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Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Legislación de Protección de Datos Personales: retos y oportunidades Lic. María Elena.

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Presentación del tema: "Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Legislación de Protección de Datos Personales: retos y oportunidades Lic. María Elena."— Transcripción de la presentación:

1 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Legislación de Protección de Datos Personales: retos y oportunidades Lic. María Elena Pérez-Jaén Zermeño Comisionada del IFAI 2 de diciembre de 2010, México, D.F.

2 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Antecedentes históricos LegisladorFecha Dip. Luis Miguel Barbosa Huerta (PRD)Septiembre de 2001 Dip. Jesús Martínez Álvarez (PCD)Diciembre de 2005 Sen. Antonio García Torres (PRI)Febrero de 2006 Dip. David Hernández Pérez (PRI)Febrero de 2006 Dip. Sheyla Fabiola Aragón (PAN)Marzo de 2006 Dip. Gustavo Parra Noriega (PAN)Noviembre de 2008 Dip. Adolfo Mota Hernández (PRI)Diciembre de 2008 Sen. Guillermo Anaya Llamas (PAN)Diciembre de 2009 Dip. Norma Leticia Orozco Torres (PVEM)Febrero de 2010 9 Iniciativas de Leyes de protección de datos Reformas Constitucionales: Reforma al artículo 6º (2007) Reforma al artículo 16 (2009) Reforma al artículo 73 (2009) Leyes Locales derogadas por la LFPDPPP:  Colima: Ley de Protección de Datos Personales del Estado;  Jalisco: Código Civil del Estado;  Oaxaca: Ley de Protección de Datos Personales del Estado;  Tlaxcala: Ley de Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado;

3 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Modelo híbrido (LFPDPPP) Conceptualiza el derecho a la protección de datos como un derecho fundamental, con un marco jurídico específico sobre la materia, con una serie de principios y derechos obligatorios para todos los Estados Miembros. Está definido y estructurado bajo tres elementos esenciales: Las condiciones de legitimación para el tratamiento; Los principios que deben regirlo- licitud, consentimiento, finalidad, proporcionalidad, calidad, responsabilidad- y La garantía de los derechos –acceso, rectificación, cancelación y oposición-. Fija un conjunto de reglas que aseguran el flujo de datos en los distintos sectores de actividad. Destina a una autoridad especializada e independiente la actividad de verificar el cumplimiento de las reglas, con procedimientos sencillos y gratuitos. Warren y Brandeis señalaron que el “Common Law” garantiza a cada persona el derecho a decidir hasta qué punto pueden ser comunicados a otros sus pensamientos, sentimientos y emociones. Se contemplan regulaciones sectoriales, “Privacy Act de 1974”, pero no reconoce el derecho a la protección de datos personales como tal, ni cuenta con una autoridad independiente en la materia. Prevalece la idea de “Right to Privacy” sobre la noción de “Data Protection”. El derecho a la vida privada se ha configurado y definido por la jurisprudencia y en las relaciones privadas rige el principio del consentimiento y las prácticas de autorregulación con marcada diferencia a la regulación europea, sin que dicha regulación se vea privada de efectividad en el ámbito de la protección en materia de datos personales, logrando así un esquema único y funcional para su entorno y necesidades. Modelo Europeo: Modelo Norteamericano : “Privacy Act” (safe harbour) EUA Modelo híbrido: la Ley Mexicana adopta ambos modelos La Ley cumple con los estándares internacionales aprobados en Madrid en 20009, puesto que recaba las Mejores Prácticas Internacionales.

4 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos ¿Por qué el IFAI? o Ahorro de costos adicionales. Se evitarían gastos e inversiones importantes que sobrevendrían con la creación de una nueva autoridad en materia de protección de datos personales. Así, se destinarían los recursos humanos, financieros y materiales para adecuar la estructura del IFAI, de modo que se adapte para ejercer nuevas atribuciones en el ámbito del sector privado. o Unicidad de criterio. Se evitarían conflictos potenciales entre los criterios de apertura de información y la protección de datos personales. o Curva de aprendizaje. Con el IFAI se aprovecharía la acumulación de conocimiento y especialización en materia de datos personales, incluida la implementación de regulación secundaria, solución de controversias para la protección de derechos de acceso y rectificación. o Autonomía. El IFAI reúne las características de ser un organismo descentralizado no sectorizado de la Administración Pública Federal con autonomía técnica y de gestión, así como con personalidad jurídica y patrimonio propios. Cuenta con el hecho de ser reconocido como un órgano especializado e imparcial; su órgano máximo de decisión se integra colegiadamente y es la autoridad tanto para efectos sustantivos como administrativos, sin injerencia de una Junta de Gobierno integrada por representantes de otras instancias dependientes del Ejecutivo Federal. o Posicionamiento del tema en el entorno político y social. El IFAI cuenta con un grado de conocimiento del público superior al 54% de la población en tan sólo 7 años de operación. Con respecto a la percepción ciudadana sobre la confianza y la calificación en sus instituciones públicas, el IFAI ocupa un lugar comparable al del Instituto Federal Electoral y superior a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la Secretaría de Educación Pública.

5 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Retos o Homogeneizar la diversidad de criterios en la materia, tanto en el sector público como en el sector privado; o Difundir entre la población la importancia y trascendencia de este derecho; o Establecer mecanismos de corresponsabilidad de trabajo directo con el sector coordinador de la protección de datos, esto es, entre el Instituto, y las Secretarías de Economía, Comunicaciones y Transportes, Salud y Educación Pública; o Generar mayor Competitividad Económica en México alentando la inversión extranjera. o Emitir el Reglamento de la Ley dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la Ley; o Emitir regulación secundaria (lineamientos y recomendaciones) que coadyuve a un mejor cumplimiento de la Ley; o Difusión y capacitación al interior y exterior; o Diseñar la estructura organizacional más adecuada para asumir y ejecutar con eficiencia las nuevas tareas y responsabilidades del IFAI; o Diseñar mecanismos eficaces para la ejecución de los procedimientos que conoce el IFAI; o Solicitar a la Unión Europea el nivel de adecuación como un país seguro en materia de protección de datos personales. o Promoción de la cooperación internacional en materia de protección de datos personales; e o Impulsar el Derecho en América Latina.

6 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Plazos de implementación de la Ley PlazoActividad 6 de julio de 2010 o Ley entra en vigor Julio de 2011 o Ejecutivo expide Reglamento o Empresas designan a persona/departamento que atenderá a particulares o Empresas emiten aviso de privacidad Enero de 2012 o Titulares pueden ejercer derechos ARCO ante responsables Febrero de 2012 o Particulares pueden presentar su solicitud de protección de derechos al IFAI

7 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Oportunidades Al contar con una Ley que prevé los principios en materia de protección de datos personales, México es más competitivo, puesto que se alinea a los países miembros de la OCDE, de APEC y Unión Europea. Situará al país en niveles de integración que harán posible la circulación libre de mercancias, personas, bienes y capitales. Competitividad Económica Social La ley posibilitará la generación de empleos y de fuentes ingreso, así como la ampliación de la oferta en sectores como outsourcing (servicio de tratamiento de datos como pago de nómina) servicio de almacenamiento de datos, telecomunicaciones, call centers o investigación médica. Brindará seguridad a los flujos de datos de las personas en el país. Seguridad

8 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos México preside la Red Iberoamericana de Protección de Datos o En septiembre de 2010, se eligió a la nueva dirigencia de la Red Iberoamericana de Protección de Datos, cuya Presidencia de recayó en México, a través del IFAI del 2010 al 2012. o La Conferencia Internacional de Autoridades de Protección de Datos y Privacidad aprobó en Israel otorgar a México la sede de la 33 edición de su encuentro mundial, a celebrarse en noviembre de 2011, evento considerado el máximo foro mundial en la materia. o La distinción se da después de que la Conferencia otorgara al IFAI el reconocimiento internacional como Autoridad de Protección de Datos de México y aprobara su incorporación como miembro de ese organismo. México será sede del 33 Encuentro Mundial sobre Protección de Datos en noviembre de 2011.

9 Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Muchas Gracias http://www.ifai.org.mx


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