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Publicada porRafael Naranjo García Modificado hace 8 años
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Universidad Nacional Abierta Dirección de Investigaciones y Postgrado Especialización en Telemática e Informática en EaD Coordinadora Profa. Giomar Navas Realizado por: Armando Cortesía Cédula de identidad: 17.909.308
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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) Ley Nacional de Juventud Ley Orgánica de Telecomunicaciones (2000) Ley Orgánica de Educación (2009) Ley Orgánica de las Ciencias, Tecnologías e Innovación (2005) LOPNA (2007)
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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) Articulo 108Articulo 109 Articulo 110 El Estado Garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de biblioteca y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permite a los profesores, estudiantes y egresados de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de investigación científica, humanística y tecnológica para beneficio de la nación. El Estado destinará recursos suficientes y creara el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley.
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Ley Orgánica de Telecomunicaciones (2000) Articulo 2 Capitulo II Disposiciones Transitorias Articulo 228 numeral 10 Promover el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías cuando estén disponibles y el acceso a éstos, en condiciones de igualdad de personas. Las disposiciones previstas en materia de contenido de transmisiones y comunicaciones cursadas a través de distintos medios de telecomunicaciones
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Ley Orgánica de las Ciencias, Tecnologías e Innovación (2005) Decreto 1290 Administración y funcionamiento de la tecnología Estipula la organización del sistema nacional de ciencias, tecnología e innovación y la definición de los lineamientos que orientaran las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica y de innovación.
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Ley Orgánica de Educación (2009) Articulo 11 Los medios de comunicación social, como servicios públicos son instrumentos esenciales para el desarrollo del proceso educativo y como tales deben cumplir funciones informativas, formativas y recreativas que contribuyan con el desarrollo de valores y principios establecidos en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela…
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LOPNA (2007) Articulo 68 Todos los niños y adolescentes tienen derecho a recibir, buscar y utilizar todo tipo de información que sea acorde con su desarrollo y a seleccionar libremente el medio y la información recibir. Articulo 69 El estado debe garantizar la educación a todos los niños y adolescentes educación dirigida a prepararlos y formarlos para recibir, buscar, utilizar y seleccionar apropiadamente la información adecuada a su desarrollo. Articulo 72 Las emisoras de radio y televisión tienen la obligación de presentar programaciones de la mas alta calidad. Articulo 73 El estado de fomentar la creación, producción y difusión de material informativos, libros, publicaciones, obras artísticas y producciones audiovisuales, radiofónicas y multimedia dirigidas a los niños, niñas y adolescentes… Articulo 76 …Todos los niños y adolescentes pueden tener acceso a los espectáculos públicos, salas y lugares que exhiban producciones clasificadas como adecuadas para su edad... Articulo 77 …Ningún programa televisivo o radiofónico será presentado o exhibido sin aviso de su clasificación, antes de su transmisión o presentación.
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Ley Nacional de Juventud Articulo 28Articulo 38 El estado a fin, de preservar el acceso y la permanencia de los jóvenes y las jóvenes en el sistema educativo, fortalecerá la educación nocturna y la educación a distancia mediante el uso de la informática y de cualquier otro instrumento que fortalezca los estudios no presenciales. Los jóvenes y las jóvenes tienen derecho a que le sean reconocidas como propias todas las invenciones, creaciones científicas, tecnológicas y culturales que realicen, de conformidad con la ley respectiva.
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Banco Interamericano de Desarrollo (2003) Manual.gob Estrategias de Gobierno Electrónico en los Países de la región 1 Washington DC, enero 2003 [Documento en línea]. En:http://www.iadb.org/sds/itdev/doc/manual_gobes.pdfhttp://www.iadb.org/sds/itdev/doc/manual_gobes.pdf República Bolivariana de Venezuela (2010). Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología E Innovación Publicado en la Gaceta Oficial Nº 37.921 del 30 de Agosto de 2001[Documento en línea]. En:http://www.mppeuct.gob.ve/sites/default/files/descargables/ley_organica_ de_ciencia_tecnologia_e_innovacion_2010.pdfhttp://www.mppeuct.gob.ve/sites/default/files/descargables/ley_organica_ de_ciencia_tecnologia_e_innovacion_2010.pdf República Bolivariana de Venezuela (1981). Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Publicado en la Gaceta Oficial Nº 2.818 Extraordinaria de 1º de julio de 1981. En: http://www.cne.gob.ve/registrocivil/uploads/repoDocs/8d402a7f9f0 bd78c19c470f49896757bc4806a94_1293025014.pdfhttp://www.cne.gob.ve/registrocivil/uploads/repoDocs/8d402a7f9f0 bd78c19c470f49896757bc4806a94_1293025014.pdf República Bolivariana de Venezuela (1999) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Publicada en Gaceta Oficial Nº 5.453 (Extraordinaria) de fecha 24 de marzo del 2000 [Documento en línea]. En:http://www.cne.gob.ve/registrocivil/uploads/repoDocs/62f851f23b128c8c3 9d4bf117e0009ae16c267b2_1293028542.pdfhttp://www.cne.gob.ve/registrocivil/uploads/repoDocs/62f851f23b128c8c3 9d4bf117e0009ae16c267b2_1293028542.pdf Referencias
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