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Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de circunstancias y condiciones de la edad … El interés.

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Presentación del tema: "Los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de circunstancias y condiciones de la edad … El interés."— Transcripción de la presentación:

1 Los españoles son hij@s iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de circunstancias y condiciones de la edad … El interés superior de todo género de gente menuda …

2 Los españoles son (hijos/as) Ante el razonamiento filosófico que, basado en los datos embriológicos, acepta que la realidad humana como suficiencia constitucional aparece en torno a la octava semana, me parece oportuno señalar una vez más la coincidencia en el tiempo que supone el hecho de que la expresión de los genes del sistema principal de histocompatibilidad que determina la identidad o mismidad genética del individuo ocurra también aparentemente entre la 7ª y la 8ª semana. ¿Se trata de una simple casualidad o, por el contrario, dicha coincidencia tiene un profundo significado genético? Por el momento no tengo contestación a esta cuestión Juan Ramón Lacadena. Catedrático de Genética, Departamento de Genética, Facultad de Ciencias, Universidad de La Laguna (Mayo-Diciembre 1971) Catedrático de Genética y Director del Departamento de Genética, Facultad de Ciencias Biológicas, Universidad Complutense (Diciembre 1971 hasta la fecha http://w3.cnice.mec.es/tematicas/genetica/index.htmlhttp://w3.cnice.mec.es/tematicas/genetica/index.html Constitución Española: Articulo 39. los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor Articulo 2 En la aplicación de la presente Ley primará el interés superior de los menores sobre cualquier otro interés legítimo que pudiera concurrir. Asimismo, cuantas medidas se adopten al amparo de la presente Ley deberán tener un carácter educativo. Célula ~ hija. 1. f. Biol. célula respecto a otra de la que procede por división.~ madre.1. f. Biol. La que se reproduce dando lugar a dos o más células hijas.2. f. Biol. célula troncal. 3. f. Biol. célula totipotente. ~ totipotente. 1. f. Biol. célula embrionaria con capacidad para generar un organismo completo.~ troncal. 1. f. Biol. célula indiferenciada que puede dar lugar a distintos tipos de tejidos, como los constituidos por células hepáticas, nerviosas, epiteliales o a las diversas estirpes de células sanguíneascélula troncal.célula totipotente. Hijos/as de mujeres, a los que la ley considera españoles desde el nacimiento, por ejemplo hijos de padre español, o después, por ejemplo, hijos de extranjeros que residen en España y obtienen la nacionalidad española Código Civil año 1.889. Artículo 29. El nacimiento determina la Personalidad se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente. Artículo 29. El nacimiento determina la Personalidad Articulo 29.2 · el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con las condiciones que expresa el artículo siguiente. Los hijos son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de las circunstancias y condiciones de nacimiento

3 Niñez: Período de la vida humana, que se extiende desde el nacimiento a la pubertad..(1. f. Primera fase de la adolescencia, en la cual se producen las modificaciones propias del paso de la infancia a la edad adulta.) 2. f. Principio o primer tiempo de cualquier cosa Niño: Que está En la niñez Niñez: Período de la vida humana, que se extiende desde el nacimiento a la pubertad..(1. f. Primera fase de la adolescencia, en la cual se producen las modificaciones propias del paso de la infancia a la edad adulta.) 2. f. Principio o primer tiempo de cualquier cosa Menuda edad:. f. coloq. niños.niños. 2. f. coloq. p. us. plebeplebe ( clase social más baja) Edad adulta: f. Aquella en que el organismo humano alcanza su completo desarrollo por razón de edad 1. f. Tiempo que ha vivido una persona.3. f. Cada uno de los períodos en que se considera dividida la vida humana. 5. Espacio de años que han corrido de un tiempo a otro.

4 … los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de cualesquiera circunstancias o condiciones que, durante el ciclo vital hasta llegar a la edad adulta vulneren el derecho a la igualdad ante la ley más favorable al interés superior del menor: compartir el derecho al interés superior para llegar a ser adulto Los hijos son Ante la Ley Española, iguales, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacionalidad, edad, ni por razón de selección de una ley con exclusión de la mas favorable


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