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1 MORATORIA 2009. 2  Decreto Nº 3140/2008  Resolución Nº 112/2007  Resolución complementaria del Decreto Nº 3140/2008.

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1 1 MORATORIA 2009

2 2  Decreto Nº 3140/2008  Resolución Nº 112/2007  Resolución complementaria del Decreto Nº 3140/2008

3 3 Decreto Nº 3140/2008

4 4  90 días contados a partir de la publicación del Decreto  Fecha de Publicación 02/02/2009  Vencimiento: 31/05/2009

5 5  DEUDAS COMPRENDIDAS Y EXCLUIDAS

6 6  Multas impuestas en cualquier estado de trámite administrativo de cobro, o en juicios de apremio, incluso con sentencia firme y/o liquidación aprobada  Convenios vigentes, incumplidos, vencidos o caducos  Infraccionados sin resolución firme de multa

7 7  Deudas de los infractores o responsables respecto de los cuales se haya dictado sentencia penal condenatoria, por delitos que tengan conexión con el incumplimiento de las obligaciones que se pretenden regularizar, en atención a lo preceptado en el artículo 21 del Código Civil Argentino

8 8  CONDICIÓN PARA FORMULAR EL ACOGIMIENTO

9 9  El deudor o responsable deberá reconocer el importe de la deuda  Declarar su domicilio fiscal Capítulo 2 inciso 2.1 Decreto Nº 3140/08

10 10  REDUCCIÓN DE INTERESES Y BONIFICACIONES  DETERMINACIÓN DEL MONTO CONSOLIDADO

11 11  La reducción de intereses y la aplicación de bonificaciones previstos en el presente régimen, en ningún caso implicarán una reducción del importe de la multa que originó la deuda  La actualización se calcula al último día del mes anterior a la fecha del acogimiento

12 12 Multas 3.2 b) y c) Multa 50% intereses Monto consolidado = Importe original multa + 50% de los intereses de actualización Convenios con cuotas pagas 3.3.a) b) c)d)e)f)g) Multa 50% int. (Cuotas pagas 50% int.) Monto consolidado = Importe original multa + 50% de los intereses de actualización( - importe pagado por cuotas + 50% de los intereses de actualización) Infraccionados sin resolución firme 3.4 a),b) c) Monto consolidado = Será fijado en el mínimo de la escala prevista debiendo el infractor prestar conformidad.

13 13  En ningún caso el monto a consolidar, podrá ser superior al monto resultante de aplicar lo dispuesto por sentencia judicial o a la liquidación aprobada judicialmente con intereses a la fecha fijada como acogimiento

14 14  Si efectuada la reliquidación del convenio, no surgiera monto consolidado de deuda a regularizar o refinanciar, el acogimiento al presente régimen liberará al deudor o responsable del saldo de deuda del convenio de pago original, careciendo los interesados del derecho a repetir o reclamar suma alguna motivada en cualquier concepto

15 15 INFRACCIONES SIN RESOLUCIÓN FIRME  Reconocimiento de la infracción por el infractor o responsable  La Autoridad de Aplicación determinará en el mínimo de la escala prevista para el tipo en la normativa aplicable, debiendo el infractor o responsable prestar conformidad  Resolución del Subsecretario de Trabajo.

16 16  MODALIDADES DE PAGO

17 17  Contado: Bonificación adicional del 40% sobre los intereses  Hasta 3 cuotas: Bonificación adicional del 20% sobre intereses  Más de 3 cuotas (convenios): Anticipo y hasta 36 cuotas Modalidades de pago - Bonificaciones

18 18  Anticipo del 10% sobre el monto consolidado  Saldo en hasta 36 cuotas iguales y consecutivas, de capital e intereses  Cuota mínima $ 200,00  Tasa aplicable 12% anual sobre saldos  Falta de pago de la cuota en tiempo y forma, devengara desde su vencimiento hasta la fecha del efectivo pago un interés punitorio del 24% anual

19 19  ACOGIMIENTO. BENEFICIOS. TRAMITE.

20 20  CONTADO: Se produce el acogimiento y los beneficios cuando se acrediten los pagos en la cuenta del Ministerio de Trabajo

21 21  La presentación del acogimiento al régimen importa el reconocimiento expreso e irrevocable de la deuda e implica el allanamiento a la pretensión fiscal  El firmante se compromete a su pago en las condiciones requeridas  Las notificaciones efectuadas en el domicilio consignado serán válidas y vinculantes

22 22  Deudas con medidas judiciales trabadas, el deudor o responsable, previo pago de la totalidad de los honorarios del apoderado del Ministerio de Trabajo, o de Fiscalía de Estado, en el caso del supuesto previsto en le punto 5.5 de la Resolución del Ministerio de Trabajo Nº 112/07, podrá peticionar :

23 23  El levantamiento de la inhibición general de bienes ofreciendo sustituirla por un bien mueble o inmueble registrable de su titularidad, al efecto deberá acompañar los respectivos certificados de dominio, valuación fiscal y tasación efectuada por Martillero Público

24 24  El levantamiento del embargo trabado sobre un bien mueble o inmueble registrable de su titularidad, ofreciendo sustituirlo por otro que satisfaga el crédito fiscal, al efecto deberá acompañar los respectivos certificados de dominio, valuación fiscal y tasación efectuada por Martillero Público

25 25 DEBERÁ INFORMARSE AL DEUDOR:  Debe estar cancelada totalmente la deuda en cualquier modalidad de pago  Depositar el 10% del monto del acogimiento de la deuda en la cuenta corriente de Fiscalía de Estado  Presentar los comprobantes de pagos a los fines que el Departamento de Apremios pueda iniciar el tramite de levantamiento de la medida

26 26  El plan de pagos se otorgará a pedido de parte interesada en la forma y condiciones establecidas en el Decreto Nº 3140/08 y normas complementarias  Se formulará bajo responsabilidad del peticionante  La Autoridad de Aplicación tiene la facultad de verificar con posterioridad las condiciones de procedencia del régimen

27 27  Los interesados en formalizar su acogimiento a los beneficios del Decreto Nº 3140/08, deberán presentar en la Delegación Regional del Ministerio de Trabajo o en Sede Central los formularios de acogimiento completos, en las condiciones y términos que fija el Ministerio de Trabajo

28 28 Deudores cuyas deudas se encuentren en etapa de cobro judicial, deberán agregar la siguiente documentación:  Comprobantes de pago de la tasa de justicia y sobretasa, calculados sobre el monto del acogimiento  Comprobante de pago de los honorarios y aportes del apoderado del Ministerio de Trabajo, o convenio de pago hasta 6 cuotas y monto mínimo de $ 200 por cada una

29 29  ACOGIMIENTO. LIQUIDACIÓN CUOTA MÍNIMA

30 30  El vencimiento de la boleta de pago para la cancelación de la deuda regularizada al contado, en un solo pago, se producirá a los 15 días corridos contados desde la fecha de su emisión

31 31  El vencimiento del primer pago para la modalidad de cancelación en 3 pagos se producirá a los 15 días corridos contados desde la fecha de emisión de la boleta de pago  Las cuotas siguientes vencerán los días 10 de los meses subsiguientes

32 32  El vencimiento del anticipo (10%), se producirá a los 15 días corridos contados desde la fecha de emisión de la boleta de pago  Los pagos restantes vencerán en forma mensual y consecutiva el día 10 de cada mes, o el inmediato posterior hábil si aquel resultara inhábil y serán debitados del CBU presentado por el solicitante  El monto mínimo de la cuota no podrá ser inferior a la suma de $ 200

33 33  CAUSALES DE CADUCIDAD DEL REGIMEN. CONSECUENCIAS

34 34 La caducidad se producirá de pleno derecho y sin necesidad de interpelación alguna por:  Falta de pago al vencimiento del plazo previsto para la modalidad de cancelación de la deuda regularizada al contado  Falta de pago transcurridos 30 días corridos contados desde cualquiera de los vencimientos previstos al efecto, para la modalidad de cancelación de la deuda regularizada en 2 o 3 pagos  Falta de pago en tiempo y forma de 2 cuotas consecutivas o alternadas o la falta de pago de alguna cuota al cumplirse 60 días corridos desde el vencimiento de la última cuota del plan

35 35  Operada la caducidad, se perderán los beneficios acordados y los ingresos efectuados serán considerados como pagos a cuenta, de conformidad a lo establecido en el artículo 90 y concordantes del Código Fiscal (T.O. 2004 y mods.), quedando habilitada, sin necesidad de intimación previa, la ejecución por la vía de apremio

36 36  Ingresando en la página Web del Ministerio de Trabajo. Se visualiza un icono denominado “Moratoria Decreto Nº 3140/2008”  Observa las distintas deudas que cada contribuyente mantiene con el Ministerio de Trabajo  Obtiene las distintas formas de Adhesión y Cancelación

37 37  Ingresado al Sistema de Moratoria, automáticamente solicita el ingreso del Nº de CUIT  Admitido el Nº de CUIT, se despliega en la pantalla la siguiente información:  DEUDAS POR:  MULTAS  MULTAS CON INHIBICION GENERAL DE BIENES  CONVENIOS INCUMPLIDOS  Deudas detalladas por cada expediente con los intereses conforme al Decreto Nº 3140/08 – Cap. 3 punto 3.3.a)  No incluye multas no identificadas por Nº de CUIT

38 38 DEUDAS A CONSOLIDAR CONVENIOS VIGENTES  Convenios detallados por expedientes con los intereses conforme el Decreto Nº 3140/08 Capítulo 3  Se visualiza los pagos efectuados con los intereses de acuerdo al Decreto Nº 3140/08 Capítulo 3 punto 3.3.d)

39 39 DEUDAS A CONSOLIDAR CON JUICIO DE APREMIO  Deudas detalladas por expediente y con los intereses a la fecha de consulta según Decreto Nº 3140/08 Capítulo 3 punto 3.3.a)  Juicios con sentencia – trámite personal -

40 40  Ingresando en el link “Moratoria” se despliega la segunda Pantalla  Detalle del importe de adhesión a la moratoria y su forma de pago:  Deudas originadas por:  MULTAS  MULTAS CON INHIBICION GENERAL DE BIENES  CONVENIOS INCUMPLIDOS  Convenios Vigentes  Multas en situación de apremios

41 41  Detalle de deuda  Forma de pago de los montos consolidados  Alternativas de pago:  CONTADO  EN 2 Y 3 CUOTAS  VER CUOTAS (Plan de más de 3 cuotas y hasta 36)

42 42  Formas de pago de los montos consolidados para distintas cuotas  Ingrese en el link “OTRAS”, puede elegir la cantidad de 4 a 36 cuotas  Como visualizar el Plan de Cuotas  Marcar el icono “CANTIDAD DE CUOTAS”  Luego ir al icono “VER CUOTAS”, se despliega automáticamente el plan

43 43  Por pago contado  Adhesión directa por parte del deudor por deudas de multas, inhibidas y convenios incumplidos  El solicitante entrando en el link “CONTADO” selecciona la emisión de:  Boleta de pago contado en 1 cuota  Primera boleta de pago en 2 o 3 cuotas. Solo acreditado el pago de la primer cuota, se podrá bajar las otras boletas

44 44  Pago contado convenio vigente  Para convenios vigentes el solicitante tiene la opción de:  Cancelar su deuda por Pago Contado  Generar las boletas en 2 o 3 cuotas

45 45  Pago contado deudas en apremio  El solicitante deberá acordar con el profesional el pago de los honorarios y cargas fiscales  Con los comprobantes de pago (honorarios y cargas fiscales), solicita la liberación en Sede Central y/o Delegaciones  Liberada, emite la boleta por sistema

46 46

47 47 Notificaciones  La notificación enviada posee código de barras para el pago  Indica deudas en situación de apremio, si las tiene

48 48  La deuda notificada se podrá cancelar hasta el ultimo día hábil del mes de febrero del 2009  Si de la notificación surgiera Deudas en Apremios las mismas se podrán regularizar por el presente régimen

49 49 Quién puede presentar el trámite  Titular: con DNI o Cédula de Identidad  Apoderado: con DNI, Cédula de Identidad. Poder realizado ante Escribano Público  Personas Jurídicas: con Acta de Asamblea, Estatuto, DNI o Cédula de Identidad de la autoridad máxima

50 50  Acreditación de identidad  Constancia de C.B.U. (emitida por el banco)  Constancia de C.U.I.T.  Recibo de pago de honorarios y cargas fiscales del apoderado, solo para deudas en apremios

51 51  Formulario de reconocimiento de deuda y solicitud de financiamiento  Lo emite directamente el Sistema, teniendo el beneficiario solamente que elegir la cantidad de cuotas. Se imprime directamente o en las Delegaciones y Sede  Deberá suscribir todas las hojas el solicitante y la firma deberá estar certificada por persona autorizada

52 52  Ingresar en el Link “FORMULARIOS”  Seleccionar el formulario correspondiente  En caso de no hacerlo directamente en la página Web, solicitarlo en la Delegación o Sede Central Formularios informatizados de presentación obligatoria

53 53  El personal de la delegación o Sede confecciona el expediente con la siguiente documentación:  Acreditación de identidad  Formulario de reconocimiento de deuda y solicitud de financiamiento debidamente firmados  Formulario de reconocimiento de infracción y solicitud de financiamiento  Constancia de C.B.U. (emitida por el banco)  Constancia de C.U.I.T.  Solicitud de adhesión de pago directo  Comprobantes de pago de cargas fiscales y honorarios del apoderado, solo para deudas con causa judicial

54 54  El personal de la Delegación o Sede agregará al expediente de solicitud de convenio:  Los expedientes que conforman la deuda a regularizar  En caso contrario deberá confeccionar un listado

55 55  El personal referente de cada una de las Delegaciones deberá remitir a la Coordinación de Multas y Cobranzas - Sector Cobranzas - el expediente con todos sus agregados y documentación presentada, con el fin de proceder a la emisión del Convenio de Pago con el plan de financiación solicitado

56 56 COORDINACION DE MULTAS Y COBRANZAS -SECTOR COBRANZAS-  Recibe el expediente de la Delegación  Verifica la documentación presentada  Emite el Convenio del plan de financiación

57 57 COORDINACION DE MULTAS Y COBRANZAS -SECTOR COBRANZAS-  Ingresa en el sitio Web el convenio solicitado notificando vía mail al referente de la Delegación Regional, a los efectos de continuar con la tramitación

58 58 DELEGACIÓN REGIONAL REFERENTE  Imprime desde la página Web el convenio de financiación enviado por la Coordinación de Multas y Cobranzas - Sector Cobranzas -  Requiere la firma del convenio de financiación al solicitante  El Delegado Regional certifica la firma del solicitante

59 59 DELEGACIÓN REGIONAL REFERENTE  Entrega una copia del convenio al Solicitante  Provee la boleta de depósito del anticipo

60 60 DELEGACIÓN REGIONAL REFERENTE  Remite copia firmada a la Coordinación de Multas y Cobranzas para el archivo en el expediente administrativo  Archiva la otra copia en Delegación

61 61 DELEGACIÓN REGIONAL REFERENTE  Informa al solicitante que acreditado el pago del anticipo, entra en vigencia el convenio  Comunica que vigente el convenio las cuotas se debitan automáticamente de la cuenta Bancaria correspondiente al CBU presentado

62 62  FORMULARIO DE SOLICITUD DE ADHESIÓN DE PAGO DIRECTO  Imprimir desde el sistema  Completar todos los campos  Suscribe el solicitante

63 63 PREGUNTAS


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