La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS

Presentaciones similares


Presentación del tema: "HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS"— Transcripción de la presentación:

1 HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS
Por Benjamín Moisá

2 CÓDIGO (CARACTERES) Generalizaciones Especificaciones Diferenciaciones
Definiciones Categorizaciones SISTEMA (orden racional) CARACTERES MÉTODO (criterio de orden) Códigos generales Códigos especiales UNIDAD (cuerpo único) Imputar es atribuir algo a alguien. 27/04/2017 Benjamín Moisá

3 ÁREA DE INFLUENCIA GERMÁNICA
27/04/2017 Benjamín Moisá

4 METODOLOGÍA Parte General Parte Especial Personas (sujeto)
Bienes (objeto) Cosas (objetos materiales) Derechos (objetos inmateriales) Hechos (causa) Parte Especial Derechos personales (relaciones sujeto-sujeto) En las relaciones de familia (derecho de familia) En las relaciones creditorias (derecho de las obligaciones) Derechos reales (relaciones sujeto-objeto) Disposiciones comunes Sucesiones Prescripción 27/04/2017 Benjamín Moisá

5 HECHOS JURÍDICOS 257. Hecho jurídico. El hecho jurídico es el acontecimiento que, conforme al ordenamiento jurídico, produce el nacimiento, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas. 896. Los hechos de que se trata en esta parte del código son todos los acontecimientos susceptibles de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extinción de los derechos u obligaciones. 27/04/2017 Benjamín Moisá

6 CLASIFICACIÓN DE LOS HECHOS JURÍDICOS
SIMPLES ACTOS (ACTOS JURÍDICOS) DE LA NATURALEZA LÍCITOS ACTOS JURÍDICOS (NEGOCIOS JURÍDICOS) HECHOS JURÍDICOS VOLUNTARIOS (ACTOS) DELITOS (DOLO) DEL HOMBRE ILÍCITOS CUASI- DELITOS (CULPA) INVOLUNTARIOS 27/04/2017 Benjamín Moisá

7 HECHOS VOLUNTARIOS (ACTOS)
260. Acto voluntario. El acto voluntario es el ejecutado con discernimiento, intención y libertad, que se manifiesta por un hecho exterior. 897. Los hechos humanos son voluntarios o involuntarios. Los hechos se juzgan voluntarios, si son ejecutados con discernimiento, intención y libertad. 913. Ningún hecho tendrá el carácter de voluntario, sin un hecho exterior por el cual la voluntad se manifieste. 900. Los hechos que fueren ejecutados sin discernimiento, intención [o] y libertad [hechos involuntarios], no producen por sí obligación alguna. 27/04/2017 Benjamín Moisá

8 ELEMENTOS DEL ACTO O HECHO VOLUNTARIO
Elemento moral o interno (voluntad psicológica) Discernimiento o razón (comprender) Minoridad (inmadurez mental) Demencia (enfermedad mental o privación temporal de la razón) Intención o reflexión (querer) Ignorancia (falta de conocimiento) Error (falso conocimiento espontáneo) Dolo (falso conocimiento provocado) Libertad (poder) Fuerza (violencia física) Intimidación (violencia moral) Elemento material o externo (manifestación de la voluntad) Manifestación expresa (Declaración) Manifestación tácita Comportamiento de las partes Silencio 27/04/2017 Benjamín Moisá

9 HECHOS INVOLUNTARIOS 261. Acto involuntario. Es involuntario por falta de discernimiento: a) el acto de quien, al momento de realizarlo, está privado de la razón; b) el acto ilícito de la persona menor de edad que no ha cumplido diez años; c) el acto lícito de la persona menor de edad que no ha cumplido trece años, sin perjuicio de lo establecido en disposiciones especiales. 921. Los actos serán reputados hechos sin discernimiento, si fueren actos lícitos practicados por menores impúberes, o actos ilícitos por menores de diez años; como también los actos de los dementes que no fuesen practicados en intervalos lúcidos, y los practicados por los que, por cualquier accidente están sin uso de razón. 922. Los actos serán reputados practicados sin intención, cuando fueren hechos por ignorancia o error, y [sin libertad] aquellos que se ejecutaren por fuerza o intimidación. 27/04/2017 Benjamín Moisá

10 ACTOS LÍCITOS O ILÍCITOS
258. Simple acto lícito. El simple acto lícito es la acción voluntaria no prohibida por la ley, de la que resulta alguna adquisición, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas. 898. Los hechos voluntarios son lícitos o ilícitos. Son actos lícitos, las acciones voluntarias no prohibidas por la ley, de que puede resultar alguna adquisición, modificación o extinción de derechos. 899. Cuando los actos lícitos no tuvieren por fin inmediato alguna adquisición, modificación o extinción de derechos sólo producirán este efecto, en los casos en que fueren expresamente declarados. 27/04/2017 Benjamín Moisá

11 ACTOS JURÍDICOS 259. Acto jurídico. El acto jurídico es el [hecho] acto voluntario lícito que tiene por fin inmediato la adquisición, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas. 944. Son actos jurídicos los [hechos] actos voluntarios lícitos, que tengan por fin inmediato, establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos. 27/04/2017 Benjamín Moisá

12 NATURALEZA DEL ACTO JURÍDICO
Doctrina de la intención jurídica (intentio iuris) Hecho voluntario lícito (aspecto genético) Norma jurídica (aspecto funcional) Norma particular autónoma (acto jurídico) Norma general heterónoma (ley) Norma particular heterónoma (sentencia) Doctrina de la intención empírica (intentio facti) Supuesto de hecho desencadenante de la actuación de la ley, cuyos efectos jurídicos dependen de la voluntad autoritaria del Estado (propósito económico-social) 27/04/2017 Benjamín Moisá

13 ELEMENTOS DE LOS ACTOS JURÍDICOS
Esenciales Sujeto: persona física o jurídica Objeto: operación o relación jurídica querida por las partes Causa final: Causa objetiva: finalidad jurídica (intentio iuris) Causa subjetiva: finalidad práctica (intentio facti) Forma: ad solemnitatem absoluta Naturales Normas supletorias o dispositivas Accidentales Voluntad de las partes 27/04/2017 Benjamín Moisá

14 OBJETO DEL ACTO JURÍDICO
Objeto del acto jurídico y del contrato como especie (¿qué quieren las partes?) Operación o relación jurídica querida por las partes (infinitivo del verbo contractual) Testamento (testar) Matrimonio (contraer matrimonio) Contratos nominados o típicos (comprar-vender, arrendar, prestar, etc.) Contratos innominados o atípicos (crear, modificar, transferir, extinguir, etc.) Distinción con la causa fin objetiva en los contratos Objeto: bilateral Causa: unilateral Objeto de la obligación (¿qué deben las partes?) Prestación Cosas (obligaciones de dar) Hechos positivos o negativos (hacer o no hacer) 27/04/2017 Benjamín Moisá

15 REGULACIÓN DEL OBJETO 279. Objeto. El objeto del acto jurídico no debe ser un hecho imposible o prohibido por la ley, contrario a la moral, a las buenas costumbres, al orden público o lesivo de los derechos ajenos o de la dignidad humana. Tampoco puede ser un bien que por un motivo especial se haya prohibido que lo sea. 725. Requisitos. La prestación que constituye el objeto de la obligación debe ser material y jurídicamente posible, lícita, determinada o determinable, susceptible de valoración económica y debe corresponder a un interés patrimonial o extrapatrimonial del acreedor. 1003. Disposiciones generales. Se aplican al objeto del contrato las disposiciones de la Sección 1, Capítulo 5, Título 4 del Libro Primero de este Código. Debe ser lícito, posible, determinado o determinable, susceptible de valoración económica y corresponder a un interés de las partes, aun cuando éste no sea patrimonial. 27/04/2017 Benjamín Moisá

16 FINALIDAD (CAUSA FINAL)
Tesis causalista (Domat) Causa-fin objetiva (contraprestación - liberalidad) Tesis anticausalista o identificatoria (Ernst - Planiol) Causa = Objeto Tesis neocausalista (Capitant) Causa-fin objetiva o abstracta (fin jurídico - tipo contractual) Causa-fin subjetiva o concreta (fin práctico - propósito económico-individual) 27/04/2017 Benjamín Moisá

17 REGULACIÓN DE LA CAUSA FINAL
281. Causa. La causa es el fin inmediato autorizado por el ordenamiento jurídico que ha sido determinante de la voluntad. También integran la causa los motivos exteriorizados cuando sean lícitos y hayan sido incorporados al acto en forma expresa, o tácitamente si son esenciales para ambas partes. 27/04/2017 Benjamín Moisá

18 PRESUNCIÓN DE CAUSA Y CAUSA FALSA
282. Presunción de causa. Aunque la causa no esté expresada en el acto se presume que existe mientras no se pruebe lo contrario. El acto es válido aunque la causa expresada sea falsa si se funda en otra causa verdadera. 500. Aunque la causa no esté expresada en la obligación, se presume que existe, mientras el deudor no pruebe lo contrario. 501. La obligación será válida aunque la causa expresada en ella sea falsa, si se funda en otra causa verdadera. 27/04/2017 Benjamín Moisá

19 CAUSA ILÍCITA 1014. Causa ilícita. El contrato es nulo cuando:
a) su causa es contraria a la moral, al orden público o a las buenas costumbres; b) ambas partes lo han concluido por un motivo ilícito o inmoral común. Si sólo una de ellas ha obrado por un motivo ilícito o inmoral, no tiene derecho a invocar el contrato frente a la otra, pero ésta puede reclamar lo que ha dado, sin obligación de cumplir lo que ha ofrecido. 502. La obligación fundada en una causa ilícita, es de ningún efecto. La causa es ilícita, cuando es contraria a las leyes o al orden público. 27/04/2017 Benjamín Moisá

20 ACTO ABSTRACTO 283. Acto abstracto. La inexistencia, falsedad o ilicitud de la causa no son discutibles en el acto abstracto mientras no se haya cumplido, excepto que la ley lo autorice. 27/04/2017 Benjamín Moisá

21 FORMA Funciones Clases Protección de las partes (reflexión y prueba)
Protección de los terceros (certidumbre y publicidad) Clases Forma pactada (actos no formales) Forma legal (actos formales) Forma solemne Ad solemnitatem absoluta (nulidad plena) Donación inmobiliaria Ad solemnitatem relativa (nulidad efectual) Compraventa inmobiliaria Forma probatoria 27/04/2017 Benjamín Moisá

22 REGULACIÓN DE LA FORMA 284. Libertad de formas. Si la ley no designa una forma determinada para la exteriorización de la voluntad, las partes pueden utilizar la que estimen conveniente. Las partes pueden convenir una forma más exigente que la impuesta por la ley. 285. Forma impuesta. El acto que no se otorga en la forma exigida por la ley no queda concluido como tal mientras no se haya otorgado el instrumento previsto, pero vale como acto en el que las partes se han obligado a cumplir con la expresada formalidad, excepto que ella se exija bajo sanción de nulidad. 27/04/2017 Benjamín Moisá

23 CLASIFICACIÓN 946. Los actos jurídicos son unilaterales o bilaterales. Son unilaterales, cuando basta para formarlos la voluntad de una sola persona, como el testamento. Son bilaterales, cuando requieren el consentimiento unánime de dos o más personas. 947. Los actos jurídicos cuya eficacia no depende del fallecimiento de aquellos de cuya voluntad emanan, se llaman en este código "actos entre vivos", como son los contratos. Cuando no deben producir efecto sino después del fallecimiento de aquellos de cuya voluntad emanan, se denominan "disposiciones de última voluntad", como son los testamentos. 27/04/2017 Benjamín Moisá

24 EXTINCIÓN DE LOS ACTOS JURÍDICOS
Cumplimiento Extinción sin cumplimiento Revocación (ex nunc) Principio: actos unilaterales (v. gr.: testamento, poder) Excepción: actos bilaterales (v. gr.: donación, mandato) Rescisión (ex nunc) Bilateral («distracto») Unilateral Legal Convencional Resolución (ex tunc) Automática (condición resolutoria) Facultativa (pacto comisorio) Opcional (señal o arras penitenciales) 27/04/2017 Benjamín Moisá


Descargar ppt "HECHOS Y ACTOS JURÍDICOS"

Presentaciones similares


Anuncios Google