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Contratos CODIGO CIVIL FEDERAL

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Presentación del tema: "Contratos CODIGO CIVIL FEDERAL"— Transcripción de la presentación:

1 Contratos CODIGO CIVIL FEDERAL
Art.1792.Convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. Art Contrato es el convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones. Figura jurídica existente por años y perfeccionada por los juristas romanos. Concepto general del contrato sin validez universal, debido a que su connotación variará según el país, época y de acuerdo con sus leyes y costumbres respectivas. En Derecho Civil. Esta figura jurídica es fundamental en la teoría de las obligaciones.

2 Contratos Civil, Mercantil e Informático
Contrato acto bilateral o plurilateral que sirve para crear y transferir derechos y obligaciones. Si un acuerdo de voluntades modifica o extingue derecho y obligaciones, no será un contrato , será un convenio Stricto sensu, sin embargo tanto el contrato como el convenio Stricto sensu son especies del género CONVENIO LATO SENSU, el cual se identifica con cualquier acto jurídico bilateral. Especies de Género Convenio Lato sensu a) crea o trasfiere: contrato b) Modifica extingue (Stricto sensu): convenio

3 Epílogo Código de Comercio regulación del Título Segundo C
Todos los desarrollos científicos, tecnológicos especialmente, entre otros, han influido de una manera por demás detonante en la historia humana, tanto pasada como presente; sin embargo el hombre del presente sienta las bases e inicia en poco tiempo no sólo movimientos mecánicos, automáticos, sino también incidencias digitales que tienden a controlar el presente, con ello el quehacer prospectivo y consecuentemente la acción cotidiana en todos los órdenes social, económico, político, jurídico, cultural, etc., en efecto, el probable futuro se vislumbra ofertante, prometedor, pero como en toda actividad humana, el futuro más probable no se encuentra completamente asegurado, debido a la condición humana. existen riesgos ciertamente y por tanto debemos afrontarlos con entusiasmo, racionalidad y espíritu renovador sustentable, cuidando a la naturaleza especialmente que nos sigue aportando todos sus bienes generosamente, por lo que nos preguntamos ¿ Y por cuanto tiempo?, la respuesta esta en nosotros “humanidad”, que sigamos conservando un espíritu de lucha incansable día a día . Comercio Electrónico Código de Comercio regulación del Título Segundo C

4 Contratos Informáticos
Contrato Informático.-Todo acuerdo de dos o más personas que crea o transfiere derechos y obligaciones de contenido informático, ya sea porque su objeto sean bienes y servicios informáticos, o bien sea porque ese acuerdo de voluntades se exteriorizó en forma informática. Basándose en nuestra, Legislación vigente, los elementos de existencia en un contrato son el objeto y el consentimiento, por lo que en un contrato informático, su aspecto distintivo lo hace el carácter informático encontrado en dichos elementos. Objeto Directo del Contrato. Crear y Transmitir derechos y obligaciones. Objeto Indirecto del Contrato. Una conducta de dar, hacer o no hacer. La cosa material que el obligado debe entregar. Primordialmente la base de la “informaticidad” (forma de hacer o dar) del objeto de un contrato, es la cosa material que se debe entregar, así como en el objeto indirecto, o sea que se refiere a: Contrato informático por su objeto, la cosa a entregar (toda aquella cosa que está en el comercio y que sirve para transmitir información en forma automática) es un bien Informático. Bibliogarfia: Tellez Valdés julio, Contratos Informáticos, México UNAM, 1988, pp 10 a 17. Gutiérrez y González, Ernesto,Derecho de las Obligaciones, 11ª. Ed. México, purrúa, 1996, pp 154 , 276 a 279 , 486, Art. 1807, código civil federal, art. 80, 90, Zamora Valencia Miguel A. Contratos Civiles, 5ª. Ed., México, Púrrua, 1994, pp 19 Iniciativa de ley que reforma y adiciona ,el libro tercero del código de comercio en materia de comercio electrónico y firmas elecgtrónicas: A consideración de la H. Cámara de Diputados, Parra Trujillo, Eduardo. Teoría del contrato informático. Memorias del VIII Congreso Iberoamericano del Derecho e Informática, 2000, pp 389 a (1)

5 Contratos Informático
Bien Informático (Julio Téllez): ”equipo de cómputo: CPU, Monitor, Teclado, impresora, modem, etcétera…,suministros informáticos, programas de computación, equipo y suministro de apoyo y auxiliares a la informática.” Contrato informático por su objeto, cuando el objeto indirecto consista en un hacer, o sea prestar un servicio informático Servicio Informático.-todas aquellas conductas que tengan que ver directamente con los bienes informáticos. Ej. servicios de consultoría en informática, mantenimiento equipo informático, servicio de internet, documentación técnica, servicios relacionados con recursos humanos, manejo de datos, auditoría, servicios de apoyo y auxiliares a la informática. Servicio en un café internet, instalar software(memoria, unidades) en una computadora, asesoría técnica ,desinstalación de virus informáticos, etc. Contrato Informático: compraventa de equipo periférico o su arrendamiento, donación de un programa de cómputo, comodato de un escáner.

6 Contratos Informáticos
Contrato informático.-referente al consentimiento ”Acuerdo de voluntades que tiene por objeto crear o transmitir derechos y obligaciones”. En el consentimiento son importantes dos temas: las personas que emiten su voluntad y la forma en que emiten la voluntad. Contratantes que emiten su voluntad en un contrato son personas físicas o morales, carácter que no determina la informaticidad, sino más bien la informaticidad en el consentimiento radica en la forma en que se exterioriza la voluntad o sea en el caso de contrato informático es por un medio informático. Contrato informático por su forma.-cuando la voluntad se haya exteriorizado por un medio informático, cuando el contrato se haya perfeccionado y haya nacido de un medio informático. Ej. Contratos celebrados por Internet, independientemente que su objeto se refiera a un bien o servicio informático, así una compraventa en internet puede referirse a un objeto informático o no. Nota: algunos autores les dan el nombre de “contratos electrónicos”

7 CONTRATO INFORMÁTICO. NATURALEZA JURÍDICA
Todos los contratos informáticos son mercantiles? No cualquier contrato informático es mercantil. Sí por ejemplo, en Contratos informáticos por su objeto, al tratarse de bienes informáticos, estos también pueden ser objeto de contrato entre particulares, sin que haya una empresa de por medio. Como puede ser la compra de una computadora usada a un amigo o arrendamiento de una impresora a un vecino, por su naturaleza jurídica son contratos civiles y no mercantiles. En cuanto a servicios Informáticos estos pueden ser prestados por una empresa como IBM, DAFLUX, pero también pueden ser prestados por un particular, como en el caso de una persona que preste servicios de mantenimiento, es un típico contrato de prestación de servicios profesionales, regulado por la legislación civil. Conclusión: “contratos informáticos” pueden ser tanto civiles como mercantiles.

8 PARTICULARIDADES CONTRATO SOPORTE TÉCNICO
Un centro informático realiza la función del procesamiento de datos, para la obtención de información, base para la entrega de resultados veraces y oportunos para la toma de decisiones; pero eso no es todo, se tiene que hacer estudios previos, así como un mantenimiento constante, a fin de satisfacer los requerimientos de equipo y materiales, para un adecuado funcionamiento del centro y la satisfacción de necesidades de los usuarios. Todo Contrato de Soporte, se enfoca a Empresas o Clientes Particulares que requieren que sus equipos se encuentren funcionando perfectamente bien todo el tiempo y que no se pueden permitir tener interrupciones de servicio.“Continuidad de Servicio , es la característica determinante en la mayoría de empresas que solicitan contratar servicio de soporte técnico por lo que el oferente debe procurar que sea un elemento de gran beneficio y a precio justo.” Los contratos técnicos de empresa que dan servicio a través de ello, los dividen en: a) Soporte Técnico por póliza b) Soporte Técnico a tu medida c) Soporte Técnico por horas El contrato fijará los términos del trabajo. Contrato Técnico póliza, se especifican los días de servicio, el equipo al que desea darle soporte técnico (computadoras, impresoras y redes) y la forma de pago según sea el acuerdo. El costo del servicio será a través de un estudio en función del equipo de cómputo con que se cuenta para establecer los días y los técnicos necesarios para cubrir eficientemente sus necesidades. b) Contrato “servicio de soporte técnico” ofrecen servicios en fecha programada, asesora y corrige:

9 PARTICULARIDADES CONTRATO SOPORTE TÉCNICO
Soporte Técnico en Sitio. Configuraciones de impresoras o dispositivos Revisión de fallas en el equipo Re-configuración de programas Re-instalación de Software. Soporte Técnico Telefónico. Asesoría Telefónica especializada a petición del cliente en problemas básicos. Soporte Técnico de Acceso Remoto Servicio de Acceso de Comunicación a Control Remoto, conectándose a la red para configurar el equipo que presentó la falla. Mantenimiento Preventivo al Equipo de Cómputo Servicio de Mantenimiento previo a cada uno de los CPU’s de cliente o negocio. Respaldo de información del Servidor Sí el Servidor de Datos presenta algún problema , se realiza respaldo de información para evitar su perdida.

10 PARTICULARIDADES CONTRATO SOPORTE TÉCNICO
Confidencialidad de Información Debe quedar pactado la “Garantía de Confidencialidad Total a las Actividades Empresariales y la Información” que manejan. Servicio de Acceso de Comunicación a Control Remoto, conectándose a la red para configurar el equipo que presentó la falla. Para una cotización a la medida del cliente, se requiere realizar una visita previa a las instalaciones de cómputo para poder determinar : Cantidad de Equipo(s) , Estado general actual, tipo de Sistema Operativo, tipo de Red y Condiciones Físicas y lógicas en que se encuentren. Existe la “Cotización Preliminar” que puede dar un parámetro máximo del costo de un contrato, de acuerdo al número de Equipos y el Estado General Regular del Equipo.


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