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Principales convenios de OIT relativos a la seguridad y la salud en el trabajo

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Presentación del tema: "Principales convenios de OIT relativos a la seguridad y la salud en el trabajo"— Transcripción de la presentación:

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2 Principales convenios de OIT relativos a la seguridad y la salud en el trabajo
Juan Carlos Hiba Especialista en condiciones de trabajo, seguridad y salud en el trabajo OIT - Lima

3 Convenios más recientes de la OIT en materia de seguridad y salud en el trabajo
C Seguridad y salud en la agricultura C Seguridad y salud en las minas C Accidentes industriales mayores C Productos químicos C Seguridad y salud en la construcción C Asbesto C SERVICIOS DE SALUD EN EL TRABAJO C SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO C Seguridad e higiene. Trabajos Portuarios C Medio ambiente de trabajo. Contaminación del aire, ruido y vibraciones C Cáncer profesional

4 Convenio N° 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo

5 Convenio N° 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo
Adoptado por la CIT de 1981. Ratificado por 28 países. Brasil, Cuba, México, Uruguay y Venezuela.

6 Estructura del Convenio N° 155
Parte I: Definiciones y campo de aplicación Parte II: Principios de una política nacional Parte III: Acciones a nivel nacional Parte IV: Acciones a nivel de las empresas Parte V: Ratificación y puesta en vigor del Convenio.

7 Parte I: definiciones Artículo 3 Rama de actividad Trabajadores
Lugar de trabajo Reglamentos Salud

8 Parte I: campo de aplicación
Artículo 1 Se aplica a todas las ramas. Exclusión, previa consulta, de ciertas ramas con problemas. Enumerar ramas excluidas, explicar motivos exclusión y describir medidas protección trabajadores.

9 Parte I: categorías de trabajadores
Artículo 2 Alcanza a todos los trabajadores de las ramas abarcadas. Exclusión, parcial o total, de categorías limitadas de trabajadores con problemas de aplicación.

10 Parte II: principios de una política nacional
Artículo 4 Formular, practicar y reexaminar una política nacional coherente. Prevenir los accidentes y los daños que: sobrevengan durante el trabajo sean consecuencia del trabajo; o guarden relación con la actividad laboral. Reducir al mínimo las causas de los riesgos.

11 Parte II: principios de una política nacional (continuación)
Artículo 5 (a) Diseño, ensayo, elección, reemplazo, instalación, disposición, utilización y mantenimiento de: Los lugares de trabajo Medio ambiente de trabajo Herramientas, maquinaria y equipo Sustancias y agentes químicos, biológicos y físicos, y operaciones y procesos.

12 Parte II: principios de una política nacional (cont.)
Artículo 5 (cont.) (b) Relaciones entre componentes y personas. (c) Adaptación de la maquinaria, equipos, tiempo de trabajo, organización del trabajo, operaciones y procesos, a las capacidades físicas y mentales de trabajadores.

13 Parte II: principios de una política nacional (cont.)
Artículo 5 (cont.) (d) Formación, calificaciones y motivación de trabajadores para alcanzar niveles adecuados de seguridad e higiene. (e) Comunicación y cooperación a niveles de grupo de trabajo, empresa y hasta nivel nacional inclusive.

14 Parte II: principios de una política nacional (cont.)
Artículo 5 (cont.) (f) Protección de trabajadores y sus representantes frente a medidas disciplinarias contra ellos.

15 Parte II: principios de una política nacional (cont.)
Artículo 6 Funciones y responsabilidades de autoridades, empleadores y trabajadores. Artículo 7 Examen periódico de la seguridad y salud en el trabajo y el medio ambiente.

16 Estructura del Convenio N° 155
Parte I: Definiciones y campo de aplicación Parte II: Principios de una política nacional Parte III: Acciones a nivel nacional Parte IV: Acciones a nivel de las empresas Parte V: Ratificación y puesta en vigor del Convenio.

17 Convenio 161 sobre los servicios de salud en el trabajo

18 Convenio 161 sobre los servicios de salud en el trabajo
Conferencia Internacional del Trabajo de 1985. Ratificado por 18 países en el mundo. América Latina: Brasil, Colombia, México y Uruguay.

19 Convenio 161 - Estructura Consta de cinco partes:
1. Principios de una política nacional 2. Funciones de los servicios de salud 3. Organización de los servicios de salud 4. Condiciones de funcionamiento de los servicios de salud 5. Disposiciones generales

20 Convenio 161 - Parte 1: Principios de una política nacional
Artículo 1 - Definición de “servicios de salud” Funciones esencialmente preventivas Asesorar al empleador, trabajadores y sus representantes sobre: Medio ambiente de trabajo seguro y sano Adaptación del trabajo a trabajadores

21 Convenio 161 - Parte 1 Artículo 2
Formular, aplicar y reexaminar periódicamente una política nacional coherente sobre servicios de salud

22 Convenio 161 - Parte 1 Artículo 3
Establecer servicios de salud para todos trabajadores, sector público, cooperativas, ramas económicas, empresas. Informar a OIT sobre el progreso en la materia

23 Convenio 161 - Parte 1 Artículo 4
Autoridad competente debe consultar con empleadores y trabajadores sobre medidas para ejecutar disposiciones del Convenio 161

24 Convenio 161 - Parte 2: Funciones de servicios de salud
Artículo 5 - Los servicios deberán asegurar: Identificación y evaluación de riesgos Vigilancia del medio ambiente y de prácticas de trabajo, incluidos sanitarios, comedores y alojamientos Participación en planificación y organización del trabajo, diseño de lugares; selección, mantenimiento y estado de máquinas y equipos; y substancias utilizadas en el trabajo

25 Convenio 161 - Parte 2: Funciones de servicios de salud
Artículo 5 (cont.) - Los servicios deberán asegurar: Programas de mejoramiento de prácticas de trabajo; evaluación de nuevos equipos Asesoramiento en salud, seguridad, higiene y ergonomía; en uso de equipos de protección individual y colectiva

26 Convenio 161 - Parte 2: Funciones de servicios de salud
Artículo 5 (cont.) - Los servicios deberán asegurar: Vigilancia de salud de trabajadores Fomento de adaptación del trabajo a trabajadores Asistencia para adopción medidas de rehabilitación profesional

27 Convenio 161 - Parte 2: Funciones de servicios de salud
Artículo 5 (cont.) - Los servicios deberán asegurar: Colaboración en difusión de informaciones; en formación y educación en salud, higiene y ergonomía Organización primeros auxilios y atención de urgencias Participación en análisis de accidentes y enfermedades profesionales

28 Convenio 161 - Estructura Consta de cinco partes:
1. Principios de una política nacional 2. Funciones de los servicios de salud 3. Organización de los servicios de salud 4. Condiciones de funcionamiento de los servicios de salud 5. Disposiciones generales

29 ¿Cómo acceder a los textos completos de los convenios?
Los textos completos se pueden consultar en:

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