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CONDUSEF Nombre oficial: Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Es una institución pública dependiente.

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Presentación del tema: "CONDUSEF Nombre oficial: Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Es una institución pública dependiente."— Transcripción de la presentación:

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2 CONDUSEF Nombre oficial: Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Es una institución pública dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual tiene como objetivo dirigir y controlar la política económica del Gobierno Federal en materia financiera, fiscal, de gasto, de ingreso y deuda pública.

3 Objetivo: Fomentar la Educación Financiera entre la población. Continuar con el desarrollo de productos y herramientas que apoyen, asesoren y orienten a los usuarios deservicios financieros. Buscar siempre una relación justa y equitativa entre los usuarios y las instituciones financieras.

4 Ejercitan dos tipos de acciones: Preventivas:
Orientar Informar promover la Educación Financiera

5 Correctivas: atender y resolver las quejas y reclamaciones de los usuarios de servicios y productos financieros.

6 La condusef también cuenta con unidades especializadas que tienen como objetivo atender las consultas y reclamaciones de forma directa a través de un directorio de unidades y el Registro de información de las Unidades Especializadas (REUNE)

7 Nuevas atribuciones de la CONDUSEF:
FACILITAR la portabilidad de cuentas bancarias. PROMOVER sanas prácticas y usos comerciales en ofrecimiento de servicios financieros. ESTABLECER criterios respecto de las cuentas que abren los bancos para otorgar asistencia por catástrofes. DAR vista a la Comisión Federal de Competencia de prácticas lesivas al adecuado funcionamiento del mercado. INVESTIGAR hechos violatorios a la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de protección a Usuarios de Servicios Financieros. SUPERVISAR Y SANCIONAR el incumplimiento a lo dispuesto por las Disposiciones de Carácter General que emita esta comisión. PUBLICAR las sanciones impuestas a Instituciones de Crédito.

8 Instituciones de Crédito SOFOLES Arrendadoras Financieras
En materia de la Ley para la Transparencia, Condusef tiene bajo su responsabilidad a las siguientes Entidades Financieras: Instituciones de Crédito SOFOLES Arrendadoras Financieras Empresas de Factoraje Financiero SOFOMES Reguladas y No Reguladas Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, y Entidades Financieras que actúen como Fiduciarias en Fideicomisos que otorguen créditos, préstamos o financiamiento al público.

9 Las reformas: Responsabilizan a la CONDUSEF de la
Transparencia financiera. Promueven una mejor comunicación con las autoridades e Instituciones Financieras. Convierte a la CONDUSEF en autoridad REGULADORA y SUPERVISORA, de todas las entidades financieras que otorgan financiamiento y crédito.

10 Vigencia de las Reformas:
La nuevas atribuciones de la Comisión para emitir disposiciones entrarán en vigor a los 180 días naturales siguientes a partir de la publicación del Decreto en el Diario Oficial de la Federación, es decir, enero de 2010.• Las reformas a la Ley que rige a la CONDUSEF entrarán en vigor a los 270 días naturales a partir de la publicación del Decreto en el Diario Oficial de la Federación, es decir, marzo de 2010. En tanto la CONDUSEF emita las disposiciones derivadas del presente decreto, seguirán aplicándose las emitidas por la CNBV.

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12 ESTRUCTURA ORGÁNICA CONDUSEF
Junta de Gobierno Secretaría de la Junta de Gobierno, y Prosecretaría de la Junta de Gobierno. Presidencia Secretaría Técnica. Vicepresidencias Técnica; Jurídica; De Delegaciones, y De Planeación y Administración.

13 IV. Direcciones Generales
a) De Análisis de Servicios y Productos Financieros; b) De Promoción de la Cultura Financiera; c) De Defensoría, Interventoría y Consultiva; d) De Servicios Legales; e) De Orientación, Supervisión, Conciliación y Dictaminación; f) De Delegaciones Centro-Occidente; g) De Delegaciones Norte-Sur; h) De Administración; i) De Planeación

14 Direcciones De Estudios de Mercado; De Información y Estadística;
De Registro y Análisis Financiero; Unidad de Desarrollo y Evaluación del Proceso Operativo; De Dictaminación. Entre otras mas. Art.3 Estatutos orgánicos de la CONDUCEF

15 Delegaciones, unidades administrativas desconcentradas de la Comisión Nacional, que podrán ser Regionales, Estatales o Locales. Órganos colegiados Así como un Órgano Interno de Control.

16 PRESIDENCIA El Presidente es la máxima autoridad administrativa de la Comisión Nacional y tendrá las facultades y obligaciones consignadas en la Ley. Corresponderá al Presidente proponer a la Junta de Gobierno, para su autorización, la estructura de la organización administrativa de la Comisión Nacional, así como sus modificaciones. Las facultades del Presidente incluyen las de designar a servidores públicos para que absuelvan posiciones y realicen toda clase de gestiones pertinentes ante autoridades judiciales o administrativas.

17 Secretaría de la Junta de Gobierno
Le corresponden atribuciones como: Llevar un registro de los acuerdos tomados en las sesiones de la Junta, comunicándolos al Presidente para su ejecución, dando seguimiento a los mismos. Expedir y certificar las constancias que las autoridades competentes le requieran en ejercicio de sus atribuciones, así como las que le sean solicitadas de conformidad a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

18 Prosecretaría de la Junta de Gobierno
Le corresponden atribuciones como: Reunir las solicitudes de acuerdo que presenten las distintas unidades administrativas de la Comisión Nacional o los miembros de la Junta, y someterlas a consideración de la Secretaría de la Junta; Acordar con la Secretaría de la Junta, la convocatoria, el orden del día y la carpeta que contenga la información y documentación necesarias que permitan el conocimiento de los asuntos a tratar en la sesión correspondiente.

19 VICEPRESIDENCIAS Le corresponden atribuciones como:
Acordar con el Presidente los asuntos de su competencia, e informarle sobre el desarrollo de las actividades de las unidades administrativas que les son adscritas. Planear, formular, dirigir y evaluar los programas anuales de labores y los programas específicos que determinen las disposiciones aplicables, así como las actividades de las unidades administrativas a ellos adscritas, conforme a los criterios que determine el Presidente.

20 Integrantes: Carreón López Olivier Axel García Morales Karla Lissette Trejo Flores Bertha karina


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