La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

El PROCESO DE VIOLENCIA FAMILIAR

Presentaciones similares


Presentación del tema: "El PROCESO DE VIOLENCIA FAMILIAR"— Transcripción de la presentación:

1 El PROCESO DE VIOLENCIA FAMILIAR
Dra. Luz María Capuñay Chávez Lima, Abril del 2012

2 Se entiende por violencia contra la mujer “Cualquier acción o conducta que, basada en su condición de género, cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”. - Violencia física, Violencia sexual y Violencia psicológica:

3 MODALIDADES que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual; b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar. c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra.”

4 LA VIOLENCIA FAMILIAR COMO PROBLEMA DE SALUD PUBLICA
 La violencia familiar ya no es un asunto privado. La 49° Asamblea Mundial de la Salud, declaró como un problema de salud pública fundamental y creciente en todo el mundo, resaltó las graves consecuencias de la V tanto a corto como a largo plazo para los individuos, las familias, la comunidad y los países y recalcó los efectos perjudiciales de la V en los servicios de atención de salud. El feminicidio es creciente habiéndose elevado la cifra de mujeres asesinadas y también aumentaron los casos de mujeres que sufrieron tentativa de asesinato.

5 LUGARES DONDE CON MAYOR FRECUENCIA SE PRODUCEN LOS HECHOS DE VIOLENCIA
El hogar y la familia La violencia en la escuela y en los establecimientos educativos La violencia en los sistemas de atención social, Comisarías, cuando acude a pedir ayuda Violencia en los lugares de trabajo Violencia en la comunidad

6 MITOS SOBRE LA VIOLENCIA
Naturalización Baja Autoestima Indefensión Minimización Fatalismo Esperanza de cambio Verguenza, miedo, ocultamiento No tiene oportunidad de protegerse frente a un embarazo

7 Los niños pequeños corren mayor riego de sufrir violencia física,
durante la adolescencia se presentan mayor número de casos de violencia sexual en las mujeres. Las mujeres están más expuestas a sufrir violencia sexual, abandono y prostitución forzosa. Los factores socioeconómicos tales como el nivel de ingresos y el nivel educativo tienen gran importancia. La aceptación social de la violencia es también un factor importante: tanto la víctima como el agresor pueden aceptar la violencia física, sexual y psicológica como algo inevitable y normal. Con frecuencia se aceptan los castigos físicos y humillantes, intimidación y acoso sexual como normal.

8 NORMATIVA Constitución Política del Perú Derechos fundamentales de la Persona Art. 2 “derecho a la libertad y a la seguridad personal. En consecuencia nadie puede ser víctima de violencia moral, psiquica o física ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes” Ley contra la Violencia Familiar Nro y sus modificatorias fija la política del Estado Ley modifica C P arts 121-A Lesiones 121B, 122-A, 122-B, 441 Reglamento de la Ley frente a la V.Fam. D.S JUS 25/02/98 La Convención de Belém do Pará marco en el cual debe entenderse la violencia contra la mujer y responsabilidades estatales, derecho un recurso rápido y estipula la obligación de procedimientos legales justos y eficientes que incluyan medidas de protección. D.S Comisión de Alto Nivel integrada por los ministros de la Mujer, Interior, Salud, Educación y Justicia con la presencia de la Defensoría, elaborar y aprobar planes de acción con indicación de las metas anuales y las asignaciones presupuestarias… Plan Nacional Contra la Violencia hacia la Mujer

9 ORGANOS COMPETENTES POLICIA NACIONAL DEL PERÚ Arts Recibe las denuncias, allanar el domicilio del agresor y detenerlo (flagrancia) o grave peligro Arts. 4, 5, 6, 7, 8 Ministerio del Interior capacitación, formularios, seguimiento de oficio MINISTERIO PUBLICO Arts Dicta medidas de Protección Inmediatas: retiro del agresor del domicilio, impedimento de acoso a la víctima, suspensión temporal de visitas. PODER JUDICIAL Arts Juez Especializado de Familia: conoce del proceso, dicta medidas, sentencia Juez Especializado en lo Penal y Juez de Paz si las lesiones son delitos o faltas PASOS A SEGUIR: Denuncia verbal o escrita, informe médico legista o del Area de Salud, Policía interroga al agresor y a la víctima, remite Informe al Fiscal de Familia y/o Penal

10 CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE VIOLENCIA FAMILIAR
Mínimo Formalismo Proceso Unico Improcedente el abandono Investigación Policial se sigue de oficio Medidas de Protección Inmediata

11 CASACIÓN N° LIMA Proceso de V. F. contra la cónyuge y sus hijos en agravio del esposo, Recurso de casación por error in procedendo, al no haberse respetado el debido proceso pues el Juez no ha valorado todas las pruebas aportadas. “Tercero: Este derecho de defensa puede verse afectado cuando el órgano Jurisdiccional al valorar las pruebas no se sujeta a las reglas establecidas para dicho fin, entre ellas el principio de la libre valoración de las pruebas (…) Empero hay que agregar que el Juez solo está obligado a referirse a las valoraciones que haya otorgado a los medios probatorios que para él hayan sido esenciales y determinantes en el sustento de su decisión. Por tal razón para que sea amparable el recursos casatorio el recurrente deberá demostrar que el medio probatorio que el órgano jurisdiccional no ha considerado como esencial para fundamentar su decisión resulta de crucial importancia para arribar a una correcta y justa solución del caso concreto”.

12 CASACIÓN N° LIMA “Octavo: En virtud de lo expuesto se llega la conclusión de que ninguna de las pruebas aportadas al proceso demuestran el supuesto maltrato psicológico perpetrado por la demandada en contra de su esposo y sus propios hijos, por tales razones, se concluye que el medio probatorio cuya valoración – según el recurrente- no ha omitido no es transcendental para resolver el caso en concreto, pues siendo valorado en forma conjunta con las otras pruebas antes mencionadas no se evidencia el alegado maltrato; por consiguiente el presente recurso no merece ser amparado.”

13 STC N° PCH/TC RAC interpuesto por don Iván a favor de Talia y sus dos menores hijas, en contra de Salvador, alegando vulneración de derecho a la libertad personal a la integridad y salud psicológica, a vivir pacíficamente, a crecer en ambiente de afecto y de seguridad moral y material, al libre desarrollo armónico e integral de su personalidad. “Respecto al primer extremo de la demanda, cabe señalar que el HC no puede servir para atenderse temas propios del proceso de familia, ni se puede pretender convertir a este proceso constitucional en un instrumento ordinario de ejecución de acuerdo o sentencias (STC N° PHC/T hc/tc, PH/TC), sin embargo, en determinados casos la negativa de uno de los padres de dejar ver a sus hijos puede constituir un acto violatorio de los derechos de tener una familia, crecer en un ambiente de afecto y de seguridad moral e incluso integridad persona, entre otros, a su vez, en el caso de que se trate de supuestos excepcionales en los que se hayan desbordado las posibilidades de respuesta de la justicia ordinaria, puede acudirse a la justicia constitucional (STC N° PHC/TC) (…)

14 CAS NRO 4808-2006 CUSCO El Peruano 30/05/08
Juez declara Fundada la demanda de V.F. dispone que Jaime se Abstenga de ejercer actos de violencia física o sicológica contra Zulma directa indirectamente, que no la visite ni la aborde en ningún lugar, bajo apercibimiento de ser detenido por 24 horas, repare el daño causado y cancele la suma de S/ 1, Segunda Instancia: Confirma; Jaime interpone CASACION se ha atentado contra el principio “Ne Bis In Idem” dado que el proceso por Faltas se le ha condenado al pago de S/ por reparación civil. CASACIÓN: con el cert médico legal de la agraviada que describe lesiones y el inf sicológico que diagnóstica “Sindrome Ansioso derivado de la V.F” citados por las instancias de merito permite concluir que ha existido V Fam y que si bien ha existido identidad del sujeto y del hecho sin embargo el fundamento es distinto por haberse lesionado diferentes Intereses protegidos, pues es diferente el análisis que corresponde al determinarse la reparación civil por la comisión de un hecho punible al análisis de la reparación del daño en un proceso de VF en una relación De cercanía por ser cónyuges, convivientes, ascendientes,…. Que en cuanto los efectos de la sentencia de VF son objeto de una regulación especial y específica estableciéndose el de determinar medidas de protección, tratamiento para la victima, agresor y la familia, la reparación del daño, señalar los Alimentos así como mandatos que aseguren su eficacia, considerando su naturaleza tuitiva diferenciándose de otros procesos. INFUNDADO

15 CAS LIMA Sentencia de 1era instancia, apelada sólo por el padre. Sala de Familia Confirma la sentencia, determina la V Fam psicológica en agravio de su hijo y establece medidas de protección, ordenándose el retiro del menor del hogar paterno, quedando con su madre, en tanto se resuelva la Tenencia, sostiene se ha infringido el principio Reformatio in peus CASACIÓN.- Art. 370 CPC cuando el recurrente es apelante único el ad quem adquiere una competencia restringida y sólo puede revisar aquello que sea favorable al impugnante. Se analiza la sentencia, y examinado este agravio, se advierte que no se configura la vulneración, porque el art.21 inc a) Ley de V Fam, prescribe que en la resolución que pone fin al proceso se determinará si ha existido o no V Fam como también medidas de protección a favor de la víctima pudiéndose entre otras disponerse la suspensión temporal de la cohabitación. Que la medida se justifica en atención al principio de I S del N que implica el respeto a su dignidad, no sería razonable que un menor afectado por V Fam. Supuesto fáctico comprobado por las instancias de mérito, siga cohabitando con el agresor INFUNDADO, NO CASAR…

16 REFLEXIONES 1.-Compromiso del Estado, a fin de diseñar una política estatal integral Respaldada con recursos financieros y humanos adecuados 2. Registro estadístico a nivel nacional sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia a fin de establecer Políticas Públicas. 3.- Programas de Capacitación para los Administrad de Justicia y Policía 4. Participación del Sector Educación a fin de modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, curricula. Programas 5. Medios de comunicación. 6. Revisión de la Legislación sobre V F posterior evaluación y un seguimiento periódico para asegura una aplicación correcta y evitar la sobrecarga de procesos 7. Investigar las Causas de la Violencia Familiar 8.- Enfrentar el fenómeno de la Violencia con Niveles de intervención 9.- Mecanismos de Remisión 10.- Un Estado que no gasta dinero en escuelas (educación y formación) está condenado a gastar más tarde en cárceles (represión y prevención)


Descargar ppt "El PROCESO DE VIOLENCIA FAMILIAR"

Presentaciones similares


Anuncios Google