La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Raquel Rivera Núñez. Derecho Romano. AM 5.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Raquel Rivera Núñez. Derecho Romano. AM 5."— Transcripción de la presentación:

1 Raquel Rivera Núñez. Derecho Romano. AM 5.
4. Conceptos Generales Del Derecho Romano Persona moral o jurídica y persona física. Raquel Rivera Núñez. Derecho Romano AM 5.

2 Actividad 1: Persona Del verbo personare, en latín significa producir sonido. Persona Física Todo ser humano era considerado persona. Era necesario reunir 3 elementos: Status Libertatis Ser libre y no esclavo. Status Civitatis Ser ciudadano y no peregrino Status Familiae Ser jefe de familia y no estar debajo de ninguna potestad. La personalidad comienza con el nacimiento y termina con la muerte. Persona Moral Entidades capaces de tener derechos y obligaciones. Asociaciones Debe reunir: 1. Existencia de por lo menos 3 miembros. 2. Estatuto para regir ala organización y funcionamiento. 3. Fin Licito. Fundaciones Basta con la voluntad de una sola persona que dispusiera del patrimonio para realizar el fin deseado.

3 Actividad 2: Derecho a un nombre. Ser libres o esclavos.
Ciudadanos o peregrinos. Ingenuo o Libertino. El esclavo no tiene derechos. Derecho Romano: PERSONA: Puede ser de 2 tipos; Persona Física: no todo ser humano era considerado persona. Persona Moral: entidades capaces de tener derechos y obligaciones. Toda persona física o moral tiene derecho exclusivo al uso del nombre. Domicilio. Patrimonio. Estado. Código Civil de Veracruz: PERSONA: el ser o la entidad capaz de tener derechos y obligaciones. Las persona son física o morales. Persona Física, ser humano nacido, vivo o viable. Persona Moral, toda entidad a la que la ley reconoce personalidad jurídica propia, distinta de la de sus componentes.

4 Derecho Romano Actividad 3: Código Civil de Veracruz. Persona:
Se divide en dos partes: * Persona Física: no todo ser humano era considerado persona. * Persona Moral o jurídica: entidades capaces de tener derechos y obligaciones. Código Civil de Veracruz. * Persona: La persona es libre. No se permite la esclavitud. De las personas físicas/ ART. 28 adquieren la capacidad jurídica por el nacimiento y la pierden por la muerte; De las personas morales/ ARTICULO 32 Son personas morales: I.-La Nación, Estados y Municipios II.-Corporaciones de carácter público reconocidas por la Ley; III.-Sociedades civiles o mercantiles; IV.-Sindicatos, asociaciones profesionales V.-Sociedades cooperativas y mutualistas VI.-Asociaciones que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley.

5 Derecho Romano. Código Civil de Veracruz.
Las personas libres podían ser ciudadanos romanos o peregrinos. Se es esclavo por: - Nacimiento - Circunstancias Posteriores al nacimiento. Status Civitatis: Todo aquel que no fuera esclavo sería libre; sin embargo las personas libres podían no tener la ciudadanía romana. Código Civil de Veracruz. *Domicilio: Lugar donde se les ubica. TITULO segundo Del domicilio/ ARTICULO 37 El domicilio de una persona física es el lugar donde reside. * Estado: - Estado Personal. (Capacidad o Incapacidad). - Estado Familiar o Civil. (Soltero, Casado, Divorciado, Viudo.) - Estado Político. (Mexicano, Extranjero. Ciudadano no Ciudadano.)

6 Código Civil de Veracruz.
Derecho Romano. El individuo podía gozar del esclavo como objeto de su patrimonio. Status Familiae: relaciones del individuo dentro de la familia: Sui iuris: individuo que no se encuentra sujeto a ninguna autoridad. Se encuentra el Paterfamilias. Alieni iuris: persona que se encuentra sujeta a cualesquiera de las autoridades. Código Civil de Veracruz. * Patrimonio: Título 13 del patrimonio de la familia. ARTICULO 765 I.- La casa-habitación de la familia y los muebles de la misma, mencionados en el artículo 803. II.- Familias campesinas: una parcela de hasta 10 ha. de tierras de riego o humedad; hasta 20 ha de tierras de temporal de primera clase; hasta 30 ha de tierras de temporal de segunda clase y hasta 50 ha de tierras de otras clases. III.- Familias obreras, el equipo de trabajo necesarios para el desempeño del oficio que los miembros de aquéllas practiquen. IV.- Familias de la clase media popular, un pequeño comercio. V.- Los derechos patrimoniales de socio en las sociedades cooperativas y mutualistas. VI.- El equipo de trabajo de los profesionales.

7 Glosario: Libres: considerados como personas.
Ciudadanos según poseyeran o no a Peregrinos la ciudadanía romana. Esclavos: considerados como cosas. Ingenuo: el individuo nace libre. Libertino: el individuo nace esclavo.


Descargar ppt "Raquel Rivera Núñez. Derecho Romano. AM 5."

Presentaciones similares


Anuncios Google