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1 Valencia, noviembre 2006 Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia.

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1 1 Valencia, noviembre 2006 Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

2 2 “Toda obligación de satisfacer por quien la deba,cualquier pérdida o daño que se hubiere causado a un tercero” Marco legislativo R. Civil La Responsabilidad Civil en nuestro Ordenamiento CONTRACTUAL Art. 1.101 y ss del Código Civil EXTRACONTRACTUAL Art. 1.902 y ss del Código Civil CLASES El que por Acción u Omisión causa Daño a otro interviniendo Culpa o Negligencia está obligado a reparar el daño causado” Prescripción por el transcurso de un año. Quedan sujetos a la indemnización de los Daños y Perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en Dolo, Negligencia o Morosidad y los que de cualquier modo contravinieren el tenor de aquellas” Prescripción por el transcurso de 15 años. Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

3 3 Vulneración del Principio Pacta Sunt Servanda (Art 1.101 del Código Civil). A) Dolo- Acción u Omisión con conciencia y voluntad de producir un resultado antijurídico. B) Culpa- Acción u Omisión voluntaria pero realizada sin malicia o en ausencia de diligencia. C) Mora- Retraso en el cumplimiento de la obligación. D) Contravención- Obrar en contra de lo que está mandado. La Responsabilidad Civil Contractual : Causas Requisitos A) Acción u omisión culposa o negligente. B) Daño cierto. C) Relación de Causalidad entre esa conducta y el daño producido. Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia Marco legislativo R. Civil

4 4 La Reforma del Código Penal: Contenido Económico y Financiero. Novedades: Responsabilidad penal de las personas jurídicas : la responsabilidad penal se extiende a las sociedades mercantiles de forma complementaria a la que recaiga sobre las personas físicas que las gobiernen, o bien a aquellos sujetos que cometan los hechos delictivos, sometidos a la autoridad de esas personas físicas, que así se lo han indicado, o que, simplemente, no han ejercido el debido control para evitar esos delitos. El delito contable permitirá castigar los falseamientos de las cuentas de una sociedad con el propósito de perjudicar económicamente a la misma. Se colma también en este aspecto una laguna como es la ausencia de la responsabilidad de los auditores y censores de cuentas dentro de una actuación irregular. Se introduce un nuevo delito relacionado con la creación o mantenimiento de sociedades falsas, o tapaderas con el fin prioritario del encubrimiento de actividades económicas ajenas, consiguiendo burlar sus obligaciones y ocultar delitos como el blanqueo de dinero. La Responsabilidad Penal : Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia Marco legislativo R. Penal

5 5 La información financiera de una persona pasa a ser considerada información reservada y, como tal, su divulgación se considera como un supuesto de abuso de información privilegiada. Delito de concurso punible (antiguamente denominada quiebra). Existía una necesidad de describir con mayor precisión el delito de concurso punible. Enumeración de una serie de conductas previas al concurso que no se vinculan con la insolvencia, sino que más bien ponen de manifiesto la existencia de una administración conscientemente desordenada que ha conducido al fiasco económico. Se establecen reglas para la valoración de otros delitos que se vinculan de manera muy frecuente con este concurso delictivo, como son las falsedades contables o la apropiación indebida. La Responsabilidad Penal : La Reforma del Código Penal: Contenido Económico y Financiero. Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia Marco legislativo R. Penal

6 6 La Responsabilidad Penal del Asesor Fiscal Toda persona criminalmente responsable de un delito o falta lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios. Si son dos o más los responsables de un delito o falta los Jueces o Tribunales señalarán la cuota de que deba responder cada uno. La exención de la responsabilidad criminal, no comprende la de la responsabilidad civil La Responsabilidad Penal de los delitos dolosos, no es asegurable. Véase artículo 305 C.P Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia Marco legislativo R. Penal

7 7 Responsabilidad Civil Profesional: Definición La que contraen o se atribuye a aquellas personas que en el ejercicio de su quehacer profesional y, precisamente por eso, incurren en un ilícito o infringen un precepto que produce consecuencias perjudiciales para una persona. Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia Marco legislativo R. Penal

8 8 El Seguro: Una necesidad Avance cultural y tecnológico: Sinónimo de necesidad de PROTECCIÓN. Garantiza la compensación del perjuicio económico patrimonial Su Objetivo: Reparación de las consecuencias económicas de la realización del riesgo previsto. El Contrato de Seguro Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

9 9 Principio Indemnizatorio: Indemnización de la justa pérdida que trae consigo el daño. Definición del riesgo: Suceso incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, asegurado o beneficiario y cuya realización origina la obligación del asegurador. Carácter indemnizatorio del Seguro Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

10 10 Regulación: Ley 501980 de Contrato de Seguro, Sección 8ª Art. 72 y ss.: se cubren los daños que puedan ocasionar los errores profesionales cometidos por personas que ejercen actividades propias de la titulación que poseen. “Por el seguro de responsabilidad civil el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a cubrir los riesgos del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado, conforme a Derecho” Finalidad: Protección al tercero perjudicado. Asunción de la defensa jurídica por el asegurado. Acción directa Evitar que el asegurado sea llamado a un procedimiento judicial en calidad de demandado. El Seguro de Responsabilidad Civil Profesional Título II.- Seguro de Responsabilidad Civil. Ley Contrato de Seguros Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

11 11 Posibilidades frente a la obligación de indemnizar, de reparar el daño: Mi patrimonio Prevención SEGURO RC PROFESIONAL Función económica: protege mi patrimonio Función psicológica: estoy más tranquilo Función imagen: frente a clientes es una garantía extra RIESGO: POSIBLE + INCIERTO + FORTUITO + LÍCITO + MEDIBLE Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia El Seguro de Responsabilidad Civil Profesional

12 12 Pólizas colectivas Estadísticas globales Máxima protección a los asegurados Estabilidad de las condiciones Solidaridad en los siniestros Un servicio para los colegiados ejercientes Personas Intervinientes: Tomador del Seguro Asegurado Compañía de Seguros Corredor de Seguros Pólizas Colectivas. Intervinientes REALIDAD Colegio Economistas Valencia Todos los asegura dos en igualdad de condiciones Mejoras de la póliza en el último año: primas, coberturas y sumas aseguradas Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

13 13 La actividad DEFINICIÓN AMPLIA  mayor seguridad ECONOMISTA ejercicio de la profesión tal y como está regulado en el estatuto aprobado en Decreto 871/77 de 26 de Abril de 1977. Con inclusión expresa del asesoramiento fiscal y laboral ECONOMISTA + REFOR, Se ajusta la actividad cubierta del asegurado a las nuevas responsabilidades derivadas de la Ley Concursal 22/2003 de 9 de julio Nota: cuidado dobles colegiaciones Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

14 14 ASEGURADOS : Los Economistas en activo : autónomo, socio, empleado los Economistas jubilados Los herederos y legatarios de economistas Las personas dependientes del economista. Becarios, empleados o dependientes no titulados Las sociedades unipersonales Las pequeñas sociedades formadas por economistas. Otras personas jurídicas, pero solo por la responsabilidad de un economista asegurado. Cuidado No se aseguran automáticamente: las responsabilidades de aquellas firmas que tengan más de diez economistas entre socios y/o empleados, aunque cotizables caso a caso. Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

15 15 Sumas Aseguradas, posibilidades: 1º Economista, con asesoría fiscal y laboral 2º Economista + REFOR ACTIVIDADES, Opciones 301.000 € siniestro / 602.000 año 601.000 € siniestro/ 102.000 año 1.001.000 € siniestro / 2.002.000 año Capitales Asegurados, Opciones Límite agregado anual: 3.000.000 euros ¿ por cuanto me aseguro? Analizar la tipología de trabajos y la envergadura FRANQUICIA General : Euro 300 por siniestro Daños a documentos; 15% del siniestro, mínimo Euros 300 Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

16 16 Elección de los Asegurados Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

17 17 ¿Qué se asegura? La indemnización al tercero perjudicado: daños económicos Los gastos de defensa y las costas Las fianzas civiles Las fianzas penales inhabilitación profesional protección a documentos Condiciones Técnicas Delimitación geográfica: España / Unión Europea / Mundial Cubiertos los trabajos realizados en la Unión Europea Problemática de la mundial: costes de defensa muy altos, daños punitivos y ejemplarizantes, honorarios de abogados en base al éxito que potencia las reclamaciones Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

18 18 Delimitación Temporal Duración del seguro: hasta 30 de septiembre de 2.008 Sistema en Base a “Reclamaciones” No sistema en base a “ocurrencia” Consecuencias: - Hecho conocido - Retroactividad - Problema: darse de baja Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

19 19 Fecha en la que se manifiesta el error Reclamación del tercero Momento en el que se produce el error Cronología del siniestro: IMPORTANTE: comunicar cualquier hecho o circunstancia que conozca que pueda dar lugar a un siniestro Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

20 20 Exclusiones  Quebrantamiento del secreto profesional  Pérdida de fianzas, depósitos, dinero en metálico o título o valor dinerario, faltas de caja y errores de pagos.  Responsabilidades de las 15 primeras firmas auditoras de España (según Ranking 2004) y aquellas que tengan más de 10 auditores entre socios y/o empleados.  Hechos conocidos antes de la fecha de efecto de la póliza o comunicados a pólizas previas.  Infracciones o incumplimientos de la Ley Orgánica 13/99, de 13 de diciembre de datos carácter personal.  Pérdida, daño, borrado, etc, de archivos de sistemas y/o soporte informáticos. Daños personales y aquellos materiales distintos a daños a expedientes. Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

21 21  Sanciones pecuniarias, multas y otras penas impuestas a título personal al asegurado como consecuencia de procesos penales o disciplinarios, no considerándose incluidas en este concepto las sanciones administrativas.  Pactos especiales que vayan más allá del ámbito de la responsabilidad civil legal.  Sobrepasar presupuestos o créditos, mediación o recomendación, tanto a título oneroso como gratuito, de negocios pecuniarios, de inmuebles o de otras transacciones comerciales. Administración de fincas  Acciones entabladas por socios, empleados y familiares del asegurado.  La actividad del asegurado como Director, Consejero o Ejecutivo de empresas privadas, asociaciones, clubes, etc.  La actividad como miembro sindical o administrador de Compañías salvo en lo relativo a funciones específicas de Economista Forense cuando fuese contratada esta opción.  Actividad como auditor de cuentas, Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

22 22 corresponde al Asegurador, 74 LCS En pólizas colectivas representa ventajas: Letrados con experiencia y especialización Mayor garantía del resultado. Contención del gasto y siniestralidad Controlar por parte del tomador la gestión del siniestro Defensa Jurídica Excepción: posibilidad de elegir libremente límite: 6.000 euros Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

23 23 El Riesgo asegurable Materias En frecuencia: Sin embargo, los importes reclamados en temas de carácter laboral superan los importes reclamados en materia fiscal Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

24 24 Actuación Profesional, casuística Errores más frecuentes: Casuística Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

25 25 Hojas de encargo Sujeción al encargo profesional: todo cambio o modificación aceptado por escrito Conservar la documentación Normativa, control: formación continua Acatar las competencias de los Economistas Copias de Seguridad del trabajo. Protección a los sistemas informáticos No asumir trabajos ajenos sin previo análisis  asumimos su responsabilidad Doble agenda. Importancia del calendario ¿Cómo evitar los siniestros? Siniestros Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia

26 26 Qué? Cualquier reclamación que hayamos recibido Cualquier hecho que pueda dar lugar a un siniestro (expediente sancionador, inspección hacienda, sanción administrativa etc..) No es de malos profesionales. No hay que “criminalizar” al quien da parte Si no hay reclamación firme, no tiene ninguna consecuencia. ¿Cuándo? A la mayor brevedad (la ley exige en 7 días). Importancia para preparación de la defensa y por posibles cambios de compañía. A quién? Al broker Aon Services, que se encargará de asesorar al asegurado y negociar con la compañía. ¿Qué hacer en caso de siniestro? 1. Comunicar Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia Siniestros

27 27 ¿Qué hacer en caso de siniestro? 2. Colaborar con la compañía Jamás asumir ninguna responsabilidad, ni verbalmente, ni por escrito No nombrar libremente a ningún abogado No hacer nunca ningún desembolso. Desparecería el perjuicio del tercero Cumplir las instrucciones de la aseguradora y remitir los documentos solicitados Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia Siniestros

28 28 GRACIAS POR SU ATENCIÓN Responsabilidad Civil Profesional Colegio Oficial de Economistas de Valencia


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