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Expositor DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL GENERAL

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Presentación del tema: "Expositor DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL GENERAL"— Transcripción de la presentación:

1 Expositor DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL GENERAL
MODULO DE DERECHO PROCESAL CIVIL DR. ERICKSON COSTA CARHUAVILCA DOCENTE DE LAS UNIVERSIDADES INCA GARCILASO DE LA VEGA, AUTONOMA DEL PERU Y CESAR VALLEJO MAESTRIA EN DERECHO PROCESAL POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS DOCTORADO EN DERECHO Y CIENCIA POLITICA POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Expositor Modificar nombre del cursos y copiar y pegar del sílabo la fundamentación del curso. 1

2 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DE ICA 2009 ¿ES PRECARIO EL ARRENDATARIO AL ENVIÁRSELE CARTA NOTARIAL QUE DA POR FINALIZADO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO? CONCLUSIÓN PLENARIA: No deviene en precario el arrendatario, al enviársele carta notarial que da por finalizado el contrato de arrendamiento. ¿PUEDE EL MAGISTRADO SUPERIOR DE MANERA EXPRESA O ABSTRACTA ORDENAR AL JUEZ ACTUÉ LA PRUEBA DE OFICIO PERMITIDA EN EL ART. 194 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL? CONCLUSIÓN PLENARIA: No puede el órgano superior ordenar se actué la prueba de oficio al juez.

3 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DE LIMA NORTE 2009 ¿EN LOS PROCESO SUMARÍSIMOS DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA CONFORME A LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 1412 DEL CÓDIGO CIVIL, ES VIABLE DISCUTIR LA VALIDEZ DEL ACTO JURÍDICO CONTENIDO EN EL CONTRATO MATERIA DE FORMALIZACIÓN? CONCLUSIÓN PLENARIA: El Pleno adoptó por UNANIMIDAD la ponencia que enuncia lo siguiente: "Los procesos sumarísimos de otorgamiento de escritura pública se caracterizan por su naturaleza expeditiva, por ello, no es viable discutir la validez del acto jurídico contenido en el contrato materia de formalización. Basta para ello la preexistencia del mismo, excepto que no satisfaga los elementos esenciales de un contrato de compra venta como son: cosa, precio y consentimiento". ¿ES POSIBLE QUE EL JUEZ DECLARE LA NULIDAD DE UN ACTO JURÍDICO POR UNA CAUSAL DISTINTA A LA INVOCADA EN EL PETITORIO DE LA DEMANDA? CONCLUSIÓN PLENARIA: El Pleno adoptó por MAYORÍA con el voto en dirimencia del señor Presidente de la Comisión del Pleno, la ponencia que enuncia lo siguiente: "Si es posible que el Juez declara la nulidad de un acto jurídico por una causal distinta a la invocada por la parte demandante, pues en aplicación de lo dispuesto por el artículo Vil del Título Preliminar del Código Procesal Civil, que precisa que el Juez debe aplicar el derecho que corresponda al proceso, aunque no haya sido invocado por las partes o lo haya sido erróneamente, debiendo en tal caso, no fundar su decisión en hechos diversos a los alegados por las partes".

4 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DE LIMA NORTE 2009 ¿EL REQUISITO DE POSESIÓN PACIFICA QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 950 DEL CÓDIGO PARA USUCAPIR UN BIEN INMUEBLE, SE INTERRUMPE SI EL PROPIETARIO DEL MISMO INTERPONE DEMANDA DE REIVINDICACIÓN, DESALOJO U OTRA QUE PRETENDA SU RESTITUCIÓN CONTRA EL POSEEDOR QUE YA CUMPLIÓ EL TIEMPO QUERIDO POR LEY PARA USUCAPIR? CONCLUSIÓN PLENARIA: El Pleno adoptó por UNANIMIDAD la ponencia que enuncia lo siguiente: "No se interrumpe la posesión pacifica dado que el requisito de pacificidad o posesión pacifica, se habría configurado al cumplirse el plazo señalado por ley para adquirir el bien mediante la usucapión, sea aria o extraordinaria. Por tanto, una acción posterior no configura la acción de la posesión". ¿EN UN PROCESO DE REIVINDICACIÓN Y ACCESIÓN POR MALA FE PARA LA DEMOLICIÓN DE LO CONSTRUIDO EN TERRENO AJENO, SI NO SE PRUEBA LA MALA FE, ¿ES FACTIBLE DISPONER EN LA SENTENCIA QUE EL PROPIETARIO DEL TERRENO OPTE EN EJECUCIÓN, ENTRE HACER SUYO LO EDIFICADO U OBLIGAR AL INVASOR A QUE LE PAGUE EL TERRENO CONFORME A LA PREVISIÓN DEL ARTÍCULO 941 DEL CÓDIGO CIVIL? CONCLUSIÓN PLENARIA: El Pleno adoptó por UNANIMIDAD la ponencia que enuncia lo siguiente: "Si es factible que el propietario del terreno acceda a ¡as opciones legales que contiene el artículo 941° del código Civil, en ejecución de sentencia, si de lo actuado en el proceso se ha acreditado que el demandado por reivindicación ha construido de buena fe en el terreno de propiedad del actor; pues, de otro modo, la pretensión reivindicatoría devendría en inejecutable".

5 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DE LA LIBERTAD 2009 ¿QUE ES JUSTO TITULO? Por justo título debe entenderse a todo título legal que transmite el derecho de propiedad pero que resulta imperfecto, puesto que el transferente no es el propietario legítimo; dicho de otro modo, es el título que reúne todos los requisitos para transferir la propiedad, excepto uno: no lo otorga el verus diminus (sin capacidad de enajenar). ¿EN QUÉ MOMENTO SE CALIFICA EL JUSTO TÍTULO? Al momento de sentenciar, luego del proceso de valoración de la prueba y al pronunciar sentencia de mérito.

6 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DEL CALLAO 2010 ¿ES POSIBLE QUE LOS DERECHOS REALES PREVALEZCAN SOBRE LOS DERECHOS INSCRITOS? (EN CASO DEMANDA DE TERCERÍA DE PROPIEDAD) La demanda debe de ser declarada fundada en aplicación del segundo párrafo del artículo 2022 del Código Civil y los Principios Generales del Derecho.

7 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DE LIMA NORTE 2011 "LA CAUSAL DE NULIDAD DEL ACTO JURÍDICO APLICABLE AL ACTO DE DISPOSICIÓN DE BIENES CONYUGALES POR UNO DE LOS CÓNYUGES, SIN LA INTERVENCIÓN DEL OTRO". POR MAYORÍA, se acordó que el acto jurídico de disposición de bienes conyugales a titulo oneroso por uno de los cónyuges sin la intervención de otro, es nulo solo por la causal de contravención a normas de orden público prevista en el inciso 8 del artículo 219° del Código Civil, en remisión a la disposición del artículo V del Título Preliminar del mismo Código. El fundamento de ésta posición es que mediante un acto de ésta naturaleza se infringe una norma de orden público como es el artículo 315 del Código Civil que exige la intervención de ambos cónyuges en la disposición de bienes pertenecientes a la sociedad de gananciales. LOS EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA DE BIENES INMUEBLES DE LOTES DE TERRENO: SI LA RESTITUCIÓN A FAVOR DEL VENDEDOR DEBE SER CON LAS EDIFICACIONES EXISTENTES, O DEBE LIMITARSE AL LOTE DE TERRENO. POR MAYORÍA, se acordó en el sentido que "Debe disponerse la entrega de edificaciones al propietario del lote de terreno, como consecuencia de la resolución del contrato“. El fundamento de ésta posición es con ello se garantiza el cumplimiento de los contratos, lo contrario propiciaría inseguridad jurídica, generando perjuicios al que cumplió con sus prestaciones

8 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO REGIONAL DEL NORTE 2012 ¿RESULTA JURÍDICAMENTE POSIBLE QUE QUIEN ADQUIRIÓ UN BIEN INMUEBLE MEDIANTE TÍTULO PRIVADO [INCLUSO DEL TITULAR REGISTRAL], COMO LA COMPRA VENTA, PRETENDA TAMBIÉN LA DECLARACIÓN DE PROPIEDAD MEDIANTE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA? El Pleno adoptó por MAYORÍA : El propietario que adquirió un bien inmueble mediante título privado traslativo de dominio, como lá compra venta, sí puede adquirirlo mediante prescripción adquisitiva de dominio, en tanto nada obsta acumular dos títulos de dominio, y porque ello se corresponde con la racionalidad económica del derecho de propiedad y la función que el derecho le asigna a la prescripción adquisitiva.

9 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DEL CALLAO 2011 ¿CUÁL ES EL CONTENIDO DE LA OPOSICIÓN EN LA MEDIDA CAUTELAR? Conclusión plenaria: El contenido es revaluar los presupuestos de la medida cautelar (verosimilitud del derecho invocado, peligro en la demora y adecuación) y adicionalmente los presupuestos procesales generales (condiciones de la acción y presupuestos procesales de forma). ¿LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA CAUTELAR EXCLUYE LA POSIBILIDAD DE INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN EN FORMA DIRECTA? Conclusión plenaria: Sí son excluyentes en razón que la figura de la oposición a la medida cautelar es un instrumento de defensa a favor del afectado con la medida cautelar, cuya naturaleza corresponde a un incidente promotor del contradictorio.

10 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DE LA LIBERTAD 2010 ¿EN EL CONTRATO DE COMPRA VENTA ESTÁ OBLIGADO EL VENDEDOR A OTORGAR LA ESCRITURA PÚBLICA RESPECTIVA CUANDO NO SE HA PAGADO EL PRECIO? Cuando no se ha pactado modalidad alguna o cuando habiéndose pactado plazo o condición respecto del pago del precio, éste se hubiere efectuado. ¿LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE LA ACCIÓN DEBE INTERRUMPIRSE CON LA INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA O CON EL EMPLAZAMIENTO AL DEMANDADO? Con la sola interposición de la demanda se interrumpe el plazo de prescripción. ¿RESULTA PROCEDENTE LA ACUMULACIÓN DE PROCESOS EN DONDE SE DISCUTA LA REIVINDICACIÓN Y LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE UN DETERMINADO BIEN INMUEBLE? Resulta procedente la acumulación de procesos en donde se discuta la reivindicación y la prescripción adquisitiva de un bien inmueble, toda vez que el articulo 90 del código procesal, para la acumulación sucesiva de procesos/no exige la concurrencia de los requisitos del art 85, y poique existe conexidad/entre/ ambos procesos/ Debiendo acumularse al primer proceso iniciado.

11 PLENOS JURISDICCIONALES.
PLENO DISTRITAL DE LA LIBERTAD 2010 ¿EN UN PROCESO SUMARÍSIMO SOBRE DESALOJO POR OCUPACIÓN PRECARIA EN EL QUE LA DEFENSA DEL DEMANDADO OPONE COMO DEFENSA DE FONDO POSEER EL BIEN POR MÁS DE 10 AÑOS, DE MANERA CONTINÚA, PACIFICA Y PÚBLICA COMO PROPIETARIO, ACREDITANDO LO ALEGADO, PERO, SIN QUE HAYA OBTENIDO AÚN DECLARACIÓN JUDICIAL O ADMINISTRATIVA SOBRE LA PRESCRIPCIÓN GANADA; DEBE ESTIMARSE ELLO COMO UN INDICIO DE LA EXISTENCIA DE UN TÍTULO QUE JUSTIFICA LA POSESIÓN Y QUE, POR TANTO, HACEN DESAPARECER LA PRECARIEDAD ALEGADA? En los procesos de desalojo por ocupación precaria donde el demandado alega y acredita tener derecho a la prescripción adquisitiva, el Juez debe suspender el proceso para que el demandado haga valer su pretensión el proceso aparte, los que finalmente se sentenciarán en forma acumulada.


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