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Publicada porJosé Ramón Bustamante Bustos Modificado hace 9 años
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DELITOS AMBIENTALES Antonio Gustavo Gómez Fiscal General de Tucumán antoniogustavogomez@yahoo.com 54 381-4311765/072 www.fiscaliagraltucuman.gov.ar www.fiscalgomez.com.ar
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Crimenes federales Narcotráfico Mafia Crímenes de Lesa humanidad y Genocidio Corrupción Contrabando Evasión Impositiva Crímenes Ambientales Falsificación y uso de instrumentos publicos nacionales
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Tipos de proceso: a) civil, administrativo, constitucional: tiene muchas desventajas: muy caro para las vìctimas, muy lento, las victimas estan en igualdad que la industria B) Penal: Las victimas no deben pagar la prueba, El fiscal es el que impulsa la accion, es rápido y de gran impacto en la prensa
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Caracteristicas de los delitos ambientales Delito de peligro Negligencia Dolo Teoria del Dominio del Hecho Quejas de fuera de Argentina: jurisdiccion Universal Los ciudadanos privados como demandantes en el proceso penal
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Delitos Ambientales Código Penal Daño: 184/186 Delitos contra la Salud Publica Art. 200/201/202.: Dolo Art. 203: Figura culposa Art. 204: Ley 23.737 Art. 205/206/207: violación de normas sanitarias. Ley Penal en blanco
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Leyes Especiales Ley 22412 o Ley de Fauna Art. 24/ 25/ 26: Prohibición de caza Art. 27:Trasporte, almacenamiento, comercialización, industrialización, del producto de la caza furtiva o de la depredación Ley 24051 o de Residuos Peligrosos Art. 55: Delito doloso Árt. 56: Delito culposo
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Ley 24.051: Art. 55 / 56 /57 Exclusión: art 3 Residuos radiactivos domiciliarios y de buques en operatoria normal Inclusiòn: Anexo I y II de la ley 24.051 y decreto Reglamentario 831/03 Delito doloso. Remisiòn al art. 200 C.P. Art. 55: Delito doloso : “…el que utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo el agua o la atmòsfera o el ambiente en general…” pena : de 3 a diez años de prisión
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Delito culposo: art. 56 un mes a dos años mas agravantes “Cuando alguno de los hechos previstos en el artículo anterior fuere cometido por imprudencia o negligencia o impericia en el propio arte o profesiòn o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, se impondrà prisiòn de un mes a dos años …”
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Tipificaciòn Teoria del Dominio del Hecho: art. 57 Delito de peligro abstracto: “envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso...” suelo, agua, atmósfera, ambiente en general. Potencialidad sin necesidad de que alguien sufra los efectos de la contaminaciòn
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Estrategias alternativas Crimenes economicos Crimenes administrativ Crimenes ambientales
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Impunidad ambiental 1) La mayoría de la población se enfrenta a obstáculos insuperables con el fin de acceder a la justicia. 2) El gobierno, que debe invertir en la salud pública con el fin de contrarrestar los efectos de la contaminación, puede tomar 3 líneas de acción pero…: A) A veces el Gobierno ignora el proceso penal, a pesar del hecho de que podría actuar como demandante para compensar los aumentos en los presupuestos hospitalarios.
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Impunidad ambiental B) El personal del Gobierno evita denunciar los delitos ambientales, a pesar de que el Código Penal sanciona estas conductas con penas de prisión. C) El Gobierno es cómplice, autorizando expresamente la contaminación - a nivel municipal y provincial - y con mayor frecuencia a nivel federal - el argumento de que estos delincuentes ofrecen puestos de trabajo. Gobierno adopta planes y resoluciones para "producción limpia" que no se aplica. Y las presiones fiscales y jueces…
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Que debemos hacer… La acción penal contra los delitos ambientales es el único medio eficaz para proteger el ambiente. Otras acciones son importantes, pero están aislados. Por otra parte, se enfrentan a un sistema de administración corrupta que es cómplice en la facilitación de la contaminación, con la promesa de puestos de trabajo a cualquier precio, incluida la salud de las generaciones futuras.
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Creation of an International Criminal Court for Environmental Offences 3 alternativas: 1) Ampliar los crímenes contra la humanidad en concepto de la Corte Penal Internacional (la parte 2 del artículo 7 del Estatuto de Roma) 2) Creación de un tribunal internacional en el estilo propuesto en la UE para el IAES ONG http://www.iaes.info/ 3) Creación de una Corte Penal Internacional en el estilo discutido en la Conferencia Mundial sobre el Cambio Climático y los Derechos de la Madre Tierra en Bolivia. http://cmpcc.org/ tratado.
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