya cuenta lo hace, instrumentadas en el correspondiente “poder”... Beaumont.

35 RESPONSABILIDAD DEL GIRADOR
EL GIRADOR RESPONDE POR LA ACEPTACIÓN Y EL PAGO. TODA CLÁUSULA LIBERATORIA DE DICHAS RESPONSABILIDADES SE CONSIDERA NO PUESTA.

36 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
Veamos una Letra de Cambio y sus partes NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales:

37 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE

38 LUGAR Y FECHA DE GIRO

39 FECHA DE VENCIMIENTO

40 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: En el siguiente lugar de pago, Girado………………..……………………………. ……………………...…………………….………... Domicilio...………………………………………... D.O.I…………………………...Telef…………….. Fiador:……...………………...……………………... Aval permanente:……......…………...….………..... Domicilio ………………………………………….... D.O.I…………………………...Telef………………. Firma ………………………………………………... Nombre del Representante………………………………......

41 NOMBRE DEL GIRADO

42 DOCUMENTO OFICIAL DE IDENTIDAD DEL GIRADO

43 o con cargo en la cuenta del Banco……………………….......:
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. o con cargo en la cuenta del Banco……………………… : Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica

44 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. ______________________________ ___________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s)

45 NOMBRE, DOCUMENTO OFICIAL DE IDENTIDAD Y FIRMA DEL GIRADOR

46 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
Cláusulas Especiales: (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. _________________________ _________________________ Aceptante Aceptante Nombre del Representante: NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales:

47 FIRMA DEL GIRADO

48 Lugar de pago: TODA L/C ES PAGADERA EN EL
NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: Lugar de pago: TODA L/C ES PAGADERA EN EL DOMICILIO SEÑALADO EN ELLA O CON CARGO EN CUENTA BANCARIA A FALTA DE INDICACIÓN ESPECIAL, EL LUGAR DESIGNADO JUNTO AL NOMBRE DEL GIRADO SE CONSIDERA COMO LUGAR DE PAGO Y AL MISMO TIEMPO COMO DOMICILIO DEL GIRADO; Y, SI NO HUBIERA LUGAR DESIGNADO JUNTO AL NOMBRE DEL GIRADO, SERÁ PAGADERA EN EL DOMICILIO REAL DEL OBLIGADO PRINCIPAL.

49 LEY Nº 27723 “Oposición al cambio de domicilio”
“El deudor deberá comunicar al acreedor el cambio de domicilio señalado para el cumplimiento de la prestación obligacional, dentro de los 30d de ocurrido el hecho … El deudor y los terceros ajenos a la relación obligacional con el acreedor, están facultados para oponer a éste el cambio de su domicilio.”

50 Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica
Formas de vencimiento NUMERO REF.DEL GIRADOR LUGAR DE GIRO FECHA DE GIRO Día Mes Año FECHA DE VENCIMIENTO MONEDA E IMPORTE Por esta LETRA DE CAMBIO se servirá(n) pagar incondicionalmente a la Orden de…………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………….…………….la cantidad de En el siguiente lugar de pago, Girado………………………………………………………. …………………………………………………….………... Domicilio …………………………………………………... D.O.I…………………………...Telef……………………… Fiador: ………………………...………………………. Aval permanente: ...……………………...….………... Domicilio ……………………………………………... D.O.I…………………………...Telef………………… Firma ………………………………………………….. Nombre del Representante………………………………...….. Nombre / Denominación o Razón Social del Girador D.O.I. _________________________ _________________________ Firma Firma Nombre del Representante(s) BANCO OFICINA NUMERO DE CUENTA D.C. Importe a debitar en la siguiente cuenta del Banco que se indica o con cargo en la cuenta del Banco……………………………………………...: _________________________ _________________________ (2) El plazo de su vencimiento podrá ser prorrogado por el Tenedor, por el plazo que éste señale, sin que sea necesaria la intervención del obligado principal ni de los solidarios. (1) En caso de mora, esta Letra de Cambio generará las tasas de interés compensatorio y (3) Su importe debe ser pagado sólo en la misma moneda que expresa este título valor. Aceptante Aceptante (4) Esta letra de cambio no requiere ser protestada por falta de pago. moratorio más altas que la ley permita a su último Tenedor. Nombre del Representante: Cláusulas Especiales: A FECHA FIJA B) A LA VISTA C) A CIERTO PLAZO DESDE LA ACEPTACION D) A CIERTO PLAZO DESDE SU GIRO. EN CASO DE DIFERENCIA PREVALECE “FECHA FIJA

51 INDICACIÓN DE FECHA DE VENCIMIENTO PUEDE CONSTAR EN RECUADROS, EN FORMA COMPLETA O ABREVIADA.
INDICACIÓN DE CLÁUSULAS COMO “A LA FECHA ANTES INDICADA”, “AL VENCIMIENTO”, U OTRAS EQUIVALENTES, NO LA INVALIDA. A FALTA DE INDICACIÓN DE VENCIMIENTO, SE CONSIDERA PAGADERA A LA VISTA.

52 La aceptación Al principio, el librado en la letra era siempre un mandatario o un socio del librador. Ahora librador y librado son dos unidades jurídicas distintas. Entonces la letra se justifica en tanto y en cuanto el girado es ya deudor del girador o ha recibido de él provisión de fondos.

53 ACEPTACIÓN El GIRADO que aceptó ASUME CALIDAD DE OBLIGADO PRINCIPAL AUNQUE IGNORE EL ESTADO O SITUACIÓN DEL GIRADOR (INSOLVENCIA, QUIEBRA, DISOLUCION, LIQUIDACION O MUERTE). EXPRESA (en sus orígenes existía el aceptatio per retentionem litterarum) FORMALIDAD INCONDICIONALIDAD PRESENTACIÓN La aceptación antes podía deducirse del silencio del librado.

54 Respecto a la incondicionalidad:
La aceptación es pura y simple; pero el girado puede limitarla a una parte de la cantidad, en cuyo caso procede el protesto respectivo por falta de aceptación, dentro del plazo previsto al efecto y la acción de regreso por la suma no aceptada.

55 Aceptación y Pluralidad de girados
Cuando sean varios los girados, el tenedor presentará la Letra de Cambio en el orden que considere conveniente. En el caso de indicación alternativa, la presentará a quien dicho tenedor elija, y en el caso de indicación sucesiva, la presentará en el orden enunciado en la Letra de Cambio. 132.1

56 Segunda presentación para aceptación
El girado puede pedir que la Letra de Cambio sea presentada por segunda vez para su aceptación, al día hábil siguiente de la primera presentación. De esta petición, de ser el caso, debe dejarse constancia ante el fedatario encargado de su protesto. De aceptarse la Letra de Cambio a su segunda presentación, el protesto quedará sin efecto.

57 Aceptación o pago por intervención
Cualquier obligado en vía de regreso puede indicar en la Letra de Cambio el nombre de una persona para que la acepte o pague por intervención. Asimismo, cualquier persona puede aceptar o pagar una Letra de Cambio por intervención.

58 REACEPTACIÓN DE LA Letra de Cambio
LA REACEPTACIÓN IMPORTA LA RENOVACIÓN DE LA OBLIGACIÓN EN LOS TÉRMINOS DE LA ACEPTACIÓN PRECEDENTE, EN CUANTO AL MONTO, PLAZO Y LUGAR DE PAGO, SALVO CLÁUSULA EN CONTRARIO. LA REACEPTACIÓN CONSTARÁ EN EL ANVERSO DEL TÍTULO O EN HOJA ADHERIDA A ÉL. POR EL HECHO DE LA REACEPTACIÓN QUEDAN CAMBIARIAMENTE LIBERADOS LOS ANTERIORES FIRMANTES DE LA LETRA DE CAMBIO, SALVO QUE VUELVAN A INTERVENIR. Artículo 140º.- Condición para la reaceptación La reaceptación procederá sólo antes de la prescripción de la acción cambiaria directa, siempre que el título no hubiere sido protestado u obtenido la formalidad sustitutoria

59 “Cláusula de prórroga”
LA REACEPTACIÓN NO SERÁ NECESARIA SI EL OBLIGADO OTORGÓ SU CONSENTIMIENTO ESCRITO POR ANTICIPADO PARA SU PRÓRROGA, CONFORME AL ARTÍCULO 49º. “Cláusula de prórroga” Esta cláusula afecta en principio solamente al plazo y monto para mantenerlo o disminuirlos...pero no al lugar...

60 Cláusula de prórroga – Art.49.1:
El plazo de vencimiento de los títulos valores puede prorrogarse en la fecha de su vencimiento o aun después de él, siempre que: a) el obligado que admitió tal prórroga haya otorgado su consentimiento expreso en el mismo título valor; b) no se haya extinguido el plazo para ejercitar la acción derivada del título valor a la fecha en que se realice la prórroga; y, c) el título valor no haya sido protestado o no se haya obtenido la formalidad sustitutoria, de ser el caso.

61 Cláusula de prórroga El tenedor sólo podrá prorrogar a fecha fija y por el mismo importe original del título valor o monto menor, más reajustes, intereses y comisiones pertinentes según las condiciones que consten en el mismo documento. Efectuada la prórroga queda facultado a comunicar el nuevo vencimiento al obligado principal, obligados solidarios y garantes que hubiere; y, a requerimiento de éstos, deberá informarles de las prórrogas que conceda. Se revoca la cláusula de prórroga si uno de los obligados dirige una carta notarial para que no siga prorrogando.

62 PRÓRROGA Cláusula de prórroga acordada con el obligado principal: Art “La cláusula de prórroga acordada con el obligado principal en oportunidad de la emisión o aceptación del título surte sus efectos inclusive frente a los obligados solidarios o garantes que hubieren intervenido en el título que consigne dicha cláusula, así como frente a quienes intervengan en el título valor luego de las prórrogas”

63 REGLAS PARA CÓMPUTO DE PLAZOS
- Omisión del año: Vencimiento no existe en el calendario: - NO COMPUTABLE DÍA QUE SIRVE PUNTO DE PARTIDA EN CÓMPUTO DE DÍAS NO SE EXCLUYEN LOS INHÁBILES, PERO SI DÍA DE VENCIMIENTO PARA ACEPTACIÓN O PAGO LO FUERA, SE ENTIENDE QUE PLAZO VENCE PRIMER DÍA HÁBIL SIGUIENTE. Año de emisión o siguiente año Último día del mes correspondiente al vencimiento

64 REGLAS PARA CÓMPUTO DE PLAZOS
Las expresiones: “ocho días” o “quince días” Equivalen al plazo de: ocho días o quince días y no de una semana o dos semanas. La expresión “medio mes” indica un plazo de 15 días.


Descargar ppt "Facultad de Derecho Seminario de Títulos Valores"

Presentaciones similares


Anuncios Google