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Publicada porEsmeralda Pantano Modificado hace 9 años
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PRINCIPALES ARTÍCULOS QUE FUNDAN TAL PRETENSIÓN La Constitución de 1949 como Constitución económica
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Capitulo III Derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad y de la educación y la cultur a Artículo 37 DERECHOS DEL TRABAJADOR A trabajar (protegido por la sociedad, considerándolo con la dignidad que merece y proveyendo ocupación a quien lo necesite) - a una retribución justa – a la capacitación – a condiciones dignas de trabajo – a la preservación de la salud – al bienestar (disponer de vivienda, indumentaria y alimentación adecuada: satisfacer sus necesidades) – a la seguridad social – a la protección de su familia – al mejoramiento económico de la defensa de los intereses profesionales (de agremiarse libremente..)
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II. DERECHOS DE LA FAMILIA La familia, como núcleo primario y fundamental de la sociedad, será objeto de preferente protección por parte del Estado, el que reconoce sus derechos en lo que respecta a su constitución, defensa y cumplimento de sus fines. Protección al matrimonio – igualdad jurídica de cónyuges y patria potestad – protección a la vivienda como bien de familia.
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III. DERECHO A LA ANCIANIDAD Todo anciano tiene derecho a su protección integral, por cuenta y cargo de su familia. En caso de desamparo, corresponde al Estado proveer a dicha protección, ya sea en forma directa o por intermedio de los institutos y fundaciones creados, o que se crearen con ese fin… Derecho a la asistencia - a la vivienda - al vestido al cuidado de la salud físico y moral- al esparcimiento – al trabajo – a la tranquilidad – al respeto.
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IV. DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA La educación y la instrucción corresponden a la familia y a los establecimientos particulares y oficiales que colaboren con ella, conforme a lo que establezcan las leyes. Para ese fin, el Estado creará escuelas de primera enseñanza, secundaria, técnico- profesionales, universidades y academias. La enseñanza primaria elemental es obligatoria y será gratuita en las escuelas del Estado... La orientación profesional es una función social que el Estado … La educación univ. Brindara formación política general. Reconocimiento de la Autonomía Universitaria.
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Capítulo IV La función social de la propiedad, el capital y la actividad económica Artículo 38 La propiedad privada tiene una función Social Sometida a los fines de bien común… Estado fiscaliza la distribución y utilización del campo… Estado interviene para desarrollar o incrementar el rendimiento en interés de la comunidad… Estado procura a cada trabajador o familia la posibilidad de ser propietario de la tierra que cultiva… La expropiación por causa de utilidad pública… Las contribuciones del art. 4 sancionadas sólo por el Congreso… La propiedad intelectual de la obra o descubrimiento… Abolición de confiscación de bienes “para siempre” … Prohibición de requisiciones por cualquier cuerpo armado en tiempos de paz.
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Artículo 39 El capital (como medios de producción) debe estar al servicio de la economía nacional y tener como principal objeto el bienestar social. Sus diversas formas de explotación no pueden contrariar los fines de beneficio común del pueblo argentino.
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Artículo 40… Sobre el modelo económico: La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados por los derechos fundamentales asegurados en esta Constitución.
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Artículo 40… sigue sobre el modelo económico Salvo la importación y exportación, que estarán a cargo del Estado, de acuerdo con las limitaciones y el régimen que se determine por ley, TODA ACTIVIDAD ECONÓMICA SE ORGANIZARÁ CONFORME A LA LIBRE INICIATIVA PRIVADA, siempre que… no tenga por fin ostensible o encubierto dominar los mercados nacionales, eliminar la competencia o aumentar usurariamente los beneficios.
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… Artículo 40 Sobre Recursos Naturales: Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptibles e inalienables de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias.
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… artículo 40… Sobre los servicios públicos : pertenecen originariamente al Estado, y bajo ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los que se hallaran en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo determine. Sobre determinación del la expropiación de empresas: El precio por la expropiación de empresas concesionarios de servicios públicos será el del costo de origen de los bienes afectados a la explotación, menos las sumas que se hubieren amortizado durante el lapso cumplido desde el otorgamiento de la concesión y los excedentes sobre una ganancia razonable que serán considerados también como reintegración del capital invertido.
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Conclusiones Cuestionamientos sobre legalidad y legitimidad Validez intrínseca en la historia argentina y latinoamericana sobre el impulso y reconocimiento de los derechos llamados de segunda generación. La necesidad o no de incorporar derechos económicos y sociales a la constitución. Modelo económico: Estado de bienestar.
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TEMAS ECONÓMICOS CONSTITUCIÓN 1853/60 (Justo Jose de Urquiza) CONSTITUCIÓN DE 1949 (Juan Domingo Perón) CONSTITUCION DE 1957 (Aramburu - Revolución Libertadora) CONSTITUCIÓN DE 1994 (Carlos Menem) Postulados y derechos según las reformas y evolución histórica Libertad económica y derechos de primera generación arts. 8 - 9 -10 - 11 - 12 Derechos de segunda generación (drechos económicos y sociales) Intervención del estado en la económía art. 37 - 38 - 39 - 40 Derechos de segunda generación - Deroga por decreto-Ley la CONST. '49 y pone en vigencia la constitución de 1853/60 Derechos de tercera generación art. 38 - 39 - 40 -41 DERECHOS Libertad de circulación de personas bienes y servicios entre provincias. Unica Aduana - solamente el Congreso establece impuestos MANTIENE MANTIENE - VIGENTE en Art.. 75 inc. 18 cláusula del progreso GARANTÍAS Principios y derechos que establece y granziza: igualdad - libertad - seguridad (certeza jurídica) - propiedad y población MODIFICA Y DEROGA PARCIALMENTEArt. 16 - El Congreso promoverá la reforma de la actual legislación en todos sus ramos, con el fin de adaptarla a esta Constitución DEROGADO Art. 75 inc.22 incorpora y da jerarquía constitucional al pacto de DERECHOS DEL TRABAJADOR AL Salario que sera de libre acuerdo- el estado no regula ni participa en su definición incorpora derechos del trabajador - a la familia y a la ancianidad- a la cultura y educación, igualdad juridica entre conyuges Deja subsistente algunos derechos que resume el art. 14 bis supresión del art. 40 Incorpora derecho de huelga Art. 75 inc.22 incorpora y da jerarquía constitucional al Pacto Internacional de Derechos económicos, Sociales y culturales que obliga a los estados a garantizar la mayoría de los Derechos de la CN }49
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PARTICIPACIÓN DEL ESTADO PARTICIPA PARA GRANTIZAR LA LIBERTAD - NO INTERVIENE ESTADO fiscaliza la distribución y utilización del campo - Establece la función social de la propiedad -Procura la propiedad de la tierra q quien la cultiva - El CAPITAL PRIVADO al servicio de la economía nacional - puede MONOPOLIZAR actividad DEROGADO Estado interviene para mantener la defensa de la competencia contra distorsión de mercados, control de monopolios naturales y legales … art. 42 SERVICIOS PÚBLICOS SS PP No están reservados ni a Nación ni a privados EstatizaciónDEROGADO Marcos regulatorios para la prestasión de SS PP- derechos de usuarios y consumidores de BIENES Y SERVICIOS art. 41 RECURSOS NATURALES RRNN La tierra es de todos es lo único que existe y abunda el estado garantiza la libertad de su aprovechamiento – renta PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONALDEROGADO PROPIEDAD DE LAS PROVINCIAS DOMINIO ORIGINARIO DE LOS RRNN de sus territorios (124 in fine) Creacion de impuestos o contribuciónd EL CONGRESO ART. 4 MANTIENE MANTIENE Y AGREGA "...QUE EQUITATIVA Y PROPORCIONALMENTE EL CONGRSO IMPONGA A LA POBLACIÓN"
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