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Reformas a la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización Nuevo Esquema de Incentivos.

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Presentación del tema: "Reformas a la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización Nuevo Esquema de Incentivos."— Transcripción de la presentación:

1 Reformas a la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización Nuevo Esquema de Incentivos

2 Compromisos ante la OMC  La Organización Mundial del Comercio (OMC) requiere que el Régimen de Zonas Francas de El Salvador sea ajustado para el 2015, a fin de cumplir con los siguientes requisitos:  Eliminación de subsidios condicionados a la exportación y  Eliminación de subsidios condicionados al uso de materias primas locales  Esquema de reconversión para el 2015 es obligatorio para Guatemala, El Salvador, la República Dominicana, Panamá y Costa Rica, entre otros países en desarrollo  Países como Costa Rica y Panamá ya hicieron las adecuaciones a su régimen

3  El Proyecto de Reformas fue presentado a la Asamblea Legislativa para su estudio, discusión y aprobación.  Se espera que las reformas sean aprobadas antes de finalizar el año. ¿DÓNDE ESTAMOS?

4 Aspectos Principales del Régimen Modificado Incentivos:  Se mantiene permanentemente la exención de tributos a la importación (aranceles e IVA) y del impuesto a la transferencias de bienes inmuebles  Se mantiene tasa 0% del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios (IVA)  Se mantiene la exención total del impuesto sobre la renta e impuestos municipales por un período de 20 años. Vencido ese plazo, se pagaría una tasa preferencial.  Asimismo, se gozarán de exención del pago del impuesto a la distribución de dividendos.

5 USUARIOS EXISTENTES Impuesto sobre la Renta Años%/Tasa 1 al 200% 21 al 3040% En adelante60% Impuestos Municipales Años%/Tasa 1 al 200% 21 al 3010% En adelante25% INCENTIVOS FISCALES

6 ADMINISTRADORES Y DESARROLLISTAS Renta y Municipales: (Exención Total) Hasta el 31.12.2015, o de acuerdo al plazo de vencimiento de su respectivo Acuerdo de Concesión, el que sea mayor. Vencido dicho plazo 5 años adicionales. Asimismo, los desarrollistas podrán gozar 5 años adicionales de exención de impuestos sobre la renta y municipales siempre que durante el período de la exención hayan invertido en una ampliación de la Zona Franca que cumpla con las características siguientes: 1)La superficie total de la ampliación debe ubicarse en un radio no mayor a cinco kilómetros de la ubicación inicial 2)Que la superficie de ampliación no menor a ocho manzanas. 3)Que la ampliación cumpla con los requisitos legales de infraestructura. INCENTIVOS FISCALES

7 Los actuales Usuarios y DPA deberán cumplir con los siguientes requisitos para acceder al Régimen:  Tener y mantener puestos de trabajo en la empresa según el siguiente detalle:  Productores: No menos de 50 empleados si es usuario de zona franca o 75 empleados si es DPA.  Comercializadores: No menos de 5 empleados si es usuario de zona franca o 15 empleados si es DPA; o  Haber realizado inversiones en activo fijo por un monto no menor a USD $100,000 desde la fecha del acto que les autorizó, y mantener un número de puestos de trabajo equivalente al promedio de los puestos de trabajo de los últimos 3 años calendario, o equivalente al promedio de puestos de trabajo del tiempo transcurrido desde la fecha de autorización, si este fuese menor. TRANSICIÓN AL NUEVO RÉGIMEN Todas las empresas están obligadas a solicitar su transición al nuevo régimen dentro del plazo de 6 meses, contados a partir de la entrada en vigor de la Ley. Si no lo hacen dentro del plazo establecido, perderán el derecho adquirido que gozan.

8  Mientras el Ministerio no resuelva la solicitud de transición al nuevo régimen, la empresa seguirá gozando de los beneficios que actualmente recibe. Por ende, será hasta que se emita este nuevo Acuerdo que se gozarán de la exención del impuesto a lo dividendos, dado que actualmente no se goza de este beneficio.  Dentro de este plazo de 6 meses también deberá solicitar se incluya en el Acuerdo los incisos arancelarios de las mercancías que no se consideran necesarios para la actividad autorizada.  El Gobierno introdujo reformas al régimen aduanero con miras a asegurar un mayor control en aspectos como: traslados, cuadro demostrativo de descargo, desconexiones. Otros Aspectos de Interés

9 Preguntas y Respuestas


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