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TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS MENORES EN LA UMH

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Presentación del tema: "TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS MENORES EN LA UMH"— Transcripción de la presentación:

1 TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS MENORES EN LA UMH
Servicio de control Interno TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS MENORES EN LA UMH

2 CONTRATACI N MEN R EN EL AMBITO DE LA UMH
ELEMENTOS BÁSICOS que definen a los CONTRATOS MENORES De conformidad con lo establecido en el artículo del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a euros (IVA excluido) cuando se trate de contratos de obras, o a euros (IVA excluido), cuando se trate de otro tipo de contratos. Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 111 del TRLCSP y, en virtud del cual, en los contratos menores la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto y la incorporación de la factura correspondiente. En el contrato menor de obras deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando las normas específicas así lo requieran. Deberá igualmente solicitarse el informe de supervisión regulado en el artículo 125 del TRLCSP, cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. Estos contratos no pueden tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga. No obstante lo anterior, la disposición adicional segunda de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, en vigor desde 1 de enero de 2014, ha establecido una serie de requisitos previos a la aprobación de aquellos contratos menores cuya cuantía esté comprendida entre: OBRAS: entre un importe igual o superior ,00 y una cantidad inferior a ,00-EUROS (IVA EXCLUIDO) OTROS CONTRATOS: entre un importe igual o superior 6.000,00 y una cantidad inferior a ,00-EUROS (IVA EXCLUIDO)

3 Duración: NO superior al año.
CONTRATACI N MEN R EN EL AMBITO DE LA UMH Características de los Contratos Menores Duración: NO superior al año. NO pueden ser objeto de revisión de precios. NO pueden prorrogarse.

4 IMPORTE(sin IVA) y duración
CONTRATACI N MEN R EN EL AMBITO DE LA UMH CUADRO RESUMEN CONTRATOS MENORES SEGÚN IMPORTE TIPO IMPORTE(sin IVA) y duración PRESUPUESTOS PLAZO OFERTAS SELECCIÓN OFERTA OBRAS < € Inferior a un año NO ES NECESARIO (se podrán solicitar siempre que se estime conveniente) Podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar OTROS CONTRATOS <6.000 € => e inferior a € AL MENOS TRES PRESUPUESTOS SI ELLO FUERA POSIBLE NO SE ESTABLECE máximo o mínimo En igualdad de condiciones recaerá sobre la de menor precio =>6.000 e inferior a €

5 CONTRATACI N MEN R EN EL AMBITO DE LA UMH
ACTUACIONES A SEGUIR PARA LA CONTRATACIÓN A partir del 1 de junio del 2016, todas aquellos gastos que, según la Circular nº 2/14, reúnan las características de Contratos Menores según lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, deben ser registrados en la aplicación Universitas XXI-Económico, módulo Compras y Contratos Menores (manual para el registro de los contratos menores). 1.Consulta a un mínimo de tres empresas(DOCUMENTO INVITACIÓN A EMPRESAS) capacitadas para realizar la prestación objeto del contrato, siempre que ello sea posible. Las empresas cuyas ofertas se soliciten no podrán pertenecer a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio. En las comunicaciones y trámites con las empresas a los efectos de adjudicación de los contratos se podrán utilizar medios telemáticos. 2.Se deberán integrar en el expediente: Los presupuestos de las tres empresas consultadas o, en su defecto, deberá quedar constancia escrita de la causa determinante de la adjudicación del contrato a empresa determinada(DOCUMENTO EMPRESA PROPUESTA). La selección de la oferta, en igualdad de condiciones, recaerá sobre la de menor precio. Se incluirá el modelo de “DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL Y NO PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR”, de las empresas consultadas . En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran. Deberá igualmente solicitarse el informe de supervisión a que se refiere el artículo 125 del TRLCSP cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. En aquellos casos en que la contratación/compra sea de bienes de naturaleza inventariable, se deberá formalizar un acta de recepción que deberá firmar responsable de la Unidad Promotora, enviando esta acta junto con la copia de la factura correspondiente al Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial, a efectos de que éste emita la diligencia de inventario, que remitirá a la unidad adquirente para su tramitación con todo el expediente de pago de la factura. 3.Remisión de toda la documentación junto con la factura correspondiente con los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación al Servicio de Información Contable, Gestión Económica y Financiera para su pago y tramitación. En el caso de que la factura supere los euros (IVA incluido), deberán remitir la misma en formato electrónico a través del Punto General del Entrada de Facturas de la Administración General del Estado (FACE). FORMULARIOS


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