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Dra. Gisela Alarcón R. Subsecretaria (S) de Redes Asistenciales

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Presentación del tema: "Dra. Gisela Alarcón R. Subsecretaria (S) de Redes Asistenciales"— Transcripción de la presentación:

1 Beneficios para trabajadores de la salud Protocolos de Acuerdos y Proyectos de Ley
Dra. Gisela Alarcón R. Subsecretaria (S) de Redes Asistenciales Enero 2016

2 El modelo conceptual Fuente: adaptación modelo conceptual OMS, 2015

3 Desde la provisión de servicios, para lograr impacto sanitario
Valor público “A menos que se adopte un enfoque centrado en las personas y servicios integrados, el cuidado de la salud será cada vez más fragmentado, ineficiente e insostenible. Sin mejoras en la prestación de los servicios, las personas no podrán acceder a Servicios de salud de alta calidad que satisfagan sus necesidades y expectativas” (OMS, 2015)

4 Atributos esenciales de las RISS
El instrumento RISS: redes integradas de servicios de salud basadas en APS Modelo asistencial Gobernanza y estrategias Organización y gestión Asignación de recursos e incentivos Atributos esenciales de las RISS

5 TEMARIO Acuerdo Negociación gremios Ley 18.834
Proyecto Incentivo Retiro APS Protocolo de Acuerdo Profesionales Ley Médica y Proyecto Ley Proyecto Incentivo Retiro funcionarios SNSS

6 Caracterización Dotación Servicios de Salud – Junio 2015
Dotación por Estamento Dotación por Calidad Jurídica Dotación por Tipo de Contrato

7 RESUMEN ACUERDOS DE NEGOCIACION LEY 18.834

8 Acuerdo Histórico Con los 8 gremios
Mesa tripartita: Gremios - DIPRES - MINSAL De largo plazo No solo remuneracional, también apunta a competencias y calidad de vida en el trabajo Apunta hacia la equidad con foco en los estamentos mas desfavorecidos historicamente. Mejora la calidad del Estado como empleador

9 I Plan de incentivo al retiro sector salud
Constituye la base sobre la cual se construye el acuerdo, permite dar cuenta de los cambios en la planta de funcionarios. Proyecto de Ley Boletín Nº

10 II Capacitación y Calidad de Vida
En Capacitación, los acuerdos principales dicen relación con: Destinar un 5% de los recursos de capacitación anual de los SS. Para programas asociados a liderazgo dirigencial y gobernanza. Favorecer la participación en los programas de capacitación del personal que labora en sistemas de turnos. Cautelar la mejor participación de las asociaciones de funcionarios con representación nacional y regional en los comités de capacitación.

11 II Capacitación y Calidad de Vida
En Calidad de Vida, los acuerdos principales dicen relación con: Plan de trabajo de largo plazo, para otorgar el efectivo acceso y uso a Salas Cunas, considerando las 24 hrs. MINSAL promoverá que los Servicios de Salud puedan extender el beneficio de sala cuna al nivel de jardín infantil, acorde a las disponibilidades presupuestarias. Inclusión en proyectos pre-inversionales, espacios físicos para proveer el servicio de cuidados infantiles. Actualización del Programa de Mejoramiento del Entorno Laboral. Instalación creciente, desde marzo de 2016, de Comités de Buenas Prácticas Laborales en los Servicios de Salud del país. Fortalecer la gestión de listas de espera quirúrgicas de funcionarios, en el marco de la legalidad vigente. Desarrollo de estrategias promocionales y preventivas de salud para hacerlas viables a la realidad de los trabajadores considerando los riesgos psicosociales.

12 III Ascensos y Honorarios
Puesta al día en ascensos, en año 2015. Dar curso a todos los ascensos, previo a cualquier modificación de plantas. 2. Traspaso de honorarios a contrata (2016 – 2018). Año 2016: 2000 Año 2017: 2000 Año 2018: 2000 Requisitos para el traspaso: Personal con 1 o más años de antigüedad, Contratos de 44 horas, Que cumple funciones permanentes.

13 IV MEJORAS EN PLANTAS DE PERSONAL

14 PROFESIONALES

15 TECNICOS

16 ADMINISTRATIVOS

17 AUXILIARES

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23 MOVIMIENTOS PLANTA DE PROFESIONALES

24 MOVIMIENTOS PLANTA DE TECNICOS

25 MOVIMIENTOS PLANTA DE ADMINISTRATIVOS

26 MOVIMIENTOS PLANTA DE AUXILIARES

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28 V ASIGNACIONES

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31 Agenda de leyes asociadas
Ley que concede el bono de 50 mil pesos. Ya aprobada y pagado en noviembre 2015. Proyecto de ley incentivo al retiro. Ingreso a Congreso el 30 diciembre 2015 Boletín Nº Proyecto de ley de mejora en asignaciones. Programado para ingreso a discusión legislativa marzo Proyecto de ley para facultar a Presidenta de la República la modificación de DFL de plantas: Programado para su ingreso a discusión legislativa en marzo de 2016. Modificación de DFL de plantas de los Servicios de Salud: Primer semestre de 2016.

32 Resumen Acuerdo a 5 años. Acuerdo que busca un mejoramiento del empleo público para la mejor atención de la ciudadanía. Oferta realista y sustentable financieramente, que atiende las demandas gremiales, otorga estabilidad a los funcionarios y a la gestión del sector. Mejora en la calidad del empleo: desde honorarios a contratas y de contratas a planta. Equidad: Mayor esfuerzo fiscal en personas de menores rentas. Fortalecimiento de las plantas con énfasis en los estamentos auxiliar, técnicos y administrativos. Énfasis en carrera funcionaria. Respecto a planta de profesionales, permite la continuidad en el trabajo para un acuerdo de mejora en su carrera funcionaria, en mesa de trabajo año 2016). Asignaciones: tendencia al cierre de brechas existentes.

33 Proyecto de Ley «Otorga bonificaciones por retiro voluntario al personal regido por la ley N° , que Establece Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal», Boletín N°

34 Contexto El proyecto de ley se enmarca en los acuerdos firmados por el Gobierno, en beneficio de los trabajadores de la salud indicados. Se busca fortalecer las iniciativas tendientes a reconocer el trabajo que por años realizan los trabajadores de la salud de la atención primaria. Comenzará a regir desde el término de la vigencia del plan establecido en la anterior ley.

35 Alcances generales del Proyecto
Duración: 10 años, desde el 1 de julio de 2014 y el 30 de junio de 2024. Cobertura: Podrán acogerse a los beneficios hasta funcionarios y funcionarias. 60 años de edad, si son mujeres o 65 años de edad, si son hombres. Esta bonificación no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal, y, en consecuencia, no estará afecta a descuento alguno. También se destaca que esta iniciativa potenciará el desarrollo de la carrera, de los demás funcionarios regidos por la ley N°

36 Contenidos Bonificación por retiro voluntario, de cargo municipal.
Beneficiarios de la bonificación: Funcionarios y funcionarias que entre el 1 de julio de 2014 y el 30 de junio de 2024, hubiesen cumplido o cumplan 60 años de edad, si son mujeres, y 65 años de edad, si son hombres. Personal que al 30 de junio de 2014 haya cumplido 60 o más años de edad, si son mujeres, y 65 o más años de edad, sin son hombres. Funcionarios y funcionarias, que entre el 1 de julio de 2014 y 30 de junio de 2024, hayan obtenido u obtengan la pensión de invalidez que establece el decreto ley N° 3.500, de 1980, con los requisitos definidos. Universo estimado, cupos anuales y otros: 7.000 en total. 2016 y 2017, se definen 700 cupos para cada año. 2018 al 2024, se contemplarán 800 cupos para cada anualidad Quienes cumpliendo requisitos para acceder al beneficio y no fueron seleccionados por falta de cupos, pasarán a integrar en forma preferente el listado de seleccionados del proceso correspondiente al año siguiente.

37 Contenidos Monto de la bonificación por retiro voluntario:
Equivalente a un mes de remuneración imponible por cada año de servicio y fracción superior a seis meses. Funcionarias, tendrán derecho a un mes adicional de bonificación. Pago y características de la bonificación por retiro voluntario: Cada entidad administradora efectúa el pago. El término de la relación laboral se producirá cuando el empleador pague la totalidad del beneficio.

38 Incremento de la bonificación: De cargo fiscal, para el personal que tenga una antigüedad mínima de diez años continuos, y equivalente a 10 meses y medio adicionales. Bono Adicional: De cargo fiscal, para el personal que tenga una antigüedad mínima de diez años de servicio continuos, según: Bono complementario: Si la suma del Incremento y el Bono Adicional fuere inferior a 395 (trescientas noventa y cinco) UF, se otorgará un bono complementario igual a la cantidad que le permita alcanzar las mencionadas 395 (trescientas noventa y cinco) UF.

39 Beneficios decrecientes: Se consideran tres períodos de postulación para acceder a la bonificación por retiro voluntario: a los 65, 66 y 67 años de edad. A los 65 años, tendrán derecho a la totalidad de la bonificación por retiro voluntario, al incremento, al bono adicional y al bono complementario. A los 66 años de edad, sólo podrán acceder a la bonificación por retiro voluntario y al bono adicional. Quienes cumplan 67 años de edad, sólo podrán acceder a la mitad de la bonificación por retiro voluntario y a la mitad del bono adicional, según corresponda. Las funcionarias podrán optar por comunicar su decisión de hacer efectiva su renuncia voluntaria desde que cumplan 60 años de edad y hasta el proceso correspondiente a los 65 años de edad. Bono post laboral: El personal tendrá derecho a presentar la solicitud para acceder al bono post laboral de la ley Nº Financiamiento: Las entidades administradoras de salud municipal podrán solicitar a través del Servicio de Salud respectivo, un anticipo del aporte estatal definido en el artículo 49 de la ley N° , según los cupos anuales.

40 Informe Financiero Gobierno de Chile | Ministerio del Interior

41 PROTOCOLO DE ACUERDO LEY MEDICA y Proyecto de Ley Boletín Nº que modifica ley para fortalecer el proceso de ingreso y formación de especialidades medicas y odontológicas y la ley con el objetivo de otorgar beneficios al personal afecto

42 Mesa de Trabajo COLMED - MINSAL Principios del Acuerdo
Desarrollo del recurso humano para los diferentes niveles de atención en salud, desde la atención primaria hasta el nivel terciario de atencion , en cantidad y distribución apropiada y suficiente. Fortalecimiento de las especialidades básicas y especialidades consideradas falentes en el SNSS.

43 Más Horas Efectivas + Mejor Servicio + Flexibilidad/Movilidad
Mesa de Trabajo Estrategias Condiciones que incentiven el ingreso y la permanencia de médicos y especialistas en el SNSS. Formación y educación continua del recurso humano en el SNSS. Perfeccionamiento de la carrera para lograr la integralidad de la atención en salud. Más Horas Efectivas + Mejor Servicio + Flexibilidad/Movilidad

44 Fortaleciendo proceso de ingreso y formación
a. En materia de Condiciones laborales: Profesionales Becarios regidos por el 43 de la Ley : Se pretende contribuir a mejorar los estímulos que fortalezcan el proceso de ingreso y formación en especialidades medicas y odontológicas , previo a su ingreso a la especialidad, par hacer mas atractiva de la etapa profesional. Nuevos beneficios durante el desempeño de las becas de formación otorgadas tanto por el MINSAL como pr los SS de conformidad al articulo 43 e dicha ley.

45 Fortaleciendo proceso de ingreso y formación
a. En materia de Condiciones laborales: contenido Profesionales Becarios regidos por el 43 de la Ley : Asignación de un monto equivalente al 15 % del sueldo base (estipendio) Acceso a sala cuna para los hijos de becarias y la explicitación del derecho a LM y Maternal (articulo 203 del Código del Trabajo) Reconocimiento del tiempo servido como becario para el ejercicio profesional. Reconocimiento de Turnos realizados durante la beca para el cómputo de liberación de guardia, siempre y cuando los turnos formen parte del programa de la beca

46 Fortaleciendo proceso de permanencia
a. En materia de Condiciones laborales ley Se perfecciona la carrera y se crean nuevos beneficios económicos para el personal afecto a la ley Su propósito es ir avanzando con equidad en materia de condiciones laborales y su efecto en remuneraciones, sobre la base de reconocer e incentivar la mayor disponibilidad de horas en las funciones desempeñadas en el sistema publico de salud.

47 Fortaleciendo proceso de permanencia
a. En materia de Condiciones laborales ley Nivelación al mayor nivel de la acreditación individual de los cargos del profesional, permitiendo la portabilidad entre Servicios (experiencia calificada) Todos los profesionales funcionarios en Etapa Planta Superior. 3) Remuneraciones: Incremento de la Asignación por Reforzamiento Profesional Diurno (23 a 28% EDF y 92 a 104% EPS) Todos los profesionales funcionarios. Crea Asignación Mensual de Permanencia para Especialistas Médicos de los Servicios de Salud (50% sobre 11 horas y 15% para 11 horas) con la gradualidad que establece el articulo segundo transitorio. Especialistas médicos. Necesidad de que los profesionales mantengan vigente su certificación e inscripción como especialistas o subespecialistas conforme a la reglamentación vigente. Asignaciones de estímulo -en base a criterios sanitarios y de zonas-, para especialistas falentes. Asignaciones de estímulo a profesionales de la EDF con equidad urbano-rural, con un mínimo de 80%. Todos los profesionales funcionarios EDF art. 8. 4) Nuevo incentivo al retiro en condiciones equivalentes a la ley anterior (Ley Nº , Minsal 2013). .

48 Fortaleciendo procesos de permanencia b
Fortaleciendo procesos de permanencia b. En materia de Formación y educación continua: Diseño e implementación del sistema de recertificación de las especialidades. Diseño de una política nacional de educación y promoción en salud; docencia e investigación y reuniones clínico-administrativas. Implementación de un Programa de Educación Continua, como parte de los procesos de perfeccionamiento del recurso humano. Proponer e implementar un programa de fortalecimiento del EUNACOM/EUNACOD. Rediseño de la Relación Asistencial Docente y fortalecimiento de los campos clínicos con enfoque de redes asistenciales integradas.

49 Fortaleciendo Procesos de permanencia c
Fortaleciendo Procesos de permanencia c. En materia de Perfeccionamiento de la carrera : Evaluación de la carrera profesional en sus distintos niveles de atención. Diseño y ejecución de estudios sobre incentivos remuneracionales y no remuneracionales. Homologación de las condiciones de la acreditación de carrera profesional en los distintos niveles de atención y la certificación de especialidades. Análisis y evaluación de las condiciones laborales de los profesionales que se desempeñan en los distintos servicios del sector público. Los resultados derivados de los estudios e investigaciones permitirán el diseño de mejoras laborales futuras de los profesionales de la Ley en el sector público de salud, creando las condiciones para un nuevo trato que incentive el ingreso y su permanencia.

50 INFORME FINANCIERO PROYECTO DE Ley que modifica las Leyes Nº 15
INFORME FINANCIERO PROYECTO DE Ley que modifica las Leyes Nº y Nº Mensaje Nº El mayor gasto fiscal que representará la aplicación de esta Ley durante el año2016 es de $ miles, mientras que en régimen implicará un mayor costo anual de $ miles, a contar del año 2017.

51 Especialistas (PAO) en RISS
Experiencia ronda medica quirúrgica desde Puerto Montt a Futaleufu

52 Una experiencia… Medico PAO especialista, 22 horas en HPM y 22 horas en hospital de baja complejidad: « De a poco encontré la visión por la que estudie medicina!!... El trabajo y el aporte recuperan la vocación que perdemos en la Universidad» Muchas gracias, estoy feliz!! …… Ya se que hacer para nunca perder las ganas de que el mundo sea mejor: Ir a Futaleufu y recordar!!»

53 Proyecto de Ley otorga bonificación por retiro voluntario a los funcionarios de SNSS Boletín Nº

54 Contexto El proyecto de ley concreta los acuerdos con los trabajadores para dar respuesta e incentivar un adecuado egreso de los funcionarios y funcionarias del sector público de salud, que han cumplido una larga trayectoria de entrega al servicio público, se preparan para pensionarse. El proyecto da cuenta del protocolo del 22 de julio de 2015, entre el Gobierno y los representantes de FENPRUSS, FENTESS, CONFENATS, Confederación FENATS Nacional, FENATS Unitaria y FENFUSSAP.

55 Alcances generales del Proyecto
Duración: 10 años, desde el 1 de julio de 2014 y el 30 de junio de 2024. Cobertura: Podrán acogerse a los beneficios hasta funcionarios y funcionarias, 60 años de edad si son mujeres, o 65 años de edad si son hombres. Esta bonificación no será imponible ni constituirá renta para ningún efecto legal, y, en consecuencia, no estará afecta a descuento alguno. Asimismo, a través de este proyecto de ley se potenciará el desarrollo de la carrera de los demás funcionarios de las instituciones afectas.

56 Contenidos Bonificación por retiro voluntario, de cargo fiscal
Beneficiarios y entidades consideradas: a.- Funcionarios y funcionarias con desempeño en los Servicios de Salud, en las Subsecretarías del Ministerio de Salud, en el Instituto de Salud Pública de Chile y en la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, regidos por el Estatuto Administrativo y la Escala Única de Sueldos. b.- Funcionarios y funcionarias de los establecimientos de salud de carácter experimental, excluidos los regidos por la escala A). c.- Profesionales funcionarios y funcionarias afectos a las leyes N° y , que hayan sido traspasados desde los Servicios de Salud a la Subsecretaría de Salud Pública en virtud del decreto con fuerza de ley Nº 5, del Ministerio de Salud, de 2006.

57 Contenidos 3) Beneficiarios específicos:
a.- Funcionarios y funcionarias, que al 30 de junio de 2014 hayan cumplido 60 o más años de edad si son mujeres y 65 o más años edad si son hombres. b.- Funcionarios y funcionarias, que entre el 1 de julio de 2014 y 30 de junio de 2024, hayan obtenido u obtengan la pensión de invalidez que establece el decreto ley N° 3.500, de 1980. c.- Funcionarios y funcionarias que hubieren cesado en funciones por renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez de conformidad con el decreto ley 3.500, de 1980, entre el 1 de julio de 2014 y el día anterior a la fecha de publicación de esta ley, y que en ese período hubieren cumplido 60 años de edad las mujeres y 65 años de edad los hombres.

58 Universo estimado, cupos anuales y otros:
Monto de la bonificación por retiro voluntario: Equivalente a un mes de remuneración imponible por cada año de servicio y fracción superior a seis meses prestados, con un máximo de once meses. Universo estimado, cupos anuales y otros: a.- Serán hasta los beneficiarios durante toda la vigencia del plan. - Año 2016: cupos. - Año 2017 al 2024: cupos anuales b.- Postulación en la respectiva institución y renuncia voluntaria en los plazos que se establecen. e.- Los postulantes podrán desistirse de la renuncia voluntaria. f.- Quienes no sean seleccionados por falta de cupos, pasarán a integrar en forma preferente el listado de seleccionados del siguiente año. g. Postulación de funcionarias: Podrán postular en cualquiera de los procesos, desde que cumplan 60 años de edad y hasta los 65 años de edad, sin perder beneficios.

59 Pago y características de la bonificación por retiro voluntario
a.- El pago a más tardar en el mes subsiguiente a la fecha de renuncia voluntaria. b.- Edades exigidas podrán rebajarse en los casos y situaciones que indica el artículo 68 bis del decreto ley N° 3.500, de 1980, por iguales causales, procedimiento y tiempo computable. Bonificación adicional: Equivalente a 560 unidades de fomento, para quienes tengan 10 o más años de servicios a la fecha de la renuncia voluntaria, continuos o discontinuos, pertenecientes al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980. Bono especial de permanencia: Para profesionales, directivos y fiscalizadores, o aquellos asimilados a cualquiera de las plantas antes enumeradas, o que reciban la asignación profesional, y que perciban la bonificación adicional anterior. De 5 unidades de fomento por cada año de servicios por sobre los 20 años con un máximo de 100 unidades de fomento.

60 Bono por antigüedad: Para quienes perciban la bonificación adicional, de 10 unidades de fomento por cada año de servicio por sobre los treinta años, con tope de 100 unidades de fomento. Bono por trabajos pesados: Para quienes se encuentren realizando o acrediten haber realizado trabajos calificados como pesados, de 10 unidades de fomento por cada año que hubieren cotizado estando certificados en tal calidad, con un máximo de 100 unidades de fomento. Bono post laboral: La personas tendrán derecho a presentar la solicitud para acceder al bono post laboral que establece la ley N° , conforme al procedimiento establecido en esta ley. Reglamento: Se dictará un reglamento por parte del Ministerio de Salud, suscrito también por el Ministro de Hacienda, que determinará las disposiciones necesarias para la postulación, otorgamiento y pago de los beneficios de la presente ley.

61 Informe Financiero Gobierno de Chile | Ministerio del Interior

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