La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR

Presentaciones similares


Presentación del tema: "REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR"— Transcripción de la presentación:

1 REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR
LAS TRANSFERENCIAS VEHICULARES / MODIFICACIONES Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

2 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Propiedad Moderna Una Propiedad es llamada como tal cuando se caracteriza por: Universalidad: Todos los bienes son asignados, salvo que su consumo no se excluya a los demás. Exclusividad: Posibilidad de excluir jurídicamente a los demás en el goce del bien. Criterios de oponibilidad. Signos de recognocibilidad. Transferibilidad: Intercambio voluntario de un uso menos valioso a uno mas valioso. Es decir que efectivamente sea oponible. Hay que tener en claro que no siempre es posible excluir a todos: los bienes públicos y los privados ( en términos reales); y los free riders. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

3 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
¿Puede una transferencia no transmitirse al adquirente la potestad de excluir a los demás o de una manera menos perfecta? Si el sistema de transferencias tiene un claro caso de decisión económica se tiene que procurar eliminar el azar. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

4 Sistema de Transferencia
Regla Norma de apoyo Muebles 947 1136 2014 951 Inmuebles 949 1135 950 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

5 EL CONTRATO DE COMPRAVENTA
El más importante de los contratos Es el acto de comercio por excelencia Es la fuente más copiosa de las obligaciones “... el sustento económico de la C-V está en la circulación de los bienes; por lo tanto, la compraventa es el principal vehículo de tal circulación y de la satisfacción de las más variadas necesidades del sujeto comprador...” (Messineo) Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

6 Transferencias vehiculares
Concepto Requisitos Acta notarial Acreditación del pago del IPV Consignación de la circunstancia del pago del precio. Supuestos principales Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

7 Regímenes aplicables a la transferencia de propiedad
Transferencias con fecha cierta antes del 25 de diciembre del Reglamento de Inscripciones del Registro Vehicular Transferencias después del Decreto Supremo JUS Art. 4 de la Resolución SUNARP/SN Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

8 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Decreto Supremo JUS Justificación de la norma Alcance (artículo 25 RIPV) Presentación de títulos y la posibilidad de continuación del trámite Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

9 Resolución N°041-2002-SUNARP
PRINCIPIO DE TITULACION AUTENTICA Las Actas Notariales Validez de los contratos privados. PRINCIPIO DE ROGACION Notarios o sus dependientes acreditados Continuación del trámite: adquirente o cualquier otro autorizado en el acta. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

10 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Res SUNARP Responsabilidad de aquellos que continúan con el trámite y la obligación de entrega de asiento registral al notario. PRINCIPIO DE ROGACION Y TITULO CONEXO Transferencia con diferentes actos Inmatriculación con transferencia Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

11 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Res SUNARP PRINCIPIO DE LEGALIDAD Formalidad del acta notarial Contenido del acta: Identificación y estado civil, acto jurídico, datos de identificación indubitables del bien, precio y forma de pago, acreditación del pago al impuesto al patrimonio automotriz y cláusulas especiales. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

12 TIPOS DE TRANSFERENCIAS
Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

13 TIPOS DE TRANSFERENCIAS (Art. 25° al 35° del R.I.R.V.)
Transferencia de Propiedad por Compra-Venta. Transferencia de Acciones y Derechos. Transferencia por Ejecución de Cláusula Resolutoria Expresa. Transferencia por Dación en Pago o Permuta Transferencia por Donación Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

14 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Transferencia por Anticipo de Legítima Transferencia por Sucesión Transferencia por Fenecimiento de la Sociedad de Gananciales. Transferencia por Mandato Judicial o Administrativo. Transferencia a consecuencia de Aportes. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

15 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD POR COMPRA-VENTA
CONCEPTO: Por la Compra-Venta el vendedor se obliga a transferir al propiedad de un bien al comprador y éste a pagar el precio. REQUISITOS: - Inscribe en mérito al Acta Notarial de Transferencia. - Acreditar el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

16 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
PRESUNCION: Se presume que al otorgarse el acta se ha efectuado la TRADICION del vehiculo. Si del instrumento se presume lo contrario será materia de Observación por el registrador. INEXISTENCIA DE LA PRENDA LEGAL: En caso de no haberse cancelado la totalidad del precio ya no se constituye PRENDA LEGAL por el saldo existente. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

17 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
PAGO CON TITULOS VALORES: Cuando se paga con la entrega de Títulos Valores, éste sólo surtirá efectos de pago cuando el transferente lo haya declarado expresamente. En caso que en el Contrato exista RESERVA DE PROPIEDAD, sólo se inscribirá como AFECTACION hasta que se cancele la totalidad del precio Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

18 TRANSFERENCIA DE ACCIONES Y DERECHOS
En el caso de Transferencia de Acciones y Derechos de un vehículo deberá indicarse la CUOTA IDEAL respecto a la totalidad del bien que es objeto de enajenación. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

19 TRANSFERENCIA POR EJECUCION DE CLAUSULA RESOLUTORIA EXPRESA
CONCEPTO: En virtud de la Cláusula Resolutoria las partes pactan expresamente que el contrato se resuelve cuando una de las partes no cumple con una determinada prestación. En este caso no se requiere Declaración Judicial, bastando la sola comunicación al deudor para que se entienda resuelto el contrato. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

20 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
REQUISITOS: Aquí debemos considerar dos supuestos: a) Resolución por autoridad del Acreedor: Art. 1429° CC. Presentación de la Carta Notarial indicando la prestación incumplida cursada al propietario en el sentido que va a valerse de la cláusula resolutoria. Declaración Jurada con firma legalizada en la que se indique que el deudor no ha cumplido con la prestación debida en el plazo de 15 días otorgados de acuerdo a Ley y que no ha sido emplazado judicialmente. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

21 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
b) Cláusula Resolutoria : Art. 1430° CC. Sólo será necesaria la presentación de la Carta Notarial indicando la prestación incumplida cursada al propietario en el sentido que va a valerse de la cláusula resolutoria. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

22 TRANSFERENCIA POR DACION EN PAGO O PERMUTA
DACION EN PAGO: El pago quedará efectuado cuando el acreedor recibe como cancelación total o parcial una prestación diferente a la que debía cumplir. PERMUTA: Por la Permuta los permutantes se obligan a transferirse recíprocamente la propiedad de los bienes. En ambos casos si cualquiera de los adquirentes queda obligado al pago de una DIFERENCIA EN DINERO deberá constituirse PRENDA LEGAL por el saldo, salvo pacto en contrario. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

23 TRANSFERENCIA POR DONACION
CONCEPTO: Por la Donación el donante se obliga a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien. CONSIDERACIONES: - Si el vehículo excede el 25% de la UIT se efectuará por escrito bajo sanción de nulidad. - Al inscribirse la Donación en el Registro Vehicular se hará constar en el asiento de inscripción el VALOR DEL VEHICULO y las CARGAS que ha de satisfacer el donatario. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

24 TRANSFERENCIA POR ANTICIPO DE LEGITIMA
CONCEPTO: El propietario de un bien puede disponer de sus bienes mediante el Anticipo de Herencia, siempre y cuando se lo otorgue a favor de sus herederos forzosos. REQUISITOS: Deberá acreditarse la condición de Heredero Forzoso mediante la presentación de la Copia Certificada de la Partida de Nacimiento. * Si existe Cláusula de Reversión ésta será publicitada mediante otro Asiento Registral. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

25 TRANSFERENCIA POR SUCESION
Desde el momento de la muerte de una persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la Herencia se transmiten a sus herederos. Para la inscripción de la propiedad de los vehículos por Sucesión deberá verificarse que se ha inscrito la Sucesión Intestada o la Ampliación del Testamento en el Registro De Personas Naturales. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

26 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
REQUISITOS: Título en virtud del cuál se realizó la inscripción en el Reg. de Personas Naturales o Acta Notarial o Resolución Judicial de Sucesión Intestada definitiva en copias certificadas del acto o partes judiciales conteniendo la Resolución respectiva. El título en virtud del cuál se realizó la inscripción en el Registro de Personas Naturales de la ampliación del Testamento otorgado mediante Escritura Pública o aquellos protocolizados con las formalidades de Ley. ** Si se efectúa la inscripción en mérito a título archivado se dejará constancia de tal situación . ** Puede ser materia de inscripción la Renuncia a la Herencia. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

27 TRANSFERENCIA POR FENECIMIENTO DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES
La Sociedad de Gananciales concluye con la sustitución de éste por el de Separación de Patrimonios o por el Divorcio. Para inscribir una transferencia como consecuencia de este fenecimiento deberá verificarse previamente que se ha inscrito en el Registro de Personas Naturales del lugar del domicilio de cualquiera de los cónyuges. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

28 TRANSFERENCIA POR MANDATO JUDICIAL O ADMINISTRATIVO
CONCEPTO: Es la inscripción de una transferencia obedeciendo al Mandato emitido por una autoridad Judicial o Administrativa. REQUISITOS: Si es ordenada por Mandato Judicial se inscribirá en mérito a los Partes Judiciales que contienen la Resolución que así lo ordena y la Resolución que la declara consentida o que acredite que ha quedado EJECUTORIADA, acompañándose además los actuados pertinentes. Si es ordenada por Resolución Administrativa deberá acreditarse la condición de haber quedado FIRME. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

29 TRANSFERENCIA A CONSECUENCIA DE APORTES
Se puede efectuar la transferencia de un vehículo a favor de una sociedad como consecuencia de un aporte. REQUISITOS: Deberá presentar Parte Notarial de Constitución de Sociedad, Aumento de Capital o Pago de Capital. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

30 INMATRICULACION Y TRANSFERENCIA
SUPUESTOS ESPECIALES Adquiridos por empresa comercializadora o distribuidora. Adquirido de particular que no cuenta con comprobantes. Adquirido en sorteo Adquirido en remate sujeto al régimen de almancenes generales de depósito. Adquirido bajo el régimen liberatorio diplomático. Material de guerra. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

31 Las Modificaciones de características de los Vehículos
Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

32 Competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
En cuanto a Gestión Mantener un sistema estándar de homologación y Revisión Técnica de Vehículos En cuanto a Normativa Dictar los Reglamentos respectivo del desarrollo del transporte y ordenamiento del tránsito. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

33 Reglamento Nacional de Vehículos
Contiene las características y requisitos técnicos relativos a seguridad y emisiones que deben de cumplir los vehículos para ingresar al SNTT y los que deben de observarse durante su operación. Contiene los pesos y medidas vehiculares máximos para operar en la red vial. Contiene los procedimientos técnicos para la homologación de vehículos y para la revisión técnica Todo vehículo se encuentra obligado a cumplir con la revisión técnica. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

34 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Base Normativa Ley 27181 Decreto Supremo MTC Reglamento de Inscripciones del Registro de la Propiedad Vehicular Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

35 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Conceptos Previos Definiciones Categorías Vehiculares La Homologación de Modelos Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

36 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Definiciones Vehículo automotor: Vehículo de más de 2 ruedas que tiene motor y tracción propia Vehículo menor: Vehículo de 2 o 3 ruedas provisto de montura o asiento para el uso de su conductor y pasajeros (bicimotor, motoneta, motocicleta, mototaxi, triciclo motorizado y similares) Vehículo combinado: Combinación de dos o más vehículos, siendo el primero un vehículo automotor y los demás remolcados. Vehículo: Medio capaz de desplazamiento pudiendo ser motorizado o no que sirve para transportar personas o mercaderías. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

37 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Tipos de Vehículo Vehículo articulado Conjunto de vehículos acoplados (uno motorizado) Vehículo combinado Combinación de 2 o más vehículos siendo el primero un automotor y los demás remolcados Vehículo de carga Vehículo motorizado destinado al transportes de mercancías Vehículo de colección Vehículo motorizado de una antigüedad mayor a 35 años restaurado y acreditado por un certificado Vehículo especial Autopropulsados o remolcados que por sus características particulares están destinados a realizar obras o servicios determinados y no cumplen con pesos, medidas u emisiones. No son las máquinas y equipos para uso fuera de SNTT en la industria minera, agricultura o construcción) Vehículo incompleto Aquel que requiere la instalación de una carrocería para incorporarse al SNTT. Chasis motorizado M y N chasis cabinado para Categoría N Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

38 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Definiciones…. Chasis: Estructura básica del vehículo: Bastidor, tren motriz, suspensión, dirección, ejes, ruedas y otras partes mecánicas relacionadas. Carrocería: Estructura que se instara sobre el chasis o estructura autoportante para el trasporte de personas y mercaderías Eje: Elemento Mecánico que sirve de soporte del vehículo, aloja las ruedas y permite la movilidad del mismo Formula rodante: Nomenclatura para identificar la cantidad de puntos de apoyo de un vehículo con relación a los puntos de tracción o dirección del mismo Ómnibus: Vehículo motorizado de la categoría M3 con un peso bruto vehicular mayor a 5000 kg Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

39 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Definiciones… Remolcador: Vehículo automotor diseñado para remolcar un semi-remolque mediante acople, no transportando carga por si. Remolque: Vehículo sin motor diseñado para ser jalado por un camión u otro vehículo motorizado de tal forma que su peso descanse sobre el vehículo remolcador Semi-remolque: Vehículo sin motor y sin eje delantero que se apoya en el remolcador transmitiendo parte de su peso. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

40 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Para transitar: (235) Reunir características y condiciones técnicas del RNV No exceder pesos y dimensiones máximas Estar en buen funcionamiento Excepción la autoridad competente puede eximir de éstos requisitos. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

41 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Categoría L: Vehículos automotores con menos de cuatro ruedas. L1 :Vehículos de dos ruedas, de hasta 50 cm3 y velocidad máxima de 50 km/h. L2 :Vehículos de tres ruedas, de hasta 50 cm3 y velocidad máxima de 50 km/h. L3 :Vehículos de dos ruedas, de mas de 50 cm3 o velocidad mayor a 50 km/h. L4 :Vehículos de tres ruedas asimétricas al eje longitudinal del vehículo, de más de 50 cm3 o una velocidad mayor de 50 km/h. L5 :Vehículos de tres ruedas simétricas al eje longitudinal del vehículo, de más de 50 cm3 o velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto vehicular no exceda de una tonelada. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

42 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Categoría N: Vehículos automotores de cuatro ruedas o más diseñados y construidos para el transporte de mercancía. N1 : Vehículos de peso bruto vehicular de 3,5 toneladas o menos. N2 : Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 3,5 toneladas hasta 12 toneladas. N3 : Vehículos de peso bruto vehicular mayor a toneladas. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

43 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Categoría M: Vehículos automotores de cuatro ruedas o más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros. M1 :Vehículos de ocho asientos o menos, sin contar el asiento del conductor. M2 :Vehículos de más de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de 5 toneladas o menos. M3 :Vehículos de más de ocho asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de más de 5 toneladas. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

44 Subcategorías o clases.
Los vehículos de las categorías M2 y M3, a su vez de acuerdo a la disposición de los pasajeros se clasifican en: Clase I :Vehículos construidos con áreas para pasajeros de pie permitiendo el desplazamiento frecuente de éstos Clase II :Vehículos construidos principalmente para el transporte de pasajeros sentados y, también diseñados para permitir el transporte de pasajeros de pie en el pasadizo y/o en un área que no excede el espacio provisto para dos asientos dobles. Clase III :Vehículos construidos exclusivamente para el transporte de pasajeros sentados. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

45 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Categoría O: Remolques (incluidos semiremolques). O1 :Remolques de peso bruto vehicular de 0,75 toneladas o menos. O2 :Remolques de peso bruto vehicular de más 0,75 toneladas hasta 3,5 toneladas. O3 :Remolques de peso bruto vehicular de más de 3,5 toneladas hasta 10 toneladas. O4 :Remolques de peso bruto vehicular de más de 10 toneladas. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

46 COMBINACIONES ESPECIALES S :
Adicionalmente, los vehículos de las categorías M, N u O para el transporte de pasajeros o mercancías que realizan una función específica, para la cual requieren carrocerías y/o equipos especiales, se clasifican en: SA : Casas rodantes SB : Vehículos blindados para el transporte de valores SC : Ambulancias SD : Vehículos funerarios Los símbolos SA, SB, SC y SD deben ser combinados con el símbolo de la categoría a la que pertenece Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

47 Los accesorios vehiculares
Defensas especiales delanteras y posteriores Barras anti-vuelco Parrillas de techo Alerones Spoilers Viceras Estribos o soportes para rueda de repuesto Enganche para remolque Antenas Escaleras posteriores en las categorías L, M1 y N1 no son considerables para la determinación de las dimensiones registrables de los mismos. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

48 Características Registrables de los Vehículos
- Número VIN - Fórmula rodante. - Número de serie. - Número de ruedas. - Número de motor. - Número de ejes. - Color Longitud. - Año de fabricación. - Ancho. - Año del modelo Altura. - Categoría - Clase - Peso bruto vehicular. - Marca Peso neto. - Modelo. - Carga útil. - Versión. - Número de asientos. - Potencia de motor. - Número de pasajeros. - Combustible. - Número de cilindros. - Carrocería. - Cilindrada. También se señalará en la partida registral si el vehículo tiene características originales o ha sido reacondicionado o reparado. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

49 Modificación y Conversión Vehicular
Según el Reglamento Nacional de Vehículos, para la inscripción de las modificaciones se den acreditar a través del certificado de Conformidad de modificación que no se afecta negativamente la seguridad del vehículo, del transito, medioambiente o condiciones técnicas Reglamentarias. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

50 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Cambio de categoría Formulario notarial con firmas legalizadas del propietario Certificado de conformidad de modificación Si es una conversión a vehículo especial entonces se añade: Certificado de Modificación: Ing. Mecánico – electricista colegiado y habilitado y Representante legal de la empresa Boleta de habilitación Certificado de revisión técnica Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

51 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Prohibición Prohibición de cambio de categoría: Antes o después de su inmatriculación Vehículos de la Categoría N a Categoría M Consecuencia: Tacha sustantiva. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

52 Cambio o traslado de Carrocería
Adicionalmente: Anotar en el vehículo que se extrae correlacionándolos Originario cuenta con gravámenes: autorización de los acreedores en documento privado con firmas legalizadas o resolución judicial o administrativa. Declaración del propietario de que se trata de una estructura nueva o perteneció a otro vehículo. Si es un vehículo ya registrado debe solicitar la baja respectiva en la zona registral a la cual corresponda. Si no se incorpora una nueva carrocería al vehículo originario se adquiere la calidad de vehículo incompleto anotándose la baja temporal del vehículo y entrega de placas. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

53 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Cambio de Color El cambio de color de un vehículo registrado o no registrado se inscribirá por el sólo mérito del Formulario Registral. La regla anterior Los colores de fábrica Los colores básicos Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

54 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Ejemplos Azul plomizo, amatista, arenisca metálico, azul cancún, mármol, aguaverde, azul alva, ahumado metálico, azul océano, azul colonial, azul buckingham, gris mouse, beige melódico, blanco loto, blanco toga, café policromado, celeste náutico, beige pinto, agridulce, rojo windsor, ladrillo corrido, carbón, rosa ciruela, pluto, marrón presidente, adobe, negro flint, rojo bermellón, rojo río, rojo fénix, rojo jamaica, negro sólido, amarillo ice, lentejuela, verde tres tonos, verde Yucca, tormenta, amarillo setame, atún dorado. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

55 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Combustibles GLP: Gas licuado de petróleo manipulado en forma líquida. GNV: Gas natural Vehicular, seco que se comprime Sistemas bi-combustible: Es el conjunto de elementos que constituyen un equipo completo de conversión para operarse con gasolina (original) o alternativamente con GNV. Sistema dual: Conjunto de elementos que hacen posible que un vehículo pueda operarse usando combustible líquido y GNV simultáneamente. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

56 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Cambio de Motor Formulario notarial con firmas legalizadas del propietario Si no se modifica cilindrada, potencia o tipo de combustible. Cambio: DUA/DAM, Comprobante de pago, o contratos con firmas legalizadas. Excepción: Certificado de Diprove o su equivalente con declaración jurada con firmas legalizadas indicando la fecha y valor de adquisición así como la imposibilidad de adjuntar los documentos sustentatorios. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

57 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Cambio de motor II Si modifica cilindrada, potencia y o tipo de combustible: Certificado de Conformidad de Modificación Autorización de Modificación Certificado de conformidad de conversión Si cuenta con gravámenes tratamiento igual que cambios de carrocería. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

58 Dimensiones Vehiculares y otros datos
Formulario notarial con firmas legalizadas del propietario Asientos Pasajeros Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

59 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Los Pesos Peso Bruto: Peso propio del vehículo mas la carga y ocupantes. Peso Bruto Vehicular: Peso total del vehículo determinado por el fabricante, que incluye a la tara más la capacidad de carga. Peso Bruto Vehicular Legal: Peso total del vehículo de acuerdo a lo establecido en el reglamento y según su configuración, incluye la tara del vehículo mas la carga legal. Capacidad de Carga legal: Carga máxima que puede transportar un vehículo en función de su tara y de los límites previsto en el reglamento. Peso Neto : Peso en vacío del vehículo determinado por el fabricante. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

60 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Pesos… Cuado se modifique la fórmula rodante de la categoría M3 que incremente su peso bruto vehicular, adjuntará además del Formulario Notarial y Certificado de conformidad de modificación la autorización del fabricante original del vehículo o su representante autorizado en el Perú. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

61 Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima
Representante autorizado por el fabricante para emitir la autorización de montaje y o autorización de modificación: Persona natural o jurídica con domicilio legal que tenga suscrito con el fabricante de determinada marca un contrato de representación y distribución mercantil en el Perú. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima

62 Rectificación de Categoría
Excepcionalmente, se puede rectificar la categoría de un vehículo inscrito: Formulario Notarial Constancia de Aduanas En caso de ser fabricación o ensamblaje, Certificado de Identificación Vehicular. Dr. Marco Antonio Pacora Bazalar Notario de Lima


Descargar ppt "REGISTRO DE PROPIEDAD VEHICULAR"

Presentaciones similares


Anuncios Google