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La conciliación un mecanismo efectivo para su incorporación en la Personería Delegada para la Defensa del Consumidor en la protección de los derechos.

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Presentación del tema: "La conciliación un mecanismo efectivo para su incorporación en la Personería Delegada para la Defensa del Consumidor en la protección de los derechos."— Transcripción de la presentación:

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2 La conciliación un mecanismo efectivo para su incorporación en la Personería Delegada para la Defensa del Consumidor en la protección de los derechos y garantías de los consumidores.

3 La personería delegada para la defensa del consumidor, tiene como propósito proteger al consumidor en todos sus derechos y garantías, Para la realización de este propósito esta personería atiende y recibe las quejas de los usuarios, orientando en la manera como se debe proceder, ya sea presentando un derecho de petición o con la citación para la realización de diligencias administrativas de acuerdo, pero la utilización de este método para llegar a una solución no es el adecuado ya que este carece de una regulación legal, y lo que es mas preocupante no tiene consecuencias jurídicas definidas

4 Este proyecto se basa en estudiar la posibilidad de modificar las diligencias administrativas de acuerdo por el método alternativo de solución de conflictos denominado Conciliación. ¿Existe una mayor protección y garantía de los derechos del consumidor al modificar las diligencias administrativas de acuerdo que se realizan en la Personería Delegada para la defensa del Consumidor por el método alternativo de solución de conflictos denominado Conciliación?

5 PROTECCION DE DERECHOS INSTITUCIONES CON Y GARANTIAS DEL CONSUMIDOR MECANISMOS EFICACES EFECTOS DE LAS DECISIONES TENGAN UN CARÁCTER TOMADAS EN EL DESPACHO VINCULATORIO DILIGENCIA ADMINISTRATIVA FACILITA REMITIR LAS DE ACUERDO ACTUACIONES A LA SIC CONCILIACION SOLUCION DEL CONFLICTO O LA OBTENCION DOCUMENTO QUE PRESTE MERITO EJECUTIVO

6 Investigar la posibilidad de adicionar al manual específico de funciones y competencias laborales del personero delegado para la defensa del consumidor, la facultad de conciliar los asuntos que sean de su competencia.

7  Estudiar el trámite para lograr la modificación del manual especifico de funciones y competencias laborales establecido por resolución 176 del 10 de Mayo de 2006.  Establecer cuáles son los beneficios que se obtienen con adopción de la conciliación modificando las diligencias administrativas de acuerdo.  Realización de capacitación sobre el concepto y trámite de la conciliación.

8  CONCILIACION  DILIGENCIA ADMINISTRATIVA DE ACUERDO  CONSUMIDOR  SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

9 ACTIVIDADRECURSOSTIEMPO Observación de Problemas en la entidad R. Humano2 semanas Recolección de información R. Humano5 días Escogencia del problema a desarrollar R. Humano2 días Estructuración del Proyecto R. Humano1 semana Estudio tramite de modificación R. Humano3 semanas Elaboración estadísticas R. Humano3 semanas Socialización proyecto R. Humano2 semanas

10 La protección del consumidor implica que existe una vigilancia de las disposiciones del Estatuto del Consumidor, en tal virtud tramita las denuncias que se presentan e inicia investigaciones de oficio tendientes a establecer su contravención. En este campo tiene las siguientes facultades: Administrativas para ordenar la suspensión de conductas ilegales Sancionatorias para reprimir a los infractores Jurisdiccionales para resolver sobre la garantía mínima presunta.

11 QUEJAS TRAMITADAS POR VIOLACION AL ESTATUTO DEL CONSUMIDOR.

12 ASUNTOS ARCHIVADOS CON RESULTADO FAVORABLE Los asuntos que se encuentran archivados se debe a que se adelantó el trámite correspondiente, protegiendo, defendiendo y restableciendo derechos de los consumidores, obteniendo un resultado favorable llegando a un acuerdo entre las partes.

13 ASUNTOS REMITIDOS A OTRAS ENTIDADES Los trámites remitidos a otras entidades son aquellos en los que se surtió el trámite competente en la personería delegada para la defensa del consumidor y no se logró el restablecimiento de los derechos del consumidor y se enviaron a la Superintendencia de Industria y Comercio, Superintendencia Financiera, Inspección de Precios Pesas y Medidas, Asociación Nacional de Televisión, Superintendencia Nacional de Salud, Datacrédito, entre otras

14 ARTICULO 28 DECRETO 2772 DE 2005 La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general. El manual específico no requerirá refrendación por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública

15 ARTICULO 32 DECRETO 785 DE 2005 La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante acto administrativo de la autoridad competente. Corresponde a la unidad de personal de cada organismo o a la que haga sus veces, adelantar los estudios para la elaboración, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de requisitos y velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.

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