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Publicada porValentín Mauricio Modificado hace 11 años
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESPECIALIDAD EN DERECHO PROCESAL
UNIVERSIDAD CATOLICA “ANDRES BELLO” DIRECCIÓN GENERAL DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO AREA DE DERECHO ESPECIALIDAD EN DERECHO PROCESAL RESPONABILIDAD PENAL DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS. Participantes: Diana Faria Wanda Terán Daniel Aranguren Alexander Duran Valera, Agosto 2010
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RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS:
La responsabilidad de los funcionarios públicos en el ejercicio de la función pública puede ser política, civil, administrativa, penal y disciplinaria. Artículo 139 C.R.B.V “el ejercicio del poder público acarreara responsabilidad individual por el abuso o desviación del poder o por violación de la Constitución o de la Ley”
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Responsabilidad Articulo 25 de la Constitución, establece que todo acto dictado en el ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por la Constitución y la ley es nulo; y los funcionarios públicos que lo ordenen y ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
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Ley del Estatuto de la Función Pública
... los funcionarios públicos responderán penal, civil, administrativa y disciplinariamente Articulo 79 … delitos, faltas, hechos ilícitos e irregularidades administrativas cometidas en el ejercicio de sus funciones
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Ley contra la Corrupción.
Artículo 21 “Los funcionarios y empleados públicos responden civil, penal, administrativa y disciplinariamente por la administración de los bienes y recursos públicos, de conformidad con lo establecido en la ley”.
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RESPONSABILIDADES PENALES DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS:
Código Penal, en las disposiciones sobre delitos contra la cosa pública Ley de Salvaguarda del Patrimonio Público Ley Contra la Corrupción.
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Ley Contra la Corrupción
DELITOS Ley Contra la Corrupción El delito de Peculado -Peculado doloso propio -Peculado doloso impropio -Peculado culposo -Peculado de uso Malversación Genérica Simple Malversación Genérica Agravada Malversación Especifica Concusión Corrupción -Impropia -Propia -Propia Judicial Acto Arbitrario Favorecimiento Electoral Concierto de funcionario Publico Trafico de influencias Lucro de funcionario Aprovechamiento fraudulento de fondos públicos Cobro de utilidades ficticias que no deban distribuirse Suposición de valimiento de funcionario publico
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Responsabilidades Penales del Juez
El artículo 255 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela “Los jueces o juezas son personalmente responsables, en los términos que determine la ley, por error, retardo u omisiones injustificadas, por la inobservancia sustancial de las normas procesales, por denegación, parcialidad, y por los delitos de cohecho y prevaricación en que incurran en el desempeño de sus funciones.”
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Ley contra la Corrupción
Ley contra la Corrupción. De los Delitos contra la Administración de Justicia Art. 83 DENEGACION DE JUSTICIA y se agrava el delito por: a) violación de la ley; b) abuso de poder en beneficio o perjuicio de un procesado. Art. 84 El Juez que retarde la tramitación con el fin de prolongar detención del imputado o que prescriba la acción. Art. 85 sanciona la conducta de fiscales o representantes del Ministerio Público que falten dolosamente al deber de interponer recursos legales
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CONCLUSIONES Todo poder conlleva una responsabilidad, aun para el menos peligroso de los poderes. Y los jueces están sometidos a distintos tipos de responsabilidad; la exigencia de esa responsabilidad no puede basarse en los pronunciamientos judiciales. No se evalúa la corrección o no de la sentencia sino conductas que demuestran un comportamiento irregular. Solo excepcionalmente las sentencias pueden ser el indicio del comportamiento inadecuado.
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