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Programa Fortalecimiento Institucional Para las Víctimas

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Presentación del tema: "Programa Fortalecimiento Institucional Para las Víctimas"— Transcripción de la presentación:

1 Programa Fortalecimiento Institucional Para las Víctimas
Taller de difusión del Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas Mayo de 2013

2 Tres premisas de la Estrategia Metodológica
Los espacios de participación como una estructura de oportunidad política. El protocolo como un instrumento de diálogo y negociación más que como un catálogo de procedimientos. La necesidad de articulación de los espacios de las víctimas con otros espacios de participación.

3 El Enfoque Los talleres deben responder a las expectativas de los actores: LAS AUTORIDADES Identificar competencias y procedimientos Definir estrategias de articulación institucional para garantizar la participación LAS VÍCTIMAS Conocer el protocolo Asimilar enfoque, metodología, tiempos y procedimientos de las MPV y otras instancias

4 El Enfoque Las víctimas como sujetos titulares de derechos
Las MPV como escenarios de interlocución con el Estado para incidir en las decisiones públicas (ciudadanía activa). El Protocolo como herramienta para la generación de confianzas entre actores sociales y con el Estado.

5 El Contexto General Régimen de democracia participativa: bases constitucionales y legales de la participación ciudadana en los asuntos públicos. Régimen de competencias y funciones de las autoridades públicas en los distintos niveles de la organización del Estado (general y con respecto a las víctimas). Esquema de relaciones de las MPV con los cuerpos de representación política y con otros espacios de participación.

6 El Contexto General Víctimas Autoridades estatales
Marco legal de la participación en Colombia Ley 1448 de 2011 Decreto 4800, 4633, 4634 y de 2011 Autoridades estatales Marco Legal de competencia y funciones y del diseño, ejecución y control de la política pública Ley 136 de 1994, Ley 1551 de 2012, Ley 387de 1997 y Ley 1448 de 2011 Decretos 4800, 4829, 1725, 4155, 4633, 4634 y 4635 de 2011; 0790 de 2012

7 El Contexto Específico
Las MPV como estructura básica del esquema de participación de las víctimas. La estructura escalar de la participación (niveles municipal, departamental y nacional) La representación en los espacios mixtos (CTJT) La representación en órganos colectivos del nivel nacional

8 El Contexto Específico
Mesas Municipales - 2 delegados al respectivo CTJT - 2 delegados a la elección de la respectiva Mesa Departamental - Por lo menos 4 comités temáticos Comités de Justicia Transicional 2 representantes al Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación de Víctimas Mesas Departamentales - 2 delegados al respectivo CTJT - Delegados a la elección de la Mesa Nacional 1 por hecho victimizante y 1 por enfoque diferencial - Por lo menos 4 comités temáticos 2 representantes al Consejo Directivo de la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras Mesa Nacional - 2 representante a c/u de los 10 Subcomités técnicos del SNARIV - 14 Comités temáticos 3 representantes al mecanismo de Monitoreo y Seguimiento del cumplimiento de la Ley Estructura de oportunidad política para la construcción de una apuesta común por el goce efectivo de los derechos de las víctimas

9 Los sentidos de referencia
1. El Diálogo Democrático: Instrumento para la generación de consensos constructivos a través de relaciones de confianza y respeto entre las partes en la mira de transformar las relaciones conflictivas, evitar crisis y respuestas violentas. 2. El Cumplimiento de los fines esenciales del Estado Para asegurar la convivencia y el bienestar de la población.

10 Lógicas y tensiones Lógica institucional: Lógica de movilización:
Estructuras institucionales, normas y procedimientos para lograr una adecuada prestación de servicios y bienes públicos. Implicaciones para su actuación Apertura a la participación de las víctimas; disposición a concertar Deliberación racional y negociación estratégica como herramientas para la concertación. Flexibilización de estructuras y procedimientos. = “Socialización de la institucionalidad” Lógica de movilización: Acción individual y colectiva para la visibilización de los actores en el escenario público y para la expresión de intereses, demandas y propuestas a las autoridades respectivas Reconocimiento de la existencia de estructuras y procedimientos institucionales. Adaptación a “tiempos y movimientos” de la institucionalidad estatal. Articulación de reivindicación, formulación de propuestas y concertación. = “Institucionalización de la movilización social”

11 ¿Qué es el Protocolo? El Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas es el marco que garantiza la participación de las víctimas en la planeación, ejecución y control de las políticas públicas dentro del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las víctimas. Así mismo, es el mecanismo que garantiza a las víctimas su intervención real y efectiva en los espacios de participación ciudadana local, regional y nacional

12 ¿De qué manera el Protocolo garantizará la participación de las víctimas?
Organizando y generando puentes de coordinación efectiva entre las diferentes instancias de participación de las víctimas a nivel municipal y distrital, departamental, y nacional. Fortaleciendo y garantizando la participación a través de medios técnicos, logísticos, tecnológicos y presupuestales, tanto en los espacios territoriales de diálogo y concertación de las políticas públicas, como en las instancias nacionales, y en el marco de sus diferentes hechos victimizante y enfoques diferenciales. Facilitando la participación de las víctimas haciéndola más ágil y expedita, fortaleciendo su incidencia efectiva a través de mecanismos de participación ciudadana exclusivos para las víctimas.

13 ¿De qué manera el Protocolo garantizará la participación de las víctimas?
Regulando y mejorando las instituciones y procedimientos tendientes a garantizar el derecho a la información oportuna y eficaz, a través de la interlocución y facilitación de los medios a las víctimas. Promoviendo y contribuyendo a la consolidación de una cultura de la participación entre las víctimas, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones de la democracia participativa y el Estado Social de Derecho. Fortaleciendo las organizaciones de las víctimas, en su amplia diversidad asociativa de participación en la vida pública.

14 ¿Cómo está estructurado el Protocolo de Participación?
TITULO I. Disposiciones Generales, Definiciones y Principios Capítulo I. Disposiciones Generales Objeto y alcances del Protocolo Capítulo II. Definiciones Políticas Públicas para las víctimas, Víctimas, Los espacios de participación efectiva de las víctimas Capítulo III. Principios Equidad de género, Igualdad, Autonomía, Corresponsabilidad, Eficacia, Concertación, Primacía del Interés General, Promoción de la participación de las víctimas, Enfoque diferencial, Enfoque por hecho victimizante, Articulación Institucional, Complementariedad, subsidiariedad y corresponsabilidad, Garantía de Protección y Proporcionalidad

15 ¿Cómo está estructurado el Protocolo de Participación?
TÍTULO II. De los Espacios de Participación Efectiva de las Víctimas Capítulo I. Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas Definición, funciones y estructura de las Mesas de participación efectiva de las víctimas Proceso de Elección y conformación de las Mesas de Participación Efectiva de las víctimas Capítulo II. De las víctimas de los Pueblos Indígenas,, de las Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras y del Grupo Étnico Rrom Concertación de los Protocolos y participación transitoria Capítulo III. Mesas de Participación Municipales y Distritales; Mesas de Participación Departamentales Elección y composición de las Mesas Convocatoria a la elección de las Mesas Capítulo IV. Mesa Nacional de Participación Efectiva de víctimas Elección y composición de la Mesa Nacional de Víctimas Proceso de elección de los representantes a la Mesa Nacional de Víctimas Elección de los subcomités técnicos Subcomités temáticos Capítulo V. De la participación de los niños, niñas y adolescentes Concertación del Protocolo y representación en las Mesas de Participación de víctimas (municipal, distrital, departamental, nacional)

16 ¿Cómo está estructurado el Protocolo de Participación?
TÍTULO III. De las Víctimas No Organizadas Capítulo I. De la Participación Individual Derecho de participación y creación de mecanismos especiales Capítulo II. De las víctimas de frontera y connacionales víctimas en el exterior Creación de Grupo Temático y de mecanismos especiales TÍTULO IV Garantías e incentivos para la participación efectiva Garantías para la Participación Efectiva Garantías, tipos de apoyo, articulación de responsabilidades instituciones, Prevención y Protección Incentivos para la Participación Tipos de incentivos TÍTULO V Disposiciones Finales Disposiciones Finales Difusión del Protocolo y Espacios Transitorios Plazos de las convocatorias de elección de las Mesas para el 2013

17 ¿Cuáles son los principios que rigen la participación efectiva de las víctimas?
Equidad de géneros Igualdad Autonomía Eficacia Concertación Primacía del interés general Promoción de la participación de las víctimas Enfoque Diferencial Enfoque por hecho victimizante Articulación Institucional Complementariedad, subsidiariedad y corresponsabilidad Garantía de protección Proporcionalidad

18 Los Espacios de Participación Efectiva de las Víctimas ¿Qué son las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas? Son los espacios de trabajo temático y de participación efectiva de las víctimas, de orden municipal, distrital, departamental y nacional, elegidos y designados por las mismas víctimas y sus organizaciones y destinados para la discusión, interlocución, retroalimentación, capacitación y seguimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 1448 de 2011, sus decretos reglamentarios, la jurisprudencia y demás normas complementarias. 

19 Requisitos para intervenir en las mesas de participación
por parte de las Víctimas Estar inscrito en el Registro Único de Víctimas (RUV). Haber sido postulado por una Organización de Víctimas (OV), debidamente inscrita ante la Personería o Defensoría en su respectivo ámbito territorial. Cumplir con la debida idoneidad para representar un hecho victimizante o un sector social victimizado (enfoques diferenciales), lo que se probará con cualquier prueba sumaria que aporte la víctima. No tener antecedentes penales, ni disciplinarios, con excepción de delitos políticos o culposos. En caso de ser funcionarios públicos, o contratistas del Estado, a cualquier nivel, que sus funciones u obligaciones derivadas de su condición o contrato, no tengan relación directa con la política pública de víctimas. Los miembros de las Mesas de Participación Efectiva de las Víctimas podrán ser reelegidos por una sola vez.

20 Requisitos para intervenir en las mesas de participación
por parte de las OVD Ser miembros de una ODV plenamente constituida, para lo cual deberán sustentar su objeto social con copia de los estatutos de su organización, debidamente protocolizados ante la Cámara de Comercio del lugar donde se postula. Deben estar inscritos previamente ante las Personerías Municipales o Distritales, las Defensorías Regionales o la Defensoría del Pueblo, para hacer parte de las Mesas en lo Municipal, lo Distrital, lo Departamental o lo Nacional, respectivamente. Deben tener el Oficio de delegación debidamente suscrito por el representante legal de la ODV. Deben certificar su vinculación con la respectiva organización, y, en todo caso, las organizaciones serán responsables ante las actuaciones de sus delegatarios.

21 Prohibiciones para las Víctimas
El protocolo identifica un conjunto de prohibiciones de los miembros de las mesas de participación efectiva de víctimas incompatibles con el ejercicio de sus funciones. Gestionar a nombre propio o ajeno dádivas y obtener recursos de forma indebida. Cobrar como intermediario o tramitador en la gestión de los derechos de las víctimas. El aprovechamiento indebido del cargo que vaya en contra del bienestar general de las víctimas. Postularse al mismo tiempo a diferentes mesas municipales o distritales lo cual será causal de anulación de la postulación por parte del Ministerio Público. Participar en las sesiones de las Mesas de Participación, cuando se trate de un asunto donde se traten temas donde el representante, o su organización, tienen intereses directos.

22 Prohibiciones para la ODV
Gestionar a nombre propio o ajeno dádivas y obtener recursos de forma indebida. Cobrar como intermediario o tramitador la gestión de los derechos de las víctimas. El aprovechamiento indebido del cargo que vaya en contra del bienestar general de las víctimas. Para tener en cuenta… En los casos de conflicto de intereses, el miembro de una Mesa de Participación, o el representante ante un Espacio de Participación, deberá manifestar dicha situación y declararse impedido. *El proceso de cancelación de la postulación y elección será potestad del Ministerio Público, y en todo caso se hará respetando el debido proceso.

23 Convocatoria y elecciones de las Mesas Municipales y Distritales
El Personero Municipal o Distrital será el encargado de convocar la elección y ejercer la Secretaría Técnica de la Mesa municipal y distrital. En dicha convocatoria se estipulará el día, hora, y lugar de realización de la elección de la mesa y se entregará previamente la agenda a desarrollar en la jornada. Cada uno de los representantes se elegirá por votación de la totalidad de los inscritos, según los cupos a proveer por hecho victimizante, y por sectores victimizados (enfoque diferencial). Las Organizaciones Defensoras de Víctimas (ODV) tendrán dos representantes para cumplir una función de acompañamiento técnico y político , con voz pero sin voto, elegidos por votación de la totalidad de los representantes de las OV inscritas.

24 Tipos de Representantes en las Mesas de Participación Municipales y Distritales
Representantes de OV postulados por hechos victimizantes contra la vida y libertad (homicidios, masacres, secuestro, desaparición forzada) Representantes de OV de hechos victimizantes contra la integridad física Representantes de OV de violencia sexual Representantes de OV de desplazamiento forzado Representante de las víctimas LGBTI Representante de organizaciones de mujeres víctimas Representantes de víctimas jóvenes (entre 18 y 28 años) Representante de víctimas de adultos mayores (más de 60 años) Representante de víctimas en condición de discapacidad Representante de Comunidades indígenas, designado por su respectiva autoridad tradicional Representante de comunidades tradicionales afrocolombianas, designado por su respectiva autoridad Representante de comunidades Rom Miembros elegidos de las ODV inscritas TOTAL DE REPRESENTANTES 24 Máximo permitido Mujer Hombre o Mujer LGBTI

25 Convocatoria y elecciones de las Mesas Departamentales
El Defensor Regional será el encargado de convocar y ejercer la Secretaría Técnica de la elección de la Mesa Departamental de Participación Efectiva de las Víctimas, con apoyo del Gobernador y de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. Cada uno de los representantes se elegirá por votación de la totalidad de los delegados de las OV de cada municipio y distrito donde se hubiere elegido Mesa de Participación Local, y de las OV inscritas en el Nivel Departamental, según los cupos a proveer por hecho victimizante y por sectores victimizados (enfoque diferencial). Las ODV, previa inscripción ante las defensorías regionales, tendrán 4 representantes para cumplir una función de acompañamiento técnico y político, con voz, pero sin voto. Estos representantes serán elegidos por votación de la totalidad de los delegados de las OV de cada municipio y de las OV inscritas en el Nivel Departamental.

26 Tipos de Representantes en la Mesa de Participación Departamental
Representantes de (OV) postulados por hechos victimizantes contra la vida y libertad (homicidios, masacres, secuestro, desaparición forzada) Representantes de OV de hechos victimizantes contra la integridad física Representantes de OV de violencia sexual Representantes de OV de desplazamiento forzado Representante de las víctimas LGBTI Representante de organizaciones de mujeres víctimas Representantes de víctimas jóvenes (entre 18 y 28 años) Representante de víctimas de adultos mayores (más de 60 años) Representante de víctimas en condición de discapacidad Representante de Comunidades indígenas, designado por su respectiva autoridad tradicional Representante de comunidades tradicionales afrocolombianas, designado por su respectiva autoridad Representante de comunidades Rom Miembros elegidos de las ODV inscritas TOTAL DE REPRESENTANTES 26 Máximo permitido Mujer Hombre o Mujer LGBTI

27 Convocatoria y elecciones de la Mesa Nacional
El Defensor del Pueblo será el encargado de convocar y ejercer la Secretaría Técnica de la elección de la Mesa Nacional de Participación Efectiva de las Víctimas, con el apoyo de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. La convocatoria a la elección de la Mesa Nacional se surtirá a las Mesas Departamentales de víctimas, y a las ODV previamente inscritas ante la Defensoría del Pueblo. En dicha convocatoria se estipulará el día, hora y lugar de realización de la elección de la Mesa Nacional, y se entregará previamente la agenda a desarrollar en la jornada. La Mesa se elegirá por medio de los delegados de cada uno de los departamentos donde se haya elegido Mesa de Participación y cada uno de los representantes de la OV se elegirá según los cupos a proveer por hecho victimizante, y por sectores victimizados (enfoque diferencial), dentro de los respectivos delegados departamentales. Las ODV, tendrán 8 representantes para cumplir una función de acompañamiento, con voz, pero sin voto, de las cuales, por lo menos una debe ser ODV que trabaje en pro de los derechos de las mujeres víctimas; por lo menos una debe ser ODV que trabaje por los derechos de los niños, niñas y adolescentes víctimas, por lo menos una ODV que trabaje por las víctimas de minorías étnicas, por lo menos una ODV que trabaje por las víctimas en condición de discapacidad, y por lo menos una ODV que trabaje por las minorías sexuales.

28 Tipo de Representación de la Mesa de Participación Nacional
Representantes de OV postulados por hechos victimizantes contra la vida y libertad (homicidios, masacres, secuestro, desaparición forzada) Representantes de OV de hechos victimizantes contra la integridad física Representantes de OV de violencia sexual Representantes de OV de desplazamiento forzado Representante de las víctimas LGBTI Representante de organizaciones de mujeres víctimas Representantes de víctimas jóvenes (entre 18 y 28 años) Representante de víctimas de adultos mayores (más de 60 años) Representante de víctimas en condición de discapacidad Representante de Comunidades indígenas, designado por su respectiva autoridad tradicional Representante de comunidades tradicionales afrocolombianas, designado por su respectiva autoridad Representante de comunidades Rom Miembros elegidos de las ODV inscritas Representación por cada departamento que no estuviere representado en la Mesa Nacional, designados en la respectiva Mesa Departamental Mujer Hombre o Mujer LGBTI

29 Funciones de las Mesas de Participación
Elegir los representantes para los espacios de participación ciudadana que se consideren pertinentes, en su respectivo ámbito territorial. Participar en ejercicios de rendición de cuentas de las entidades responsables. Rendir cuentas frente a las víctimas en el respectivo ámbito territorial. Ejercer veeduría ciudadana sobre el cumplimiento de la Ley 1448 de 2011 y demás normas concordantes y complementarias. Solicitar a la autoridad competente su intervención o el inicio de las investigaciones tendientes a garantizar la debida aplicación de los postulados de la Ley 1448 de 2011 y demás normas concordantes y complementarias. Incidir en las políticas, planes y proyectos para la implementación de la Ley de 2011. Discutir y concertar el Plan de Acción Territorial. Servir de instancia válida de interlocución y consulta de las víctimas, ante la administración y las entidades públicas del orden nacional y territorial, en la implementación de la política pública.

30 Funciones de las Mesas de Participación
Proponer a las respectivas entidades y autoridades, proyectos, planes y programas en desarrollo por lo dispuesto en la Ley 1448 de 2011 y demás normas concordantes y complementarias. Servir de espacios garantes de la participación oportuna y efectiva de las víctimas en el diseño, implementación, ejecución y evaluación de la política pública para las víctimas a nivel nacional, departamental, distrital y municipal. Establecer estrategias para que las víctimas y las organizaciones de víctimas conozcan sus derechos, participen en el diseño de los planes, programas y proyectos dirigidos a las víctimas, y ejerzan veeduría en la ejecución de los mismos. Promover, difundir y establecer estrategias para el respeto efectivo a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. Elegir los representantes a las instancias de participación estipulados en la Ley de 2011, en su respectivo ámbito territorial.

31 Funciones de las Mesas de Participación
Realizar un Plan de Trabajo Anual y comunicarlo a las Secretarías Técnicas de las respectivas Mesas de Participación, para que adopten las acciones correspondientes. Dicho Plan de Trabajo se integrará a los Planes de Acción Territoriales, PAT. Propiciar la inclusión de temáticas que busquen garantizar la participación efectiva y los derechos de las etnias, las mujeres, niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos mayores, de las víctimas con discapacidad y de la población LGBTI. Elaborar planes, programas y proyectos dirigidos a las víctimas, que contribuyan al desarrollo de los postulados de la Ley 1448 de 2011. Presentar un informe anual al Concejo Municipal o Distrital, a la Asamblea Departamental, y al Congreso de la República, sobre la aplicación de la Ley 1448 de en su respectivo ámbito territorial. Adoptar su propio reglamento de organización y funcionamiento. Invitar a las entidades responsables de la implementación de la política pública, para que en sesión de la mesa de participación correspondiente informen del estado, enfoque, proyección o cualquier otro aspecto de la política pública que requiera ser evaluado.

32 Responsabilidad del Estado frente a las Mesas de Participación
Los medios e instrumentos necesarios para la elección de sus representantes en las instancias de decisión y seguimiento que dispone la Ley de víctimas y el Protocolo de Participación. El acceso a la información. El diseño de espacios de participación adecuados para las víctimas a nivel municipal, departamental, nacional. Garantizar

33 Responsabilidad del Estado frente a las Mesas de Participación
Las razones de la recepción o rechazo de las recomendaciones y propuestas de las Mesas de Participación o de sus representantes a los espacios y subcomités, en plazos razonables. De los proyectos de decisión de la política pública de víctimas Los ejercicios de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de los planes, programas, proyectos diseñados para las víctimas bajo el marco de la Ley 1448. Informar Realizar

34 Responsabilidades de Gobernadores y Alcaldes Distritales y Municipales
Garantizar los medios y recursos necesarios a las Defensorías Regionales, como a las Personerías Municipales y Distritales en sus funciones como Secretaría Técnica en las Mesas Distritales de Participación. Garantizar los recursos presupuestales, técnicos, logísticos necesarios para la difusión de los proceso de inscripción, creación y sostenibilidad de las Mesas de Participación. Diseñar, implementar, hacer seguimiento y evaluación a sus políticas, planes, programas y proyectos teniendo en cuenta a los tipos de hechos victimizantes y los enfoques diferenciales (sectores victimizados). Deben financiar junto con el Gobierno Nacional, los Espacios de Participación. Los entes territoriales deben destinar recursos específicos en el Plan de Acción Territorial-PAT, para el funcionamiento de las Mesas.

35 Responsabilidades de la Defensoría del Pueblo
Ejercerá la labor de Secretaría Técnica desarrollando funciones de organización, control y seguimiento en los espacios de participación. En enero de cada año, abrirá las inscripciones para la conformación de las Mesas de Participación y constatarán, los requisitos de documentación de las ODV y OV inscritas para las Mesas. Diseñará el formulario de inscripción para las Mesas de Participación que será puesto a disposición de todas las defensorías y personerías regionales. Diseñará la ficha técnica que determina el área de trabajo temática o de interés de la organización que se quiera registrar a elección de las Mesas. Esta será socializada para las personerías y defensorías.

36 Responsabilidad de las Personerías Municipales y Distritales
Ejercerán la función de Secretaría Técnica desarrollando funciones de organización, control y seguimiento en los espacios de participación. En enero de cada año, abrirán las inscripciones para la conformación de las Mesas de Participación y constatarán, los requisitos de documentación exigidos para ello.

37 Composición de la Mesa de Participación de víctimas
Plenario de la Mesa Secretaría Técnica/ Ministerio Público Coordinador/a de la Mesa Comité ejecutivo Coordinadores de grupos temáticos

38 Composición de la Mesa de Participación de víctimas
Plenario de la Mesa Coordinador/a de la Mesa Comité Ejecutivo Lo conforman el Coordinador o Coordinadora de la Mesa y seis miembros elegidos por el Plenario de la Mesa. Debe: a) Cumplir y ejecutar las decisiones del Plenario de la Mesa; b) Preparar y presentar a las Mesas de Participación las propuestas que se han de estudiar y aprobar en las mismas; c) Presentar informes trimestrales sobre sus actividades al Plenario de la Mesa. Es la máxima autoridad de decisión de las Mesas de Participación. Estarán constituidas por las OV y ODV que conforman las respectivas Mesas de Participación, estas últimas con voz, pero sin voto. Dirige las sesiones de las mesas Orienta las discusiones Recibe los informes de avance de gestión de los grupos de trabajo temático Recibe los informes de avance y gestión de los representantes de la mesa a los espacios de interlocución.

39 Composición de la Mesa de Participación de víctimas
Secretaría técnica La Secretaría Técnica de las Mesas de Participación la ejerce el Ministerio Público quien tiene a su cargo la realización de un conjunto de acciones de organización, control, apoyo y seguimiento, dirigidas a facilitar el proceso de participación efectiva de las víctimas garantizando su vinculación a los espacios de participación creados para estos efectos por la Ley 1448 de 2011. Entidades encargadas de ejercer como secretarías técnicas: A nivel Nacional: Defensoría del pueblo A nivel Departamental: Defensorías regionales A nivel Local: Personerías municipales Personerías distritales

40 Composición de la Mesa de Participación de víctimas
Funciones de la Secretaría técnica Inscribir a las organizaciones participantes de las Mesas a nivel Municipal, Distrital, Departamental y Nacional. Constatar la existencia de los documentos requeridos para el proceso de inscripción de las OV y las ODV. Convocar a la elección e instalación de las Mesas. Formalizar la citación a las reuniones de la Mesa, preparar la agenda de trabajo, y coordinar las sesiones y actas de los asuntos acordados y compromisos establecidos. Convocar 15 días antes a los miembros de las Mesas para las sesiones ordinarias y extraordinarias. Apoyar a las Mesas en la elaboración de planes de trabajo de temas como el seguimiento y ejecución de los programas formulados para lograr la reparación integral de las víctimas y su participación en las estancias de participación; así como en la elaboración de recomendaciones o propuestas de planes y programas. Realización de ejercicios de rendición de cuenta de las Mesas, veeduría ciudadana y control social frente a la ejecución de recursos dirigidos a las víctimas. Garantizar el espacio de reunión de la Mesa de Participación Efectiva de las Víctimas, como los insumos y elementos logísticos para su funcionamiento con apoyo del ente territorial y la UARIV.

41 Composición de la Mesa de Participación de víctimas
Grupos temáticos Las Mesas de Participación Municipales, Distritales, y Departamentales deben crear por obligación como mínimo los siguientes Comités Temáticos: Son los diversos espacios de discusión, análisis y generación de propuestas de política pública que la Mesas de participación de manera autónoma quieran constituir. Para su conformación, los grupos temáticos deberán tener en cuenta los hechos victimizantes y los enfoques diferenciales. Sus coordinadores son elegidos por el plenario de la respectiva Mesa. Comité del desplazamiento forzado Comité temático de la mujer Comité temático de Niños, Niñas y Adolescentes Comité temático de víctimas en condición de discapacidad

42 Composición de la Mesa de Participación de víctimas
Comité Temático de víctimas den situación de discapacidad Comité Temático de niños, niñas y adolescentes; y reclutamiento forzado. Comité Temático de víctimas jóvenes Comité Temático de víctimas de la tercera edad Comité Temático de víctimas LGBTI Comité Temático de víctimas mujeres Comité Temático de víctimas de actos contra la vida Comité Temático de víctimas de desplazamiento forzado Comité Temático de víctimas de actos contra la libertad Comité Temático de víctimas de tortura Comité Temático de violencia sexual Comité Temático de atentados graves contra la integridad física y mental (incluye víctimas de minas antipersonales) Comité Temático de víctimas de Frontera y Connacionales en el Exterior Comité de víctimas colectivas Grupos temáticos de la Mesa Nacional En la Mesa Nacional de Participación Efectiva de las víctimas, los grupos temáticos deberán integrar necesariamente todos los hechos victimizantes y el enfoque diferencial, sin perjuicio de los demás grupos que autónomamente decida crear.

43 La Mesa Nacional de Participación de Víctimas
Espacios Nacionales de Representación (Mesa nacional) El protocolo contempla la participación de representantes de la Mesa Nacional de Víctimas en los siguientes espacios nacionales de representación, así: 2 Representantes al Comité Ejecutivo para la Atención y Reparación de Víctimas (uno debe ser mujer) 2 Representantes al Consejo Directivo de Memoria Histórica. (Al menos uno debe ser mujer) 3 Representantes al mecanismo de Monitoreo y Seguimiento del cumplimiento de la ley 1448 de (Al menos uno debe ser mujer) Elige en la Instalación de la Mesa, los delegados a los Espacios Nacionales de Representación La Mesa Nacional de Participación de Víctimas 2 Representantes al Consejo Directivo de la Unidad Administrativa de Gestión de Restitución de Tierras. (Los dos deben ser víctimas del desplazamiento forzado y uno de ellos debe ser mujer)

44 Garantías e Incentivos de Participación
Garantías para la participación efectiva El Estado proveerá las condiciones técnicas y logísticas a través de las cuales las Mesas de Participación podrán ejercer su función de representación y logro de participación efectiva en los espacios dispuestos en la Ley de Víctimas. Tipos de Apoyos: Apoyo logístico para el funcionamiento de las Mesas de Participación Apoyo de transporte, estadía y gastos de viaje a las Mesas Municipales, Distritales, Departamentales y a la Nacional, así como a los representantes a los Espacios de Participación y Subcomités. Las entidades del SNARIV dentro de los 20 días hábiles siguientes a la promulgación del Protocolo, elaborarán la tabla de valores para los pagos de transporte, gastos de viaje, estadía y apoyo logístico para los miembros y representantes de las Mesas de víctimas. Apoyo logístico y técnico para la elaboración de informes, documentos y proyectos Apoyo necesario para las víctimas en condición de discapacidad Apoyo a las mujeres víctimas con hijos menores de 5 años

45 Garantías e Incentivos de Participación
De capacitación y formación. Los miembros de las Mesas de Participación efectiva de las víctimas tendrán opciones de participar en cursos sobre diversos temas como: Ley de víctimas, liderazgo, presentación de proyectos, utilización de TIC, y demás aspectos relacionados con el ejercicio de sus funciones. Adicionalmente, las Mesas de Participación podrán solicitar las capacitaciones que consideren necesarias para fortalecer sus competencias. Apoyo a procesos de formación e intercambio de experiencias. Se brindará apoyo para que los miembros de las Mesas de Participación asistan a eventos de carácter nacional o internacional, y en este último caso con recursos que se puedan obtener a través de Cooperación Internacional, relativos al ejercicio de sus funciones.

46 Garantías e Incentivos de Participación
Acceso a educación superior. En virtud del artículo 95 del Decreto 4800 de 2011, la Unidad de Víctimas, con al acompañamiento del Ministerio de Educación Nacional, promoverá que las instituciones de educación superior, en el marco de su autonomía, consagrado en el artículo 69 de la constitución y el artículo 28 de la Ley 30 de 1992, establezcan a la entrada en vigencia del presente Protocolo, acceso a procesos de selección y admisión diferenciales para los líderes de las víctimas involucrados en las Mesas de Participación, y la estipulación de becas o créditos condonables especialmente destinadas a mujeres cabeza de familia, adolescentes, población en condición de discapacidad y grupos étnicos. Financiación de proyectos de promoción de la participación de las víctimas. Las Mesas de Participación, en todo nivel, podrán presentar proyectos que promuevan la participación de las víctimas y sus organizaciones.

47 Contarán con sus propios Protocolos Especiales de Participación
Disposiciones Especiales Las Víctimas de Pueblos Indígenas, de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palanqueras, y del Grupo Étnico Rrom Los Niños, Niñas y Adolescentes Contarán con sus propios Protocolos Especiales de Participación En concordancia a los principios establecidos en el Código de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 de 2006) En concordancia con el Convenio 169 de la OIT y los Decretos Ley: 4633,4634 y 4635 de 2011. ¿Cuáles son los plazos para la elaboración de los Protocolos Especiales de Participación? La Unidad Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas tendrá máximo 10 meses para la elaboración del Protocolo. Se debe tener en cuenta: Enfoque por Ciclo vital Enfoque étnico y cultural Enfoque diferencial de género Enfoque diferencial de discapacidad La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas tendrá máximo 10 meses para la elaboración del Protocolo.

48 Las Víctimas No Organizadas
La participación individual es un derecho de las víctimas que puede ser ejercido de manera directa presentando verbalmente o por escrito: observaciones, propuestas, opiniones y conceptos. Estas sugerencias se podrán entregar: A las Instituciones del Estado En los cabildos y consultas abiertas organizadas por las Mesas En la línea gratuita y el buzón que crearán las entidades del SNARIV.

49 RUTAS DE ACCIÓN

50 Instalación de la Mesa Municipal de Participación de Víctimas.
Ruta de Acción para la elección de los Representantes a la Mesa Municipal y Distrital de Participación Convocatoria El Personero Municipal o Distrital convoca a partir del 30 de marzo de cada año, a las OV y las ODV previamente inscritas en las Personerías municipales y Distritales. Elección de: - Coordinador y grupos temáticos. - 2 delegados al Comité de Justicia Transicional (uno de los cuales tiene que ser mujer) - Comité Ejecutivo Municipal -2 delegados a la Mesa Departamental (uno tiene que ser mujer) Informe del Proceso de inscripción de las OV y las ODV. Llamado de lista de los delegados inscritos y lectura de las reglas de juego para la elección. La información y validación de los requisitos son enviados a las Defensorías Regionales respectivas, quiénes se la harán llegar a la Defensoría del Pueblo. Lectura de los representantes de las OV por hecho victimizante y por sector poblacional victimizado (enfoques diferenciales). Instalación de la Mesa Municipal de Participación de Víctimas. Postulaciones por parte de las OV. *La elección de los delega-dos a la Mesa Departa-mental se hará por consenso, de no llegar a un acuerdo se optará por el sorteo. *Las ODV municipales no participan en la elección de los delegados a las Mesas Departamentales. Jornada de Elección Elección de los Representantes por consenso. Si no es posible, se elige en votación por mayoría simple.  El Personero Municipal y Distrital, ejerciendo como Secretaría Técnica de la Mesa, desarrollará el proceso de elección de la siguiente manera: Entrega de credenciales a los a representantes de las víctimas elegidos de las OV y las ODV elegidas. Lectura de los representantes de las ODV inscritas y Postulación de los representantes Para cumplir con el proceso de socialización del Protocolo, las convocatorias a la elección de las Mesas Departamentales se surtirán a las Mesas Municipales, y a las OV y ODV previamente inscritas, a partir del 14 de junio del 2013 y deberá realizarse a más tardar el 28 de junio de 2013. Elección de los 2 miembros de las ODV (con voz pero sin voto) por votación de las OV

51 Instalación de la Mesa Departamental de Participación de Víctimas.
Ruta de Acción para la elección de los Representantes a la Mesa Departamental de Participación Elección de: - Coordinador y grupos temáticos. - 2 delegados al Comité de Justicia Transicional (uno de los cuales tiene que ser mujer) por parte de la Mesa Departamental de Participación. - Comité Ejecutivo Municipal - Los Delegados a la Mesa Nacional de víctimas (uno por hecho victimizante y uno por enfoque diferencial) Convocatoria Informe del Proceso de inscripción de las OV y las ODV. El Defensor Regional, que a su vez ejercerá la Secretaría Técnica, convoca a partir del 30 de abril (sin exceder un plazo de 10 días hábiles) de cada año a las OV y las ODV previamente inscritas en Defensoría Regional del Pueblo. Llamado de lista de los delegados inscritos y lectura de las reglas de juego para la elección. Instalación de la Mesa Departamental de Participación de Víctimas. Lectura de los representantes de las OV por hecho victimizante y por sector poblacional victimizado (enfoques diferenciales. La información y validación de los requisitos son enviadas a la Defensoría del Pueblo. Entrega de las credenciales a los representantes de las víctimas y a los miembros de las ODV elegidos.. Postulaciones por parte de las delegaciones municipales, y las OV inscritas. La elección de los delegados departamentales a la elección de la Mesa Nacional solo se escogerá un representante por hecho victimizante y uno por enfoque diferencial. La elección se hará por consenso y no llegar a un acuerdo se optará por el sorteo.  Las ODV departamentales no participan en la elección de los delegados a las Mesas Departamentales. Jornada de Elección Elección de los 4 miembros de las ODV por votación de la totalidad de los delegados de las OV de cada municipio y de las OV inscritas en el nivel Departamental. De no ser posible, se procede a votación por mayoría simple por parte de las OV inscritas y presentes. Lectura de las postulaciones por hecho victimizante y por sector poblacional victimizado (enfoques diferenciales) El Defensor Regional del Pueblo, ejerciendo como Secretaría Técnica de la Mesa, desarrollará el proceso de elección de la siguiente manera: Elección de los representantes por consenso. Si no es posible , se elige en votación por mayoría entre los representantes del hecho victimizante o sector victimizad, para cada uno de los cargos a proveer. Para cumplir con el proceso de socialización del Protocolo, las convocatorias a la elección de las Mesas municipales y distritales para la elección de las respectivas mesas por parte de las OV y ODV previamente inscritas, se realizará a partir de la expedición del Protocolo (10 de mayo de 2013) y deberá realizarse a más tardar el 14 de junio de 2013. Lectura y postulación por parte de las ODV inscritas.

52 Instalación de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas.
Ruta de Acción para la elección de los Representantes a la Mesa Nacional de Participación Elección de: Los Miembros del Comité Ejecutivo Nacional y los Delegados a los espacios nacionales de representación Los coordinadores o coordinadoras de los Comités Temáticos. Los Representantes a los Subcomités Técnicos Informe del Proceso de inscripción de las ODV. Convocatoria Llamado de lista de los delegados departamentales y de las ODV inscritas. Lectura de las reglas de juego para la elección de los representantes de las víctimas por parte de los delegados departamentales . El Defensor del Pueblo, que a su vez ejercerá la convoca a las Mesas Departamentales y a las ODV previamente inscritas en la Defensoría del Pueblo. Lectura y postulación de los representantes a proveer por hecho victimizante y por sector poblacional victimizado (enfoques diferenciales) 2 representantes al Subcomité de Coordinación Nacional y Territorial. 2 representantes al Subcomité de Sistemas de Información. 2 representantes al Subcomité de Atención y Asistencia. 2 representantes al Subcomité de Medidas de Rehabilitación. 2 representantes al Subcomité de Reparación Colectiva 2 representantes al Subcomité de Restitución. 2 representantes al Subcomité de Indemnización Administrativa. 2 representantes al Subcomité de Medidas de Satisfacción. 2 representantes al Subcomité de Prevención, Protección y Garantías de No Repetición. 6 representantes al Subcomité de Enfoque Diferencial. Jornada de Elección Elección de los representantes por consenso. Si no es posible, proceder a votaciones por mayoría simple para cada uno de los cargos a proveer entre los representantes del hecho victimizante o sector victimizado. El Defensor del Pueblo, ejerciendo como Secretaría Técnica de la Mesa, desarrollará el proceso de elección de la siguiente manera: Instalación de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas. Lectura y postulación de las ODV inscritas . Elección de los 8 miembros de la ODV por consenso. Si no es posible, se procede a votación por mayoría simple, por parte de las OV inscritas y presentes. Para cumplir con el proceso de socialización del Protocolo, las convocatorias a la elección de las Mesas Departamentales y ODV previamente inscritas, a partir del 28 de junio del 2013 (expedición del Protocolo), a más tardar el 15 de julio de 2013. Entrega de las credenciales los representantes de las víctimas y miembros de las ODV elegidas..


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